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Decreto Local 5 de 2006 Alcaldía Local de Tunjuelito

Fecha de Expedición:
28/09/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
10/10/2006
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3630 de octubre 10 de 2006
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Decreto Local 005 de 2006

DECRETO LOCAL 005 DE 2006

(Septiembre 28)

Por el cual se Modifica el Decreto Local No. 018 del 18 de Junio del 2002, de conformación del Consejo Local de Política Social (CLOPS) de la localidad de TUNJUELITO.

LA ALCALDESA LOCAL DE TUNJUELITO

En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el articulo 10 del Decreto Distrital 679/01, y

CONSIDERANDO

Que el Alcalde Mayor de Bogota ha conformado el Consejo Distrital de Política Social y facultado a los/as alcaldes/as locales para conformar correspondientemente consejos locales de política social,

Que en esta localidad existen varias entidades e instituciones que contribuyen al diseño y ejecución de la política social, pertenecientes tanto a los niveles Distrital Como Nacional, organizaciones no gubernamentales y cívicas, así como empresas privadas que cumplen funciones delegadas de servicios públicos o de contribución al mejoramiento de la calidad de vida de la población.

Que la política social exige, por su misma naturaleza, acciones integrales y multisectoriales, para lo cual es indispensable la articulación de los agentes involucrados,

Que también existen en la localidad múltiples consejos, redes y comités encargados de abordar temáticas especificas comprendidas dentro de la política social y se hace necesario relacionar su número, coordinar su actuación y unificar criterios,

Que es conveniente la existencia de un espacio para el desarrollo de metodologías apropiadas para el ámbito local que posibiliten una mayor y mejor coordinación interinstitucional & comunitaria, para validación y consulta en materia social en el proceso de planeación local,

Que se requiere construir de manera participativa propuestas concretas de políticas públicas sociales de cobertura local que puedan ser insumos útiles a la Administración Distrital Central y que correspondan a las necesidades de la población,

Que el Artículo 8 del Decreto Nacional 1137/99, referente al Sistema Nacional de Bienestar Familiar, señala que el ajuste de los lineamientos nacionales de la política sobre familia y niñez a las condiciones de la ciudad, así como la elaboración y ejecución de los planes y programas correspondientes a dicha política, corresponde al D.C., de cuya estructura administrativa hace parte integral esta localidad.

DECRETA

ARTÍCULO 1. Consejo Local de Política Social. Modificar el Decreto Local No. 018 del 18 de Junio del 2002, por el cual se conforma el Consejo Local de Política Social (CLOPS) de la localidad de TUNJUELITO.

ARTICULO 2. Naturaleza y Objetivo. El consejo Local de Política Social es una instancia de coordinación interinstitucional y comunitaria para proponer, formular, concertar y monitorear política publicas sociales en la localidad, en relación con la infancia, la juventud, la mujer, el hombre, las/los adultos / as mayores, población desplazada, las personas con limitaciones físicas, mentales y sensoriales, en la perspectiva del reconocimiento de sus derechos y de la equidad de genero.

El CLOPS de Tunjuelito, siendo una instancia de coordinación interinstitucional y comunitaria deberá asesorar y fortalecer la gestión del Gobierno local, para favorecer el mejoramiento de la calidad de vida de quienes habitan en la localidad y en particular de las poblaciones en situación de mayor vulnerabilidad.

