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Resolución 003 de 2023 Gobernación de Cundinamarca

Fecha de Expedición:
10/04/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
10/04/2023
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 003 DE 2023 


(Abril 10)

 

Por medio de la cual se implementa el proceso de convocatoria pública No 001 de 2023 en el marco de la estrategia Organizaciones Exitosas

 

LA SECRETARIA DE LA MUJER Y EQUIDAD DE GÉNERO DE CUNDINAMARCA

 

En ejercicio de las facultades  conferidas por los artículos 58 y 160 del Decreto departamental 510 de 2022 “Por el cual se establece la estructura de la administración pública departamental, se define la organización interna y las funciones de las dependencias del sector central de la administración pública de Cundinamarca y se dictan otras disposiciones” y la Ordenanza No. 011/2020 Por la cual se adopta el Plan Departamental de Desarrollo 2020 – 2024 “Cundinamarca, ¡Región que progresa!”; demás normas concordantes, y.

 

CONSIDERANDO

 

Ver Resolución 008 de 2023


Que el artículo 2º de la Constitución Política de Colombia señala como fines esenciales del Estado: “(…) servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución (…)”. 

 

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 209 de la Constitución Política, “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado.

 

Que el Departamento de Cundinamarca, es una entidad territorial, conforme lo dispone el artículo 298 de la Constitución Política, goza de autonomía para la administración de los asuntos seleccionados y la planificación y promoción del desarrollo económico y social dentro del territorio en los términos establecidos por la Ley y ejerce funciones administrativas, de coordinación, de complementariedad de la acción municipal, de intermediación entre la Nación y los Municipios.

 

Que la Ley 2200 de 2022 estableció, en su artículo 2°, que “Los departamentos forman parte de la organización territorial del Estado y como entidad territorial tienen autonomía para la administración de los asuntos seccionales, la planificación, promoción, coordinación del desarrollo económico, ambiental y social en los asuntos seccionales. Son instrumento de complementariedad de la acción municipal y enlace de las actividades y servicios que prestan los municipios y la Nación. Los departamentos son personas jurídicas de derecho público, actúan bajo el principio de autonomía dentro de los límites legales y constitucionales, administran recursos propios y las otras fuentes de recursos transferidas a los mismos, se gobiernan por autoridades propias, ejercen las competencias que les correspondan, establecen los tributos necesarios conforme a la ley para el cumplimiento de sus funciones y participan en las rentas nacionales”.

 

Que Mediante la Ordenanza No 099 de 2011 se adopta la “Política Pública Mujer, Equidad de Género e Igualdad de Oportunidades en el Departamento de Cundinamarca", la cual se alinea con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) número 5 y 10, relativo a la igualdad de género y reducción de las desigualdades respectivamente, y finalmente el documento de lineamientos para la realización de los planes de desarrollo en los programas Nacionales de mujer por la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer.

 

Que a partir de la Ordenanza N° 99 de 2011, Cundinamarca adoptó la Política Pública de

 

“Mujer, equidad de género e igualdad de oportunidades”. Las acciones desarrolladas en el marco de esta política se sustentan en el propósito de superar las múltiples discriminaciones a las que las mujeres han estado sometidas por su condición y su rol social. Se llevarán a cabo acciones positivas (afirmativas o correctivas) que busquen establecer el equilibrio y se alcance una igualdad de derechos entre los hombres y mujeres cundinamarquesas.

 

Que de acuerdo con el Decreto Ordenanzal No. 510 de 2022 “POR EL CUAL SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEPARTAMENTAL, SE DEFINE LA ORGANIZACIÓN INTERNA Y LAS FUNCIONES DE LAS DEPENDENCIAS DEL SECTOR CENTRAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE CUNDINAMARCA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”, establece en su artículo 158 que la “Es misión de la Secretaría de la Mujer y Equidad de Género liderar, coordinar la formulación, implementación, monitoreo, evaluación y territorialización de la política pública de mujer, equidad de género e igualdad de oportunidades, realizar actividades que brinden condiciones de equidad e igualdad de oportunidades para las mujeres de Cundinamarca, propiciando la adecuación de las instituciones y la transformación de las prácticas culturales que menoscaban sus derechos, con el propósito de lograr el mejoramiento integral el pleno ejercicio de los derechos humanos de las mujeres.

 

Que, así mismo, el Decreto Ordenanzal No. 510 de 2022, en su artículo 160, establece las funciones esenciales de la Secretaría de la Mujer y Equidad de Género de la siguiente manera: 


1. Formular e implementar políticas, estrategias, planes, programas y proyectos de equidad de género, eliminación y prevención de la violencia, maltrato y discriminación de las mujeres, acceso a la justicia y fomento de capacidades y procesos organizativos. 


2. Incorporar la perspectiva de género en los procesos de desarrollo departamental y municipal. 


3. Garantizar la transversalidad y territorialización de las políticas públicas de igualdad, equidad y no discriminación de las mujeres. 


4. Efectuar estudios e investigaciones que permitan conocer la situación de las mujeres del departamento y efectuar seguimiento a las políticas. 


5. Gestionar espacios que permitan adelantar acciones para visibilidad y la participación directa de las mujeres y garantizar su inclusión en los procesos de desarrollo del departamento. 


6. Realizar seguimiento, monitoreo y evaluación a la ejecución de los recursos y programas definidos para la atención de las mujeres. 


7. Promover la sinergia de actores a través de la articulación de los programas y proyectos en busca del cumplimiento de las metas y resultados esperados, en el marco del plan de desarrollo, en el cumplimiento de los derechos de las mujeres. 


8. Asistir técnicamente a los municipios, a través de encuentros de pares, para involucrarlos en el cumplimiento de los lineamientos, directrices y normatividad relacionada con los derechos de las mujeres. 


9. Realizar el enlace entre las entidades nacionales y los municipios del departamento en el cumplimiento de los lineamientos, directrices y normatividad relacionada con los derechos de las mujeres. (…)”

 

Que la Secretaría de la Mujer y Equidad de Género del Departamento de Cundinamarca a través de la Gerencia de Gestión y Asistencia Técnica Territorial realiza la Convocatoria para el fortalecimiento de organizaciones sociales de mujeres y género denominada “Organizaciones Exitosas”, siendo esta una estrategia que busca fortalecer la labor que las organizaciones vienen desarrollando, fomentar la participación ciudadana, el empoderamiento e incentivar a las mujeres lideresas en los diferentes territorios del departamento en cuyos escenarios propendan por la promoción de los derechos y garantías de los mismos que permita propiciar el desarrollo integral de las mujeres con enfoque diferencial e innovación social en el Territorio cundinamarqués.

 

Que, lo anterior está enmarcado en el Plan de Desarrollo Departamental 2020-2023 “Cundinamarca Región que Progresa”, mediante la meta 150 “Potencializar treinta (30) organizaciones de mujeres y género existentes en el departamento, mediante la innovación y emprendimiento social. Esta convocatoria abierta es presentada en todo el departamento, como una oportunidad de interactuar con todas las organizaciones sociales de los diferentes municipios del departamento. 

 

Que el objetivo de la presente convocatoria “Organizaciones Exitosas” es el fortalecimiento de las organizaciones sociales de mujeres y género, buscando promover, incentivar, estimular y potencializar, de manera que exista una motivación para continuar aportando en la construcción de equidad e igualdad de género en el departamento de Cundinamarca.

 

Que esta convocatoria tiene como objetivo que participen organizaciones que en su accionar, proyectos e iniciativas a presentar se identifique con la promoción de alguno o varios derechos mencionados a continuación que hacen parte de la Ordenanza No 099/2011 y como estos ayudan a cerrar las brechas de las cundinamarquesas, logrando la disminución de las violencias en las mujeres establecidas en la ley 1257 de 2008.


1.  Derechos a una salud integral. (estrategias afirmativas para la seguridad en salud, la salud sexual y reproductiva y la seguridad alimentaria a un hábitat sostenible, seguro y saludable).


2.  Derechosa la educación integral (educación formal e informal, alfabetización, formación tecnológica y profesional, con perspectiva de género y enfoque de derechos).


3.  Derecho a una vida libre de violencias. (la justicia con enfoque de género, la erradicación de las violencias contra las mujeres, el desplazamiento forzado, reparación y restitución de los derechos, territorios seguros para las mujeres)


4.  Derechos políticos (la participación e incidencia comunitaria y política, la autónoma organización, control social y toma de decisiones).


5.  Autonomía y seguridad alimentaria (nutrición. bancos de semillas, defensa de la economía campesina).


6.  Derechos a un habitat sano y productivo (acceso a la tierra y vivienda digna)


7.  Derecho auna cultura incluyente y espacios recreativos(implementación de lenguaje incluyente, cultura no sexista).


8.  Derecho a la información, las comunicaciones y a las nuevas tecnologías.


9.  Que por violencia contra la mujer se entiende cualquier acción u omisión, que le cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, económico o patrimonial por su condición de mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, bien sea que se presente en el ámbito público o en el privado.

 

Daño psicológico: Consecuencia proveniente de la acción u omisión destinada a degradar o controlar las acciones, comportamientos, creencias y decisiones de otras personas, por medio de intimidación, manipulación, amenaza, directa o indirecta, humillación, aislamiento o cualquier otra conducta que implique un perjuicio en la salud psicológica, la autodeterminación o el desarrollo personal.

