RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 1457 de 2008 Ministerio de la Protección Social

Fecha de Expedición:
29/04/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
06/05/2008
Medio de Publicación:
Diario Oficial 46981 de mayo 06 de 2008
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 01457 DE 2008

(abril 29)

por la cual se deroga la Resolución 01157 de 2008

EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL,

en ejercicio de las facultades legales, en especial de las conferidas por Decreto-ley 205 de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que con fundamento en lo dispuesto por el artículo 59 de la Ley 489 de 1998, el Ministerio de la Protección Social expidió la Resolución 01157 de 2008, modificando el artículo 13 de la Resolución 001016 de 1989;

Que en los términos del artículo 21 del Decreto-ley 1295 de 1994, el empleador está obligado a registrar el Comité Paritario de Salud Ocupacional o el Vigía Ocupacional, ante el Ministerio de la Protección Social,

RESUELVE:

Artículo 1º. Derogar la Resolución 01157 de 2008, mediante la cual se modificó el artículo 13 de la Resolución 001016 de 1989.

Artículo 2º. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 29 de abril de 2008.

El Ministro de la Protección Social,

Diego Palacio Betancourt.

(C. F.)

NOTA: Publicada en el Diario Oficial 46.981 de mayo 06 de 2008.