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Decreto 264 de 2006 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
24/07/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/07/2006
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3588 de julio 24 de 2006
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 264 DE 2006

DECRETO 264 DE 2006

(Julio 24)

Por el cual se otorgan unas condecoraciones

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el Acuerdo 30 de 1957, y

CONSIDERANDO:

Que el Acuerdo 30 de 1957 estableció la condecoración medalla cívica, la cual se otorga a Colombianos o extranjeros eminentes.

Que con el propósito de honrar a nacionales y extranjeros que se hayan hecho merecedores de una exaltación en nombre del pueblo de Colombia, la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en representación de la ciudadanía, creó por Decretos números 0693 del 7 de junio de 1971 y 480 del 2 de agosto de 1991, la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá".

Que el Consejo de la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá", se reunió el día 21 de Julio de 2006 y aprobó por unanimidad otorgar la Medalla Cívica por primera vez a los Auxiliares Bachilleres, Ronald Pachón Urieles, Jorge Andrés Suan Arévalo, Wilmar Pérez Pérez, Camilo Ernesto Montañez Mogollón y Deiner Helí Bustamante Ortíz.

Que los mencionados bachilleres se han destacado por sus excelentes servicios prestados en el Distrito Capital, contribuyendo a que Bogotá sea una ciudad más segura, tranquila y amable.

Que es deber del Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., dar justo reconocimiento a quienes se han convertido en servidores públicos ejemplares en razón a su compromiso e indeclinable voluntad de contribuir al bienestar de la comunidad.

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO: Otórgase la Medalla Cívica por primera vez a los Auxiliares Bachilleres, Ronald Pachón Urieles, Jorge Andrés Suan Arévalo, Wilmar Pérez Pérez, Camilo Ernesto Montañez Mogollón y Deiner Helí Bustamante Ortíz.

ARTICULO SEGUNDO: De conformidad con lo anterior, en ceremonia especial el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., hará entrega de la copia del Decreto en Nota de Estilo a que se refiere el artículo anterior.

ARTICULO TERCERO: El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los veinticuatro días del mes de Julio de 2006

LUIS EDUARDO GARZON

Alcalde Mayor . Gran Maestre

JUAN MANUEL OSPINA RESTREPO

Secretario de Gobierno - Gran Canciller