 

Daño o sufrimiento físico: Riesgo o disminución de la integridad corporal de una persona.

 

Daño o sufrimiento sexual: Consecuencias que provienen de la acción consistente en obligar a una persona a mantener contacto sexualizado, físico o verbal, o a participar en otras interacciones sexuales mediante el uso de fuerza, intimidación, coerción, chantaje, soborno, manipulación, amenaza o cualquier otro mecanismo que anule o limite la voluntad personal. Igualmente, se considerará daño o sufrimiento sexual el hecho de que la persona agresora obligue a la agredida a realizar alguno de estos actos con terceras personas.

 

Daño patrimonial: Pérdida, transformación, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos, instrumentos de trabajo, documentos

 

Que, en mérito de lo expuesto, 

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Apertura del proceso de convocatoria. Dar apertura al proceso de convocatoria Organizaciones Exitosas vigencia 2023.    

 

Artículo 2. CATEGORIAS DE LA CONVOCATORIA. Este concurso está estructurado en cuatro (4) categorías:


· Categoría Enfoque General.


·           Categoría de Innovación Social.


·           Categoría enfoque diferencial.


·           Categoría enfoque ambiental y desarrollo sostenible.

 

Cada categoría contará con una premiación para primer y segundo lugar; dicha premiación será en especie, de acuerdo a lo solicitado por cada organización postulante. De este modo, se realizará la entrega de materiales, bienes o equipos de manera directa para el fortalecimiento de la propuesta. El valor de la premiación incluye la administración del premio y el despliegue de actividades logísticas necesarias para la entrega a satisfacción a las organizaciones ganadoras y estará dada bajo los siguientes montos:

 

1er puesto el monto es de $ 6.000.000 – Seis Millones de pesos M/C en especie.

 

2do puesto el monto es de $ 4.000.000 – Cuatro Millones de pesos M/C en especie.

 

Las y los beneficiarios o ganadores de este concurso deberán inicialmente presentar su idea o proyecto y posteriormente será sustentada la propuesta de manera verbal y virtual, ante un jurado idóneo externo para mayor transparencia, la fecha y hora de la sustentación será indicada por la Secretaría, así mismo, deberán entregar los formatos correspondientes denominado Anexo I y todos los soportes y respectivos anexos que hagan parte del proceso integral para el desarrollo de la propuesta donde se debe contemplar que derecho se promueve, fortalece o se trabaja y que tipo de violencias se busca erradicar.

 

Categoría General: Organizaciones sociales que a lo largo del tiempo han trabajado temas de mujer y equidad de género, que promuevan los derechos de las mujeres contemplados en la Ordenanza No 099/2011 que tengan su accionar y la experiencia en municipios del departamento de Cundinamarca, estas organizaciones deben contar con certificaciones que de cuenta de su actuar y contemplen resultados del impacto generado en la implementación y desarrollo de proyectos a nivel social, político, económico, etc. para las mujeres cundinamarquesa. 

 

Categoría de innovación social: La innovación social es un proceso de identificación y solución de necesidades de una comunidad usando estrategias creativas y que perduren en el tiempo. Su objetivo es integral a la misma comunidad de forma activa dentro de la solución del problema. En esta categoría pueden aplicar organizaciones sociales que desarrollan ideas sociales innovadoras en la promoción de los derechos de las mujeres contemplados en la Ordenanza No 099/2011 que sean producto de investigaciones o generen impacto social en beneficio de las mujeres cundinamarquesas. 

 

Categoría de enfoque diferencial: El enfoque diferencial es una perspectiva de análisis que permite obtener y difundir información sobre grupos poblacionales con características particulares en razón de su edad o etapa del ciclo vital, género, orientación sexual, identidad de género, pertenencia étnica, discapacidad, victimas de conflicto armado, entre otras características; para promover la visibilizarían de situaciones de vida particulares y brechas existentes para este caso de mujeres cundinamarquesas. En esta categoría pueden aplicar organizaciones que trabajan programas, planes, proyectos e iniciativas encaminadas a la atención de mujeres con enfoque diferencial en la promoción de los derechos de las mujeres contemplados en la Ordenanza No 099/2011.  

 

Categoría enfoque ambiental y desarrollo sostenible: El desarrollo sostenible es el desarrollo que satisface las necesidades de la presente generación sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras de satisfacer sus propias necesidades. Esto  permitir que todos los pueblos del planeta accedan a un nivel satisfactorio de desarrollo social, económico, de realización y convivencia amigable con entornos naturales y ecosistémicos. En esta categoría pueden aplicar organizaciones lideradas por mujeres que aportan a la reducción de los daños ambientales, la protección y pedagogía en el uso de recursos naturales, los servicios ecosistémicos y ecoturísticos amigables en el bienestar de los y las cundinamarquesas, como también la protección y reproducción de semillas nativas que contribuyan a la seguridad alimentaria,  derechos de las mujeres adoptados en la Ordenanza No 099/2011.

 

Artículo 3. REQUISITOS DE PARTICIPACION. Podrán presentarse a la convocatoria las entidades de iniciativa social y fines con mujeres, entidades Sin Ánimo de Lucro, Organizaciones no Gubernamentales (ONG´s), y organizaciones sociales en general que realicen acciones por las mujeres cundinamarquesas en los diferentes municipios del departamento de Cundinamarca que cumplan con los siguientes requisitos generales:


· Tener un impacto social con mujeres, que sea claro y demostrable.


· Cumplir con los requisitos de ley para su operación en Colombia.


· Estar validadas para la prestación de sus servicios en el Departamento de Cundinamarca; es decir, que no incumplan normas específicas de su campo de actuación.


· Contar con un portafolio de programas, servicios o productos vigente.


· Tener un equipo de trabajo, sin importar su tamaño, o tipo de vinculación laboral.


· Organizaciones que cuenten con los documentos habilitantes.

 

Artículo 4. REQUISITOS HABILITANTES. Se entienden como requisitos habilitantes o de verificación de inscripción, aquellos documentos relativos a las iniciativas y legales de constitución y existencia, estos requisitos no son subsanables. En consecuencia, deberán presentar todos los documentos de inscripción debidamente diligenciados y actualizados, adicional los demás documentos que crea pertinente solicitar la Secretaría de la Mujer y Equidad de Género:  


·      Certificado de existencia y representación legal, no mayor a treinta (30) días de expedido por Cámara de Comercio


·      RUT – Registro Único Tributario, no mayor a treinta (30) días de expedid. 


·      Cédula del representante legal. 


·      Certificación de experiencia o documento que acredite su trabajo de acuerdo la categoría a participar, dicha certificación deberá ser respaldada por entidades y organizaciones reconocidas legalmente constituidas del orden público y privado (Juntas de Acción Comunal, Juntas Administradoras Locales, Administraciones de Conjuntos Residenciales, Alcaldías, Personerías Municipales, Estaciones de Policía, etc.) Las certificaciones deberán contar con membrete e información legal y de contacto de la entidad emisora de la certificación. 

 

Artículo 5. RECHAZO DE LA INSCRIPCIÓN. Que la organización social haya sido beneficiaria de las anteriores convocatorias desarrolladas por la Secretaría de La Mujer y Equidad de Género, dirigidas al fortalecimiento de la organización, sus proyectos o unidades productivas, esto da lugar a expulsión de manera inmediata.

 

Artículo 6. INSCRIPCIÓN Y ENTREGA PROPUESTAS. Las organizaciones sociales, que tengan interés en postularse e inscribirse en el proceso de dicha convocatoria para el fortalecimiento de la organización, deberá realizar el siguiente proceso dentro de las fechas establecidas en el cronograma general de la convocatoria:


·  Entregar los requisitos habilitantes y diligenciar el Documento  denominado: Anexo I. Inscripción y Formulación de idea de proyecto enviar a través del correo mujergerenciaterritorial@cundinamarca.gov.co en asunto: nombre de la organización participante.


·  Tener en cuenta que, si no se anexan todos los documentos conforme a lo solicitado en el reglamento, o se realiza de manera extemporánea quedara automáticamente fuera de concurso.

 

Artículo 7. SUSTENTACIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS. La Secretaría de la Mujer y Equidad de Género contará con un equipo profesional de evaluadores externos para garantizar la transparencia del proceso. Este proceso de estudio y evaluación de los proyectos postulados cuenta con 3 momentos y se desarrollarán dentro de las fechas contempladas en el cronograma general: 


1.  Sustentación de la propuesta de manera virtual en el día y hora indicados, el representante legal o quien vaya a sustentar deberá acreditar su calidad como parte o miembro de la organización y contará con máximo quince (15) minutos para sustentar la propuesta y diez (10) minutos para resolver preguntas o inquietudes de los jurados. 


2.  Evaluación individual de los proyectos de acuerdo con los criterios de evaluación. 

 

Parágrafo 1: La Secretaría de la Mujer y Equidad de Género tendrá una plantilla sugerida en Power Point para que cada organización presente la sustentación, bajo los parámetros establecidos. 

