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Decreto 547 de 1993 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
20/09/1993
Fecha de Entrada en Vigencia:
20/10/1993
Medio de Publicación:
Registro Distrital 793 de octubre 20 de 1993
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 547 DE 1993

(Septiembre 20)

Derogado por el art. 2, Decreto Distrital 741 de 1993

Por el cual se delega una función

EL ALCALDE MAYOR DE SANTAFE DE BOGOTA, DISTRITO CAPITAL,

En uso de sus atribuciones legales y en especial la que le confiere el numeral 15 del artículo 38 del decreto-ley 1421 de 1993.

DECRETA:

ARTICULO 1.- Delégase en el Secretario de Hacienda del Distrito, la función de adjudicar y celebrar los contratos necesarios para la ejecución del presupuesto asignado a la Tesorería Distrital, con excepción de los de empréstito, donación y comodato.

ARTICULO 2.- La celebración de contratos de prestación de servicios requiere de la autorización previa del Alcalde Mayor.

ARTICULO 3.- El presente decreto rige desde la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean  contrarias.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

Dado en Santafé de Bogotá, D.C. a los 20 de Septiembre de 1993

JAIME CASTRO

ALVARO DAVILA PEÑA

Alcalde Mayor

Secretario General

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 793 de Octubre 20 de 1993.