ARTICULO 3. Criterios. Son criterios orientadores de la actuación del Consejo Local de Política Social de Tunjuelito los mismos que rigen para el Consejo Distrital de Política social, establecidos por el artículo 5° del Decreto Distrital 679/01, y los siguientes:

* Carácter consultivo y de construcción y validación de políticas publicas sociales

* Puesta en marcha de procesos de autonomía , autorregulación, solidaridad y superación del asistencialismo en relación con los grupos poblacionales que presentan mayor situación de riesgo y vulnerabilidad

* Articulación de consejos, comités y redes, con temáticas especificas de políticas sociales

* Rendición publica de cuentas de cada institución o agente ante el consejo, los beneficiari@s y la ciudadanía organizada en encuentros ciudadanos locales con esa finalidad

* Focalización de las intervenciones y de la inversión social en los grupos poblacionales que presentan mayor situación de riesgo y vulnerabilidad

* Carácter asesor al Consejo Local de Gobierno

ARTICULO 4: Principios rectores. Son criterios rectores de la actuación del Consejo Local de Política Social de Tunjuelito la Solidaridad, Equidad, transparencia, progresividad, eficiencia, participación, transversalidad, integralidad, sostenibilidad y rendición pública de cuentas.

ARTICULO 5. Integrantes del Consejo Local de Política Social. Son integrantes del Consejo Local de Política Social, (CLOPS) de Tunjuelito

* El/La Alcalde/SA Local, quien lo presidirá

* Un delegado/a de la Junta Administradora Local

* El/La Gerente/a del Centro Operativo Local del DABS en la localidad

* El/La Coordinador/a del Centro Zonal del ICBF en la localidad

* El/La Gerente del CADEL de la localidad

* El/La Gerente del Hospital de I Nivel Tunjuelito

* El/la Gerente del Hospital del Tunal

* El/La Comisario/a de Familia

* El Gestor/a Cultural local

* El/La Coordinadora Local de la UCPI

* El/La Coordinadora del Localidades del IDRD que tenga en su responsabilidad el acompañamiento de esta localidad

* El / La Personero/a Local o su delegado/a

* Un delegado/a de la Policía Comunitaria de la VI estación.

* Un delegado/a de Misión Bogotá durante su vigencia.

* El/la delegado Local del DAAC

* El/la delegada del SENA

* El/la delegada de la Veeduría Distrital

* El/la delegado local del IDIPRON

* Un/a delegado/a del Consejo Local de Planeación

* Un/a delegado/a del Consejo Local de Cultura

* Un/a delegado/a del Consejo Local de Deportes

* Un/a delegado/a del Consejo Local de Personas en Situación de Discapacidad

* Un/a delegado/a del Consejo Local de Juventud

* Un/a delegado/a del COPACO (Comité de Participación Comunitaria en salud)

* Un/a delegado/a del Consejo Local de Adultos Mayores.

* Una delegada de la Red Local o Mesa Local de Organizaciones de Mujeres

* Un/a delegado/a de la Red Local del Buen Trato

* Un/a delegado/a de la Asociación de Juntas de Acción Comunal de la Localidad

* Un/una delegado/a del Comité Local de Derechos Humanos

* Un/una delegado/a del Consejo Tutelar local.

* Un Delegado/a del Comité Local de Educación

* Un/a Representante de las Asociaciones de Padres de Familia de los Colegios de la Localidad

* Un/a Representante de las Asociaciones de Comerciantes e Industrias de la Localidad

* Una Representante de las Asociaciones de Madres Educadoras de la Localidad

* Un/a Represente de las Asociaciones de Madres Comunitarias de la Localidad de Tunjuelito

* Un/a Representante de Cajas de Compensación Familiar que operan en la Localidad de Tunjuelito

* Un/a Representante de las EPS que operan en la Localidad de Tunjuelito

* Un/a Representante de las ARS que operan en la Localidad de Tunjuelito

* Un/a Representante de las Entidades sin animo de lucro que adelanten programas de Bienestar Social y Familiar en la Localidad de Tunjuelito

* Un/una Representante de las Organizaciones Gubernamentales o no Gubernamentales que tengan que ver con la población desplazada en la Localidad.

PARAGRAFO 1: La representatividad solamente podrá ser delegable para las entidades y organizaciones que así lo contemple el presente decreto, para lo cual la delegación debe mantener el carácter de periodicidad, para garantizar continuidad en los procesos y no se debe delegar a un-a representante para cada sesión.

Sector Público Distrital Local

* El Alcalde Local, quien lo presidirá

* Un delegado de la Junta Administradora Local

* El Gerente del Centro Operativo Local del DABS en la localidad

* El Gerente del CADEL de la localidad

* El gerente del Hospital de Tunjuelito

* El gerente o su delegado del Hospital del Tunal

* La Comisaría de Familia

* El Gestor Cultural local.

* El Coordinador local de juventud

* La Coordinadora del IDRD en la localidad

* El Personero local o su delegado

* Un delegado de la policía comunitaria y de la policía de menores de la VI estación.

* Un delegado local del DAAC

* El delegado de la Veeduría Distrital

* El delgado local de IDIPRON

* Un delegado del Consejo Local de Planeación

* Un Delegado del Consejo Local de Cultura

* Un delegado del Consejo Local de personas en situación de discapacidad

* Un delegado del Consejo Local de Juventud

* Un delegado del COPACO (Comité de Participación Comunitaria en salud)

* Un delegado del Consejo Local de adultos mayores.

* Una delegada de la Red Local o Mesa Local de organizaciones de mujeres

* Un delegado de la Red Local del Buen trato

* Un delegado de la Asociación de Juntas de Acción Comunal de la localidad

* Un delegado del Comité Local de Derechos Humanos

* Un delegado del Consejo Tutelar local

* Un delegado del Comité Local de Educación

* Un representante de las Asociaciones de Padres de Familia de los Colegios oficiales y privados de la localidad

* Un representante de las Asociaciones de Comerciantes, industriales y microempresarios presentes en la localidad y que representan el sector productivo privado.

* Un representante de las Asociaciones de madres Educadoras de la Localidad

* Un representante de las Asociaciones de Madres Comunitarias de la Localidad

* Un Representante de las Cajas de compensación familiar que desarrollan programas sociales específicos en la localidad

* Un representante de las EPS y ARS que operan en la Localidad de Tunjuelito

* Un representante de los Personeros Estudiantiles de los colegios oficiales y privados de la localidad.

* Un representante o delegado de las universidades con sede en la localidad

* Un representante de las negritudes con presencia organizada en la localidad.

* Un representante de los sindicatos legalmente constituidos y que tengan sede en la localidad

* Un representante de los vendedores ambulantes de la localidad.

* Un representante de las fundaciones y Asociaciones sin ánimo de lucro que adelanten programas de Bienestar Social y Familiar en la localidad de Tunjuelito

* Un representante de las Iglesias y de Credos Religiosos elegidos por las comunidades que adelanten programas sociales en la localidad.

* Un representante de las Veedurías.

* Un representante de la Personería

* Un representante de las Organizaciones gubernamentales o no gubernamentales que tengan que ver con la población desplazada en la localidad

* Un (1) representante de iglesia o credo

* Jueces de Paz

* Un (1) representante de los Personeros estudiantiles

* Un (1) rector que represente a los colegios privados y públicos de la localidad.

Sector Público Regional Local

* El Coordinador del Centro Zonal del ICBF en la localidad

* El delegado del SENA

PARÁGRAFO 2.- A efectos de designar los/as Representantes de los/as Asociaciones de Padres de Familia, Comerciantes e Industriales, Madres Educadoras, Madres Comunitarias, Cajas de Compensación Familiar, EPS, ARS, Entidades sin Animo de Lucro y Población Desplazada, el Alcalde Local convocará a inscripciones dentro los 60 días siguientes a la expedición de este Decreto.

Las personas inscritas en representación de las Organizaciones señaladas anteriormente, debidamente avaladas, se reunirán y elegirán entre sí su representante al Consejo de Política Social de la Localidad.

Los delegados o representantes de las diferentes instituciones, asociaciones u organizaciones participantes en el CLOPS serán los gerentes o directores de los mismos o la persona delegada mediante oficio del gerente o director, a fin de lograr una secuencia en los procesos que allí se adelanten y poder tomar decisiones en nombre de la institución.