 

Artículo 8. CRITERIOS DE EVALUACIÓN INDIVIDUAL. Son factores de evaluación aquellos que comparan las propuestas presentadas y que dan puntaje, por este motivo deben presentarse al momento del cierre de la convocatoria y en caso de no entregarse todos los documentos o de presentarse de manera parcial,  incompleta o extemporánea son criterios no subsanables y quedarán automáticamente fuera del proceso. Los jurados o evaluadores de la convocatoria deberán revisar cada una de los proyectos y propuestas presentadas y realizar su evaluación con una puntuación máxima de cien (100) puntos de acuerdo con los siguientes:

 

CATEGORIA GENERAL

 

CRITERIO

DEFINICIÓN DEL RANGO

PUNTAJE MAXIMO

PUNTAJE OBTENIDO

Promoción de Derechos

La iniciativa  no presenta de que manera se involucra la promoción de los derechos de las mujeres contemplados en la Ordenanza de Cundinamarca No 099/2011. 0 – 5 puntos La iniciativa presenta parcialmente de que manera se involucra la promoción de los derechos de las mujeres contemplados en la

Ordenanza de Cundinamarca No 099/2011. 6 – 10 puntos

La iniciativa presenta claramente de que manera se involucra la promoción de los derechos de las mujeres contemplados en la Ordenanza de Cundinamarca No 099/2011.

11- 15 puntos

 

 

 

 

       0 -15

  

 

Impacto comunitario

Impacto social.

No se describen los beneficios ni el impacto social que traerá para la comunidad la ejecución de la iniciativa. 0 – 5 puntos

Se describen claramente los beneficios y el impacto social que traerá para la comunidad la ejecución de la iniciativa. 6- 10 puntos

 

0 -10

 

 

Participación e inclusión

Participación.

La propuesta no describe ni demuestra verazmente la participación de las mujeres en la formulación y ejecución del proyecto. (cantidad de mujeres) 0 – 5 puntos

La propuesta describe y demuestra verazmente la participación de las mujeres en la formulación y ejecución del proyecto. (cantidad de mujeres) 6- 10 puntos

 

 

       0 -10

 

 

 

 

Inclusión.

La propuesta no beneficiará a mujeres vulnerables y con discapacidad del territorio, no se describe el tipo de beneficios que genera. 0 – 5 puntos

La propuesta beneficiará a mujeres vulnerables y con discapacidad del territorio y describe el tipo de beneficios que genera. 610 puntos

 

 

Orientación al emprendimiento

La propuesta no demuestra o describe claramente la capacidad de sostener el proyecto posterior a la ejecución de los recursos de la convocatoria. 0 – 5 puntos

La propuesta demuestra o describe la capacidad de sostener el proyecto posterior a la ejecución de los recursos de la

convocatoria. 6 – 10 puntos

 

             

 

       0 -10

 

             

 

 El proyecto no tiene claridad de los beneficios que trae la ejecución del proyecto para el fortalecimiento de la organización. 0 – 5 puntos

El proyecto demuestra o describe los beneficios que trae la ejecución del proyecto para el fortalecimiento de la organización. 6 – 10 puntos

 

 

          0 -10

 

             

 

 

Estructura financiera  

El proyecto no plantea de manera clara la relación de costos y la descripción de los rubros. 0 – 5 puntos.

El proyecto plantea de manera clara y

detallada la relación de costos y la descripción de los rubros. 0 – 5 puntos.

 

 

       0 - 10

 

 

Trayectoria

 

La propuesta no incluye documentos, evidencias fílmicas, fotográficas del trabajo realizado por la organización con mujeres cundinamarquesas a lo largo de los años de existencia de la entidad 0 – 5 puntos

La propuesta incluye parcialmente documentos, evidencias fílmicas, fotografías y soportes veraces del trabajo realizado por la organización con mujeres cundinamarquesas a lo largo de los años de existencia de la entidad. 6 – 15 puntos

La propuesta incluye documentos, evidencias fílmicas, fotografías y soportes veraces del

 

 

 

 

      0 – 25

 

 

 

 

 

trabajo realizado por la organización en favor de mujeres cundinamarquesas a lo largo de los años de existencia de la entidad 16 – 25 puntos.

 

 

 

TOTAL, PUNTAJE

100

 

CATEGORÍA DE INNOVACIÓN SOCIAL.

 

CRITERIO

DEFINICIÓN DEL RANGO

PUNTAJE MAXIMO

PUNTAJE OBTENIDO

Promoción de Derechos

La iniciativa no presenta de que manera se involucra la promoción de los derechos de las mujeres contemplados en la Ordenanza de Cundinamarca No 099/2011. 0 – 5 puntos La iniciativa presenta parcialmente de que manera se involucra la promoción de los derechos de las mujeres contemplados en la Ordenanza de Cundinamarca No 099/2011. 6 – 10 puntos

La iniciativa presenta claramente de que manera se involucra la promoción de los derechos de las mujeres contemplados en la Ordenanza de Cundinamarca No 099/2011.

11- 15 puntos

 

 

 

 

 

       0 -15

  

 

Impacto comunitario

Impacto social.

