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DECRETO 080 DE 2024 (Febrero 27)
Por medio del cual se establece la Planta de Empleos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. y se dictan otras disposiciones
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 4 y 7 del artículo 315 de la Constitución Política, los numerales 3 y 9 del artículo 38 y el inciso 2° del artículo 55 del Decreto Ley 1421 de 1993, y
CONSIDERANDO:
Que los numerales 4° y 7° del artículo 315 de la Constitución Política de Colombia y 9° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, le otorgan atribuciones al Alcalde Mayor de Bogotá D.C., para crear, suprimir o fusionar dependencias y empleos de la Administración Central, señalarles sus funciones especiales y determinar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes.
Que el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto 19 de 2012, señaló que las reformas de las plantas de personal de empleos de las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional y territorial, “deberán motivarse, fundarse en necesidades del servicio o en razones de modernización de la Administración y basarse en justificaciones o estudios técnicos que así lo demuestren, elaborados por las respectivas entidades bajo las directrices del Departamento Administrativo de la Función Pública y de la Escuela Superior de Administración Pública – ESAP”.
Que el artículo 48 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, modificado por el artículo 6 del Acuerdo Distrital 638 de 2016 estableció que:
“La Secretaría General es un organismo del Sector Central con autonomía administrativa y financiera que tiene por objeto orientar y liderar la formulación y seguimiento de las políticas para el fortalecimiento de la función administrativa de los organismos y entidades de Bogotá, Distrito Capital, mediante el diseño e implementación de instrumentos de coordinación y gestión, la promoción del desarrollo institucional, el mejoramiento del servicio a la ciudadana y ciudadano, la protección de recursos documentales de interés público y la coordinación de las políticas del sistema integral de información y desarrollo tecnológico.”
Que, mediante Decretos Distritales Nos. 140 del 14 de abril de 2021, 332 del 10 de agosto de 2022, 367 del 2 de septiembre de 2022 y 435 del 26 de septiembre de 2023, se modificó la Estructura Organizacional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que, mediante Decretos Distritales Nos. 426 del 3 de octubre de 2016, 141 del 14 de abril de 2021, 333 del 10 de agosto de 2022 y 368 del 2 de septiembre de 2022, se modificó la Planta de Empleos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que en cumplimiento del fallo de tutela, Rad. 110014189003-2021-00043-00, expedido el 15 de abril de 2021 por el Juzgado Tercero de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple con sede desconcentrada en Suba, instaurada por el señor DAVID GUSTAVO VARGAS OSPINA, mediante el cual se resolvió amparar los derechos fundamentales al mínimo vital, seguridad social, vida en condiciones dignas y estabilidad laboral reforzada, el Decreto Distrital 184 del 21 de mayo de 2021, dispuso:
“Artículo 1°.- Crease de manera transitoria un (1) empleo en la planta de personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., del nivel asistencial con denominación Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 01 de conformidad con lo ordenado en el fallo de la acción de tutela descrito en la parte considerativa, a favor del señor DAVID GUSTAVO VARGAS OSPINA, identificado con cédula de ciudadanía 79.721.812, tal como se detalla a continuación:
Que el señor DAVID GUSTAVO VARGAS OSPINA identificado con cédula de ciudadanía No. 79.721.812, fue nombrado en el empleo, Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 01, mediante Resolución No. 221 del 27 de mayo de 2021 y tomó posesión el mismo día de acuerdo con el Acta No. 072. A la fecha el señor Vargas Ospina continúa desempeñando el empleo.
Que el fallo de acción de tutela No. 110014189003-2021-00043-00 del 15 de abril de 2021 se dispuso en el artículo segundo: “SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se ordenará a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá que en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación del presente fallo, (i) proceda a reintegrar si no lo hubiera hecho, al demandante, a un cargo igual o superior al que venía desempeñando cuando se le despidió; y (ii) efectúe el pago de la remuneración dejada de percibir desde el despido hasta el momento que se haga efectivo el reintegro.
No obstante, el amparo será de carácter transitorio, por lo cual, se advierte a David Gustavo Vargas Ospina que, en el término de dos (2) meses contados a partir de la notificación de la presente Sentencia, deberá instaurar la acción ordinaria laboral correspondiente ante la jurisdicción ordinaria, so pena de que cesen los efectos de las órdenes impartidas en esta providencia.
(…)”.
Que en cumplimiento de lo anterior, el señor DAVID GUSTAVO VARGAS OSPINA, instauró el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, cuyo fallo de primera instancia fue emitido el 12 de octubre de 2023 por el Juzgado 14 administrativo Oral de Bogotá (Radicado No. 11001333501420210029500), a través del cual se negaron las pretensiones del accionante, y el cual se encuentra surtiendo el trámite en segunda instancia en sede de apelación.
