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Decreto 341 de 2004 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
22/10/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
22/10/2004
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3204 de octubre 22 de 2004
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Decreto Número 341

DECRETO 341 DE 2004

(Octubre 22)

Por el cual se otorga la Orden Civil al Mérito «Ciudad de Bogotá» en el grado de Gran Oficial a la Asociación Colombiana de Locutores (ACL).

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.,

Como Jefe de Gobierno de la Administración Distrital, en ejercicio de las atribuciones señaladas en el Decreto Ley 1421 de 1993 Artículo 35 y el Decreto 693 de 1971, y

CONSIDERANDO:

Que con el propósito de honrar a nacionales y extranjeros que se hayan hecho merecedores de una exaltación en nombre del pueblo de Colombia, la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en representación de la ciudadanía, creó por Decretos Números 0693 del 7 de junio de 1971 y 480 del 2 de agosto de 1991, la Orden Civil al Mérito «Ciudad de Bogotá».

Que el artículo 20 de la Ley 693 del 7 de junio de 1971 señala que la placa de Gran Oficial podrá concederse a personas y entidades nacionales o extranjeras que se hayan distinguido extraordinariamente por sus servicios a la República o a la Ciudad.

Que el Consejo de la Orden Civil al Mérito «Ciudad de Bogotá», se reunió el día 22 de Octubre de 2004 y aprobó de conformidad con el artículo 7 del Decreto No. 693 del 7 de junio de 1971, otorgar la Orden Civil al Mérito «Ciudad de Bogotá» en el grado de Gran Oficial, a la Asociación Colombiana de Locutores.

Que en 1954 Carlos Pinzón y Julio Sánchez Vanegas, dieron vida y delinearon los principales objetivos de la Asociación Colombiana de Locutores (ACL), entidad que agrupa a los profesionales de la voz.

Que desde hace 50 años la Asociación Colombiana de Locutores, no sólo ha marcado una época del periodismo hablado en Colombia, sino que aún hoy es un magisterio que sigue vivo en su tarea de ser un vaso comunicante entre los ciudadanos y las instituciones.

Que la ACL ha liderado la construcción de un marco legislativo para la locución, ha gestionado políticas que tienen que ver con el sector y ha sido actor relevante e intérprete de la vida cotidiana del país.

Que ésta Asociación es un referente de trabajo en equipo, de sumar socios, esfuerzos, de pujanza y perseverancia.

Que es deber del Alcalde Mayor de Bogotá dar justo reconocimiento a la Asociación Colombiana de Locutores, de conformidad con el artículo 35 del Decreto Ley 1421 de 1993.

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Otórgase la Orden Civil al Mérito «Ciudad de Bogotá» en el Grado de Gran Oficial a la Asociación Colombiana de Locutores.

ARTÍCULO SEGUNDO.- En ceremonia especial el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., hará entrega de la condecoración y copia del decreto en nota de estilo a Magda Egas, en su calidad de Presidenta de la Asociación Colombiana de Locutores.

ARTÍCULO TERCERO.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los veintidós (22) días del mes de octubre de dos mil cuatro (2004).

LUIS EDUARDO GARZÓN

Alcalde Mayor - Gran Maestre

ROCÍO SANDAÑO DE ÁNGEL

Secretaria de Gobierno - Gran Canciller

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3204 de octubre 22 de 2004.