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Decreto 396 de 2006 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
23/09/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
23/09/2006
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3618 de septiembre 23 de 2006
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 396 DE 2006

(Septiembre 23)

Modificado por el Decreto Distrital 123 de 2007, Modificado por el Decreto Distrital 483 de 2010, Derogado por el art. 8, Decreto Distrital 516 de 2013

"Por el cual se aclara el Decreto 098 del 17 de marzo de 2006 mediante el cual se ajustó la Planta Global de Personal de la Secretaría Distrital de Salud a lo dispuesto en el Decreto Ley 785 de 2005"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL

En ejercicio de sus facultades legales conferidas por los artículos 38, ordinal 6° y 55 del Decreto Ley 1421 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que en cumplimiento del Decreto Ley 785 de 2005, expedido con base en las facultades extraordinarias de la Ley 909 de 2004, que regula el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública, se expidió el Decreto 098 del 17 de marzo de 2006 "Por el cual se ajusta la Planta Global de Personal de la Secretaría Distrital de Salud a lo dispuesto en el Decreto Ley 785 de 2005", acto administrativo en el cual el artículo 4º estableció el ajuste de la planta de personal a la nueva nomenclatura y clasificación de empleos, citando como base legal el Acuerdo 14 de 1998, disposición que no contempló a la Secretaría Distrital de Salud.

Que teniendo en cuenta que la escala salarial de la Secretaría Distrital de Salud fue establecida por el Acuerdo 26 de 1997, y que el sistema general de nomenclatura y clasificación de empleos fue adoptado por el Decreto 1047 de 1998, y que todo acto administrativo debe tener conexidad y secuencia, se hace necesario aclarar el artículo 4º del Decreto 098 de 2006.

Que así mismo, el artículo 5º del Decreto 098 del 17 de marzo de 2006, estableció la Planta Global de Personal con la cual la Secretaría Distrital de Salud cumpliría sus funciones quedando equívocamente en el Nivel Directivo los empleos del Nivel Asesor, razón por la cual y de conformidad con lo señalado en el artículo 3º del Decreto 785 de 2005, el cual enumera en forma taxativa e individual los niveles jerárquicos de los empleos según la naturaleza general de las funciones, se hace necesario aclarar el artículo 5º del Decreto 098 del 17 de marzo de 2006, separando los empleos del Nivel Asesor.

Que también es preciso aclarar el artículo 5º del Decreto 098 del 17 de marzo de 2006, en el sentido que el número total de cargos de los siguientes empleos es el que a continuación se relaciona: Profesional Especializado - Código 222. Grado 27 - ochenta y siete (87) cargos. Profesional Especializado - Código 222 - Grado 30 - treinta y dos (32) cargos. Técnico Operativo - Código 314 - Grado 09 - cuarenta y dos (42) cargos. Técnico Operativo - Código 314 - Grado 10 - dos (2) cargos, y no como allí figuran.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1º. Aclarar el artículo del Decreto 098 del 17 de marzo de 2006, en el sentido que mediante Acuerdo 26 de 1997, el Concejo de Bogotá adoptó los grados de asignación básica de los diferentes empleos que conforman las plantas de personal del Subsector Oficial del Sector Salud en el Distrito Capital, y no como allí aparece.

ARTÍCULO 2º. Aclarar el artículo del Decreto 098 del 17 de marzo de 2006, en el sentido que las funciones propias de la Secretaría Distrital de Salud, serán cumplidas por la Planta Global de Personal que se fija a continuación:

DENOMINACION DEL EMPLEO

CODIGO

GRADO

No.

ASIG. BASICA

CARGOS

NIVEL DIRECTIVO

SECRETARIO DE DESPACHO

020

09

Uno (1)

JEFE DE OFICINA

006

07

Uno (1)

DIRECTOR ADMINISTRATIVO

009

07

Uno (1)

DIRECTOR FINANCIERO

009

07

Uno (1)

DIRECTOR OPERATIVO

009

07

Dos (2)

DIRECTOR TÉCNICO

009

07

Tres (3)

SUBSECRETARIO DE DESPACHO

045

08

Uno (1)

NIVEL ASESOR

JEFE DE OFICINA ASESORA DE JURÍDICA

115

07

Uno (1)

JEFE DE OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES

115

07

Uno (1)

DENOMINACION DEL EMPLEO

CODIGO

GRADO

No.

ASIG. BASICA

CARGOS

NIVEL PROFESIONAL

MÉDICO GENERAL

211

31

Ocho (8)

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

13

Quince (15)

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

14

Cincuenta y dos (52)

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

15

Nueve (9)

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

19

Trece (13)

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

24

Dos (2)

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

222

27

Ochenta y siete (87)

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

222

30

Treinta y dos (32)

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

222

32

Seis (6)

PROFESIONAL UNIVERSITARIO ÁREA SALUD

237

16

Siete (7)

NIVEL TÉCNICO

TÉCNICO OPERATIVO

314

09

Cuarenta y dos (42)

TÉCNICO OPERATIVO

314

10

Dos (2)

TÉCNICO OPERATIVO

314

12

Uno (1)

TÉCNICO OPERATIVO

314

13

Uno (1)

TÉCNICO OPERATIVO

314

14

Cuatro (4)

TÉCNICO OPERATIVO

314

15

Dos (2)

TÉCNICO OPERATIVO

314

16

Uno (1)

TÉCNICO OPERATIVO

314

18

Cinco (5)

TÉCNICO OPERATIVO

314

20

Dos (2)

TECNICO AREA SALUD

323

10

Dos (2)

DENOMINACION DEL EMPLEO

CODIGO

GRADO

No.

ASIG. BASICA

CARGOS

NIVEL ASISTENCIAL

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

10

Uno (1)

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

11

Once (11)

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

12

Cuatro (4)

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

14

Uno (1)

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

15

Dos (2)

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

17

Uno (1)

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

25

Uno (1)

AUXILIAR ÁREA SALUD

412

12

Ocho (8)

AUXILIAR ÁREA SALUD

412

18

Ocho (8)

SECRETARIO EJECUTIVO

425

23

Nueve (9)

SECRETARIO EJECUTIVO

425

24

Cuatro (4)

SECRETARIO EJECUTIVO

425

27

Tres (3)

SECRETARIO

440

11

Dos (2)

SECRETARIO

440

17

Doce (12)

AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES

470

04

Dos (2)

AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES

470

08

Uno (1)

AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES

470

09

Uno (1)

CONDUCTOR

480

11

Veinte (20)

TOTAL CARGOS 396

ARTÍCULO 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., a los veintitrés días del mes de Septiembre de 2006

LUIS EDUARDO GARZÓN

Alcalde Mayor

HÉCTOR ZAMBRANO RODRÍGUEZ

Secretario de Despacho

Secretaría Distrital de Salud

MARIELLA BARRAGÁN BELTRAN

Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital