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CIRCULAR 0085 DE 2007
Las instituciones hospitalarias del país durante las festividades de fin de año reportan un aumento significativo en los accidentes generados por el uso inadecuado de la pólvora y el abuso en el consumo de bebidas alcohólicas. Estos accidentes, además de atentar contra la integridad física y emocional de las personas, producen importantes pérdidas económicas, sociales y ambientales. En Colombia, a pesar de las medidas que se adoptan en diferentes zonas del país, en el período diciembre de 2005 y enero 2006, se reportaron un total de 1.142 víctimas donde los principales afectados resultaron ser los menores de edad (60%). Los invitamos a fortalecer las acciones para la prevención de este tipo de accidentes y a que trabajemos juntos para:
En caso de que una persona resulte afectada con quemaduras y daños corporales por el uso de artículos pirotécnicos o fuegos artificiales, la red hospitalaria pública o privada está obligada a ofrecer de inmediato la atención inicial de urgencias que se requiera. Así mismo, pedimos a los responsables del Sistema de Vigilancia Epidemiológica – SIVIGILA, informar de manera inmediata los accidentes por pólvora que se presenten en su jurisdicción de acuerdo con lo establecido en el Protocolo de las lesiones ocasionadas por manipulación o uso de pólvora. El Ministerio de la Protección Social recibirá los informes y prestará el apoyo necesario a través del Grupo de Atención de Emergencias y Desastres en los siguientes números telefónicos en Bogotá D.C.: 3305071, 3305000 Ext. 1723,; vía fax al 3305070, vía radio en la frecuencia HF: 9.351 Khz, ó vía e-mail: emergencias@minproteccionsocial.gov.co CARLOS JORGE RODRÍGUEZ RESTREPO Ministro de la Protección Social (E) NOTA: Publicada en el Diario Oficial 46821 de noviembre 23 de 2007. |