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Decreto 553 de 2006 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
29/12/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 553 DE 2006

(Diciembre 29)

"Por el cual se establece la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico de Bogotá, D.C."

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

En ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 119 del Acuerdo 257 del 30 de noviembre de 2006, y el artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 75 del Acuerdo 257 del 30 de noviembre de 2006, creó la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

Que el artículo 119 del Acuerdo 257, fijó como término para la implementación de la organización distrital un plazo máximo de seis (6) meses contados a partir de la vigencia del mismo, es decir, del 30 de noviembre de 2006, fecha de su publicación.

Que el Acuerdo 257 de 2006, transformó el Instituto Distrital de Cultura y Turismo en la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, y le asignó a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico la función de formular, orientar y coordinar las políticas, planes y programas para la promoción del turismo y el posicionamiento del Distrito Capital como destino turístico sostenible, fomentando la industria del turismo y promoviendo la incorporación del manejo ambiental en los proyectos turísticos.

Que mediante el Decreto 552 del 29 de diciembre de 2006, se estableció la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico y se determinan las funciones de sus dependencias.

Que como consecuencia de la creación de la Secretaria Distrital de Desarrollo Económico y como conclusión del Estudio Técnico, se hace necesario establecer la planta de empleos con la cual se realizarán los fines institucionales de la Entidad.

Que mediante oficio No. 3398 del 26 de diciembre de 2006, la Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, expidió concepto técnico favorable para el establecimiento de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

Que la Secretaría de Hacienda, a través de la Dirección de Presupuesto, expidió viabilidad presupuestal para el establecimiento de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, mediante comunicación No. 2006EE340771 de 2006.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA

ARTÍCULO  PRIMERO.-  Modificado por el art. 2, Decreto Distrital 092 de 2007, Modificado por el art. 2, Decreto Distrital 036 de 2008. Establécese la siguiente planta de empleos, para la realización de los fines institucionales de la Secretaría de Desarrollo Económico:

DENOMINACIÓN

CÓDIGO

GRADO

No. DE CARGOS

DESPACHO DEL SECRETARIO

Secretario de Despacho

020

09

Uno (1)

Asesor

105

05

Cuatro (4)

Total despacho

   

Cinco (5)

PLANTA GLOBAL

NIVEL DIRECTIVO

     

Subsecretario de Despacho

045

08

Uno (1)

Director Técnico

009

07

Seis (6)

Subdirector Técnico

068

05

Once (11)

Total nivel directivo

   

Dieciocho (18)

NIVEL ASESOR

     

Jefe de Oficina Asesora

115

06

Dos (2)

Total nivel asesor

   

Dos (2)

DENOMINACIÓN

CÓDIGO

GRADO

No. DE CARGOS

NIVEL PROFESIONAL

     

Profesional Especializado

222

27

Cinco (5)

Profesional Especializado

222

26

Uno (1)

Profesional Especializado

222

24

Tres (3)

Profesional Universitario

219

18

Diez (10)

Profesional Universitario

219

10

Uno (1)

Total nivel profesional

   

Veinte (20)

NIVEL ASISTENCIAL

     

Secretario Ejecutivo

425

27

Dos (2)

Auxiliar Administrativo

407

22

Uno (1)

DENOMINACIÓN

CÓDIGO

GRADO

No. DE CARGOS

Auxiliar Administrativo

407

20

Cinco (5)

Auxiliar de Servicios Generales

470

09

Uno (1)

Conductor

480

14

Uno (1)

Total nivel asistencial

   

Diez (10)

Total Número de empleos

   

Cincuenta y cinco (55)

ARTÍCULO  SEGUNDO.-  Derogado por el art. 3, Decreto Distrital 092 de 2007. Los servidores públicos del Instituto Distrital de Cultura y Turismo que se les suprimieron los cargos como consecuencia del traslado de sus funciones a la Secretaría de Desarrollo Económico, deberán ser incorporados en la planta que por el presente Decreto se establece y continuarán percibiendo la misma asignación básica, porcentaje de gastos de representación, prima técnica, prima de antigüedad y demás elementos salariales, reconocidos y pagados en el Instituto Distrital de Cultura y Turismo, mientras permanezcan en los empleos equivalentes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo31, parágrafo primero del Acuerdo 257 del 30 de noviembre de 2006 del Concejo Distrital.

ARTÍCULO TERCERO.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C. a los 29 días del mes de diciembre de 2006_________

LUIS EDUARDO GARZÓN

Alcalde Mayor

PEDRO RODRÍGUEZ TOBO

Secretario de Hacienda

MARIELA BARRAGÁN BELTRÁN

Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital