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Acuerdo Local 4 de 2004 Junta Administradora Local de Bosa

Fecha de Expedición:
26/08/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/01/2005
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3167 de agosto 31 de 2004
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE BOSA

ACUERDO LOCAL 004 DE 2004

(Agosto 26)

Por el cual se adopta el plan de desarrollo económico social y de obras públicas para la localidad de Bosa. 2005-2008

"BOSA INCLUYENTE Y SOLIDARIA"

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE BOSA,

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confieren la Constitución Política de Colombia en su Artículo 324, el Decreto Ley 1421 de 1993 en su Artículo 69 numeral 1° y el Acuerdo 13 de 2000 en su Artículo 22.

ACUERDA:

I PARTE

PARTE GENERAL

TITULO I

FUNDAMENTOS DEL PLAN

ARTICULO 1º. Nuestro Plan de Desarrollo "Bosa Incluyente y Solidaria" se fundamenta en la construcción de oportunidades y condiciones para el ejercicio de los derechos humanos integrales de la población, disminuyendo las desigualdades existentes en el marco del Estado Social de Derecho, donde la administración y la comunidad propenderá por la mejora en la calidad de vida, dando un cabal cumplimiento a los principios y políticas generales establecidas en el presente Plan.

Visión de Nuestra Localidad

En cuatro años Bosa será una localidad incluyente donde la solidaridad sea su eje central, con altos niveles de pertenencia por parte de sus habitantes. Integrada social y regionalmente, accesible y segura, con sensibilidad frente a la conservación del ambiente, espacios públicos más humanos y dignos, con mejores condiciones y oportunidades de vida. Una localidad que cuente con una red de organizaciones fortalecidas, que trabajen reconociendo su diversidad.

Misión de la Administración Local

Contribuir a la mejora del bienestar en las condiciones de vida de los habitantes de la localidad, mediante acciones compartidas con la comunidad optimizando la inversión de los recursos públicos con transparencia.

TITULO II

OBJETIVO, PRINCIPIOS Y POLITICAS GENERALES DEL PLAN

ARTICULO 2º. Objetivo General del Plan.

Construir colectiva y progresivamente una localidad incluyente y solidaria, mediante el fortalecimiento de procesos participativos que reconozcan e incluyan a mujeres y hombres comprometidos con el desarrollo del Estado Social de Derecho, que ejercen su ciudadanía y reconocen su diversidad. Una localidad donde la gestión pública sea efectiva y honesta, que propicie la confianza entre sus habitantes y entre éstos y sus autoridades y que se proyecte en el contexto distrital y regional en busca de mejores condiciones y oportunidades para alcanzar el desarrollo de proyectos de vida posibles.

ARTICULO 3º. Principios. Las normas fundamentales que rigen el pensamiento y la conducta de la administración son:

1. Solidaridad

Es un valor esencial para la convivencia en armonía entre la comunidad de Bosa, que implica tener sentido de la otra y del otro. Se expresa en el compromiso del Estado y de la sociedad para superar la adversidad, privilegiando a las personas que se encuentran en situación de pobreza y vulnerabilidad.

2. Autonomía

Significa reconocer la dignidad de la condición humana para favorecer el ejercicio de la libertad y promover la autodeterminación individual y colectiva.

3. Probidad

Consiste en actuar con rectitud en el ejercicio de lo público y en la administración y manejo de los recursos públicos, fortaleciendo los mecanismos de rendición de cuentas, veeduría y control ciudadano, para garantizar la mayor cercanía de quienes habitan la ciudad a las acciones y resultados de la gestión del Estado.

4. Equidad

Consiste en dar a cada cual según su necesidad y demandar de cada cual según su capacidad. Para avanzar a una sociedad más justa, la equidad se expresa en acciones afirmativas para las poblaciones en mayores condiciones de vulnerabilidad y pobreza.

5. Diversidad

La diversidad ha existido siempre, las personas somos diversas cada una en su individualidad y en cada momento de su vida. Se reconocerá la multietnicidad y pluriculturalidad para las comunidades indígenas de la localidad y otros grupos étnicos.

6. Participación.

Dar la oportunidad para que la comunidad se involucre en la toma de decisiones y exprese en forma directa o a través de sus representantes en torno a las acciones, proyectos y programas de la administración para evaluar, hacer sugerencias y recomendaciones que mejoren sus alcances e impacto, generándose una dinámica de corresponsabilidad.

ARTICULO 4º. Políticas Generales del Plan de Desarrollo. Las orientaciones o directrices que regirán la actuación pública de la administración Distrital, Local y de la comunidad son:

1. Intervención social integral

La acción pública se orientará a la intervención social articulada e integral para atender en forma simultánea las carencias de los grupos humanos y las necesidades de las comunidades con perspectivas de género, ciclo vital, situación socio-económica y habitabilidad del territorio.

