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Decreto 289 de 2006 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
04/08/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
08/08/2006
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3589 de agosto 08 de 2006
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Decreto Número 289 de 2006

DECRETO 289 DE 2006

(Agosto 4)

"Por el cual se adscriben unos empleos de la planta global de cargos de la SECRETARÍA DE HACIENDA DE BOGOTÁ, D.C.».

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.,

En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere ordinal 3o. del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el numeral 3o. del artículo 315 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO

Que la planta global de cargos de la Secretaría de Hacienda de Bogotá, D.C. fue establecida mediante el Decreto 356 del 13 de octubre de 2003, modificado parcialmente por los Decretos 417 del 14 de noviembre de 2003 y Decreto 013 del 16 enero de 2004, derogados por el Decreto 108 de 2006.

Que de conformidad con el artículo 2o. del Decreto No. 328 del 15 de septiembre de 2005, mediante el cual se ajusta parcialmente la nomenclatura y clasificación de los empleos de la planta de personal de la Secretaría de Hacienda Distrital, se adscribieron al Despacho del Secretario de Hacienda Distrital los cargos de Asesor de esta entidad.

Que se hace necesario armonizar los anteriores decretos, en el sentido de establecer que el empleo de Asesor se encuentra adscrito al Despacho del Secretario de Hacienda.

DECRETA

ARTÍCULO 1º. Estarán al servicio directo e inmediato del Despacho del Secretario de Hacienda, los empleos que se establecen a continuación y que conjuntamente con el Secretario de Despacho, harán parte de la planta de cargos de dicho Despacho como empleos adscritos:

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

No. DE CARGOS

SECRETARIO DE DESPACHO

020

09

1

ASESOR

105

05

41

ASESOR

105

03

11

ARTÍCULO 2o.- El Secretario de Hacienda en el evento que se requiera, procederá a ajustar el Manual de Funciones y de requisitos de los empleos que se adscriben a su Despacho, en los términos legales establecidos al efecto, dentro del mes siguiente a la vigencia del presente decreto, de conformidad con la naturaleza de estos empleos establecida en el artículo 4o., numerales 4.1 y 4.2 del Decreto Ley 785 de 2005.

El Subdirector de Recursos Humanos de la Secretaría de Hacienda o quien haga sus veces, comunicará a los respectivos empleados, las funciones y competencias debidamente ajustadas en un plazo no mayor a los tres (3) días siguientes al ajuste del Manual de Funciones y de Requisitos respectivo.

ARTÍCULO 3o.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los cuatro (4) días del mes de agosto de dos mil seis (2006).

LUIS EDUARDO GARZÓN

Alcalde Mayor

PEDRO ARTURO RODRÍGUEZ TOBO

Secretario de Hacienda

MARIELLA DEL SOCORRO BARRAGÁN BELTRÁN

Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3589 de agosto 08 de 2006.