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Directiva 18 de 2007 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
30/11/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/11/2007
Medio de Publicación:
N.P.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DIAM00182007

DIRECTIVA 018 DE 2007

(Noviembre 30)

PARA:

SECRETARIOS DE DESPACHO; DIRECTORES DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES Y ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS; ALCALDES Y ALCALDESAS LOCALES, GERENTES DE EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES. DE SOCIEDADES PÚBLICAS Y DE EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO DEL ORDEN DISTRITAL; RECTOR DEL ENTE AUTÓNOMO UNIVERSITARIO Y CIUDADANÍA.

DE:

ALCALDE MAYOR DE BOGOTA DISTRITO CAPITAL

ASUNTO:

BOGOTÁ LIMPIA

FECHA:

30 de Noviembre de 2007

En vista de la no percepción de limpieza y embellecimiento de la Ciudad, es necesario impartir directrices a las Entidades Distritales, para la implementación de Planes de Acción de orden técnico - operativo y de relaciones con la comunidad a fin de mejorar las condiciones de vida de los habitantes del Distrito Capital.

Es por ello que se requiere el compromiso de las diferentes Entidades Distritales y el acompañamiento de la ciudadanía, para que de manera solidaria y coordinada proporcionen herramientas de soporte logístico, cumpliendo así con el propósito de la presente Directiva "BOGOTÁ ES LIMPIA".

1. OBJETIVOS

General

Fortalecer las acciones de limpieza de la ciudad, en un trabajo conjunto de las instituciones del Distrito con el apoyo de la comunidad.

Específicos

*Lograr que las entidades distritales lideren la cultura de limpieza.

*Proteger el espacio público del arrojo de toda clase de residuos.

*Fortalecer las medidas de control y vigilancia en el cumplimiento de las normas ambientales y sanitarias en materia de contaminación visual por invasión de afiches y disposición de residuos sólidos y demás desechos en el espacio público.

*Fortalecer la supervisión y control sobre la prestación eficiente del servicio público de aseo.

*Impulsar la formación ciudadana en la cultura de la No Basura.

2. CONVOCATORIA A LOS ACTORES DEL PLAN "BOGOTÁ ES LIMPIA"

El Plan tendrá como ejecutores a las entidades distritales y a las empresas prestadoras del servicio público de aseo y su Interventoría. Las Entidades Distritales procurarán la participación activa de la ciudadanía en general en la ejecución las acciones que se definen en esta Directiva.

Las entidades que se mencionan a continuación, convocarán a las organizaciones comunitarias para que de manera voluntaria se vinculen a sus actividades para adelantar acciones de prevención contra la inadecuada disposición de residuos en los espacios públicos en sus zonas de influencia.

Cada entidad entregará las acciones precisas con metas y cronogramas que desarrollen las directrices planteadas a continuación, antes del 10 de diciembre de 2007:

a. Secretaría Distrital del Hábitat y UAESP.

b. Secretaría Distrital de Ambiente.

c. Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte e Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal.

d. Secretaría Distrital de Gobierno y alcaldías locales.

e. Secretaría Distrital de Movilidad - Instituto de Desarrollo Urbano, IDU - Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.

f. Secretaría de Integración Social.

g. Secretaría Distrital de Salud de Bogotá.

h. Secretaría de Educación del Distrito.

i. Empresas prestadoras del servicio público de aseo en Bogotá y su interventoría.

j. EAAB.

k. Policía Metropolitana de Bogotá.

l. Codensa S.A. ESP.

m. Transmilenio S.A.

Las entidades distritales mencionadas quedan obligadas a elaborar y ejecutar proyectos de limpieza en desarrollo del Plan BOGOTÁ ES LIMPIA, que contendrá las actividades que se ejecutarán en el corto plazo (diciembre de 2007) y mediano plazo (junio de 2008), en función de sus respectivas competencias, a las cuales se buscará vincular el apoyo de las organizaciones comunitarias por zonas específicas de la ciudad. Las actividades de corto plazo estarán dirigidas prioritariamente a los sectores comerciales de mayor afectación durante el fin de año.

La Secretaría Distrital del Hábitat, deberá realizar la coordinación, el seguimiento y la evaluación del programa y sus proyectos, y entregará al Alcalde Mayor informes de avance mensual.

3. CONTAMINACIÓN VISUAL

Responsable: Secretaría Distrital de Ambiente

Actividades:

CORTO PLAZO

MEDIANO PLAZO

*Identificar las zonas con alta contaminación de publicidad exterior visual.

*Identificar los generadores responsables y promotores de la publicidad exterior visual anunciada en sitios no autorizados.

*Coordinar con al UAESP los operativos para el control y retiro de publicidad exterior visual en las localidades más contaminadas de la ciudad conjuntamente con las Alcaldías Locales.

*Coordinar la limpieza y mantenimiento de los monumentos nacionales y el espacio público afectados con pinturas y grafitis.

*Imponer sanciones en el marco de las competencias de autoridad ambiental a quienes incumplan las normas de publicidad exterior visual.

*Realizar campañas informativas en medios de comunicación a la ciudadanía de manera que las sanciones sirvan como acción preventiva a los posibles infractores.

*Sensibilizar a la comunidad mediante la realización de una campaña educativa.

*Desarrollar campañas pedagógicas.

*Aplicar las sanciones administrativas como acciones ejemplarizantes y preventivas.

*Coordinar con la UAESP los operativos para el control y retiro de publicidad exterior visual en las localidades más contaminadas de la ciudad conjuntamente con las Alcaldías Locales.

*Coordinar la limpieza y mantenimiento de los monumentos nacionales y el espacio público afectados con pinturas y grafitis.

*Imponer sanciones en el marco de las competencias de autoridad ambiental a quienes incumplan las normas de publicidad exterior visual.

4. CUMPLIMIENTO DE COMPROMISOS DE ÁREA LIMPIA EN SERVICIO PÚBLICO DE ASEO

Responsables: Secretaría Distrital del Hábitat, UAESP, Empresas prestadoras del Servicio Público de Aseo en Bogotá y su Interventoría.

Actividades:

CORTO PLAZO

MEDIANO PLAZO

*Sensibilizar en el manejo adecuado de residuos sólidos, a través de las empresas prestadoras del servicio público de aseo, a propietarios de restaurantes, establecimientos de comercio y otras fuentes de generación de residuos sólidos.

*Colaborar con las acciones de las Alcaldías Locales y Secretarías Generales de Inspecciones de Policía para la aplicación de los Comparendos Pedagógicos y demás acciones correctivas por incumplimiento de normas.

*Fortalecer la atención del servicio público de aseo en los sectores comerciales de mayor afectación durante el fin de año, con el incremento de frecuencias de recolección y barrido:

1. Carrera 15 de calle 100 a calle 127

2. Unicentro

3. Calle 116

4. Centros comerciales suba

5. Restrepo

6. 20 de julio

7. Santa librada zona comercial

8. Sector Patio Bonito: Calle 38 Sur desde la Av. Ciudad de Cali hasta la Carrera 89.

9. Sector Kennedy Central: Carrera 78B entre Calle 26 a calle 36 sur y Calle 38 Sur de Carrera 78B a Carrera 80, incluyendo la plazoleta del Ley.

10. Sector Av. Primero de Mayo: Calle 6 Sur a Calle 8 Sur entre Carrera 71D y Av. Boyacá incluye los alrededores del centro comercial plaza de las Américas y Mundo Aventura.

11. Sector Piamonte - Bosa: Transversal 78 entre Calle 65J y 69B incluye la plaza de mercado de Bosa y el Cementerio de la localidad.

12. Av. Calle 68 de Av. Cra. 68 hasta Av. Ciudad de Cali

13. Tv. 94 de Av. Calle 80 hasta la Calle 97

14. Cra. 100 de Calle 22 a Calle 17

15. Salitre Plaza - Av. Esperanza con Cra. 68 D-

16. Sector: Cra. 15 - Calle 72 a 100

17. Sector: Zona Rosa - Parque 93.

18. Sector: Chapinero Cra.13 a Avda. Caracas de Calles 69 a 45

19. Sector: Comercial Calle 53

20. Sector Comercial San Andresito San José y Voto Nacional

21. Sector: San Andresito calle 38

22. Centro Eje Ambiental

*Fortalecer las acciones de capacitación a los usuarios por parte de los concesionarios.

*Consolidar la información sobre puntos críticos de contaminación por residuos en espacio público identificados por los agentes vinculados al Plan BOGOTÁ ES LIMPIA.

*Coordinar el diseño de campañas pedagógicas sobre responsabilidad de los usuarios.

*Coordinar la instalación estratégica de cestas y depósitos de residuos al servicio de peatones y usuarios del Espacio Público a ser ejecutado con los concesionarios del servicio público de aseo.

*Colaborar con las acciones de coordinación con las Alcaldías Locales y Secretarías Generales de Inspecciones de Policía para la aplicación de los Comparendos Pedagógicos y demás acciones correctivas por incumplimiento de normas.

*Reforzar el servicio público de aseo en los puntos críticos de arrojo de residuos sólidos en espacio público.

*Coordinar Limpieza y mantenimiento de los monumentos nacionales afectados con pinturas, grafitis y propaganda escrita, con el objeto de recuperar la calidad paisajística del entorno.

*Coordinar la instalación estratégica de cestas y depósitos de residuos al servicio de peatones y usuarios del Espacio Público a ser ejecutado con los concesionarios del servicio público de aseo.

5. PARTICIPACIÓN Y ACCIÓN COMUNAL

Responsable: Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal IDPAC

Actividades:

CORTO PLAZO

MEDIANO PLAZO

*Convocar a las ASOJUNTAS e identificar las Juntas de Acción Comunal que participarán en el plan para que éstas diseñen e implementen su respectivo plan de acción en la zona de su jurisdicción.

*Identificar puntos críticos barriales por contaminación de residuos identificados por las Juntas de Acción Comunal y realizar su envío a la UAESP.

*Convocar a las ASOJUNTAS e identificar las Juntas de Acción Comunal que participarán en el plan para que éstas diseñen e implementen su respectivo plan de acción en la zona de su jurisdicción.

*Desarrollar una estrategia de capacitación a las Juntas de Acción Comunal que se vinculen al plan para identificar los puntos críticos barriales y definir los requerimientos o necesidades de intervención por parte de los concesionarios del servicio público de aseo.

*Consolidar de la información sobre los puntos críticos barriales por contaminación de residuos identificados por las Juntas de Acción Comunal y realizar su envío a la UAESP.

*Elaborar y ejecutar planes de acción de los puntos críticos identificados.

6. ALCALDÍAS LOCALES Y ORGANIZACIONES BARRIALES

Responsables: Alcaldías Locales

Actividades:

CORTO PLAZO

MEDIANO PLAZO

*Aplicar las medidas correctivas por incumplimiento de normas definidas en el Código Distrital de Policía, en coordinación con las Inspecciones de Policía.

*Definir los procedimientos con la Policía Metropolitana y las Secretarías Generales de Inspección, para verificar el incumplimiento del Código de Policía, esta acción deberá estar dirigida a aquellos usuarios que no estén cumpliendo con las normas relativas al manejo de residuos sólidos.

*Implementar jornadas de limpieza en los barrios de la Localidad.

*Ejercer mayor control en el espacio público.

*Identificar las organizaciones barriales interesadas en vincularse al Plan BOGOTÁ ES LIMPIA con su respectivo plan de acción local en la zona de su jurisdicción.

*Apoyar, coordinar y hacer seguimiento a los planes de acción barriales para la realización de campañas de formación en una cultura de la No basura y embellecimiento, y en acciones de prevención.

*Aplicar las medidas correctivas por incumplimiento de normas definidas en el Código Distrital de Policía en coordinación con las Inspecciones de Policía.

*Definir los procedimientos con la Policía Metropolitana y las Secretarías Generales de Inspección, para verificar el incumplimiento del Código de Policía, esta acción deberá estar dirigida a aquellos usuarios que no estén cumpliendo con las normas relativas al manejo de residuos sólidos.

*Implementar bogadores y carteleras para la ubicación de afiches.

*Continuar con jornadas de limpieza en las zonas y barrios de la Localidad.

*Identificar conjuntamente con la Secretaría de Planeación Distrital los lugares en los que se instalarán los bogadores de la localidad.

*Identificar los sectores en donde haya descarga indebida de materiales en el espacio público e incorporarlos a los planes de acción barriales.

7. CONTROL Y VIGILANCIA AL TRANSPORTE VEHICULAR DE RESIDUOS

Responsable: Secretaría Distrital de Movilidad

Actividades:

CORTO PLAZO

MEDIANO PLAZO

*Identificar los vehículos de transporte de residuos, escombros, materiales de construcción y de demolición, y de todo tipo de material que genere contaminación del espacio público.

*Aplicar las medidas correctivas por incumplimiento de normas definidas en el Código Distrital de Policía para los vehículos que realizan la actividad de transporte de residuos, escombros y materiales de construcción.

*Identificar los vehículos de transporte de residuos, escombros, materiales de construcción y de demolición, y de todo tipo de material que genere contaminación del espacio público.

*Apoyar los planes de acción barriales por descarga indebida de material en espacio público.

*Aplicar las sanciones y las medidas correctivas por incumplimiento de normas definidas en el Código Distrital de Policía para los vehículos que realizan la actividad de transporte de residuos, escombros y materiales de construcción.

8. PARTICIPACIÓN DE OTRAS ENTIDADES DISTRITALES

Todas las entidades del orden distrital deberán cumplir rigurosamente con los horarios de presentación de residuos y comunicarán a la UASP, tan pronto tengan conocimiento, sobre la presencia de puntos críticos en sus alrededores. En desarrollo de sus competencias apoyarán la ejecución del Plan BOGOTÁ ES LIMPIA. En particular se definen responsabilidades para las siguientes entidades.

8.1. CONTROL A LA CONTAMINACIÓN POR OBRAS PÚBLICAS Y APOYO A UBICACIÓN DE CESTAS Y BAÑOS PÚBLICOS

Responsables: Instituto de Desarrollo Urbano IDU,

Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación, Mantenimiento Vial y Departamento Administrativo Defensoría del Espacio Público.

Actividades:

CORTO PLAZO

MEDIANO PLAZO

*Realizar la limpieza y el manteniendo de los monumentos.

*Realizar el lavado de los espejos de agua del eje ambiental y la pintura de pedestales a cargo del IDU, en el sector de la Candelaria.

*Reforzar el cumplimiento de las normas vigentes sobre el transporte y la disposición de material de construcción y escombros generados por obras de infraestructura, a través de la suscripción de pactos de cumplimiento entre el IDU, la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial y sus respectivos contratistas.

*Implementar un plan de cerramiento y limpieza de los predios del IDU.

*Apoyar a la Defensoría del Espacio Público en la implementación de los planes de acción barriales para evitar que se arroje inadecuadamente material en el espacio público.

*Realizar la limpieza y el mejoramiento de los monumentos; el lavado de los espejos de agua del eje ambiental y la pintura de pedestales a cargo del IDU, en la ciudad.

8.2. MANTENIMIENTO DE CANALES, RÍOS, QUEBRADAS, HUMEDALES

Responsable: Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá

Actividades:

CORTO PLAZO

MEDIANO PLAZO

*Recoger de manera inmediata las bolsas que contienen los lodos de la limpieza de los sumideros y alcantarillas.

*Continuar con la recolección inmediata de las bolsas que contienen los lodos de la limpieza de los sumideros y alcantarillas.

*Fortalecer el Plan de limpieza y mantenimiento de sumideros, canales, rondas y quebradas.

*Promover la participación de la comunidad en el mantenimiento preventivo de sumideros, canales, rondas y quebradas.

8.3. LIMPIEZA DEL SISTEMA TRANSMILENIO

Responsable: Transmilenio S.A.

Actividades:

CORTO PLAZO

MEDIANO PLAZO

*Adelantar campañas de limpieza interna y externa de las estaciones y portales del sistema de Transmilenio.

*Continuar con las campañas de limpieza interna y externa de las estaciones y portales del sistema de Transmilenio.

8.4. LIMPIEZA DE PARQUES.

Responsables: Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, e Instituto Distrital de Recreación y Deporte IDRD.

Actividades:

CORTO PLAZO

MEDIANO PLAZO

*Apoyar al IDRD en los planes de acción barriales por descarga indebida de material en espacio público.

*Elaborar e implementar un Plan de coordinación inmediata entre el IDRD y la UAESP para la ubicación de cestas y depósitos de residuos para la disposición temporal de residuos.

*Identificar las organizaciones ciudadanas amigas de los parques, esta actividad deberá ser desarrollada por la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

*Concertar compromisos institucionales y comunitarios para implementar el plan "Un Parque Limpio" entre la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y las organizaciones ciudadanas amigas de los parques.

*Adelantar la firma de Pactos de cumplimiento entre el IDRD y sus contratistas sobre el transporte y la disposición de material de construcción y escombros.

*Apoyar al IDRD en los planes de acción barriales por descarga indebida de material en espacio público.

*Continuar con el Plan para la ubicación de cestas y depósitos de residuos para la disposición temporal de residuos.

8.5. RECOLECCIÓN DE RESIDUOS DE PODAS Y TALAS

Responsables: Jardín Botánico José Celestino Mutis,

Empresas Prestadoras del Servicio Público de Aseo,

Condesa S.A. ESP

Actividades:

CORTO PLAZO

MEDIANO PLAZO

*Recoger los residuos de las podas sanitarias que realiza mensualmente, por parte del Jardín Botánico José Celestino Mutis.

*Recolectar oportunamente los desechos vegetales ocasionados por la tala y poda de árboles por parte de CODENSA.

*Realizar las podas programadas por parte de los Concesionarios del servicio de aseo.

*Recoger los residuos de las podas sanitarias que realiza mensualmente, por parte del Jardín Botánico José Celestino Mutis.

*Recolectar oportunamente los desechos vegetales ocasionados por la tala y poda de árboles por parte de CODENSA.

*Culminar el inventario y georreferenciación del arbolado urbano ubicado en espacio público por parte del Jardín Botánico.

*Realizar las podas programadas por parte de los Concesionarios del servicio de aseo.

8.6. ACCIONES DE CONTROL Y VIGILANCIA

Responsables: Policía Metropolitana y Policía Ambiental.

Actividades:

CORTO PLAZO

MEDIANO PLAZO

*Realizar, en coordinación con la Secretaria Distrital de Ambiente y las alcaldías locales, operativos de vigilancia de los puntos críticos y sancionar a los infractores.

*Implementar, en coordinación con la UAESP y la Secretaría Distrital de Ambiente, la imposición de comparendos pedagógicos y asegurar el cumplimiento y aplicación del Código de Policía.

*Realizar, en coordinación con la Secretaria Distrital de Ambiente y las alcaldías locales, operativos de vigilancia de los puntos críticos y sancionar a los infractores.

*Implementar, en coordinación con la UAESP y la Secretaría Distrital de Ambiente, la imposición de comparendos pedagógicos y asegurar el cumplimiento y aplicación del Código de Policía.

Responsables: Secretaria Distrital de Gobierno y Alcaldías Locales.

Actividades:

CORTO PLAZO

MEDIANO PLAZO

*Elaborar un plan para garantizar que las Alcaldías Locales adelanten acciones de vigilancia para la conservación en estado de limpieza de los espacios públicos, con base en las normas del Código de Policía de Bogotá (Acuerdo 79 de 2003, artículos 12, 69, 81, 87 y parágrafos primero y segundo del artículo 87).

*Garantizar el control, la vigilancia y la aplicación de medidas correctivas a los infractores que incumplan las normas de transporte y disposición de residuos ordinarios y escombros.

*Controlar el cumplimiento de las normas que obligan los cerramientos de predios no construidos.

*Implementar un plan para garantizar que las Alcaldías Locales adelanten acciones de vigilancia para la conservación en estado de limpieza de los espacios públicos, con base en las normas del Código de Policía de Bogotá (Acuerdo 79 de 2003, artículos 12, 69, 81, 87 y parágrafos primero y segundo del artículo 87).

*Garantizar el control, la vigilancia y la aplicación de medidas correctivas a los infractores que incumplan las normas de transporte y disposición de residuos ordinarios y escombros.

*Controlar el cumplimiento de las normas que obligan los cerramientos de predios no construidos.

Responsable: Secretaría Distrital de Salud

Actividades:

CORTO PLAZO

MEDIANO PLAZO

*Verificar el cumplimiento de las normas sobre manejo y almacenamiento de residuos sólidos por parte de restaurantes que presentan sus residuos por fuera del horario de recolección.

*Iniciar el trámite de sanción a los restaurantes que no cumplen con las normas sanitarias de manejo de residuos sólidos.

*Adelantar jornadas de control de caninos callejeros.

*Continuar con la verificación del cumplimiento de las normas sobre manejo y almacenamiento de residuos sólidos por parte de restaurantes que presentan sus residuos por fuera del horario de recolección

*Sancionar a los restaurantes que no cumplen con las normas sanitarias de manejo de residuos sólidos

*Continuar con las jornadas de control de caninos callejeros.

8.7. FORMACIÓN DE CULTURA CIUDADANA DE LA NO BASURA

Responsables: Secretaría de Educación del Distrito y Alcaldías Locales.

Actividades:

CORTO PLAZO

MEDIANO PLAZO

 

*Coordinar la implementación de campañas sobre manejo de residuos sólidos, minimización en su generación y propender por su separación en la fuente para aquellos residuos que se generen en centros educativos.

*Realizar las actividades en el área de influencia de los centros educativos tendientes a conservar el área limpia mediante operativos y la motivación de la comunidad, esta actividad se realizará a través de los estudiantes como multiplicadores de los conceptos y demás aspectos involucrados en las campañas de formación de cultura de la no basura y el embellecimiento de la ciudad.

*Adelantar talleres de capacitación por localidad sobre manejo de residuos sólidos, minimización en su generación y separación en la fuente.

9. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN

La Secretaría de Hábitat realizará el seguimiento a la ejecución del plan BOGOTÁ ES LIMPIA, con base en los informes consolidados que presente la UAESP. Las entidades deberán enviar mensualmente a la UAESP un informe de avance de las actividades desarrolladas y de las metas propuestas por las mismas.

10. DIVULGACIÓN Y CUMPLIMIENTO

Esta Directiva será ampliamente divulgada por todas las entidades distritales para el conocimiento de cada uno de los funcionarios y la ciudadanía, para lo cual destinarán los recursos de comunicación, prensa, información, gestión y participación comunitaria que se requiere para culminar exitosamente con los planes, actividades y metas definidas.

Cordialmente,

HÉCTOR ZAMBRANO RODRÍGUEZ

Alcalde Mayor de Bogotá D.C. (e)

Anexo: Anexo Técnico en seis (folios)

Copia a:

Dr. Hermán Arias Gaviria Personero de Bogotá D.C. Carrera 7 No. 21-24 de Bogotá

Dr. Oscar González Arana Contralor Distrital Carrera 35 No. 26 -10 de Bogotá

Dr. Orlando Parada Díaz Presidente del Concejo de Bogotá Calle 34 No. 27-36 de Bogotá

ANEXO TÉCNICO

1. CONTEXTO

El Distrito Capital tiene contratada la prestación del servicio público de aseo para el área urbana en sus componentes de recolección, barrido y limpieza, corte de césped y poda de árboles en espacio público. Sin embargo, la percepción de limpieza de la ciudad se viene deteriorando y se han incrementado las quejas por presencia de residuos abandonados en los lugares públicos. Esto, contrasta con el mejoramiento de la calidad de espacios públicos puestos a disposición de las comunidades barriales, zonales y del conjunto de la ciudad y la región como son los parques zonales, urbanos y metropolitanos.

Las labores de limpieza son pagadas por los usuarios del servicio de aseo, pero algunos de ellos, al abandonar residuos en el espacio público, aún no se sienten corresponsables de su cuidado. Algunas zonas una vez limpias, en desarrollo de las obligaciones contractuales de los concesionarios del servicio de aseo, vuelven al poco tiempo a encontrarse invadidas de desechos, afectando la calidad de vida de vecinos y de los peatones y visitantes a nuestros espacios públicos. Igualmente, algunos propietarios y administradores de restaurantes y establecimientos de comercio, ubican sus residuos en el espacio público sin cumplir las normas de almacenamiento, ni los horarios establecidos para su recolección por las empresas prestadoras del servicio.

Por otra parte, las bolsas de residuos recogidos por los concesionarios del servicio de aseo, permanecen por demasiado tiempo a la vista de los transeúntes en las horas de mayor flujo, lo que deteriora la imagen de limpieza de la ciudad, en particular, los lunes Bogotá amanece en condiciones de desaseo en muchos sitios de concentración de comercio y servicios.

Los constructores no son cuidadosos en la ubicación de los materiales de construcción y resultantes de las demoliciones, razón por la cual, los andenes y vías vehiculares han desmejorado su estado de limpieza.

Los residuos de la poda de árboles tardan demasiado tiempo en ser recogidos, desmejorando la calidad de los parques y en general de zonas verdes, lo que dificulta su uso.

Como es ya reconocido, el mejoramiento y adecuación de múltiples elementos que componen uso público, atrae peatones y promueve la socialización de vecinos. Este mejoramiento en las relaciones de convivencia y disfrute del espacio público no siempre viene acompañado de hábitos de limpieza y correcta disposición de residuos, dado que aún no se genera un sentido de corresponsabilidad en los peatones, en las instituciones que programan eventos, en las entidades responsables de mantener las áreas limpias ni en las autoridades de control y vigilancia del cumplimiento de las normas de convivencia ciudadana.

Las fachadas de los inmuebles vienen siendo invadidos por afiches, sin que se utilicen los mogadores y carteleras dispuestos por las Alcaldías Locales para tal fin. En sitios no autorizados incluso se encuentran afiches con el logotipo institucional del Plan de Desarrollo "Bogotá sin Indiferencia", debido a que se contrata su fijación y las entidades distritales son ausentes del impacto generado.

La necesidad de limpieza de ciclorrutas y ciclovías, parques lineales y senderos se ha incrementado por solicitud de los vecinos afectados, puesto que los usuarios de estos espacios públicos vienen olvidando los compromisos de convivencia ciudadana.

