RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Acta de Conciliación 2 de 2006 Canal Capital

Fecha de Expedición:
21/09/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
21/09/2006
Medio de Publicación:
No se publica
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACTA 2

ACTA 02 DE 2006

(Septiembre 21)

COMITÉ DE DEFENSA JUDICIAL Y CONCILIACIÓN CANAL CAPITAL

En Bogotá, D. C., a los Veintiún (21) días del mes de septiembre de dos mil seis (2006), siendo las ocho de la mañana (10:00 a.m.), en la Sala de Juntas de Canal Capital/ se reunieron los miembros del Comité de Defensa Judicial y Conciliación, Drs. HÉCTOR JAIME PINILLA ORTÍZ - Ordenador del Gasto y Gerente General, MARTHA LILIANA CHAMBUETA PÉREZ - Secretaría General, GERMÁN MEJIA GALLO - Director Operativo, SONIA CEDIEL FRESNEDA - Subdirector Administrativa, ADRIANA VILLEGAS BOTERO - Jefe de la Oficina Asesora de Control Interno (con voz pero sin voto) y CATALINA BARRETO CHAVES - Secretaria Técnica (con voz pero sin voto), con el fin de agotar el siguiente Orden del Día:

1. Verificación del Quorum.

2. Caso Empresa de Energía de Boyacá S.A E.P.S.

3. Proposiciones y Varios.

Se deja constancia de la invitación efectuada al Director de Defensa Judicial de la Nación, para contar con su asistencia a esta reunión o con la de su delegado, mediante oficio N°. GJ 1266 del 18 de septiembre de 2006 radicada en el Ministerio del Interior y de Justicia en la misma fecha.

1. Verificación del Quórum

La Secretaria Técnica del Comité de Defensa Judicial y Conciliación verifica que se encuentran presentes la totalidad de los miembros del mismo, circunstancia de la que se desprende que existe quórum para deliberar y decidir. Así mismo, se encuentra en calidad de invitadas la Dra. ADRIANA DEL PILAR AVILA - Profesional del Área Jurídica y la Sra. GLORIA PATRICIA LEÓN BALLESTEROS - Técnico del Área de Ventas y Mercadeo,

2. PRESENTACIÓN DEL CASO "EMPRESA DE ENERGÍA DE BOYACA S.A E.P.S."

La Secretaria Técnica del Comité procedió a dar lectura a la ficha técnica preparada para el análisis del presente caso, la cual forma parte integral de este documento, así:

- Que el 21 de diciembre de 2005, Canal Capital, expidió la factura de venta No 4978 por la suma de $1.000.000 m/cte, con fecha de vencimiento 20 de enero de 2006, a nombre del cliente Empresa de Energía de Boyacá S.A E.P.S., por concepto de pauta publicitaria "Partido Patriotas".

- Que el día 20 de abril de 2006 mediante memorando SF-1183 la Subdirección Financiera remitió a cobro jurídico la factura relacionada.

- Que mediante oficio No.726 del 01 de junto de 2006 se requirió a la Empresa de Energía de Boyacá, para que se acercara a las instalaciones de Canal Capital a mas tardar el 16 de junio para proceder a efectuar el pago.

- Que el 28 de Junio de 2006 respondió la Empresa de Energía de Boyacá informando que había solicitado a la Subdirección Financiera de Canal Capital, los soportes necesarios para tramitar el pago de la factura quedando pendiente el envío de la certificación del espacio publicitario.

- Que mediante oficio G.J. 978 del 24 de julio de 2006, remite a la Empresa de Energía de Boyacá la certificación, para que se acerque a las instalaciones de Canal Capital a efectuar el pago correspondiente.

- Que mediante oficio No.1120 del 23 de agosto, el Área Jurídica efectúo el último requerimiento para el pago de las facturas y de los intereses causados.

- Que mediante comunicación remitida por el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Tunja, recibido en la entidad el 11 de septiembre de 2006, se citó al Representante Legal, a una Audiencia de conciliación el 21 de Septiembre de 2006, a las 2:30 p.m.

- Que es necesario que los miembros del comité, efectúen la votación para efectos de la aprobación del mecanismo alternativo de solución de conflictos teniendo en cuenta que la propuesta para conciliación incluye el pago del valor de la factura es decir la suma de UN MILLÓN DE PESOS ($1.000.000) M/CTE y que como concesión para el mecanismo alternativo de solución de conflictos, entratándose de dos entidades publicas, Canal Capital, condonará el valor de los intereses causados los cuales ascienden a la suma de NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS QUINCE PESOS ($99.915) M/CTE. (Intereses Corrientes) y CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SEIS PESOS ($ 149.906) M/CTE. (Intereses Moratorios)

3. VOTACIONES

INTEGRANTE DEL COMITÉ

VOTO - MECANISMO ALTERNATIVO DE CONFLICTOS APLICABLE: CONCILIACIÓN

 

A FAVOR

EN CONTRA

Héctor Jaime Pinilla Ortiz - Gerente General

 

 

Héctor Jaime Pinilla Ortiz - Ordenador del Gasto

X

 

Martha Liliana General

X

 

Chambueta Pérez - Secretaria

X

 

Germán Mejía Gallo - Director Operativo

X

 

Sonia Cediel Fresneda - Subdirectora Administrativa

x

 

TOTAL: CINCO VOTOS A FAVOR DE LA CONCILIACIÓN

Por decisión unánime los miembros del comité, aprueban la conciliación con la Empresa de Energía de Boyacá S.A. E.P.S, teniendo en cuenta que es más beneficioso para la entidad el recaudo del valor de la factura adeudada por valor de $1.000.000 M/cte, a través de la aplicación del mecanismo alternativo de solución de conflictos, frente a los costos adicionales en los que incurriría para cobrar ese mismo valor, mas los intereses si se iniciara un proceso judicial para tales efectos.

4. Para el cumplimiento de la decisión adoptada los miembros designaron a, la profesional universitaria del área jurídica Dra. ADRIANA DEL PILAR AVILA BUSTOS, como apoderada de la entidad, para que dentro de la Audiencia de Conciliación que se llevara a cabo en las instalaciones del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Tunja, el día 21 de Septiembre de 2006, a las 2:30 p.m., en relación con el tema del asunto, logre un acuerdo que haga tránsito a cosa juzgada en relación con el importe de la factura No 4978 del 21 de diciembre de 2005 por valor de $1.000.000, que adeuda a Canal Capital, la Empresa de Energía de Boyacá.

5. PROPOSICIONES Y VARIOS

Los miembros del Comité solicitaron a la Secretaria Técnica que una vez suscrita el acta de conciliación se cite para que se pueda efectuar pronunciamiento sobre la viabilidad de iniciar acción de repetición y oficiar a la oficina de control interno disciplinario.

Los miembros del comité adoptan como política para la prevención del daño antijurídico que cada vez que se dé aplicación de un mecanismo alternativo de solución de conflictos será necesario el pronunciamiento expreso del Comité respecto de las condiciones en las cuales negociaría la entidad cada caso en concreto.

Siendo las 900 a.m., se da por terminado el presente Comité de Defensa Judicial y Conciliación. Para constancia se firma una vez leída y aprobada por quienes en ella intervinieron.

HÉCTOR JAIME PINILLA O Gerente General

MARTHA LILIANA CHAMBUETA P. Secretaria General

GERMAN MEJIA GALLO Director Operativo

SONIA CEDIEL FRESNEDA Subdirectora Administrativa