2. Integración social

La gestión pública local estimulará la integración social y el desarrollo de las capacidades de los ciudadanos y las ciudadanas, la autogestión y la vinculación del sector privado y del tercer sector en las responsabilidades colectivas.

3. Mujer y géneros

La perspectiva de mujer y género estará orientada a la creación de condiciones para alcanzar la igualdad de oportunidades, el ejercicio efectivo de los derechos y el respeto a las diferencias.

4. Participación para la decisión

Los ciudadanos y las ciudadanas participarán efectivamente en las decisiones públicas. La Administración Local proveerá la información, los escenarios y los mecanismos necesarios y promoverá la organización y el control ciudadano. Se reconocerán los diferentes actores, sus intereses y propuestas, para procurar que las decisiones públicas sean el resultado de la construcción de acuerdos y consensos.

5. Control social y rendición de cuentas

Se promoverá la participación ciudadana en el control de la gestión pública, se comunicarán con claridad y veracidad los procesos, resultados e impactos de las políticas y se mantendrá una interlocución permanente con la ciudadanía.

6. Cambio cultural

Se promoverán la reflexión y la acción colectivas en torno al comportamiento y actitudes de las personas para afianzar el ejercicio de la ciudadanía, la democracia y la solidaridad.

7. Integración territorial para la sostenibilidad

Desde lo local se apoyará y fortalecerá el proceso de descentralización y desconcentración, y la integración urbano rural y regional desde una perspectiva sostenible de ciudad.

8. Generación de riqueza colectiva

Se apropiarán en la localidad las políticas económicas trazadas por el gobierno distrital, que permitan avanzar progresivamente hacia una sociedad más equitativa con más y mejores oportunidades para todos y todas.

9. Intervención para la equidad

El gobierno local será el garante de la redistribución de los beneficios económicos, para enfrentar de forma integral la pobreza, la exclusión y la inequidad. Buscará atender las necesidades específicas de diferentes sectores poblacionales dando prioridad a los grupos menos favorecidos.

10. Prevalencia de los derechos de las niñas y los niños.

Los derechos de las niñas y los niños tienen prioridad sobre los derechos de los demás. La administración y la comunidad concurrirán para garantizar su protección y socorro en toda circunstancia y su vinculación a programas de interés general.

11. Juventud

Se promoverá la inclusión de los y las jóvenes en los servicios sociales, se formarán y desarrollarán capacidades para que los jóvenes puedan asumir los diversos roles que les corresponde, se crearán oportunidades de formación para la vida productiva y como sujetos éticos, estéticos y políticos activos en los procesos de participación. Se articularán programas intersectoriales para la prevención integral de los riesgos a los que está expuesta la juventud.

12. Reconocimiento al Adulto y Adulta mayor : Se desarrollarán políticas que rescaten su experiencia, reconozca su vulnerabilidad y promueva la erradicación de prejuicios socioculturales que se generen en torno a ellos, fomentando su integración a la vida activa y comunitaria.

13. Seguridad Alimentaria

Se desarrollará una política de seguridad alimentaria entendida como la garantía de acceso y abastecimiento adecuado de alimentos y nutrientes, en un horizonte de sostenibilidad y como espacios de encuentro para la formación ciudadana, de manera complementaria a otros servicios sociales del Estado. A través de esta política se espera contribuir a la generación de empleo e ingresos en el marco de la integración regional, y a fomentar la construcción de capital social y la corresponsabilidad.

14. Empleo e Ingresos.

La política de generación de empleo y de oportunidades de ingresos es un imperativo de la lucha contra la pobreza y la exclusión, la cual debe ser desarrollada en una perspectiva de solución sostenible que lleve a transformar las acciones urgentes, como la lucha contra el hambre, en soluciones de largo plazo. Se basa en la utilización de potencial de la inversión pública para generar empleo y promover la producción local y regional; en la promoción de la demanda de bienes y servicios de consumo masivo, y de fortalecimiento de la economía solidaria, de la famiempresa, de la micro, la pequeña y la mediana empresa.

15. Integración Internacional.

Desde la localidad se emprenderá una gestión de relaciones internacionales y realizar un acercamiento con ciudades, regiones y países a nivel internacional a fin de obtener cooperación técnica y recursos destinados a la ejecución de programas y proyectos para fortalecer la inversión local en acciones de impacto social.

16. Atención Integral a Personas con Discapacidad

Se promoverá acciones dirigidas a los habitantes de la localidad que sufren algún tipo de discapacidad, fortaleciendo procesos educativos y atención integral en salud que permita la mejora en la calidad de vida y su inclusión en la vida laboral de la localidad.