PARÁGRAFO 3. El Consejo Local de Política Social en pleno podrá decidir la participación de invitados ocasionales o permanentes a sus sesiones, mediante mayoría simple de votos.

PARÁGRAFO 4. El Consejo Local de Política Social sé reunirá una (1) vez al mes y de manera extraordinaria cuando el el/la Acalde/sa Local lo considere.

ARTICULO 6. Funciones. Son funciones del Consejo Local de Política Social de Tunjuelito las siguientes:

* Asesorar en el diseño y puesta en marcha de la política pública en materia social al Consejo Local de Gobierno

* Formular y Presentar propuestas al Consejo Local de Gobierno para la definición de Inversión Local

* Priorizar propuestas de políticas publicas, sociales para el ámbito local, en relación con los temas o grupos poblacionales sobre los que centra su acción.

* Conocer y articular los planes de acción de las distintas entidades o redes que lo conforman, propender por su articulación de acuerdo con el diagnostico situacional local y desarrollar metodologías para su coordinación y el aumento del impacto e integralidad de políticas

* Apoyar la gestión de recursos para financiar programas sociales y buscar recursos de cofinanciacion que permitan incrementar la inversión publica local.

* Elaborar y poner en marcha conjuntamente estrategias locales de comunicación de movilización social para el desarrollo

* Evaluar la situación social local y efectuar recomendaciones y solicitudes a la Instancia Técnica del Consejo Distrital de Política Social y al Consejo de Gobierno Local.

* Vigilar y evaluar en la localidad el cumplimiento de ejecución de los programas y proyectos sociales contemplados en los planes de desarrollo de los distintos niveles territoriales.

* Designar sus delegados o representantes ante los Consejos o Comités Locales, Distritales y/o Nacionales.

* Asesorar en la línea técnica de la política social al Consejo Local de Gobierno

ARTICULO 7. Secretaria técnica y Unidad de Apoyo Técnico.- La Secretaria Técnica del Consejo Local de Política Social estará a cargo de el/la Gerente/a del Centro Operativo Local del Departamento Administrativo de Bienestar Social (COL DABS), que contará con una Unidad de Apoyo Técnico CONFORMADA POR LA SECRETARÍA TÉCNICA DE CADA UNO DE LOS SUBCOMITÉS DEL CLOPS.

Serán funciones de la Secretaria Técnica:

* Presentar al Consejo Local de Gobierno Informes semestrales o cuando este órgano lo requiera, sobre los avances en los diferentes Subcomités del CLOPS, los cuales serán los lineamientos en la implementación de la política pública en lo local.

* Actuar como órgano de articulación, coordinación de esfuerzos y seguimiento a los distintos actores del Consejo Local de Política Social

* Presentar ante el Consejo Local de Política Social la articulación de Planes de acción de sus diferentes integrantes

* Difundir las propuestas y recomendaciones del Consejo Distrital de Política Social

* Ser vocera del Consejo Local de Política Social ante el Consejo de Gobierno Local

* Evaluar y formular recomendaciones conjuntamente con la Unidad de Apoyo Técnico, sobre desempeño del Consejo Local de Política Social

Serán funciones de la Unidad de Apoyo Técnico:

* Elaborar propuestas que sirvan de insumo para las funciones propias de la Secretaría Técnica

* Dar a conocer las propuestas de los Subcomités

* Analizar y consolidar el diagnóstico social local en lo pertinente al Consejo Local de Política Social

* Administrar el sistema de información e implementar estrategias de comunicación, en coordinación con los subcomités, para la difusión de las políticas, propuestas y recomendaciones del Consejo Local de Política Social y el Consejo Distrital de Política Social.

PARÁGRAFO 1: El CLOPS en su primera reunión del año, evaluará el funcionamiento y desempeño de la Secretaria Técnica y la Unidad de Apoyo Técnico y propondrán las modificaciones que consideren pertinentes

ARTICULO 8. Subcomités temáticos o por grupo poblacional. Créanse los subcomités del Consejo Local de Política Social para Niñez y Adolescencia; Juventud, Mujer y Géneros, Medio Ambiente, Productividad, Discapacidad y Seguridad Alimentaría y Nutricional. Los integrantes del Consejo Local de Política Social, por mayoría simple de votos, podrán determinar la existencia de otros subcomités, tanto por grupos poblacionales como temáticos. Su conformación dependerá de la constatación previa de trabajo local en red relacionado con el tema o agentes involucrados.

Son funciones generales de los diversos subcomités, además de las que se determinen en sus actos de creación o modificación, las siguientes:

* Realizar los diagnósticos de la situación correspondiente a su temática o población asignada.

* Estudiar, las políticas sociales y la oferta programática de los niveles nacional, Distrital central y de otras instancias, en relación con su ámbito de intervención, para emitir recomendaciones sobre su formulación y aplicación en Tunjuelito

* Llevar la información actualizada sobre la temática o grupo poblacional especifico, analizarla e informar a la Secretaria Técnica del Consejo Local de política Social.

* Coordinar la actuación de los diferentes actores involucrados en la temática o en la problemática y definir conjuntamente las estrategias de intervención y el papel de cada uno de ellos, dentro de las competencias legales que les son propias.

* Realizar el diagnostico local sobre acceso a la justicia. Estableciendo oportunidad, eficacia y celeridad en trámites y procesos.

* Propiciar los espacios de deliberación que desarrollen la democracia participativa en los escenarios locales.

* Coordinar la divulgación y capacitación a la comunidad en los procedimientos a seguir frente a las emergencias de origen natural o antrópico, por parte del ente encargado.

* Coordinar las entidades que prestan servicio de justicia y seguridad en la localidad con el fin de mejorar la calidad y oportunidad, fortaleciendo y apoyando los procesos y entidades.

* Coordinar la divulgación y empoderamiento de la comunidad en el ejercicio de sus derechos fundamentales.

* Coordinar la divulgación en la comunidad de los mecanismos pacíficos para la resolución de los conflictos

Las funciones, representatividades y reglamento interno de cada uno de los Subcomités serán definidos al interior de los mismos y concertados con la Secretaria Técnica del CLOPS

ARTICULO 9. Subcomité de Niñez y adolescencia. Actuarán como subcomité de Niñez y adolescencia del Consejo Local de Política Social los delegados y representantes de:

* El Centro Operativo Local del DABS en la localidad

* El Centro Zonal del ICBF en la localidad

* La comisión de Bienestar Social de la Junta Administradora Local

* La Comisaria de Familia

* Policía Comunitaria de la VI estación.

* El IDIPRON

* Consejo Local de Planeación

* Red Local del Buen Trato

* Asociación de Juntas de Acción Comunal de la Localidad

* Consejo Tutelar local

* Asociaciones de Madres Educadoras de la Localidad

* Madres Comunitarias de la Localidad de Tunjuelito

* Entidades sin animo de lucro que adelanten programas de Bienestar Social y Familiar en la Localidad de Tunjuelito

* Organizaciones Gubernamentales o no Gubernamentales que tengan que ver con la población infantil en la Localidad

* Un representante de COPACO.

ARTICULO 10. Subcomité de Seguridad Alimentaría. Actuarán como subcomité de Seguridad Alimentaría del Consejo Local de Política Social los delegados y representantes de:

* Hospital de I Nivel Tunjuelito

* La Comisión de Salud y Ecología de la Junta Administradora Local

* Hospital del Tunal

* Consejo Local de Planeación

* Un/a delegado/a del COPACO (Comité de Participación Comunitaria en salud)

* Asociación de Juntas de Acción Comunal de la Localidad

* Cajas de Compensación Familiar que operan en la Localidad de Tunjuelito

* EPS que operan en la Localidad de Tunjuelito

* ARS que operan en la Localidad de Tunjuelito

* Entidades sin animo de lucro que adelanten programas de Salud en la Localidad de Tunjuelito

