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Decreto 206 de 2004 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
07/07/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
07/07/2004
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3131 de julio 7 de 2004
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 206 DE 2004

(Julio 07)

«Por el cual se efectúa una modificación en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del distrito Capital, para la vigencia fiscal 2004 con cargo al Fondo de compensación Distrital»

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL

En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto 714 de 1996 y el Decreto Reglamentario 396 de 1996 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 63 del Decreto 714 de 1996, "Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y el Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital", establece que podrán efectuarse modificaciones al Presupuesto mediante traslados presupuestales, créditos adicionales y cancelación de apropiaciones.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto 714 de 1996, con cargo al Fondo de Compensación Distrital, se podrán atender los faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento de las entidades en la respectiva vigencia fiscal.

Que el Decreto Reglamentario 396 de 1996, en su artículo 2°, dispone que cuando durante la ejecución del Presupuesto Anual del Distrito Capital se hiciere indispensable utilizar los recursos del Fondo de Compensación Distrital para atender faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento, la Secretaría de Hacienda -Dirección Distrital de Presupuesto- estudiará, evaluará los requerimientos y preparará el acto administrativo correspondiente.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2°, del Decreto Reglamentario 396 de 1996, las operaciones presupuestales que afecten los recursos del Fondo de Compensación Distrital se harán mediante Decreto del Alcalde Mayor, previa expedición del certificado de disponibilidad presupuestal por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto.

Que el Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente, requiere acreditar recursos en Gastos de Funcionamiento Servicios Personales, en el rubro "Honorarios Entidad", para la contratación de los servicios profesionales que dirima totalmente las controversias frente al contrato de concesión 015/94 y su liquidación, suscrito entre el Distrito y Lyonnaise Des Eaux y Dregremont S.A.

Que el Instituto de Desarrollo Urbano –IDU, requiere acreditar recursos en Gastos de Funcionamiento – Gastos Generales en el rubro "Otros Gastos Generales", con el fin de atender los pagos de los gastos procesales y judiciales que se requieren en el desarrollo de los procesos administrativos y jurisdiccionales, para obtener la homologación del laudo arbitral en México de acuerdo con el objeto del contrato de la Unión Temporal Medellín Quintanilla.

Que en mérito de lo expuesto,

Ver el Decreto Distrital 144 de 2004

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Traládese en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal de 2004, la suma de Setecientos Cincuenta Millones de Pesos ($750.000.000) Moneda Corriente, según el siguiente detalle:

CONTRACREDITOS

111

SECRETARIA DE HACIENDA

 

750.000.000

02

DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPEUSTO

   

3

GASTOS

   

3 1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

   

3 13 2

TRANSFERENCIAS PARA FUNCIONAMIENTO

   

3 1 3 02

OTRAS TRANSFERENCIAS

   

3 1 3 02 01

Fondo de Compensación Distrital

750.000.000

 
 

SUMAN LOS CONTRACREDITOS

 

750.000.000

 

CREDITOS

   

111

SECRETARIA DE HACIENDA

   

02

DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO

 

650.000.000

3

GASTOS

   

3 1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

   

3 1 3

TRANSFERENCIAS PARA FUNCIONAMIENTO

   

3 1 3 01

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

   

3 1 3 01 07

Instituto de Desarrollo Urbano IDU

650.000.000

 

126

DEPARTAMENTO TÉCNICO ADMINISTRATIVO DEL MEDIO AMBIENTE

 

100.000.000

3

GASTOS

   

3 1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

   

3 1 1

ADMINISTRACION Y OPERATIVOS

   

3 1 1 01

SERVICIOS PERDONALES

   

3 1 1 01 09

Honorarios

   

3 1 1 01 09 01

Honorarios Entidad

100.000.000

 
 

SUMAN LOS CREDITOS

 

750.000.000

ARTICULO 2°.- La modificación de que trata el Artículo 1° del presente Decreto, en lo pertinente a las Transferencias de Funcionamiento para el Instituto de Desarrollo Urbano –IDU, se reflejará en el Presupuesto de rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del mismo, así:

204

INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO –IDU

   

2

INGRESOS

 

650.000.000

2 2

TRANSFERENCIAS

   

2 2 4

ADMINISTRACION CENTRAL

   

2 2 4 01

Aporte Ordinario

650.000.000

 

3

GASTOS

 

650.000.000

3 1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

   

3 1 1

ADMINISTRATIVOS Y OPERATIVOS

   

3 1 1 02

GASTOS GENERALES

   

3 1 1 02 99

Otros Gastos Generales

650.000.000

 

ARTICULO 3°.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Julio siete (07) de 2004.

El Alcalde Mayor de Bogotá D.C.,

LUIS EDUARDO GARZON

El Secretario de Hacienda,

PEDRO A. RODRIGUEZ TOBO

Nota: Publicado en el Registro Distrital 3131 de Julio 07 de 2004.