No se describen los beneficios ni el impacto social que traerá para la comunidad la

ejecución de la iniciativa. 0 – 5 puntos Se describen claramente los beneficios y el impacto social que traerá para la comunidad la ejecución de la iniciativa. 6- 10 puntos

 

0 -10

 

 

Participación e inclusión

Participación.

La propuesta no se describe ni demuestra verazmente la participación de las mujeres en la formulación y ejecución del proyecto.

(cantidad de mujeres) 0 – 5 puntos

La        propuesta       describe      y   demuestra

verazmente la participación de las mujeres en la formulación y ejecución del proyecto.

(cantidad de mujeres) 6- 10 puntos

 

 

0 -10

 

 

Inclusión.

La propuesta no beneficiará a mujeres

vulnerables y con discapacidad del territorio, no se describe el tipo de beneficios que genera. 0 – 5 puntos

 

        0-10

 

 

 

La propuesta beneficiará a mujeres vulnerables y con discapacidad del territorio y describe el tipo de beneficios que genera. 610 puntos

 

 

 

Orientación al emprendimiento

La propuesta no demuestra o describe claramente la capacidad de sostener el proyecto posterior a la ejecución de los recursos de la convocatoria. 0 – 5 puntos

La propuesta demuestra o describe la capacidad de sostener el proyecto posterior a la ejecución de los recursos de la

convocatoria. 6 – 10 puntos

             

 

       0 -10

 

             

 

 El proyecto no tiene claridad de los beneficios que trae la ejecución del proyecto para el fortalecimiento de la organización. 0 – 5 puntos

El proyecto demuestra o describe los beneficios que trae la ejecución del proyecto para el fortalecimiento de la organización. 6 – 10 puntos

 

          0 -10

 

             

 

 

Estructura financiera 

El proyecto no plantea de manera clara la relación de costos y la descripción de los rubros. 0 – 5 puntos.

El proyecto plantea de manera clara y

detallada la relación de costos y la descripción de los rubros. 0 – 5 puntos.

 

 

       0 - 10

 

Innovación social

 

La propuesta no cuenta con ideas o estrategias de innovación social, como tampoco con acciones y soluciones creativas, nuevas o mejoradas en el desarrollo y ejecución del proyecto. 0 – 5 puntos.

La propuesta incluye parcialmente estrategias de innovación social, acciones y soluciones creativas, nuevas o mejoradas en el desarrollo y ejecución del proyecto. 6 – 15 puntos.

La propuesta cuenta claramente con estrategias de innovación social, como también acciones y soluciones creativas, nuevas o mejoradas en el desarrollo y ejecución del proyecto. 16 – 25 puntos.

 

 

 

 

      0 – 25

 

 

 

 

TOTAL, PUNTAJE

 

 

CATEGORÍA ENFOQUE DIFERENCIAL.

 

CRITERIO  

DEFINICIÓN DEL RANGO

PUNTAJE MAXIMO

PUNTAJE OBTENIDO

Promoción de Derechos

La iniciativa no presenta de que manera se involucra la promoción de los derechos de las mujeres contemplados en la Ordenanza de Cundinamarca No 099/2011. 0 – 5 puntos

La iniciativa presenta parcialmente de que manera se involucra la promoción de los derechos de las mujeres contemplados en la Ordenanza de Cundinamarca No

099/2011. 6 – 10 puntos

La iniciativa presenta claramente de que manera se involucra la promoción de los derechos de las mujeres contemplados en la Ordenanza de Cundinamarca No

099/2011.

11- 15 puntos

 

 

 

 

 

          0 -15

 

 

 

 

 

 

Impacto comunitario

Impacto social.

No se describen los beneficios ni el impacto social que traerá para la comunidad la ejecución de la iniciativa. 0 – 5 puntos Se describen claramente los beneficios y el impacto social que traerá para la comunidad la ejecución de la iniciativa. 610 puntos

 

 

0 -10

 

 

 

 

Participación e inclusión

Participación.

La propuesta no se describe ni demuestra verazmente la participación de las mujeres en la formulación y ejecución del proyecto. (cantidad de mujeres) 0 – 5 puntos

  La     propuesta      describe     y     demuestra

verazmente la participación de las mujeres en la formulación y ejecución del proyecto.

(cantidad de mujeres) 6- 10 puntos

 

 

 

0 -10

 

 

 

 

Inclusión.

La propuesta no beneficiará a mujeres vulnerables y con discapacidad del territorio, no se describe el tipo de beneficios que genera. 0 – 5 puntos La propuesta beneficiará a mujeres vulnerables y con discapacidad del territorio y describe el tipo de beneficios que genera.

