Cargando el Contenido del Documento | |
Por favor espere... |
DECRETO 601 DE 1996 (Septiembre 19) Derogado por el Decreto Distrital 620 de 1998 Por medio del cual se modifica el Decreto 380 de 1996, que fija y compila las fechas y plazos para las distintas etapas de programación y ejecución del Presupuesto General del Distrito. EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTA, DISTRITO CAPITAL en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el Artículo 176 del Decreto Ley 1421 de 1993, Ver el Decreto Distrital 380 de 1996DECRETA: ARTICULO PRIMERO.- El artículo 41 del Decreto 380 de 1996, quedará así: De la aprobación del Presupuesto: A más tardar el 20 de octubre, el CONFIS aprobará mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas. ARTICULO SEGUNDO.- El artículo 42 del Decreto 380 de 1996 quedará así: De la Resolución de Liquidación del Presupuesto: A más tardar el 25 de octubre, mediante resolución de Gerencia las Empresas liquidarán sus Presupuestos. ARTICULO TERCERO.- Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a los diecinueve (19) días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y seis (1996). ANTANAS MOCKUS SIVICKAS Alcalde Mayor HENRY RODRIGUEZ SOSA Secretario de Hacienda (E) NOTA: Publicado en el Registro Distrital 1254 de Septiembre 19 de 1996 |