El aumento de residuos en el espacio público se evidencia en el hecho que del total de residuos dispuestos en el Relleno Sanitario Doña Juana, 25% corresponde a escombros, tierra, y elementos de plástico, papel, cartón, trapo, madera, excrementos de animales y de seres humanos, abandonados en vías, parques, alamedas y ciclorrutas. Este porcentaje es muy alto. Según estadísticas internacionales los residuos que se originan en los espacios públicos llegan solo al 10%. Esta participación de los residuos recolectados en el espacio público se ha venido incrementando en los dos últimos años, particularmente en las zonas que han sido recuperadas y objeto de altas inversiones para su adecuación y embellecimiento, y en zonas con una importante presencia de obras de construcción.

El aumento del volumen de residuos en el espacio público se explica en la falta de conocimiento e incumplimiento de las normas vigentes que definen las condiciones para transportar, presentar, almacenar y disponer los escombros provenientes de construcciones o demoliciones, sobre manejo de residuos peligrosos, sobre los horarios de presentación y recolección de residuos y sobre el manejo de los residuos por los usuarios de los espacios públicos.

El Código Distrital de Convivencia adoptado mediante el Acuerdo No. 79 de 2003 y otras normas concordantes en materia de contaminación visual y transporte de diferentes tipos de materiales y escombros, definen obligaciones precisas a cumplir por los generadores de la contaminación y por las entidades distritales en materia de control y sanción, para garantizar la limpieza del espacio público.

Se espera que la UAESP garantice el fortalecimiento de las acciones de la interventoría y la supervisión contratadas para vigilar y controlar la calidad de la operación del servicio público de aseo para lograr la obligación de los contratos de concesión en cuanto a la responsabilidad de "áreas limpias" en toda la ciudad, tal como fue el compromiso a la firma de dichos contratos entre el Distrito Capital y las empresas operadoras del servicio público de aseo.

Con el fin de detener este paulatino pero grave deterioro de la calidad de limpieza del espacio público y de desmejoramiento de las fachadas, y las entidades públicas, las empresas prestadoras del servicio público de aseo, con el apoyo de la ciudadanía, ejecutarán un Plan Interinstitucional de Limpieza que denominamos "BOGOTÁ ES LIMPIA" que busca demostrar que las empresas concesionarias del servicio público de aseo, las entidades distritales y los ciudadanos de la Capital, tienen el interés y la voluntad de recuperar las condiciones de una ciudad que fue hasta hace poco tiempo reconocida como la más limpia de Latinoamérica por contar con espacios públicos limpios y correctamente utilizados.

Es interés de la Alcaldía Mayor que el Plan BOGOTÁ ES LIMPIA, definido en esta Directiva, vincule activamente a la ciudadanía, a través de las diferentes organizaciones existentes, a las jornadas de formación de una cultura de limpieza del espacio público y a adelantar un control ciudadano sobre quienes incumplan las normas vigentes.

2. MOTIVACIÓN JURÍDICA

La función administrativa busca la satisfacción de las necesidades generales de todos los habitantes, de conformidad con los principios, finalidades y obligaciones consagrados en la Constitución Política. Por tal razón, quien ejerce de manera permanente o transitoria funciones administrativas, debe ejercerlas consultando el interés general.

Ahora bien, el artículo 209 de la Constitución Política establece que las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado.

De otra parte, el artículo 322 de la Constitución Política señala que a "las autoridades distritales les corresponde garantizar el desarrollo armónico de la ciudad y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito; a las locales, la gestión propia de los asuntos de su territorio".

Así mismo, es necesario señalar que de conformidad con lo señalado en la Constitución Política en el artículo 95 sobre los deberes de las personas y de los ciudadanos, se establece como una de sus obligaciones la de proteger los recursos naturales y velar por la conservación de un ambiente sano.

Se destaca el artículo 6 de la Ley 489 de 1998 que establece el principio de coordinación y colaboración de las autoridades administrativas en virtud del cual todas las entidades del Estado deben garantizar la armonía en el ejercicio de sus respectivas funciones con el fin de lograr los fines y cometidos estatales. En consecuencia todas las autoridades del orden Distrital deben prestar su colaboración a las demás entidades para facilitar el ejercicio de sus funciones.

