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Decreto 460 de 2007 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
05/10/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/10/2007
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3850 de octubre 05 de 2007
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 460 DE 2007

DECRETO 460 DE 2007

(Octubre 5)

"Por el cual se efectúa una modificación en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, para la vigencia fiscal de 2007 con cargo al Fondo de Compensación Distrital".

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL

en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto 714 de 1996 y el Decreto Reglamentario 396 de 1996 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 63 del Decreto 714 de 1996, "Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y el Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital", establece que podrán efectuarse modificaciones al Presupuesto mediante traslados presupuestales, créditos adicionales y cancelación de apropiaciones.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto 714 de 1996, con cargo al Fondo de Compensación Distrital, se podrán atender los faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento de las entidades en la respectiva vigencia fiscal.

Que el Decreto Reglamentario 396 de 1996, en su artículo 2°, dispone que cuando durante la ejecución del Presupuesto Anual del Distrito Capital se hiciere indispensable utilizar los recursos del Fondo de Compensación Distrital para atender faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento, la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto -estudiará, evaluará los requerimientos y preparara el acto administrativo correspondiente.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2°. del Decreto Reglamentario 396 de 1996, las operaciones presupuestales que afecten los recursos del Fondo de Compensación Distrital se harán mediante Decreto del Alcalde Mayor, previa expedición del certificado de disponibilidad presupuestal por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto.

Que con cargo al rubro Fondo de Compensación Distrital se expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 567 expedido el 20 de septiembre de 2007.

Que el Fondo de Educación y Seguridad Vial - FONDATT EN LIQUIDACIÓN, con el fin de atender los procesos misionales que tenía pendiente la Secretaría de Tránsito y Transporte y liquidar la entidad, requiere acreditar recursos en Gastos de Funcionamiento - Servicios Personales en los rubros, "Honorarios Entidad", "Remuneración Servicios Técnicos", en Gastos Generales en los rubros "Gastos de Transporte y Comunicación", "Sentencias Judiciales y en "Mantenimiento Entidad", para efectuar la contratación de personal en las actividades de cobro coactivo, cubrir los gastos de notificación, fortalecer el servicio de correspondencia, atender el pago del fallo proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección B, Expediente No. 2002-0400, demandante: Gonzalo Espinel Quintana y las Resoluciones Nos. 3093 del 21 de diciembre de 1999, Proceso Ejecutivo No. 64 de 2001 y No. 6295 del 31 de octubre de 2006 que decide el Recurso de Reposición interpuesto por la Secretaría de Tránsito y Transporte de Bogotá, D.C., contra la Resolución 2821 de 2004 del Ministerio de Transporte y cancelar la suscripción de contratos de vigilancia a cinco parques distritales mientras se culminan los tramites de entrega de los mismos.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1°. Trasládese en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal 2007, la suma de Mil Ciento Ochenta Millones de Pesos ($1.180.000.000) Moneda Corriente, según el siguiente detalle:

CONTRACRÉDITOS

111

SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA

 

1.180.000.000

02

DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO

 

 

3

GASTOS

 

 

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

 

 

3.1.3

TRANSFERENCIAS PARA FUNCIONAMIENTO

 

 

3.1.3.02

OTRAS TRANSFERENCIAS

 

 

3.1.3.02.01

Fondo de Compensación Distrital

1.180.000.000

 

 

SUMAN LOS CONTRACRÉDITOS

 

1.180.000.000

CRÉDITOS

111

SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA

 

1.180.000.000

02

DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO

 

 

3

GASTOS

 

 

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

 

 

3.1.3

TRANSFERENCIAS PARA FUNCIONAMIENTO

 

 

3.1.3.01

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

 

 

3.1.3.01.03

Fondo de Educación y Seguridad Vial -FONDATT EN LIQUIDACIÓN

1.180.000.000

 

 

SUMAN LOS CRÉDITOS

 

1.180.000.000

ARTÍCULO 2°. La modificación de que trata el Artículo Primero del presente Decreto en lo pertinente a la Transferencia para Funcionamiento del Fondo de Educación y Seguridad Vial -FONDATT EN LIQUIDACIÓN, se reflejará en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del mismo, asi:

135

FONDO DE EDUCACIÓN Y SEGURIDAD VIAL - FONDATT EN LIQUIDACIÓN

2

INGRESOS

 

1.180.000.000

2.2

TRANSFERENCIAS

 

 

2.2.4

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

 

 

2.2.4.01

APORTE ORDINARIO

 

 

2.2.4.01.01

Vigencia

1.180.000.000

 

3

GASTOS

 

1.180.000.000

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

 

 

3.1.1

ADMINISTRATIVOS Y OPERATIVOS

 

 

3.1.1.01

SERVICIOS PERSONALES

 

 

3.1.1.01.09

Honorarios

 

 

3.1.1.01.09.01

Honorarios Entidad

350.000.000

 

3.1.1.01.10

Remuneración Servicios Técnicos

250.000.000

 

3.1.1.02

GASTOS GENERALES

 

 

3.1.1.02.05

Gastos de Transporte y Comunicación

300.000.000

 

3.1.1.02.07

Sentencias Judiciales

180.000.000

 

3.1.1.02.08

Mantenimiento y Reparaciones

 

 

3.1.1.02.08.01

Mantenimiento Entidad

100.000.000

 

ARTÍCULO 3°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los cinco (5) días del mes de octubre de dos mil siete (2007).

LUIS EDUARDO GARZÓN

El Alcalde Mayor de Bogota D.C.

PEDRO A. RODRÍGUEZ TOBO

El Secretario Distrital de Hacienda.

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3850 de octubre 05 de 2007.