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Acta de Conciliación 9 de 2003 Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E. - Hospital Suba II Nivel Empresa Social del Estado ESE

Fecha de Expedición:
11/08/2003
Fecha de Entrada en Vigencia:
11/08/2003
Medio de Publicación:
No se pública
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACTA 09 DE 2003

ACTA 09 DE 2003

(Agosto 11)

HOSPITAL DE SUBA I NIVEL DE ATENCIÓN - EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO

Normas Aplicables:

1. Ley 446 de 1998

2. Acuerdo 003 de 2001 Junta Directiva

3. Resolución 121 de 2001 Gerencia

Integrantes:

1. Gerente del Hospital o su Delegado

2. Jefe Administrativo

3. Coordinador Financiero

4. Jefe Oficina Jurídica

En la ciudad de Bogotá, a los once (11) días del mes de Agosto de dos mil tres (2003), se reunieron en el Despacho de la Gerencia del Hospital de Suba I Nivel E.S.E, los siguientes funcionarios, miembros del Comité de Conciliación de la Entidad, siendo las 11.00 A.M:

1. Dra. MARÍA DE LOS ANGELES RAMIREZ BUSTOS - Gerente (E) y Presidente.

2. Dra. REBECA SUESCUN CARREÑO - Jefe Administrativa (E)

3. Dr. VÍCTOR BALAGUERA - Coordinador del Área Financiera

4. Dr. PINDARO AULILEMUS ROMERO - Jefe Oficina Jurídica

INVITADOS:

1. Dra. ALCÍRA SANABRIA - Delegada de la Jefe de la Oficina de Gestión Pública y Autocontrol.

2. Dr. OSWALDO BARRERA GUAUQUE - Subgerente Científico Técnico.

3. Dr. W1LLIAM MARTÍNEZ ORTIZ - Coordinador Facturación y Cartera.

4. Dra. ASTRID PALMA GERALDINO - Coordinadora Contabilidad.

Para dar inicio a la reunión se propuso el siguiente orden del día, el cual fue aprobado por unanimidad:

ORDEN DEL DÍA

1. Verificación del Quorum.

2. Informe de Procesos Jurídicos y Administrativos

3. Hurto y pérdida de los bienes del Hospital y responsabilidad fiscal. Definición de la política a seguir

4. Glosas por facturación.

5 Proposiciones y Varios.

DESARROI LO DEL TEMARIO

1. Verificación del Quorum. Respondieron el llamado a lista, MARÍA DE LOS AMUELES RAMÍREZ BUSTOS, VÍCTOR BALAQUERA, PINDARO AULI LEMUS ROMERO y REBECA SUESCUN CARREÑO.

2. Informe de Procesos Jurídicos y Administrativos. El señor Jefe de la Oficina Jurídica, rinde un informe de los procesos judiciales y administrativos que cursan en diferentes despachos en contra del Hospital, para ello entrega a cada uno de los miembros del Comité un cuadro actualizado en el que se relacionan los procesos con los siguientes datos: N° de radicación, Despacho judicial, demandante, demandado, acción, hechos, pretensión y estado del proceso. Señala que los procesos que cursan ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, promovidos por ROSALBA LÓPEZ MOLINA, MYRIAM RODRÍGUEZ RUEDA, ESPERANZA DEL PILAR CORTES, y GELASIO BERNAL MARTÍNEZ terminaron con sentencia favorable al Hospital en las dos instancias. Que actualmente cursan contra el Hospital los procesos promovidos por BELEN AMPARO AFANADOR CABRERA, GLORIA ISABEL RUBIANO CUBILLOS, FRISÓLA ROZO y MARÍA CRISTINA VARGAS DE SIERRA Respecto del proceso que inició LUIS EDUARDO HERNÁNDEZ, el Consejo de Estado, inadmitió el recurso de apelación, por cuanto manifestó que la Cuantía de la Pretensión principal no alcanzaba el monto exigido para que el proceso fuera de dos instancias. Contra esta providencia se presentó recurso de reposición, el cual fue rechazado por improcedente a pesar de los argumentos que se esgrimieron. Por ello quedó en firme la sentencia. Ya se dio aviso a financiera para que incluyera el monto a indemnizar en la próxima adición presupuestal que aprueba la Junta Directiva. También se determinó que se debe iniciar acción de repetición en contra del conductor JOSE EDILBERTO SUAREZ y que ya se presentó reclamación a la Cía de Seguros.

