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Decreto 101 de 2006 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
17/03/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/03/2006
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3507 de marzo 17 de 2006
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 101 DE 2006

(Marzo 17)

"Por el cual se ajusta la Planta de personal del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público ¿ DADEP a lo dispuesto en el Decreto 785 de 2005"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 38, numeral 9 del Decreto Ley 785 de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 125 de la Constitución Política, los empleos en los órganos y entidades del Estado son por regla general de carrera.

Que la Ley 909 de 2004, que regula el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública es aplicable a los empleados que prestan sus servicios en las entidades Distritales.

Que los Artículos 21, 27 y 29 del Decreto Ley 785 del 17 de marzo de 2005, disponen que las plantas de personal de las entidades se deberán ajustar al sistema de nomenclatura y clasificación de empleos por niveles de que trata el citado Decreto, dentro del año siguiente a la vigencia del mismo.

Que en concepto que emitiera el Director de Desarrollo Organizacional en conjunto con la Jefe de la Oficina Asesora Jurídica del Departamento Administrativo de la Función Pública al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital se determina que el término señalado en el Decreto Ley 785 de 2005 debe ser cumplido por las entidades estatales.

Que dicho ajuste implica la supresión de algunos empleos y creación en niveles jerárquicos diferentes, sin que en estricto sentido se trate de empleos nuevos.

Que el Decreto Ley 785 de 2005 en su artículo 3º señaló los niveles jerárquicos de los empleos de las entidades territoriales, sin mencionar los niveles ejecutivo, administrativo y operativo.

Que entre los empleos en los que es preciso modificar su nomenclatura se encuentran empleos de carrera administrativa definidos como tales en la Ley 909 de 2004.

Que el inciso cuarto del Parágrafo del artículo 38 de la Ley 996 de 2005, sobre garantías electorales, dispone que la nómina del respectivo ente territorial o entidad no se podrá modificar dentro de los cuatro (4) meses anteriores a las elecciones a cargos de elección popular, salvo que se trate de provisión de cargos por faltas definitivas, con ocasión de muerte o renuncia irrevocable del cargo correspondiente debidamente aceptada, y en los casos de aplicación de las normas de carrera administrativa.

Que la Corte Constitucional, mediante Sentencia C-1153 de 2005, precisó el alcance de la disposición anterior, a la modificación de la Planta de Personal, es decir, que con esta restricción no se podrá modificar la planta de cargos, durante la vigencia de la mencionada ley de garantías.

Que no obstante la excepción consagrada en el artículo 38 de la Ley 996 de 2005, para la modificación de las plantas de personal en aplicación de las normas de carrera, el Departamento Administrativo de la Función Pública en el concepto mencionado anteriormente señala que en vigencia de la mencionada Ley "no es viable crear empleos en las entidades de la Rama Ejecutiva del nivel nacional y territorial."

Que de conformidad con lo anterior, los efectos particulares de la creación y supresión de cargos que se realicen en el presente Acuerdo, dentro de la adecuación del sistema de nomenclatura administrativa para los cargos que cambian de nivel, se condicionarán a los términos del artículo 38 de la Ley 996 de 2005, es decir que dichos efectos se producirán luego de la elección presidencial.

Que la Planta de Personal del Departamento Administrativo del Espacio Público ¿ DADEP, se encuentra establecida mediante Decreto 939 de diciembre 30 de 1999 y demás Decretos que le modifican.

Que para efecto del ajuste de nomenclatura ordenado por el Decreto Ley 785 de 2005, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital emitió Concepto Técnico favorable, mediante comunicación DIR Nº 0821 del 16 de marzo de 2006.

Que para el mismo fin, mediante oficio Nº 2006EE60962 del 17 marzo de 2006, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda Distrital, expidió certificado en el sentido que este Decreto no genera costo fiscal para el Distrito Capital.

En mérito de lo expuesto,

Ver el Decreto Distrital 284 de 2006

DECRETA:

ARTÍCULO 1º. Suprímanse de la planta de personal del Departamento Administrativo del Espacio Público, los siguientes cargos:

No. CARGOS

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

2

JEFE DE OFICINA ASESORA

115

07

ARTÍCULO 2º. Créanse en la planta de personal del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público ¿ DADEP, los siguientes cargos:

No. CARGOS

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

2

JEFE DE OFICINA

006

07

ARTÍCULO 3º. Los efectos particulares que generen la supresión y creación de los cargos a que se refieren los artículos anteriores, se producirán a partir del día siguiente a la elección presidencial de 2006, de conformidad con el artículo 190 de la Constitución Política.