TITULO III

EJES ESTRUCTURALES DEL PLAN DE DESARROLLO LOCAL

Políticas, Estrategias, Programas y Metas

ARTICULO 5º. Ejes Estructurales

En concordancia con el Plan de Desarrollo Bogotá Sin Indiferencia - Un Compromiso Social Contra la Pobreza y la Exclusión, el Plan de Desarrollo Bosa Incluyente y Solidaria, se estructura sobre tres ejes:

- Eje Social

- Eje Urbano Regional

- Eje de Reconciliación

CAPITULO 1°

EJE SOCIAL

ARTICULO 6º. Objetivo del Eje Social

Propiciar condiciones sostenibles para el ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales, permitiendo que todos y todas, en especial aquellas personas, grupos y comunidades más vulnerables, accedan a mejores condiciones de vida, reduciendo así la pobreza y la inequidad y avanzando en el desarrollo de sus capacidades y su inclusión social mediante la igualdad de oportunidades y el aprovechamiento de sus capacidades.

ARTICULO 7º. Políticas del Eje Social

1. Protección, promoción y restablecimiento de derechos

Se orientará la acción pública hacia la promoción y protección de los derechos, especialmente a los de los niños y niñas y con una perspectiva de equidad entre géneros y al restablecimiento de los derechos e inclusión de los jóvenes, población adulta mayor y con discapacidad. Se dará atención especial a la prevención de las causas que se asocian a la vulneración de los derechos y se sensibilizará en torno a la garantía de los mismos, la inclusión y la equidad.

2. La alimentación como un derecho fundamental

En una acción conjunta entre redes de servicios sociales, económicos, culturales y la comunidad se buscará garantizar progresivamente el derecho a la alimentación para los hombres y las mujeres de la localidad.

3. Ejercicio pleno de los derechos de los niños y niñas

Se propiciarán condiciones materiales y afectivas necesarias para garantizar el ejercicio pleno de los derechos de los niños y niñas, con especial énfasis en los derechos asociados a una nutrición adecuada, a la protección integral. Se reconoce a la familia como contexto primario de formación de la vivencia democrática y del desarrollo de los niños y niñas, por lo que se privilegiarán acciones para su fortalecimiento. Para la garantía de sus derechos concurrirán solidaria y corresponsablemente la familia, la sociedad y el Estado.

4. Equidad en el acceso a servicios sociales

Mediante la ampliación y fortalecimiento de la oferta pública de servicios sociales culturales y recreativos, se brindará atención prioritaria a grupos de población en situación de mayor pobreza y vulnerabilidad, se trabajará hacia la garantía del acceso equitativo y se fortalecerá la participación comunitaria en la definición, seguimiento y evaluación de la política social.

5. Vinculación productiva

Se concertarán y apoyarán oportunidades para la potenciación del talento humano, la formación para el trabajo, la generación de empleo e ingresos y la creación de riqueza colectiva.

6. Juventud con oportunidades

Se aprovechará el potencial que representa la diversidad juvenil y se considerará como factor para la inclusión social en los diferentes programas, creando oportunidades y alternativas de construcción social. Se fomentará la formación y el desarrollo de capacidades para asumir nuevos roles.

ARTICULO 8º. Estrategias del Eje Social

1. Garantía del derecho fundamental al alimento con prioridad en la población en condiciones de mayor pobreza y vulnerabilidad. Se apoyarán acciones tendientes a garantizar condiciones óptimas de almacenamiento, comercialización, distribución y acceso a los alimentos mediante el fomento de cadenas de abastecimientos y la construcción efectiva de alianzas estratégicas con entidades e instituciones públicas y privadas en marco de la emergencia social.

2. Ampliación de la oferta y mejoramiento de la calidad de vida, mediante acciones integrales e intersectoriales en salud y educación con un enfoque de equidad de género, intergeneracional e intercultural que ofrezca igualdad de oportunidades para todos y todas.

3. Desarrollo de acciones integrales a la familia para el restablecimiento de derechos, erradicación de la indigencia, el trabajo infantil, la explotación sexual, la violencia intrafamiliar que permitan la inclusión social.

4. Fortalecimiento del talento humano mediante acciones de formación para el trabajo, generación de empleo mediante la inversión pública y las alianzas con el sector privado; a partir de experiencias asociativas, comunitarias, solidarias y sociales; y la fami, la micro, la pequeña y la mediana empresa.

5. Apropiación de la Localidad de Bosa como entorno cultural, pedagógico, lúdico y recreodeportivo por parte de sus habitantes mediante el acceso a las distintas manifestaciones de la vida urbana y rural, atendiendo los lineamientos del Sistema Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

6. La Administración Local promoverá acciones que permitan coordinar la inclusión de todos y todas al Sistema Integral de Protección y Seguridad Social del Distrito - SIPSSD con criterios de corresponsabilidad.