6- 10 puntos

 

 

 

0-10

 

 

 

 

Orientación al emprendimiento

La propuesta no demuestra o describe claramente la capacidad de sostener el

             

 

 

 

proyecto posterior a la ejecución de los recursos de la convocatoria. 0 – 5 puntos La propuesta demuestra o describe la capacidad de sostener el proyecto posterior a la ejecución de los recursos de la

convocatoria. 6 – 10 puntos

 

0 -10

 

             

 

 

El proyecto no tiene claridad de los beneficios que trae la ejecución del proyecto para el fortalecimiento de la organización. 0 – 5 puntos

El proyecto demuestra o describe los beneficios que trae la ejecución del proyecto para el fortalecimiento de la organización. 6 – 10 puntos

 

 

          0 -10

 

             

 

 

Estructura financiera  

El proyecto no plantea de manera clara la relación de costos y la descripción de los rubros. 0 – 5 puntos.

El proyecto plantea de manera clara y detallada la relación de costos y la descripción de los rubros. 0 – 5 puntos.

 

 

       0 - 10

 

 

Enfoque

Diferencial

 

La propuesta no identifica las concepciones, sentidos, pensamientos colectivos y personales a fin de poder potencializar acciones bajo un enfoque diferencial que se materialice en la ejecución del proyecto. 0 – 5 puntos.

La propuesta identifica parcialmente las concepciones, sentidos, pensamientos colectivos y personales con el fin de potencializar acciones bajo un enfoque diferencial que se materialice en la ejecución del proyecto. 6 – 15 puntos.

La propuesta identifica claramente las diversas concepciones, sentidos, pensamientos colectivos y personales con el fin de potencializar acciones bajo un enfoque diferencial que se materializa en la ejecución del proyecto.  16 – 25 puntos.

 

 

 

 

 

 

 

        0 – 25

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL, PUNTAJE

100

 

CATEGORÍA ENFOQUE AMBIENTAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE.

 

CRITERIO  

DEFINICIÓN DEL RANGO

PUNTAJE MAXIMO

PUNTAJE OBTENIDO

Promoción de Derechos

La iniciativa no presenta de que manera se involucra la promoción de los derechos de las mujeres contemplados en la Ordenanza de Cundinamarca No 099/2011. 0 – 5 puntos

La iniciativa presenta parcialmente de que manera se involucra la promoción de los derechos de las mujeres contemplados en la Ordenanza de Cundinamarca No

099/2011. 6 – 10 puntos

La iniciativa presenta claramente de que manera se involucra la promoción de los derechos de las mujeres contemplados en la Ordenanza de Cundinamarca No

099/2011.

11- 15 puntos

 

 

 

 0 -15

 

 

 

 

 

 

 

Impacto comunitario

Impacto social.

No se describen los beneficios ni el impacto social que traerá para la comunidad la ejecución de la iniciativa. 0 – 5 puntos Se describen claramente los beneficios y el impacto social que traerá para la comunidad la ejecución de la iniciativa. 610 puntos

 

 

0 -10

 

 

 

 

Participación e inclusión

Participación.

La propuesta no se describe ni demuestra verazmente la participación de las mujeres en la formulación y ejecución del proyecto. (cantidad de mujeres) 0 – 5 puntos

  La     propuesta      describe     y     demuestra

verazmente la participación de las mujeres en la formulación y ejecución del proyecto.

(cantidad de mujeres) 6- 10 puntos

 

 

 

0 -10

 

 

 

 

Inclusión.

La propuesta no beneficiará a mujeres vulnerables y con discapacidad del territorio, no se describe el tipo de beneficios que genera. 0 – 5 puntos La propuesta beneficiará a mujeres vulnerables y con discapacidad del territorio y describe el tipo de beneficios que genera.

6- 10 puntos

 

 

 

0-10

 

 

 

 

Orientación al emprendimiento

La propuesta no demuestra o describe claramente la capacidad de sostener el proyecto posterior a la ejecución de los recursos de la convocatoria. 0 – 5 puntos La propuesta demuestra o describe la capacidad de sostener el proyecto posterior

             

 

 

0 -10

 

             

 

 

a la ejecución de los recursos de la convocatoria. 6 – 10 puntos

 

 

El proyecto no tiene claridad de los beneficios que trae la ejecución del proyecto para el fortalecimiento de la organización. 0 – 5 puntos

El proyecto demuestra o describe los beneficios que trae la ejecución del proyecto para el fortalecimiento de la organización. 6 – 10 puntos

 

 

          0 -10

 

             

 

 

Estructura financiera  

El proyecto no plantea de manera clara la relación de costos y la descripción de los rubros. 0 – 5 puntos.

El proyecto plantea de manera clara y detallada la relación de costos y la descripción de los rubros. 0 – 5 puntos.