3 Hurto y pérdida de los bienes del hospital y responsabilidad fiscal. Definición de la política a seguir. En la reunión anterior había quedado como tarea investigar en Hacienda Distrital, cuál es el monto que debe indemnizar el funcionario público, por la perdía o hurto de bienes a su cargo. Para esta tarea fueron comisionados la Contadora, la encargada de inventarios y el abogado de la Entidad. A pesar de que en Hacienda Distrital dieron su concepto con base en lo establecido en los conceptos emitidos por: 1) La DIRECCIÓN DE RESPONSABILIDAD FISCAL Y JURISDICCIÓN COACTIVA de la Contraloría de Bogotá, OFICIO 5578 de 28 de abril de 2003, dirigido al Contador General de Bogotá; 2) CONTRALORÍA DELEGADA PARA INVESTIGACIONES, JUICIOS FISCALES Y JURISDICCIÓN COACTIVA de la Contrataría General de la República. Oficio 01247 de mayo 20 de 2003 dirigido al Contador de Bogotá, y 3) Memoranda 392 de mayo 28 de 2003 de la Directora Jurídica de la Secretaría de Hacienda Distrital, dirigido al Contador General del Distrito, aún subsisten interrogantes y diferencias en torno a la forma en que se debe liquidar el siniestro. Después de varias intervenciones de los miembros del Comité y de los invitados se determinó que no tenía ningún objeto llamar a las personas que tenían a su cargo bienes hurtados o perdidos, puesto que todos alegaban su inocencia y por lo mismo preferían enfrentar un proceso disciplinario o fiscal antes que someterse a una conciliación. Se ponía el caso de la Dra. Yolanda Guerrero, quien por el hecho de firmar el inventario de los bienes hurtadas en SANTA VIVIANA, no podía responsabilizarse de los mismos, puesto que no estaban bajo su administración, ni custodia ni era responsable de su guarda y vigilancia. De conformidad con lo anterior, los miembros del Comité, teniendo como respaldo los conceptos de la Contraloría determina que todos los hurtos, pérdidas o daños de bienes deberán ser investigados por la OFICÍNA DE CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO del Hospital de Suba y seguirse los procedimientos establecidos en el Manual de bienes elaborado por el Distrito con relación a los bienes. Se deja como tarea para jurídica e inventarios enviar todos los siniestros a la Oficina de Control Interno Disciplinario para la de su competencia.

4 Glosas por Facturación. De conformidad con los informes rendidos por el Dr. WiIliam Martínez y a los saldos registrados en la contabilidad por glosas con responsabilidad se hace necesario tomar una determinación justa y equitativa que favorezca los intereses del Hospital, pero que a su vez preserve y respete los derechos de los funcionarios. La Dra. María de los Angeles, interviene diciendo que en todo proceso productivo se presentan pérdidas que las empresas o compañías deben soportar, e incluso tener previstas en sus estados financieros, puesto que la perfección es imposible i u el ser humano. El Dr. Lemus interviene diciendo que cuando se trata de dos entiendes del Estado, por imposición de multas, sanciones, cobro de intereses moratorios y demás, o como en el caso del Hospital frente al FFD, que descuenta del contrato los valores por glosas no se presenta detrimento patrimonial, ya que lo que existe es una transferencia de recursos de una Entidad a la otra, considerando que el Estado es uno solo, y por tanto sus dineros entran o salen a una misma arca que es el erario público. Que este concepto no es suyo, ni mucho menos, que fue expedido por la Contraloría General, en un estudio sobre el daño patrimonial al Estado, realizado por Dr. DAGOBERTO QUIROGA COLLAZOS, Director de la Oficina Jurídica ce la Contraloría General de la República, plasmado en documento fechado 15 de enero de 2001, en el cual abordó entre otros, tres temas que consideró problemáticos: 1) Interpretaciones jurídicas divergentes; 2) Transferencia de recursos, y 3) Los daños no evidentes. Sin embargo, y mientras no se tenga una precisión conceptual sobre el tema se habrá de llamar a los directores de centro para que determinen con precisión en cada caso quien o quienes eran los funcionarios que dieron lugar a la glosa, para llamarlos a conciliar, pues de no lograrlo se enviará a proceso disciplinario como en el caso de los bienes hurtados o perdidos. Para ello, el Comité cuenta con un listado en que se contempla por Centro mes a mes cuales eran los funcionarios que atendían caja, facturación, atención al usuario y estadística. Para comenzar se llamará para la próxima reunión a los funcionados que ejercieron la dirección del CAMI SUBA durante los años 2001, 2002 y en lo que va corrido del 2003. Doctores OSWALDO BARBERA, YOLANDA LOSADA PACCINl y PRISCILA ROPERO GUERRERO.

5 Proposiciones y Varios. Se determinó que se debe indagar más sobre el concepto del no daño patrimonial por transferencia de recursos, según el concepto de la Contraloría.

No habiendo más puntos por tratar, se levanta la reunión siendo la 1.00 P.M, y para constancia se firma el acta por el Presidente y Secretario.

MARÍA DE LOS ANGELES RAMÍREZ B.

Presidente (e)

PINDARO AJJLI LEMUS ROMI RO

Secretario Comité