La ley 142 de 1994 establece en cabeza del Distrito Capital la obligación de la prestación de los servicios públicos en los siguientes términos:

"Artículo 5o. Competencia de los municipios en cuanto a la prestación de los servicios públicos. Es competencia de los municipios en relación con los servicios públicos, que ejercerán en los términos de la ley, y de los reglamentos que con sujeción a ella expidan los concejos:

5.1. Asegurar que se presten a sus habitantes, de manera eficiente, los servicios domiciliarios de acueducto, alcantarillado, aseo, energía eléctrica, y telefonía pública básica conmutada, por empresas de servicios públicos de carácter oficial, privado o mixto, o directamente por la administración central del respectivo municipio en los casos previstos en el artículo siguiente.

5.2. Asegurar en los términos de esta Ley, la participación de los usuarios en la gestión y fiscalización de las entidades que prestan los servicios públicos en el municipio. (…)"

A nivel Distrital se destaca el artículo 61 del Estatuto Orgánico de Bogotá, Decreto 1421 de 1993 que establece que las autoridades distritales deberán garantizar el desarrollo armónico e integrado de la ciudad y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito.

El Decreto Distrital 312 de 2006, que contiene el Plan Maestro para el Manejo Integral de Residuos Sólidos (PMIRS), señala:

"Artículo 2. Ámbito de Aplicación. El presente plan aplica a todas las personas que generan, reciclan y aprovechan residuos sólidos ordinarios y especiales y a las entidades públicas y personas o empresas privadas y organizaciones comunitarias y cooperativas vinculadas a la prestación del Servicio Público de Aseo.

Artículo 12. Eficacia Institucional. El logro efectivo de las metas propuestas para el manejo integral de los residuos se realizará mediante una clara asignación de funciones y responsabilidades entre los distintos agentes públicos, privados y comunitarios de la Ciudad-Región de Bogotá que participan en la gestión y manejo de los residuos sólidos."

Consecuencia de lo anterior, se hace necesario impulsar mediante una Directiva del Alcalde Mayor la coordinación armónica entre las diferentes entidades del nivel Distrital con el fin de aunar esfuerzos y convocar a las organizaciones comunitarias y a la ciudadanía en general para ejecutar actividades y metas sobre disminución y control de la contaminación visual, conservación del área limpia y embellecimiento de la ciudad.

3. MOTIVACIÓN TÉCNICA

En el marco del objeto contractual, se establece para los Concesionarios del servicio público de aseo la obligación de la recolección, barrido y limpieza de vías y áreas públicas, corte de césped en áreas públicas y transporte de los residuos al sitio de disposición final; en las áreas de servicio exclusivo establecidas para cada Concesionario.

La Resolución UESP 114 de 2003, adopta el Reglamento Técnico y Operativo para la concesión del servicio público de aseo en el Distrito Capital y establece, estableciendo los lineamientos y directrices que a nivel operativo debe cumplir el concesionario. No obstante, en la actualidad estos lineamientos no evidencian que la ciudad presente los niveles de limpieza estipulados en dicho Reglamento, por lo que se requiere implementar acciones y medidas de control que cuenten con la anuencia y compromiso de todas las entidades del Distrito cuyas funciones sean afines con el grado de limpieza esperado, siempre frente al indicador de área limpia.

A continuación se relacionan los aspectos que evidencian que la ciudad no se vea limpia:

*Usuarios indisciplinados que no cumplen con las instrucciones que sobre horarios y frecuencias han sido establecidos por los Concesionarios de Aseo.

*Incumplimiento e indisciplina de los generadores de escombros frente a la normatividad establecida en el Decreto 1713 de 2002 y la Resolución UAESP 114 de 2003.

*Proliferación excesiva de vallas publicitarias, pendones, pasacalles y afiches, colocados en áreas públicas, sin autorización previa ni exigencias posteriores para su retiro por parte de la Entidad Competente, lo cual deteriora el paisaje urbano del Distrito Capital.

*La no conservación, recuperación, preservación, mejoramiento del entorno del sistema hídrico de los canales, quebradas y ríos.

*El incumplimiento de la norma establecida para el transporte de escombros.

*El mal uso del mobiliario urbano y de las unidades de almacenamiento temporal de residuos sólidos por parte de los usuarios.

*El mal uso de espacios públicos y de esparcimiento en el manejo de los residuos sólidos por parte de los usuarios.

*El prolongado tiempo de exposición de los residuos verdes, producto de la poda arbórea.

Teniendo en cuenta lo anterior, la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos UAESP ha dado las directrices correspondientes a los concesionarios para la implementación de planes de acción de orden técnico y operativo y de relaciones con la comunidad para que en aquellos sectores que a pesar de ser atendidos en forma ordinaria presentan estados de deterioro e inadecuada presentación de las áreas públicas.