ARTICULO 9º. Programas del Eje Social

1. Bogotá sin hambre

La localidad suministrará alimentos y nutrientes a la población más pobre y vulnerable a través de suplementos, comedores infantiles y comunitarios y adelantará acciones de educación nutricional y alimentaria, en apoyo al programa bandera de la Administración Distrital y formentará las cadenas alimentarias y redes de abastecimiento local promoviendo las formas asociativas y las oportunidades de generación de ingresos y empleo.

2. Más y mejor educación para todos y todas

Se realizarán todos los esfuerzos para garantizar y materializar el Derecho a la educación de la población de la localidad, realizando acciones que permitan aumentar la cobertura.

Así mismo se realizarán acciones tendientes al mejoramiento de la calidad de la educación y de recuperación y fortalecimiento los entornos pedagógicos en las Instituciones Educativas y Centros Educativos Distritales, incorporando a las comunidades educativas, bajo los criterios de disponibilidad, permanencia y pertinencia.

3. Salud para la vida digna

Intervenciones y acciones sectoriales e intersectoriales que contribuyan al mejoramiento de las condiciones de vida, las capacidades y las opciones de las personas y las familias para lograr comunidades, y hábitats saludables.

4. Restablecimiento de derechos e inclusión social

Acciones de protección y garantías al libre desarrollo de la personalidad de la población en general y en particular de los jóvenes; medidas para la protección de víctimas de la violencia intrafamiliar y sexual y mecanismos para su prevención, atención y sanción, generándose alternativas de apoyo a la población afectada. Contemplará acciones de corresponsabilidad entre la sociedad, el Estado y la familia, dirigidas a las personas que por diversas circunstancias han perdido la posibilidad de ejercer sus derechos fundamentales.

Así mismo, se implementará acciones que promuevan y garanticen el respeto, la protección y la defensa de los derechos humanos, reconociendo al otro su autonomía y libertad, dando especial tratamiento a los grupos étnicos y a la población en condición de vulnerabilidad frente a las violencias.

Además se adelantarán acciones tendientes al fortalecimiento de unidades operativas locales que atiendan niños y niñas de 0 a 5 años, a fin de ampliar cobertura y garantizar una atención con calidad.

5. Cero tolerancia en el maltrato, la mendicidad y la explotación laboral infantil

Desvinculación laboral de los niños y las niñas a partir de la ampliación de oportunidades para las familias en educación, salud y oportunidades de formación y generación de ingreso para los padres.

6. Bogotá con igualdad de oportunidades para las mujeres

Se contribuirá a la realización plena de los derechos de las mujeres y la eliminación de todas las formas de violencia y discriminación contra las mujeres a través de la incorporación en el plan de una perspectiva de género.

7. Capacidades y oportunidades para la generación de ingresos y empleo

Generación de condiciones para la inclusión económica, productiva y social de las poblaciones en mayor condición de vulnerabilidad, y la formalización del trabajo y las actividades económicas que posibiliten el desarrollo pleno de los talentos y capacidades de las personas

8. Escuela Ciudad y Ciudad Escuela - La ciudad como un escenario de formación y aprendizaje

Hará de la ciudad, la localidad y sus espacios lugares de formación y construcción de nuevos conocimientos que amplíen los aprendizajes de niños y niñas, jóvenes y personas adultas. Las instituciones educativas se adentrarán en la ciudad y la ciudad se reconocerá en ellas para permitir la inclusión, la compresión, el goce y la apropiación de los diversos espacios urbanos y rurales con los que cuenta la Localidad de Bosa y la Ciudad de Bogotá.

9. Cultura para la inclusión social

Promoción del desarrollo cultural y artístico de la población, con énfasis en los sectores de menores ingresos y comunidades étnicas a partir de estímulos a las prácticas artísticas y la circulación de los productos culturales, a fin de fortalecer los valores, actitudes, hábitos y tradiciones de los habitantes de la localidad con énfasis en la solidaridad, la equidad y la participación.

10. Recreación y deporte para todos y todas

Promoverá la masificación de prácticas y actividades deportivas de tipo recreativo y competitivo reconociendo la diversidad y fortaleciendo lazos entre y con la comunidad.

CAPITULO 2°.

EJE URBANO REGIONAL

ARTICULO 11º. Objetivo del Eje Urbano Regional

Contribuir en el desarrollo de un entorno ambiental y socialmente sostenible, equilibrado en la distribución de la infraestructura, los equipamientos y las actividades, competitivo en la producción e integrado en su territorio que contribuya al crecimiento económico, la equidad y la inclusión social.

ARTICULO 12º. Políticas del Eje Urbano Regional

1. Hábitat

El hábitat será un referente de identidad para las comunidades y un criterio rector para el ordenamiento del territorio a fin de elevar las condiciones de habitabilidad, disponibilidad, accesabilidad física y económica a los servicios dando prioridad a las zonas en condición de pobreza, riesgo y vulnerabilidad.

