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Resolución 314 de 2005 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
20/10/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
20/10/2005
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3422 de octubre 20 de 2005
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 314 DE 2005

(Octubre 20)

«Por la cual se crea el Comité del Sistema de Gestión de Calidad al interior de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor, se designa al representante de la Alta Dirección para tal efecto y se dictan otras disposiciones».

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.,

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 1° y el literal (d) del artículo 8° del Decreto No. 331 de 2003, así como por el artículo 3° del Decreto 387 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo dispuesto en la Ley 872 de 2003 se creó el Sistema de Gestión de Calidad en la Rama Ejecutiva del Poder Público y en otras entidades prestadoras de servicios.

Que el Concejo Distrital mediante el Acuerdo 122 de 2004 adoptó para Bogotá D.C., el Sistema de Gestión de la Calidad creado mediante la Ley 872 de 2003.

Que mediante Decreto 4110 de 2004, el Gobierno nacional reglamentó la Ley 872 de 2003 y adoptó la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública- NTCGP 1000:2004.

Que de acuerdo con lo establecido en las disposiciones anteriores, el Alcalde Mayor reglamentó mediante el Decreto 387 de 2004 el Acuerdo 122 de 2004.

Que mediante Directiva 004 de 2005 la Secretaría General de la Alcaldía Mayor impartió las directrices para la estructuración e implementación de Sistemas de Gestión de la Calidad en las entidades y organismos distritales.

Que se estima necesario integrar al interior de la Entidad, las instancias que permitan formular y definir las políticas en materia del Sistema de Gestión de la Calidad de la Secretaría General.

En mérito de lo anterior,

Ver la Resolución de la SSecretaría General 112 de 2006

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Créase, al interior de la Secretaría General, el Comité del Sistema de Gestión de la Calidad, el cual estará conformado por los siguientes funcionarios:

1. El Secretario (a) General.

2. El Subsecretario (a) General.

3. El Director (a) de Gestión Corporativa.

4. El Director (a) Distrital de Desarrollo Institucional.

5. El Director (a) Jurídica Distrital.

6. El Director (a) Distrital de Servicio al Ciudadano.

7. El Director (a) Distrital del Archivo de Bogotá.

8. El Jefe (a) de la Oficina Asesora de Planeación.

9. Los servidores que sean los promotores y el soporte del Sistema de Gestión de Calidad en ésta Secretaría, previa comunicación escrita.

Parágrafo 1°.- El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación ejercerá la Secretaría Técnica del Comité para el Sistema de Gestión de la Calidad Interno de la Secretaría General.

Parágrafo 2°.- El Jefe de la Oficina Asesora de Control Interno asistirá al Comité en calidad de veedor.

Parágrafo 3°.- Así mismo, podrán ser invitados los funcionarios de otras áreas y niveles de acuerdo con el tema analizar o debatir.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Desígnese al Jefe de la Oficina Asesora de Planeación como funcionario representante de Alta Dirección, quien tendrá a su cargo las responsabilidades previstas en el Numeral 5.5.2. del documento contentivo de la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública NTCGP 1000:2004.

ARTÍCULO TERCERO.- El Comité será convocado por el Jefe de la Oficina Asesora de Planeación, mínimo cada dos (2) meses y cada vez que las circunstancias así lo ameriten, sesionando con la totalidad de los miembros que lo conforman.

ARTÍCULO CUARTO.- El Comité del Sistema de Gestión de la Calidad de la Secretaría General tendrá como objetivo principal impulsar y proporcionar los recursos necesarios para la adecuada implementación el Sistema de Gestión de Calidad al interior de la Entidad y cumplirá las funciones previstas en la Directiva No. 4 de 2005, originaria de este Despacho y las demás que le sean conexas acorde con los presupuestos legales y reglamentarios del Sistema de Gestión de Calidad.

ARTÍCULO QUINTO.- Los miembros que conforman el Comité, podrán ser designados para participar en sesiones periódicas de trabajo según los temas de su competencias y los requerimientos que implique el montaje, implementación y mantenimiento del Sistema de Gestión de la Calidad de la Secretaría General.

ARTÍCULO SEXTO.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil cinco (2005).

ENRIQUE BORDA VILLEGAS

Secretario General

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3422 de octubre 20 de 2005.