 

 

       0 - 10

 

 

Enfoque ambiental y desarrollo sostenible

 

La propuesta no identifica las practicas enfocadas al medio ambiente y desarrollo sostenible.0 – 5 puntos.

La propuesta identifica parcialmente las practicas enfocadas al medio ambiente y desarrollo sostenible. 6 – 15 puntos.

La propuesta identifica claramente las practicas enfocadas al medio ambiente y desarrollo sostenible.  16 – 25 puntos.

 

      0 – 25

 

 

 

TOTAL, PUNTAJE

100

 

Parágrafo 1. Los criterios de desempate no podrán ser subsanados y tendrán que decidirse por parte del equipo de jurados de acuerdo con el siguiente criterio. El jurado evaluador a su criterio tendrá la posibilidad de reevaluar solo las propuestas de las organizaciones que se encuentran en empate o por común acuerdo entre los jurados por autonomía buscaran la manera más equitativa para las partes y poder dirimir el empate.

 

Artículo 9. CAUSALES DE LA CANCELACIÓN DEL ESTÍMULO ASIGNADO Cuando no se realicen las gestiones administrativas necesarias para la legalización de la entrega del estímulo asignado, dentro de los plazos estipulados. También serán causales de cancelación del estímulo asignado las siguientes:

 

1.  Cuando se compruebe fraude o que parte de la información o documentos aportados para participar en la presente Convocatoria, no corresponden con la realidad. 

2.  Cuando se compruebe el uso inadecuado de los recursos públicos asignados para el desarrollo de la propuesta. 

3.  Cuando se modifique el objeto de la propuesta seleccionada. 

4.  Cuando se incumplan los deberes o compromisos establecidos en esta Convocatoria. 

5.  Cuando se compruebe que la organización facilitó sus documentos legales a terceras personas, con el fin de que pudieran acceder a los recursos públicos asignados a través de la Convocatoria.

6.  Cualquier otro acto no acorde al ordenamiento jurídico colombiano. 

 

Artículo 10. CRONOGRAMA GENERAL DE LA CONVOCATORIA. Sera establecido por parte de la Secretaría de la Mujer y Equidad de Género, para la convocatoria de fortalecimiento a Organizaciones Sociales de mujer y género ¡Organizaciones Exitosas!, el calendario de la convocatoria de la siguiente manera:

 

ACTIVIDAD

FECHA

Difusión de la convocatoria

Del 10 al 16 de abril de 2023 

Inscripción y entrega propuestas con sus anexos

Del 17 de abril al 5 de mayo de 2023 hasta las 11:59 pm

Validación y revisión de requerimientos habilitantes y anexos

Del 8 al 11 de mayo de 2023

Listado de habilitados Convocatoria

11 de mayo de 2023

Reunión para parámetros de sustentación

12 de mayo de 2023

Sustentación, recepción de la ficha técnica y evaluación de propuestas

Del 16 al 19 de mayo de 2023

Ceremonia de resultados y entrega de reconocimientos

26 de mayo de 2023

Entrega de insumos a las organizaciones ganadoras en cada municipio.

29 de mayo 16 junio 2023

Promoción de las organizaciones sociales ganadoras 

Del 19 al 30 de junio de 2023

 

Artículo 11. ESTIMULO ORGANIZACIONES GANADORAS El estímulo económico es el monto monetario que entregara la Secretaría de la Mujer y Equidad de Género del Departamento de Cundinamarca a través del operador asignado para que las organizaciones ganadoras puedan ejecutar los proyectos presentados. El valor de la premiación incluye la administración del premio y el despliegue de actividades logísticas necesarias para la entrega a satisfacción a las organizaciones ganadoras.

 

CATEGORIA

PUESTO

ESTIMULO

MONTO

C. GENERAL

Primer puesto 

6´000.000

Seis Millones de pesos M/C en especie

Segundo puesto 

4´000.000

Cuatro Millones de pesos M/C en especie

C. INNOVACIÓN SOCIAL

Primer puesto 

6´000.000

Seis Millones de pesos M/C en especie

Segundo puesto 

4´000.000

Cuatro Millones de pesos M/C en especie

C. ENFOQUE DIFERENCIAL

Primer puesto 

6´000.000

Seis Millones de pesos M/C en especie

Segundo puesto

 

4´000.000

Cuatro Millones de pesos M/C en especie

C. ENFOQUE

AMBIENTAL Y

DESARROLLO

SOSTENIBLE

Primer puesto 

6´000.000

Seis Millones de pesos M/C en especie

Segundo puesto 

4´000.000

Cuatro Millones de pesos M/C en especie

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.


Dada en Bogotá a los 10 días del mes de abril del años 2023

 

PAOLA RODRIGUEZ CUELLAR

 

Secretaria de la Mujer y Equidad de Género de Cundinamarca

 

Nota. Ver norma original en los Anexos.