2. Ciudad - Región

La localidad se articulará a la ciudad y hacia lo regional, bajo criterios de reciprocidad y cooperación, reconociendo la autonomía y la diversidad para propiciar el crecimiento económico y promover el desarrollo sostenible.

3. Coo - petitividad y Competitividad

Se apoyará el fortalecimiento de las competencias del talento humano y de las instituciones, para un entorno productivo que genere confianza y haga posible la integración económica y social, encaminada a una sociedad más justa.

4. Sostenibilidad ambiental

Protección, preservación y recuperación del ambiente para asegurar la distribución equitativa de los beneficios ambientales y procurar la calidad ambiental necesaria para la salud, el bienestar y la productividad.

ARTICULO 13º. Estrategias del Eje Urbano Regional

1. Racionalización de los procesos de uso, ocupación del territorio y redistribución equitativa de los beneficios del desarrollo entre todos y todas, coordinando el cumplimiento de la función social y ecológica del suelo.

2. Mejoramiento de la accesibilidad de las personas a sus sitios de estudio, vivienda y/o trabajo, así como a bienes, servicios, equipamientos e información mediante acciones de conectividad física y virtual a fin de reducir distancias, tiempos y costos asociados.

3. Apoyar acciones de conectividad física y virtual para promover y mejorar la accesibilidad de los ciudadanos y las ciudadanas a bienes, servicios, equipamientos e información a través de la distribución equilibrada de la oferta de los mismos.

4. Apoyo para la ampliación y consolidación del sistema de espacio público a través de acciones relacionadas con construcción, sostenibilidad, defensa, pertenencia, disfrute y uso del sistema.

5. Participar activamente en el Sistema Distrital de Planeación, en coordinación con el Sistema de protección y seguridad Social, de Participación y de Información, para lograr la unidad de acción y mejorar la gestión y el control de las actuaciones públicas y privadas en el territorio local.

6. Aumento del componente de trabajo de la inversión pública y en obras de infraestructura sin sacrificar la calidad de la obra. Articulación con el sector privado y el tercer sector para promover el crecimiento de la demanda agregada local, especialmente la de bienes de consumo básico. Fortalecer la economía social y de las pequeñas unidades de producción, prestación de servicios gestiones a favor de la asociatividad.

ARTICULO 14º. Programas del Eje Urbano Regional

1. Hábitat desde los barrios y las UPZ

Favorecerá el desarrollo humano en el entorno más inmediato de las personas que permita a la comunidad la búsqueda de oportunidades y recursos para el mejoramiento integral de barrios, proyectos de vivienda nueva de interés prioritario, provisión de servicios públicos domiciliarios, renovación urbana, espacio público y protección del patrimonio cultural para el mejoramiento de las condiciones de vida de la población.

3. Sostenibilidad urbano-rural

Reconocerá la relevancia del ámbito rural regional y desarrollará su complementariedad con el urbano, en términos de sostenibilidad, productividad, gobernabilidad e integración con los municipios vecinos.

5. Bogotá productiva

Impulsará el crecimiento de la productividad local, mediante la protección, ampliación y calificación de la demanda local y el fortalecimiento de colectivos de productores, especialmente la red de empresarios sociales y MiPyMes. Se adelantarán acciones que generen valor agregado en todas las actividades a través de procesos asociativos

ARTICULO 15º. Metas del Eje Urbano regional

CAPITULO 3°

EJE DE RECONCILIACION

ARTICULO 16°. Objetivo del Eje de Reconciliación

Desarrollar una institucionalidad pública y una organización ciudadana que propicie y dinamice una cultura de la solidaridad, la inclusión, la participación, el control social, la responsabilidad y corresponsabilidad, el respeto a la vida y la resistencia civil contra las violencias, de tal manera que la acción ciudadana y la gestión pública sean impulso y escuela para la reconciliación entre los habitantes de la ciudad.

ARTICULO 17°. Políticas del Eje de Reconciliación

1. Derechos Humanos y cultura de convivencia

Se adelantarán acciones de promoción y consolidación de una cultura de paz, de no violencia, de solidaridad y de respeto integral a los Derechos Humanos con el reconocimiento de la diversidad y las diferencias.

2. Seguridad para la Ciudad

Se fortalecerán los mecanismos institucionales y comunitarios para la prevención y el control a la violencia y la delincuencia, y la conservación del orden público en la localidad en el marco del respeto a los derechos fundamentales.

3. Participación

Se promoverá en la localidad la participación efectiva de la comunidad y sus organizaciones en las dinámicas propias de ejercicio y control de la gestión pública.

4. Prevención de riesgos y atención de emergencias

Se fortalecerá la capacidad de los organismos locales para brindar respuesta oportuna y efectiva a emergencias originadas por eventos de origen natural y antrópico.

