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Decreto 556 de 2007 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
26/11/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/11/2007
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 556 DE 2007

(Noviembre 26)

"Por el cual se da cumplimiento a lo establecido en el artículo 28 de la Ley 1122 de 2007 en relación con los períodos de los gerentes de las Empresas Sociales del Estado- Hospitales Rafael Uribe Uribe, Tunjuelito, Fontibón, Centro Oriente y Engativá"

EL SECRETARIO DISTRITAL DE SALUD ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DEL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el inciso 1º del parágrafo transitorio del articulo 28 de la Ley 1122 de 2007 y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 28 de la Ley 1122 de 2007 "Por la cual se hacen algunas modificaciones en el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones" señala que "Los Gerentes de las Empresas Sociales del Estado serán nombrados por períodos institucionales de cuatro (4) años, mediante concurso de méritos que deberá realizarse dentro de los tres meses, contados desde el inicio del período del Presidente de la República o del Jefe de la Entidad Territorial respectiva, según el caso. Para lo anterior, la Junta Directiva conformará una terna, previo proceso de selección de la cual, el nominador, según estatutos, tendrá que nombrar el respectivo Gerente.

Los Gerentes de las Empresas Sociales del Estado podrán ser reelegidos por una sola vez, cuando la Junta Directiva así lo proponga al nominador, siempre y cuando cumpla con los indicadores de evaluación conforme lo señale el Reglamento, o previo concurso de méritos.

En caso de vacancia absoluta del gerente deberá adelantarse el mismo proceso de selección y el período del gerente seleccionado culminará al vencimiento del período institucional. Cuando la vacancia se produzca a menos de doce meses de terminar el respectivo período, el Presidente de la República o el jefe de la administración Territorial a la que pertenece la ESE, designará gerente".

Que el inciso 1º del parágrafo transitorio del artículo 28 de la Ley 1122 de 2007 prescribe que "Los Gerentes de las ESE de los niveles Departamental, Distrital y Municipal cuyo período de tres años termina el 31 de diciembre de 2006 o durante el año 2007 continuarán ejerciendo el cargo hasta el 31 de marzo de 2008".

Que mediante Sentencia C-957 de 2007 la Corte Constitucional declaró la inexequibilidad de la expresión "31 de diciembre de 2006", contenida en el inciso 1° del parágrafo transitorio del artículo 28 de la Ley 1122 de 2007.

Que de conformidad con lo señalado se deben adecuar los períodos de los gerentes de ESEs citados a la Ley 1122 de 2007.

Que en mérito de lo expuesto,

Ver el Decreto Distrital 397 de 2007

DECRETA:

ARTÍCULO 1°. El doctor HÉCTOR JAVIER QUIÑÓNEZ ALBARRACIN identificado con la cédula de ciudadanía Nº 80.417.247 continuará ejerciendo el cargo de Gerente Empresa Social del Estado - Código 085 02 - Gerencia Empresa Social del Estado Hospital Rafael Uribe Uribe I Nivel, hasta el día 31 de marzo de 2008 en virtud del inciso 1º del parágrafo transitorio del artículo 28 de la Ley 1122 de 2007.

ARTÍCULO 2°. El doctor REYES MURILLO HIGUERA identificado con la cédula de ciudadanía Nº 19.412.289 continuará ejerciendo el cargo de Gerente Empresa Social del Estado - Código 085 02 - Gerencia Empresa Social del Estado Hospital Fontibon II Nivel, hasta el día 31 de marzo de 2008 en virtud del inciso 1º del parágrafo transitorio del artículo 28 de la Ley 1122 de 2007.

ARTÍCULO 3°. El doctor JOSÉ RAFAEL DOMÍNGUEZ AYALA identificado con la cédula de ciudadanía Nº 85.080.120 continuará ejerciendo el cargo de Gerente Empresa Social del Estado - Código 085 02 - Gerencia Empresa Social del Estado Hospital Tunjuelito II Nivel, hasta el día 31 de marzo de 2008 en virtud del inciso 1º del parágrafo transitorio del artículo 28 de la Ley 1122 de 2007.

ARTICULO 4°. El doctor RICARDO BEIRA SILVA identificado con la cédula de ciudadanía Nº 19.269.503 continuará ejerciendo el cargo de Gerente Empresa Social del Estado - Código 085 02 - Gerencia Empresa Social del Estado Hospital Centro Oriente II Nivel, hasta el día 31 de marzo de 2008 en virtud del inciso 1º del parágrafo transitorio del artículo 28 de la Ley 1122 de 2007.

ARTÍCULO 5°. La doctora ESTHER FRANCISCA HERNÁNDEZ BELTRÁN identificada con la cédula de ciudadanía Nº 60.280.530 continuará ejerciendo el cargo de Gerente Empresa Social del Estado - Código 085 02 - Gerencia Empresa Social del Estado Hospital Engativa II Nivel, hasta el día 31 de marzo de 2008 en virtud del inciso 1º del parágrafo transitorio del artículo 28 de la Ley 1122 de 2007.

ARTÍCULO  6°.  Aclarado por el art. 2, Decreto Distrital 051 de 2008. El concurso de méritos que deba realizarse para el nombramiento en propiedad de los gerentes de las Empresas Sociales del Estado, en virtud del artículo 28 de la Ley 1122 de 2007, estará a cargo de la Secretaría Distrital de Salud.

ARTÍCULO 7°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C. a los 26 días del mes de Noviembre de 2007

HÉCTOR ZAMBRANO RODRÍGUEZ

SECRETARIO DISTRITAL DE SALUD

ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DEL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.