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Decreto 406 de 2005 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
03/11/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 406 DE 2005

DECRETO 406 DE 2005

(Noviembre 03)

"Por el cual se otorgan unas condecoraciones"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el Acuerdo 30 de 1957, y

CONSIDERANDO:

Que el Acuerdo 30 del 1 de Marzo de 1957 establece la Medalla Cívica "Ciudad de Bogotá" la cual es otorgada a colombianos o extranjeros eminentes.

Que con el propósito de honrar a nacionales y extranjeros que se hayan hecho merecedores de una exaltación en nombre del pueblo de Colombia, la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en representación de la ciudadanía, creó por Decretos números 693 del 7 de junio de 1971 y 480 del 2 de agosto de 1991, la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá".

Que el Consejo de la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá", se reunió el día 1 de Noviembre de 2005 y aprobó por unanimidad otorgar la Medalla Cívica por primera vez a los Vigilantes Julio Cesar Peña Caballero, Reinel Hueso Ramírez, Nelson Ossa Narváez, Ángel Hernán Lozano, Luis Alejandro Pava, Néstor Hernández Martínez, Alfredo Martínez, Orlando Cardona, Gustavo Torres Rojas, Julio Cesar Caamaño Castillo y Pablo Antonio Álvarez Reyes.

Quienes han suministrado información ágil, veraz y oportuna a las Redes de Apoyo y Solidaridad Ciudadana, permitiendo con ello prevenir, evitar y disminuir la realización de hechos punibles, en especial los relacionados con el terrorismo.

Que es deber del Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., dar justo reconocimiento a quienes se han convertido en ciudadanos ejemplares en razón a su compromiso e indeclinable voluntad de contribuir al bienestar de la comunidad.

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase la Medalla Cívica por primera vez a los Vigilantes Julio Cesar Peña Caballero, Reinel Hueso Ramírez, Nelson Ossa Narváez, Ángel Hernán Lozano, Luis Alejandro Pava, Néstor Hernández Martínez, Alfredo Martínez, Orlando Cardona, Gustavo Torres Rojas, Julio Cesar Caamaño Castillo y Pablo Antonio Álvarez Reyes.

ARTÍCULO SEGUNDO: En ceremonia especial el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., hará entrega de la condecoración a que se refiere el artículo anterior y copia del respectivo decreto en Nota de Estilo.

ARTÍCULO TERCERO: El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los tres (03) dias del mes de noviembre de 2005.

LUIS EDUARDO GARZÓN

JUAN MANUEL OSPINA RESTREPO

Alcalde Mayor . Gran Maestre

Secretario de Gobierno - Gran Canciller