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Directiva Presidencial 003 de 2007 Presidencia de la República

Fecha de Expedición:
10/08/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 46716 del 10 de agosto de 2007.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DIPR00032007

DIRECTIVA PRESIDENCIAL 03 DE 2007

(agosto 10)

Para:

Gobernadores, Alcaldes, Comandante General de las Fuerzas Militares, Comandantes de Fuerza, Director General de la Policía Nacional, Director del Departamento Administrativo de Seguridad.

De:

Álvaro Uribe Vélez

Presidente de la República

Carlos Holguín Sardi

Ministro del Interior y de Justicia

Asunto:

Medidas de seguridad durante el proceso electoral del 28 de octubre de 2007 para elegir autoridades y corporaciones públicas territoriales.

Fecha:

Bogotá, D. C., 10 de agosto de 2007.

En vista de que el próximo 28 de octubre se llevarán a cabo los comicios para elegir gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y miembros de las juntas administradoras locales para el periodo constitucional 2007-2011, y con la finalidad de brindar protección efectiva a los candidatos, líderes políticos, sedes políticas y a la ciudadanía en general, me permito recordarles que es deber constitucional de todas las autoridades colombianas garantizar el normal desenvolvimiento de los procesos electorales, actuar con imparcialidad frente a los distintos candidatos y opciones políticas, contrarrestar la actitud intimidadora de grupos armados al margen de la ley que pretendan de una u otra manera interferir en el proceso electoral, proteger a los candidatos y garantizar el normal desarrollo de los procesos comiciales, motivo por el cual les solicito atender las siguientes instrucciones:

1. Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, Fuerzas Militares y Policía Nacional.

El Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, se encargará de analizar el nivel de riesgo de los candidatos y con la cooperación de los demás organismos de seguridad, brindará protección personal a quienes así lo requieran. Actuará en estrecha coordinación con la Fuerza Pública en su respectiva jurisdicción.

Las Fuerzas Militares se encargarán de evaluar la situación de orden público en todo el territorio nacional respecto a las jornadas electorales, establecer las zonas de alto riesgo y tomar las medidas necesarias para prevenir y frustrar cualquier manifestación de violencia.

La Policía Nacional tiene un compromiso directo en la seguridad de las sedes políticas e instalaciones públicas y en el análisis del comportamiento de los grupos delincuenciales durante los debates electorales.

El Comandante General de las Fuerzas Militares y el Director General de la Policía Nacional, dispondrán la conformación de fuerzas de reacción para garantizar el curso normal de las elecciones. Todos los miembros de la fuerza pública deben estar en capacidad de reaccionar de manera oportuna y coordinada con el fin de neutralizar las diferentes amenazas.

Las Fuerzas Militares y la Policía Nacional suministrarán la información de orden público de sus respectivas jurisdicciones a los candidatos y autoridades civiles, especialmente cuando se programen desplazamientos a zonas de riesgo.

La Dirección General de la Policía Nacional ordenará lo pertinente para garantizar que en cada departamento de policía se nombre un oficial de enlace con los medios necesarios, para que coordine todas las actividades de protección personal de los diferentes candidatos y sus desplazamientos.

Los comandantes militares y de policía adelantarán campañas de concientización en materia de riesgos dirigidos a los candidatos, para que estos últimos tomen las debidas precauciones.

2. Gobernadores y Alcaldes.

Los Comités de Orden Público servirán para coordinar las acciones de la Fuerza Pública de acuerdo con lo estipulado en la Política de Seguridad Democrática y lo establecido en los Consejos de Seguridad. Los Consejos Seccionales de Inteligencia serán de gran utilidad para centralizar la información de las diferentes agencias y prever cualquier alteración del orden público.

Los gobernadores pondrán en funcionamiento la Comisión Departamental para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales e invitarán a ella, cuando lo consideren necesario, a los jefes de los directorios departamentales y municipales de los partidos políticos o jefes de debate de los distintos candidatos, siempre que la situación de orden público y la protección de las personas que se postulen a cargos o corporaciones públicas lo amerite, de conformidad con el Decreto 1465 de 2007.

Los Gobernadores como agentes del Presidente de la República son responsables en el mantenimiento del orden público y la preservación de la tranquilidad en el área de su jurisdicción, así como por las relaciones y los mecanismos de coordinación entre las distintas instancias encargadas del manejo de estas tareas, en procura de una labor unificada y eficaz.

Es atribución del alcalde distrital o municipal, como suprema autoridad de policía en el territorio de su jurisdicción, conservar el orden público de conformidad con la ley y teniendo en cuenta las instrucciones impartidas por el señor Presidente de la República o por el respectivo Gobernador. Se les recomienda tener presente lo establecido en el artículo 14 de la Ley 4ª de 1991.

Con el fin de garantizar el normal desarrollo del proceso electoral y proteger a los candidatos y electores, los gobernadores y alcaldes deberán convocar a los Consejos Departamentales, Distritales y Municipales de Seguridad y a los Comités de Orden Público de que trata el Decreto 2615 de 1991. Estos deberán reunirse al menos una vez por semana hasta el 6 de noviembre y todas las veces que sea necesario de acuerdo con la situación de seguridad. Lo anterior, de conformidad con el Decreto 2008 de 1997 al cual debe darse estricto cumplimiento.

