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Decreto 601 de 1996 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
19/09/1996
Fecha de Entrada en Vigencia:
19/09/1996
Medio de Publicación:
Registro Distrital 1254 de Septiembre 19 de 1996
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Decreto Número 601

DECRETO 601 DE 1996

(Septiembre 19)

Derogado por el Decreto Distrital 620 de 1998

Por medio del cual se modifica el Decreto 380 de 1996, que fija y compila las fechas y plazos para las distintas etapas de programación y ejecución del Presupuesto General del Distrito.

EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTA, DISTRITO CAPITAL

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el Artículo 176 del Decreto Ley 1421 de 1993,

Ver el Decreto Distrital 380 de 1996

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- El artículo 41 del Decreto 380 de 1996, quedará así:

De la aprobación del Presupuesto: A más tardar el 20 de octubre, el CONFIS aprobará mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas.

ARTICULO SEGUNDO.- El artículo 42 del Decreto 380 de 1996 quedará así:

De la Resolución de Liquidación del Presupuesto: A más tardar el 25 de octubre, mediante resolución de Gerencia las Empresas liquidarán sus Presupuestos.

ARTICULO TERCERO.- Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a los diecinueve (19) días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y seis (1996).

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS

Alcalde Mayor

HENRY RODRIGUEZ SOSA

Secretario de Hacienda (E)

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 1254 de Septiembre 19 de 1996