* Un representante de la mesa nutricional LOCAL

ARTICULO 11. .Subcomité de Juventud. Actuarán como subcomité de Juventud del Consejo Local de Política Social los delegados y representantes de:

* Gerencia de Juventud DABS

* Centro Zonal del ICBF

* CADEL de la Localidad

* DAAC

* Policía de Menores

* Consejo Local de Planeación

* Consejo o Mesa Local de Juventud

* Asociación de Juntas de Acción Comunal de la Localidad

* Entidades sin animo de lucro que adelanten programas juveniles en la Localidad

* Hospital Tunjuelito

* Idipron

* Un representante del Consejo Local de cultura

ARTICULO 12. Subcomité de Mujer y Perspectiva de Genero Actuarán como subcomité de Mujer & Perspectiva de Genero del Consejo Local de Política Social los delegados y representantes de:

* Un-a representante de la oficina de la política de mujer y genero

* El Centro Operativo Local del DABS en la localidad

* Centro Zonal del ICBF en la localidad

* Red Local o Mesa Local de Organizaciones de Mujeres

* Asociación de Juntas de Acción Comunal de la Localidad

* Comité Local de Derechos Humanos

* Asociaciones de Madres Educadoras de la Localidad

* Asociaciones de Madres Comunitarias de la Localidad de Tunjuelito

* Entidades sin animo de lucro que adelanten programas de Mujer & Perspectiva de Genero en la Localidad de Tunjuelito

* IDRD

* CADEL

* Salud

* COPACO

ARTICULO 13. Subcomité de Discapacidad. Actuarán como subcomité de Personas con limitaciones físicas, sensoriales o mentales del Consejo Local de Política Social los delegados y representantes de:

* Centro Operativo Local del DABS en la localidad

* CADEL de la Localidad

* Hospital de I Nivel Tunjuelito

* Hospital del Tunal

* Personero/a Local o su delegado/a

* Consejo Local de Discapacidad

* Comité Local de Derechos Humanos

* Entidades sin animo de lucro que adelanten programas dirigidos a Personas con limitaciones físicas, sensoriales o mentales en la Localidad de Tunjuelito

* Cultura

* Salud

* SENA

* IDRD

ARTICULO 14 Subcomité de Medio Ambiente. Actuarán como subcomité de Medio Ambiente del Consejo Local de Política Social los delegados y representantes de:

* DAMA

* CLE

* COPACO

* DABS

* CADEL

* Cultura

* Defensa Civil

* Salud

* Entidades sin animo de lucro que adelanten programas entorno al medio ambiente en la localidad de Tunjuelito

* Un representante de las Organizaciones ambientales con representación local

* Un representante de la Mesa ambiental local

* Un representante de la UESP

* Este Subcomité estará integrado y hará parte del SIAT

ARTICULO 15 Subcomité de Productividad. Actuarán como subcomité de Productividad del Consejo Local de Política Social los delegados y representantes de:

* SENA

* DAAC

* COPACO

* DABS

* CADEL

* Sector solidario

* Salud

* Entidades sin animo de lucro que adelanten programas entorno a Productividad en la localidad de Tunjuelito

ARTICULO 16: Las Instituciones, Consejos o Comités que por razón de sus funciones o representatividades tengan que ver con distintos subcomités podrán enviar delegados a los mismos. En todo caso no podrá haber sino una representación para dichas Instituciones, Consejos o Comités en el Consejo Local de política Social.

ARTICULO 17 Vigencia. El presente decreto rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital y deroga otros decretos locales que le sean contrarios.

DEIDAMIA GARCIA QUINTERO

Alcaldesa Local (e)

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogota D. C, a los veintiocho (28) días del mes de Septiembre del año 2006.

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3630 de octubre 10 de 2006.