Por medio de los Comités para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales conformados por el Decreto 1465 de 2007, se canalizarán las inquietudes de los candidatos y de los electores en torno al tema de seguridad durante el proceso electoral, se estructurará un plan de actividades para protegerlos y se diseñarán las medidas necesarias para neutralizar las amenazas que se pueden cernir sobre ellos.

El Ministerio del Interior y de Justicia, en asocio con las entidades involucradas en el proceso electoral y en las garantías al mismo, ha puesto a funcionar la Unidad de Reacción Inmediata para la Transparencia Electoral, Uriel, para atender desde allí de la manera más inmediata y expedita, cualquier queja que se presente por situaciones que puedan alterar el normal desarrollo de la campaña electoral.

En la Uriel hay funcionarios del Ministerio del Interior y de Justicia, de las Fuerzas Militares, la Policía Nacional, los Organismos de Control, la Organización Electoral, la Fiscalía General de la Nación, la Defensoría del Pueblo y el Departamento Administrativo de Seguridad, con el objeto de tramitar de manera inmediata, con prontitud y eficiencia los reclamos que puedan presentarse en relación con los comicios. Para comunicarse con esta Unidad se puede utilizar la línea gratuita nacional 018000 91 2005 y el correo electrónico elecciones2007@mij.gov.co.

Es necesario dar estricto cumplimiento al artículo 296 de la Constitución Política el cual prescribe lo siguiente: "Para la conservación del orden público o para su restablecimiento donde fuere turbado, los actos y órdenes del Presidente de la República se aplicarán de manera inmediata y de preferencia sobre los de los gobernadores; los actos y órdenes de los gobernadores se aplicarán de igual manera y con los mismos efectos en relación con los de los alcaldes".

El Ministerio del Interior y de Justicia, será la instancia del orden nacional que mantendrá un intercambio de información permanente con los gobernadores sobre asuntos relacionados con el orden público, especialmente en lo concerniente a las elecciones. Los gobernadores serán los encargados de coordinar la actividad de los alcaldes en busca del mismo propósito.

Los gobernadores y los alcaldes deberán instruir a los candidatos sobre las instancias encargadas de atender sus problemas e inquietudes en materia de seguridad. Es muy importante que los aspirantes a cargos de elección popular, informen de manera anticipada sobre sus desplazamientos a los organismos de seguridad, con el fin de tomar las precauciones del caso.

Los Gobernadores deberán enviar al Ministerio del Interior y de Justicia antes del 15 de agosto de 2007 y quincenalmente hasta el 15 de noviembre del año en curso, un balance de la situación de orden público de sus departamentos, donde deberán establecer sus problemas de seguridad, determinando y discriminando el grado de riesgo en razón del proceso electoral, dentro de las siguientes categorías: extraordinario, alto, mediano, bajo e inexistente.

Para este efecto tendrán que acceder a la información de las Fuerzas Militares, la Policía Nacional y el Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, a través de los Comités de Seguridad y Orden Público. Igualmente deberán proceder a remitir -tan pronto como las reciban-, a la Unidad de Reacción Inmediata para la Transparencia Electoral, Uriel, las quejas, denuncias o reclamos que se presenten ante sus despachos o ante los Comités de Seguimiento Electoral respectivos, sin perjuicio de las actuaciones que por competencia deban cumplir las autoridades correspondientes. Tales autoridades deberán informar a la Uriel sobre las acciones emprendidas en cada caso. Los funcionarios asignados a esta Unidad podrán solicitar los informes pertinentes sobre el desarrollo de las labores.

En desarrollo de la campaña A VOTO LIMPIO, los invitamos a suministrar la información necesaria a los Ministros, Viceministros y Directores de Entidades Descentralizadas, quienes en compañía de los enlaces electorales del Ministerio del Interior y de Justicia, están visitando los departamentos, distritos y municipios para firmar los pactos por la transparencia, así como exhortarlos a prestarles el apoyo necesario para el cabal cumplimiento de esta iniciativa, que tiene por objeto evitar la interferencia de factores delincuenciales durante los próximos comicios en sus respectivas jurisdicciones. Además de lo anterior, mantendrán contacto con un alto funcionario del Estado con zonas geográficas que no comprendan más de 35 municipios.

3. Centralización de la Información.

La Dirección de Asuntos Territoriales y Orden Público del Ministerio del Interior y de Justicia, mantendrá un intercambio de información permanente con las autoridades territoriales y con los funcionarios nacionales de alto nivel encargados de la campaña A VOTO LIMPIO.

4. Seguros de transporte.

El Gobierno Nacional informará de manera oportuna sobre la cobertura adicional de la póliza vigente que amparará los daños causados por actos de grupos subversivos o terroristas a los vehículos de transporte terrestre y fluvial de carácter público o particular durante las jornadas electorales.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro del Interior y de Justicia,

Carlos Holguín Sardi.

NOTA: Publicada en el Diario Oficial 46.716 de agosto 10 de 2007.