Que las Entidades Públicas como personas jurídicas son dinámicas y deben alinear y evaluar periódicamente su modelo operacional ya sea en su estructura, en su planta de personal, en su modelo de procesos de conformidad con las necesidades del servicio o en razón a la modernización de la administración a fin de mejorar los niveles de eficacia, eficiencia, economía y celeridad, bajo criterios de razonabilidad, proporcionalidad y prevalencia del interés general para alcanzar sus objetivos institucionales. Por esta razón la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., se ve en la necesidad de modificar su planta de personal.
Que el Acuerdo Sindical firmado el 9 de junio de 2022 entre la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C. y las Organizaciones Sindicales Sindicato de Empleados y Trabajadores Nacionales y Distritales “Sintradistritales” y el Sindicato Unitario Nacional de Trabajadores del Estado “Sunet”, estableció en el punto 4 “La Secretaría General se compromete a realizar un estudio para viabilizar la nivelación en dos (2) grados salariales del Nivel Asistencial para presentarlo ante el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital y Secretaría Distrital de Hacienda, en aras de tener los conceptos técnicos y presupuestales de viabilidad. El estudio técnico lo presentará antes de finalizar la presente vigencia 2022 y la necesidad presupuestal lo sustentará en el anteproyecto para la vigencia 2023 de acuerdo al calendario hacendario”.
Que, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C. elaboró estudio técnico basado en metodologías de diseño organizacional para la modificación de la planta de empleos de la entidad de conformidad con las directrices y parámetros indicados por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital. Que se adelantó el proceso de consulta con las organizaciones sindicales mediante los memorandos Nos. 2-2023-21569, 2-2023-21571, 2-2023-21575, 2-2023-21577, 2-2023-21583, 2-2023-21579 y 2-2023-21581 del 14 de agosto de 2023, frente a los cuales no se presentaron observaciones, y 2-2024-3049, 2-2024-3050, 2-2024-3051, 2-2024-3053, 2-2024-3054, 2-2024-3055, 2-2024-3056 y 2-2024-3057 del 29 de enero de 2024, de los cuales se recibieron observaciones de las Organizaciones Sindicales Sintradistritales y Sunet, las cuales fueron atendidas con comunicaciones Nos. 2-2024-4105 y 2-2024-4114 del 5 de febrero de 2024. Que, conforme al artículo 6 del Acuerdo Distrital 199 de 2005, para la modificación de las plantas de empleos permanentes de las entidades y organismos distritales, se debe contar con el concepto técnico favorable del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital – DASCD. Que mediante comunicaciones con Nos. 2-2-2023-15716 del 8 de junio de 2023, 2-2023-22599 del 23 de agosto de 2023, 2-2023-22759 del 24 de agosto de 2023 y 2-2024-4549 del 7 de febrero de 2024, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., solicitó al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital Concepto Técnico Favorable para la modificación de la Planta de empleos de la Entidad, considerando los siguientes puntos: 1) transformación de la Dirección Distrital de Relaciones Internacionales en la “Oficina Consejería Distrital de Relaciones Internacionales” que dependa de manera directa del Despacho del/la Alcalde/sa Mayor, y la transformación de la actual Subdirección de Proyección Internacional en la “Dirección de Proyección Internacional”, para alinearlas y articularlas a la realidad actual institucional y las líneas estratégicas de corto, mediano y largo plazo que en materia de internacionalización tiene propuesto el nuevo Gobierno Distrital para la ciudad; 2) modificación del nombre de las dependencias Oficina Alta Consejería de Paz, Víctimas y Reconciliación, la Oficina Alta Consejería Distrital de Tecnologías de Información y Comunicaciones y la Oficina Consejería de Comunicaciones, las cuales pasarían a denominarse “Oficina Consejería Distrital de Paz, Víctimas y Reconciliación”, “Oficina Consejería Distrital de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones” y “Oficina Consejería Distrital de Comunicaciones”, para generar alineación y estandarización en los nombres dado el impacto que estas dependencias tienen en la ejecución de los objetivos y metas trazadas transversalmente para el Distrito Capital; y 3) suprimir ciento veintiún (121) empleos de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 01 de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía y crear ciento veintiún (121) empleos de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 03 de la misma dependencia, debido a la necesidad de adelantar la cualificación de los servidores que brindan soporte y asistencia, en todos los temas relacionados con trámites y servicios disponibles en los puntos de atención del canal presencial de la Red Cade, de acuerdo con el ciclo de servicio de atención a la ciudadanía. Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, mediante oficios Nos. 2-2023-13328 del 10 de octubre de 2023, 2-2024-2344 del 9 de febrero de 2024 y 2-2024-2849 del 19 de febrero de 2024, radicados en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. con los Nos. 1-2023-28361 del 11 de octubre de 2023, 1-2024-5326 del 9 de febrero de 2024 y 1-2024-6735 del 19 de febrero de 2024, emitió concepto técnico favorable para la modificación de la planta de empleos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. Que mediante comunicaciones Nos. 2-2023-34647 del 13 de diciembre de 2023 y 2-2024-4910 del 9 de febrero de 2024, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. solicitó a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, el concepto de viabilidad presupuestal para la modificación de la Planta de empleos de la Entidad.
Que mediante oficios Nos. SDH 2023EE514764O1 del 27 de diciembre de 2023 y 2024EE036102O1 del 12 de febrero de 2024, radicados en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. con los Nos. 1-2023-36690 del 27 de diciembre de 2023 y 1-2024-5643 del 13 de febrero de 2024, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, expidió viabilidad presupuestal para la modificación de la Planta de Empleos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el pago de las erogaciones que se causen en cumplimiento del presente Decreto, se hará con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 01 del 2 de enero de 2024, expedido por el responsable del presupuesto de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que la racionalización y simplificación del ordenamiento jurídico es una de las principales herramientas para asegurar la eficiencia económica y social del sistema legal y para afianzar la seguridad jurídica.
Que con el objetivo de racionalizar los actos administrativos que establecen la planta de personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C. estos son, los Decretos Distritales 426 del 3 de octubre de 2016, 141 del 14 de abril de 2021, 333 del 10 de agosto de 2022 y 368 del 2 de septiembre de 2022, se integrará un único cuerpo normativo.
Que, teniendo en cuenta lo anterior y conforme a la normativa vigente en la materia, es necesario establecer la planta de empleos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º.- Suprímanse los siguientes empleos de la planta de personal vigente en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.:
Artículo 2º.- Créanse los siguientes empleos en la planta de personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.:
PARÁGRAFO.- Los empleados públicos que a la fecha de publicación de este Decreto, se encuentren vinculados a los empleos que se suprimen, deberán ser incorporados, conforme a las disposiciones legales sobre la materia, en los empleos que se crean, en la misma situación en que se encuentran, es decir, en libre nombramiento y remoción, carrera y provisionalidad, sin que se les exijan requisitos adicionales a los acreditados al momento de la posesión de los empleos de los que son titulares.
Artículo 3º.- Los siguientes empleos que se encontraban ubicados en la planta global del Despacho del/la Secretario/a General se reubican en el Despacho del/la Alcalde/sa Mayor:
Artículo 4º.- Modificado por el art. 3°, Decreto Distrital 112 de 2024. <El nuevo texto es el siguiente> Las funciones propias de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación:
El texto original era el
siguiente: Artículo 4° Las funciones
propias de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., serán
cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación:
Artículo 5º.- Suprimir un (1) empleo que fue creado de manera transitoria en la planta de personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., mediante Decreto Distrital 184 del 21 de mayo de 2021, así:
Artículo 6º.- Crear de manera transitoria un (1) empleo en la planta de personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., con denominación Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 03 de conformidad con lo ordenado en el fallo de la acción de tutela descrito en la parte considerativa, a favor del señor DAVID GUSTAVO VARGAS OSPINA, identificado con cédula de ciudadanía 79.721.812, tal como se detalla a continuación:
PARÁGRAFO. - El servidor DAVID GUSTAVO VARGAS OSPINA deberá ser incorporado, conforme a las disposiciones legales sobre la materia, en el empleo que se crea con nuevo grado salarial, sin que se le exijan requisitos adicionales.
Artículo 7°.- El empleo de carácter transitorio creado con el presente Decreto, deberá cumplir las funciones que están descritas en el respectivo acto administrativo de Manual de Funciones y de Competencias Laborales de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., estando sujeto a la escala salarial establecida para el sector central de Bogotá, D.C.
Artículo 8º.- Dado el carácter transitorio del empleo, una vez se configure una causa legal que extinga la relación laboral, o si existiese orden judicial que revoque o modifique el fallo proferido, cesan sus efectos y el cargo quedará automáticamente suprimido.
Artículo 9º.- Comunicar el presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda y al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.
Artículo 10º.- El presente Decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación, deroga los Decretos Distritales 426 del 3 de octubre de 2016, 141 del 14 de abril de 2021, 333 del 10 de agosto de 2022 y 368 del 2 de septiembre de 2022, y el Decreto Distrital 184 del 21 de mayo de 2021.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de febrero del año 2024. CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN
Alcalde Mayor
LILIANA CABALLERO DURÁN
Secretaria General
NIDIA ROCÍO VARGAS
Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital
Nota: Ver norma original en Anexos. |