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Decreto 2361 de 1998 Nivel Nacional

Fecha de Expedición:
19/11/1998
Fecha de Entrada en Vigencia:
19/11/1998
Medio de Publicación:
Diario Oficial 43436 de noviembre 24 de 1998
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO NUMERO 2361 de 1998

DECRETO 2361 DE 1998

(Noviembre 19)

"Por el cual se deroga el artículo 25 del Decreto 1556 del 4 de agosto de 1998, se adiciona el artículo 42 del Decreto 1558 del 4 de agosto de 1998 y se dicta una disposición".

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y las Leyes 105 de 1993 y 336 de 1996,

DECRETA:

Artículo 1º. Deróguese el artículo 25 del Decreto 1556 del 4 de agosto de 1998.

Artículo 2º. El Ministerio de Transporte reglamentará la prestación del servicio ocasional de transporte y la planilla de viaje.

Artículo 3º. Las empresas con licencia de funcionamiento para prestar el servicio público de transporte especial para Estudiantes y Asalariados, podrán efectuar viajes ocasionales con los vehículos vinculados a su parque automotor, previa expedición de una planilla de viaje otorgada por el Ministerio de Transporte.

Artículo 4º. Adiciónese con un parágrafo el artículo 42 del Decreto 1558 del 4 de agosto de 1998 de la siguiente manera:

Parágrafo. Se exceptúan los vehículos que se trasladen a otra empresa de transporte que tenga radio de acción Metropolitano, Distrital y/o Municipal en la misma ciudad.

Articulo 5º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 19 de noviembre de 1998.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro de Transporte,

Mauricio Cárdenas Santamaría.

NOTA: Publicado en Diario Oficial No. 43.436 de Noviembre 24 de 1998.