5. Descentralización

Apoyar el proceso de descentralización, el fortalecimiento institucional y el control ciudadano.

6. Inclusión Económica

Se integrarán actividades como las ventas ambulantes, el reciclaje y el transporte no motorizado, a los procesos, servicios, canales y mercados de la economía en la localidad.

ARTICULO 18°. Estrategias del Eje de Reconciliación

1. Propiciar espacios para el mejoramiento de las relaciones sociales solidarias, pacíficas y de respeto a la convivencia en las comunidades mediante acciones de prevención y atención temprana de situaciones conflictivas, fortalecimiento de los mecanismos alternativos de solución de conflictos, el sistema de justicia comunitaria y la capacidad de respuesta ciudadana a las diversas manifestaciones conflictivas y de violencia que afectan la localidad.

2. Apoyo institucional en la optimización de la oferta de servicios de justicia que se encuentran a cargo de la localidad, mejorando su eficacia, acceso y celeridad en los trámites y procesos a fin de que el ciudadano pueda acceder a éste servicio.

3. Desarrollo de la democracia participativa mediante el fortalecimiento de espacios de deliberación, el acceso ciudadano a información, capacitación y organización en lo local donde se reconozca la diversidad étnica, de género, generacional y cultural.

4. Coordinación y gestión interinstitucional para atender los asuntos de emergencias, seguridad ciudadana, orden público y desarrollo de la resistencia civil como actitud frente a las manifestaciones conflictivas y de violencia.

5. Promoción de acciones integrales de coordinación y gestión en relación con los proyectos de inversión local, las cuales generen procesos pedagógicos de participación y convivencia, tanto de las instituciones como en las organizaciones sociales participantes.

ARTICULO 19º. Programas del Eje de Reconciliación

1. Gestión pacífica de conflictos

Apoyo en la consolidación y puesta en marcha del Sistema Distrital de Justicia, y coordinación permanente con los actores de convivencia, las Unidades de Mediación y Conciliación, Jueces de Paz y Reconsideración y Casas de Justicia. Así mismo se generará y consolidará en la comunidad local, una cultura que promueva la utilización de mecanismos pacíficos para la resolución de los conflictos que propenda por el respeto y garantía de los derechos.

3. Atención a población en condiciones de desplazamiento forzado, desmovilización ó vulnerabilidad frente a la violencia con perspectivas de derechos humanos y derecho internacional humanitario

Desarrollará acciones tendientes a la atención integral de poblaciones en condiciones de desplazamiento forzado, desmovilización o vulnerabilidad frente a la violencia, en el marco de la política distrital, teniendo en cuenta los derechos humanos y el derecho internacional humanitario

6. Atención integral de violencia, delincuencia y orden público

Adelantará de manera simultánea acciones de coordinación interinstitucional, fortalecimiento de los organismos de seguridad del Estado y comunitarios presentes en la localidad.

8. Bogotá, menos vulnerable ante eventos críticos

Adelantará promoción hacia la organización, los procesos, los instrumentos y una cultura de la prevención para fortalecer las capacidades de la localidad en la atención de emergencias de origen natural o antrópico.

ARTICULO 20º. Metas del Eje de Reconciliación

TITULO III

OBJETIVO DE GESTIÓN PÚBLICA

CAPITULO 1°

GESTION PUBLICA HUMANA

ARTICULO 21º. Objetivo de la Gestión Pública Humana.

Apoyar el fortalecimiento de la gestión institucional haciéndola humana, sostenible y eficaz para garantizar la materialización y el respeto de los derechos constitucionales y legales. La administración local avanzará decididamente hacia la inclusión social y la satisfacción progresiva de los derechos, así como de la integración urbano-regional, la reconciliación, la convivencia ciudadana, la participación, la información, la desconcentración, la descentralización y la seguridad.

ARTICULO 22°. Políticas para una gestión pública humana.

1. La Institucionalidad pública debe transformarse y desarrollarse en concordancia con las demandas cada vez mayores de la localidad.

2. El servicio oportuno y adecuado a los ciudadanos y ciudadanas, buscando un mayor acercamiento y una interacción más abierta, transparente e incluyente de la Administración con toda la comunidad.

3. El talento humano al servicio de la Administración Local garantizará el fortalecimiento de sus competencias y habilidades y la construcción de una cultura organizacional ética y de servicio.

4. Los programas y acciones de la Administración Local se realizarán dentro de un modelo de gestión ágil, transparente y moderna que convoque y logre la solidaridad de los demás agentes y sectores de la sociedad.

5. La gestión de los recursos públicos para proveer el funcionamiento y la financiación del plan de inversiones de la Localidad se desarrollará con un manejo responsable en el que prevalezca su sostenibilidad.

6. La información disponible, oportuna y veraz será un soporte fundamental para la rendición de cuentas y el control social.

7. Dotar a las comunidades organizadas de procesos y medios de comunicación que serán una de las bases para la participación social, el fortalecimiento de la gobernabilidad y la legitimidad de la administración local.

ARTICULO 23°. Estrategias para una gestión pública humana.

1. El impulso al desarrollo institucional integral local.

2. El fortalecimiento progresivo de la localidad en autonomía, capacidad técnica, jurídica, administrativa, financiera, comunicacional e informática.

3. El mejoramiento del servicio de atención y solución a los requerimientos de la ciudadanía.

4. EL Fortalecimiento fiscal y financiero de la localidad.

5. Ser parte activa de los sistemas distritales de Información y Comunicación, Planeación y Participación, entre otros.

6. La promoción de la comunicación como base de la participación ciudadana y el fortalecimiento institucional.

7. La aplicación de metodologías y herramientas que fortalezcan la rendición de cuentas, el control social, el seguimiento y evaluación para garantizar una gestión pública proba, efectiva y transparente

ARTICULO 24°. Programas de gestión pública humana.

1. Administración Moderna y Humana

Garantizará la adecuación, preparación, fortalecimiento y modernización de la institucionalidad para atender, en el marco de la descentralización y la desconcentración de funciones, las necesidades y los retos de la política social, la integración urbano-regional, la reconciliación y la participación.

2. Localidades Modernas y eficaces

Promoverá la adecuación, preparación y fortalecimiento de las instituciones locales a partir del desarrollo de acciones de modernización técnica, jurídica, administrativa e informática, para promover el acercamiento a la ciudadanía, la agilización y simplificación de los procesos y trámites, así como una mayor participación y control social para la gobernabilidad.

4. Bogotá transparente y efectiva

Fortalecerá las acciones de control interno, seguimiento y evaluación de la gestión de la administración local y la coordinación de esfuerzos para garantizar la transparencia y enfrentar la corrupción.

6. Comunicación para la solidaridad

Posibilitará procesos y medios de comunicación en manos de las comunidades organizadas que lleve a la creación de comités de comunicaciones, enlazados en red y acompañados por la administración local en función de fortalecer la gobernabilidad.

ARTICULO 25°. Metas de gestión pública humana.

CAPITULO 2°

PROCESOS DE COORDINACION

ARTICULO 26°. Coordinación Interinstitucional y Local

La coordinación interinstitucional será el mecanismo fundamental para la ejecución de este Plan y permitirá incorporar en las acciones locales un alto componente de participación ciudadana. Lo anterior se logrará en lo fundamental, a través del Objetivo de Gestión Pública Humana, el cual es transversal a todas y cada una de las acciones que se desarrollarán para garantizar, entre otras, la adecuada realización, seguimiento y evaluación del Plan.

La inclusión de la localidad en los Sistemas Distritales de Protección y Seguridad Social, Planeación, Participación e Información; el fortalecimiento institucional y la participación en la Red Distrital de Comunicaciones son propósitos que garantizarán el desarrollo suficiente de este plan y darán sostenibilidad a las acciones que se propone.

ARTICULO 27°. Mecanismos de Coordinación con otros niveles de gobierno.

El logro de resultados del Plan depende de la acción coordinada y concertada de las entidades locales y de las entidades del Distrito que desarrollan proyectos en el territorio local entre sí y con otros actores sociales locales.

II PARTE

PLAN DE INVERSIONES

TITULO I

ESTRATEGIA FINANCIERA DEL PLAN

ARTICULO 28º. Proyección de Recursos Financieros

El Plan de Inversiones del Plan de Desarrollo Local "Bosa Incluyente y Solidaria" asciende a CINCUENTA Y SIETE MIL OCHENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS ML ($57.082.664.376).

ARTICULO 29º. Inversión por componentes del Plan

La inversión del Plan de Desarrollo se estructura en cuatro componentes: Eje Social, Eje Urbano Regional, Eje de Reconciliación y Objetivo Gestión Pública Humana.

La inversión por componentes se distribuye así:

Cifras en millones de pesos a precios constantes 2004

ARTICULO 30º. Financiación del Plan

El Plan de Desarrollo Local "Bosa Incluyente y Solidaría" estará financiado con recursos propios y las transferencias del Nivel Central, las cuales son :

ARTICULO 31º. Inversión de Recursos de las Entidades Distritales en la Localidad

Se realizará a través de los Planes Maestros y presupuestos anuales de las diferentes entidades del nivel distrital. Este componente debe ser fortalecido a través del mejoramiento de niveles de gestión local y de coordinación de las acciones que desarrolla cada una de las entidades en la Localidad.

ARTICULO 32º. Cofinanciación y Participación Local.

La inversión local se optimizará a través de esquemas de cooperación internacional y cofinanciación entre la nación, el gobierno distrital y otras administraciones locales con necesidades afines, en los cuales se potencializará el Fondo de Desarrollo Local de Bosa como contrapartidas, para la celebración de convenios, que permitan obtener ahorros a escala en proyectos de gran impacto social y consecuentes con coherencia entre la planeación local y distrital.

Se fomentará la vinculación y participación activa del sector privado en la realización de proyectos, especialmente de aquellos que generen impacto en las zonas donde tiene presencia o participación económica, y que contribuyan al desarrollo y la generación de empleo.

Se utilizarán la complementariedad, la subsidiariedad y la concurrencia de las localidades y las entidades sectoriales de la Administración Distrital para la provisión de bienes y servicios destinados a poblaciones en condiciones especiales o de vulnerabilidad.

Se ajustará el modelo de asignación de recursos a las localidades a partir de los criterios de eficiencia y equidad.

ARTICULO 33º. Plan plurianual de inversiones del plan de desarrollo local - presupuestos plurianuales

El Plan Plurianual de Inversiones estará conformado por:

Presupuesto plurianual de los programas

Presupuesto plurianual de los PGI

Presupuesto plurianual de los PEL y PEZ

ARTICULO 34º. Plan Plurianual De Inversiones - Presupuesto Plurianual por Programas.

Allí se fijan los montos indicativos de recursos que están asignados por eje y programa del Plan, en cada uno de los cuatro años, la cual se encuentra incorporada en el cuadro número 1

ARTICULO 35º. Plan Plurianual De Inversiones - Presupuesto Plurianual por Proyectos de Gran Impacto - PGI.

Se refiere a los proyectos que según sus características brindan solución a problemas estructurales comunes a varias de las zonas definidas en nuestra localidad. Para la Localidad de Bosa se definieron PGI que se encuentran incorporados en el cuadro número 2

ARTICULO 36º. Plan Plurianual De Inversiones - Presupuesto Plurianual Por Propuestas estratégicas local y zonal - PEL y PEZ.

Se encuentran las soluciones integrales y de impacto orientadas al mejoramiento de las condiciones de vida de la población de nuestra localidad. Esta información se encuentra incorporada en el cuadro número 3

ARTICULO 37º. Racionalización del gasto y equidad en la inversión

Con el fin de mejorar, especializar y hacer más eficiente la ejecución del gasto público se fortalecerá la conciencia colectiva del uso eficiente de los recursos, que implica el sentido de responsabilidad y pertenencia hacia la entidad y lo que ésta representa en los destinos de la localidad y la ciudad, permitiendo así financiar mayor número de programas y proyectos de inversión social para cubrir las necesidades de la población en condiciones de pobreza y exclusión

Lograr el compromiso individual y colectivo incluyendo el talento humano como factor clave en el proceso de racionalizar los gastos y priorizar las inversiones y conseguir que la eficiencia y la eficacia, se conviertan en prioridades institucionales

ARTICULO 38º. Ejecución

Los recursos disponibles para la ejecución del plan de inversiones dependerán de las estrategias de financiamiento. Su ejecución anualmente corresponderá a lo aprobado y definido en el Plan de Inversiones del Presupuesto Anual de la localidad y quedará sujeta al comportamiento de los ingresos. En el evento que los ingresos proyectados no alcancen los niveles señalados para la localidad, se harán los ajustes pertinentes al Plan de Inversiones a través de los presupuestos anuales.

ARTICULO 39º. Evaluación y Seguimiento del Plan

Acorde a lo establecido en el Acuerdo 013 de 2000 el Consejo de Planeación Local y las Comisiones de Trabajo se reunirán con el fin de adelantar un proceso de acompañamiento y seguimiento a la ejecución del Plan de Desarrollo Local conforme a lo concertado durante los Encuentros Ciudadanos.

El Alcalde Local efectuará la evaluación de la gestión y resultados alcanzados en la ejecución Plan de Desarrollo Local y presentará informes semestrales a la Junta Administradora local, al Consejo de Planeación Local y a la comunidad.

ARTICULO 40°. Vigencia

El presente Acuerdo Local rige a partir del 1 de enero de 2005, previa publicación y deroga, modifica o suspende las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

Dado en Bogotá D.C. a los veintiséis (26) días del mes de agosto de dos mil cuatro (2004).

GUILLERMO H. BASTIDAS CASTAÑO

Presidente JAL de Bosa

LIGIA S. GOMEZ LANDAZABAL

Secretaria General JAL Bosa

El Alcalde Local de Bosa sanciona el presente acuerdo, a los 30 días del mes de Agosto de dos mil cuatro (2004)

RUBEN DARIO CARDONA SALAMANCA

Alcalde Local de Bosa

ANEXO

CUADRO No.2

ANEXO

CUADRO No.3

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3167 de Agosto 31 de 2004.