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DECRETO 498 DE 2007 (Octubre 31) "Por el cual se efectúa una modificación en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, para la vigencia fiscal de 2007 con cargo al Fondo de Compensación Distrital" EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA DISTRITO CAPITAL en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto 714 de 1996 y el Decreto Reglamentario 396 de 1996 y, CONSIDERANDO: Que el artículo 63 del Decreto 714 de 1996, "Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y el Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital", establece que podrán efectuarse modificaciones al Presupuesto mediante traslados presupuestales, créditos adicionales y cancelación de apropiaciones. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto 714 de 1996, con cargo al Fondo de Compensación Distrital, se podrán atender los faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento de las entidades en la respectiva vigencia fiscal. Que el Decreto Reglamentario 396 de 1996, en su artículo 2°, dispone que cuando durante la ejecución del Presupuesto Anual del Distrito Capital se hiciere indispensable utilizar los recursos del Fondo de Compensación Distrital para atender faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento, la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto - estudiará, evaluará los requerimientos y preparará el acto administrativo correspondiente. Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2º. del Decreto Reglamentario 396 de 1996, las operaciones presupuestales que afecten los recursos del Fondo de Compensación Distrital se harán mediante Decreto del Alcalde Mayor, previa expedición del certificado de disponibilidad presupuestal por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto. Que con cargo al rubro Fondo de Compensación Distrital se expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 647 expedido el 18 de octubre de 2007. Que la Secretaría Distrital de Hacienda - Unidad 02 - Dirección Distrital de Presupuesto necesita acreditar recursos para amparar la adición del Convenio Interadministrativo No. 080000-1219-0-2006 celebrado entre la Comisión Nacional del Servicio Civil y La Alcaldía de Bogotá Distrito Capital actuando como representante el Secretario Distrital de Hacienda, a través del cual se cubren los costos del concurso para los cargos vacantes reportados por las Entidades del Distrito Capital, con objeto de la Convocatoria 001 de 2005 de la Comisión Nacional del Servicio Civil. Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil y la Caja de la Vivienda Popular, requieren acreditar recursos en Gastos de Funcionamiento - Servicios Personales en el rubro "Prima de Navidad", para cubrir los gastos por los servicios prestados a que tienen derecho los empleados y trabajadores de dichas entidades. Que la Secretaría Distrital de Ambiente, solicita acreditar recursos en Gastos de Funcionamiento - Servicios Personales en los rubros, "Horas Extras, Dominicales, Festivos, Recargo Nocturno y Trabajo Suplementario", "Prima de Vacaciones", "Vacaciones en Dinero", "Reconocimiento por permanencia en el Servicio Público", en Gastos Generales en los rubros "Impresos y Publicaciones" y "Servicios Públicos", con el objeto de atender compromisos que tiene la Secretaría durante la presente vigencia por cuanto la apropiación presupuestal es insuficiente en los citados rubros. Que como consecuencia de la transformación de la Corporación La Candelaria en el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural con la cual se modificó la planta de personal a partir del 2 de enero de 2007, se requiere una adición presupuestal en Gastos de Funcionamiento para garantizar los pagos correspondientes a Servicios Personales y Aportes Patronales de los funcionarios del nuevo Instituto y atender el pago del reconocimiento por permanencia en el servicio de una funcionaria que se retira de la entidad. Que la Fundación Gilberto Alzate Avendaño, requiere acreditar recursos en Gastos de Funcionamiento, en los rubros de Servicios Personales y Aportes Patronales con el fin de garantizar las erogaciones por concepto de nómina, en Gastos Generales en el rubro " Servicios Públicos" para pago del servicio telefónico en lo que resta de la presente vigencia. Que la Fundación Gilberto Alzate Avendaño, necesita apropiar recursos en Gastos de Funcionamiento - Gastos Generales en el rubro "Sentencias Judiciales", con el fin de cancelar los daños y perjuicios ocasionados al vehículo camión mixto de servicio público, de placas WTB-089, modelo 1970, de propiedad del señor Jairo Giraldo Robayo, según providencia del Tribunal Administrativo del Tolima del 22 de febrero de 2007. Que la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital precisa acreditar recursos en Gastos de Funcionamiento - Servicios Personales en el rubro "Prima de Navidad", para respaldar los gastos por los servicios prestados a que tienen derecho los funcionarios y en Gastos Generales en el rubro "Gastos de Computador", con el fin de actualizar con urgencia el sistema telefónico actual para descongestionar y atender a los diferentes usuarios de la entidad, entre ellos a la ciudadanía. Que la Contraloría de Bogotá, D.C., requiere acreditar recursos en Gastos de Funcionamiento - Gastos Generales en el rubro "Sentencias Judiciales", con el fin de atender el pago del fallo proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección "C", del 24 de noviembre de 2005, Expediente No. 2001-8984 a favor del señor Euclides Garzón. Que en mérito de lo expuesto, DECRETA: ARTÍCULO 1º. Trasládese en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal 2007, la suma de Un Mil Doscientos Sesenta y Siete Millones Setecientos Ochenta y Siete Mil Sesenta y Dos Pesos ($1.267.787.062) Moneda Corriente, según el siguiente detalle: CONTRACRÉDITOS
CRÉDITOS
ARTÍCULO 2º. La modificación de que trata el Artículo Primero del presente Decreto en lo pertinente a las Transferencias para Funcionamiento de Caja de Vivienda Popular, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural - IDPC, Fundación Gilberto Alzate Avendaño, Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y Contraloría de Bogotá, D.C., se reflejará en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de las mismas, así:
ARTÍCULO 3º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 31 días del mes de Octubre de 2007 El Alcalde Mayor de Bogotá D.C., LUIS EDUARDO GARZÓN El Secretario Distrital de Hacienda, PEDRO A. RODRÍGUEZ TOBO |