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Decreto 1408 de 2008 Nivel Nacional

Fecha de Expedición:
30/04/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/04/2008
Medio de Publicación:
Diario Oficial 46976 de abril 30 de 2008
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 1408 DE 2008

(abril 30)

Derogado por el art. 21, Decreto Nacional 700 de 2009

por el cual se modifica parcialmente el Decreto 626 del 29 de febrero de 2008, "por el cual se modifica la remuneración de los servidores públicos docentes y directivos docentes al servicio del Estado en los niveles de preescolar, básica y media que se rigen por el Decreto-ley 2277 de 1979, y se dictan otras disposiciones de carácter salarial para el sector educativo estatal"

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,

DECRETA:

Artículo 1°. Suprímase el parágrafo del artículo del Decreto 626 de 2008.

Artículo 2°. Modifíquese el literal b) del artículo del Decreto 626 de 2008, cuyo texto quedará así:

"b) Para el reconocimiento y pago del porcentaje adicional previsto por la oferta de doble y triple jornada, se requiere que hayan contado previamente a su funcionamiento con la autorización de la correspondiente secretaría de educación de la entidad territorial certificada".

Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica el artículo 5° y el literal b) del artículo 9° del Decreto 626 de 2008 y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 2008.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 30 de abril de 2008.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Oscar Iván Zuluaga Escobar.

La Ministra de Educación Nacional,

Cecilia María Vélez White

.El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Fernando Grillo Rubiano.

NOTA: Publicado en el Diario Oficial 46.976 de abril 30 de 2008.