ARTÍCULO 4º. Ajustar la Planta de Personal del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - DADEP, a la nueva nomenclatura y clasificación de empleos, así:

SITUACIÓN ANTERIOR

SITUACIÓN NUEVA

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

DIRECTOR DE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO

055

07

DIRECTOR DE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO

055

09

SUBDIRECTOR DE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO

076

06

SUBDIRECTOR DE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO

076

08

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

222

24

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

222

30

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

15

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

18

SECRETARIO

440

13

SECRETARIO

440

17

SECRETARIO

440

07

SECRETARIO

440

09

AYUDANTE

472

03

AYUDANTE

472

04

CONDUCTOR

480

02

CONDUCTOR

480

03

AUXILIAR SERVICIOS GENERALES

470

01

AUXILIAR SERVICIOS GENERALES

470

02

ARTÍCULO 5º. Modificado por el art. 3, Decreto Distrital 479 de 2022<El nuevo texto es el siguiente> Las funciones propias del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - DADEP, serán cumplidas por la Planta Global de personal que a continuación se fija. 

PLANTA DE PERSONAL DADEP

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

No EMPLEOS

NIVEL DIRECTIVO

Director de Departamento Administrativo

055

09

1

Subdirector de Departamento Administrativo

076

08

3

Jefe de Oficina

006

07

3

Jefe de Oficina

006

01

1

NIVEL ASESOR

Jefe de Oficina Asesora Planeación

115

07

1

Jefe de Oficina Asesora Comunicaciones

115

01

1

Asesor

105

06

1

Asesor

105

05

4

NIVEL PROFESIONAL

Profesional Especializado

222

30

10

Profesional Universitario

219

18

33

NIVEL TÉCNICO

Técnico Operativo

314

08

9

NIVEL ASISTENCIAL

Secretario

440

17

2

Secretario

440

09

4

Ayudante

472

04

3

Conductor

480

03

2

Auxiliar de Servicios Generales

470

02

8

TOTAL DE EMPLEOS EN PLANTA DADEP

86


El texto original era el siguiente:

Artículo 5. Las funciones propias del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público DADEP, serán cumplidas por la Planta Global de personal que a continuación se fija:

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

No. DE EMPLEOS

NIVEL DIRECTIVO

DIRECTOR DE DEPARTAMENTO ADMNISTRATIVO

055

09

1

SUBDIRECTOR DE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO

076

08

3

JEFE DE OFICINA

006

07

1

NIVEL ASESOR

JEFE DE OFICINA ASESORA DE JURÍDICA

115

07

1

JEFE DE OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN

115

07

1

ASESOR

105

06

1

ASESOR

105

05

4

NIVEL PROFESIONAL

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

222

30

10

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

18

33

NIVEL TÉCNICO

TÉCNICO OPERATIVO

314

08

9

NIVEL ASISTENCIAL

SECRETARIO

440

17

2

SECRETARIO

440

09

4

AYUDANTE

472

04

3

CONDUCTOR

480

03

2

AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES

470

02

8

TOTAL NÚMERO DE EMPLEOS

84

PARÁGRAFO TRANSITORIO: Son parte transitoria de la planta de personal los cargos suprimidos en el artículo 1° con las condiciones establecidas en el artículo 3º del presente Decreto, y a partir de esa fecha entrará en vigencia plena la planta de personal aquí fijada con los cargos creados en el artículo 2º.

ARTÍCULO 6º. Los empleados públicos que se encuentren desempeñando empleos a los cuales se les haya modificado el nivel jerárquico en virtud de lo dispuesto por el Decreto Ley 785 de 2005, continuarán percibiendo la misma Asignación Básica, porcentaje de Gastos de Representación y Prima Técnica, asignados con anterioridad, mientras permanezcan en los empleos equivalentes, de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo 2º del articulo 21 del citado decreto.

ARTÍCULO 7º. A partir de la vigencia del presente Decreto, los Jefes de Talento Humano o quien haga sus veces, de las Entidades reportarán inmediatamente al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, y éste a la Comisión Nacional del Servicio Civil, los empleos que se crean y que se encuentran ocupados con funcionarios con nombramientos provisionales, con el objeto de que sean convocados a concurso público para su provisión definitiva, de conformidad con la Ley 909 de 2004.

ARTÍCULO 8º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y deroga las disposiciones que le sean contrarias, especialmente los Decretos 939 de 1999, 362 de 2000, 139 de 2002 y 338 de 2005.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D. C., a los 17 días de marzo de 2006

ABEL RODRÍGUEZ CÉSPEDES

Alcalde Mayor (E)

GERMÁN DARIO RODRÍGUEZ

Director Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - DADEP

MARIELLA DEL SOCORRO BARRAGÁN BELTRÁN

Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital