RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto 689 de 1991 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
16/10/1991
Fecha de Entrada en Vigencia:
16/10/1991
Medio de Publicación:
Registro Distrital 667 del 10 de Diciembre de 1991
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DAM06891991

DECRETO 689 DE 1991

(Octubre 16)

"Por el cual se modifican los Artículos 2 y 4 del Decreto 006 del 5 de enero de 1987 y se dictan otras disposiciones".

EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTA, D.C.

En ejercicio de sus atribuciones legales y

CONSIDERANDO9

  1. Que mediante el Decreto 006 del 5 de Enero de 1987 se constituyó oficialmente el COMITÉ CIUDADES HERMANA BOGOTA - MIAMI, con el objeto de desarrollar programas de intercambio y cooperación entre ambas ciudades.
  2. Que dicho Comité ha coordinado el desarrollo de los programas de intercambio y cooperación con resultados satisfactorios para ambas ciudades.
  3. Que es necesario señalar áreas prioritarias de actividad a cargo del comité de ciudades Hermanas Miami Bogotá (hoy santafé de Bogotá, D.C.), en desarrollo del objeto originado en el Artículo 1º. Del Decreto 006 del 5 de enero de 1987.
  4. Que dichas áreas prioritarias de actividad deben resaltar las materias de profunda preocupación sobre las cuales se orienten los programas de intercambio y cooperación entre ambas ciudades, en particular las relativas al aseo, recreación, promoción turística y desarrollo comunitario,

DECRETA

ARTICULO 1.- Son aspectos prioritarios de actividad del comités Ciudades Hermanas Miami-Santa fe de Bogotá, D.C., en desarrollo de objeto señalado por el artículo 1º. Del Decreto 006 del 5 de enero de 1987, aquellas materias de profunda preocupación sobre las cuales debe orientarse el desarrollo de los programas de intercambio y cooperación entre ambas ciudades, en particular las relativas a las área de aseo, recreación, turismo y desarrollo comunitario.

ARTICULO 2. Modificar el Artículo 2º. Del Decreto 006 de 1987, el cual quedará así: INTEGRACION. El Comité de Ciudades Hermanas MIAMI - SANTAFE DE BOGOTA, D.C., estará integrado de la siguiente manera:

ALCALDE MAYOR DE SANTAFE DE BOGOTA, D.C., doctor Juán Martín Caicedo Ferrer. SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDIA MAYOR, doctora Sonia Durán de Infante. DIRECTOR DEL INSTITUTO DISTRITAL PARA LA RECREACION Y EL DEPORTE, doctor Fernando Triana Ayala. DIRECTORA DEL INSTITUTO DISTRITAL DE CULTURA Y TURISMO, doctora Doris Angel Villegas. SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS, Doctor Jaime Ortiz Mariño, doctor Nicolás Escallón - doctora Ana Sanz de Santamaría - doctora Elvira Cuervo de Jaramillo doctor Fernando Sánchez Collins - y al doctor Pedro Miguel Navas.

ARTICULO 3.- Modificar el Artículo 4º. Del Decreto 006 de 1987, el cual quedará así: COORDINACION: Desígnase a la doctora Sonía Durán de Infante como Coordinadora Ejecutiva del Comité Ciudades Hermanas Miami Santa fe de Bogotá, D.C..

ARTICULO 4.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las normas que le sean contrarias.

Dado en Santa fe de Bogotá, D.C. a los 16 días de Octubre de 1991.

JUAN MARTIN CAICEDO FERRER

GABRIEL RODOLFO VALBUENA H.

Alcalde Mayor de Santafé de Bogotá

Secretario General

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 667 del 10 de Diciembre de 1991.