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Decreto 500 de 2007 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
31/10/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
31/10/2007
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3865 de octubre 31 de 2007
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DAM05002007

DECRETO 500 DE 2007

(Octubre 31)

Por el cual se efectúa una modificación en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2007"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL

en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 17 del Decreto 714 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Acuerdo No. 262 del 21 de diciembre de 2006, se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2007, el cual fue liquidado según Decreto No. 535 del 29 de diciembre de 2006.

Que en uso de las facultades extraordinarias otorgadas por el Concejo de Bogotá mediante el artículo 51º del Acuerdo 262, el Alcalde Mayor expidió el Decreto 536 del 29 de diciembre modificando el presupuesto de la vigencia 2007, para adecuarlo a la nueva estructura administrativa aprobada mediante el Acuerdo 257 del 30 de noviembre de 2006.

Que la Delegación de la Comisión Europea para Colombia y Ecuador y la Alcaldia Mayor de Bogotá - Secretaría de Gobierno Distrital de Bogotá, suscribieron el contrato de subvención REH/2005/112-045.

Que mediante Acta de legalización No 8729 del 19 de septiembre de 2007 expedida por la Subdirección de Operación Bancaria - Dirección Distrital de Tesorería se registró el ingreso de la donación realizada por la Comisión Europea para Colombia y Ecuador para ayuda a poblaciones desarraigadas de Colombia, por valor de $1.385.546.509, de igual forma mediante el oficio No. 2-2007-02746S se solicita incluir el saldo sin comprometer de $ 3.048.268 al cierre de la vigencia del 2006, el cual separado en la Situación Fiscal de la Administración Central, para un total de $1.388.594.777.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del decreto 714 de 1996, "los recursos de asistencia o cooperación internacional de carácter no reembolsables, hacen parte del presupuesto de rentas del Presupuesto Anual del Distrito Capital y se incorporan al mismo como donaciones de capital, mediante Decreto del Gobierno Distrital, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor".

Que por lo anteriormente expuesto es necesario incorporar al Presupuesto Anual del Distrito Capital los recursos provenientes del aporte de la Comisión Europea.

En virtud de lo anterior,

DECRETA:

ARTÍCULO 1º. Adiciónase el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos del Distrito Capital para la vigencia fiscal de 2007 en la suma de un mil trescientos ochenta y ocho millones quinientos noventa y cuatro mil setecientos setenta y siete pesos ($1.388.594.777) moneda corriente, según el siguiente detalle:

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

2

INGRESOS

2 4

RECURSOS DE CAPITAL

1.388.594.777

2 4 6

DONACIONES

1.388.594.777

TOTAL INGRESOS

1.388.594.777

ARTÍCULO 2º. Adiciónase el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal de 2007 en la suma de un mil trescientos ochenta y ocho millones quinientos noventa y cuatro mil setecientos setenta y siete pesos ($1.388.594.777) moneda corriente, según el siguiente detalle:

110 SECRETARIA DISTRITAL DE GOBIERNO

3

GASTOS

1.388.594.777

3 3

INVERSIÓN

1.388.594.777

3 3 1

DIRECTA

1.388.594.777

3 3 1 12

BOGOTÁ Sin indiferencia. Un compromiso Social contra la Pobreza y la Exclusión

1.388.594.777

3 3 1 12 03

EJE DE RECONCILIACIÓN

1.388.594.777

3 3 1 12 03 18

Atención a población en condiciones de desplazamiento forzado, desmovilización o vulnerabilidad frente a la violencia, con perspectiva de derechos humanos y de derecho internacional humanitario

1.388.594.777

3 3 1 12 03 18 0295

Atención complementaria a población en situación de desplazamiento forzado o vulnerabilidad frente a la violencia en el Distrito Capital

1.388.594.777

ARTÍCULO 3°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 31 días del mes de Octubre de 2007

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

LUÍS EDUARDO GARZÓN

EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA,

PEDRO A. RODRÍGUEZ TOBO