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Acuerdo Local 3 de 2000 Junta Administradora Local de Usme

Fecha de Expedición:
15/12/2000
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Registro Distrtial 2296 de diciembre 22 de 2000
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO LOCAL 003 DE 2000

(Diciembre 15)

Liquidado por el Decreto Local 24 de 2000

Por medio del cual se expide el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Usme para la vigencia fiscal del año 2001.

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE USME

En ejercicio de las atribuciones legales, conferidas por la Constitución Nacional y de las atribuciones emanadas del Decreto Ley 1421 de 1993 artículo 69 numeral 4°. y artículo 89 y demás normas concordantes, y

CONSIDERANDO

1. Que es función del Alcalde Local presentar a nivel de programas el proyecto de presupuesto para estudio y aprobación de la Junta Administradora Local, previo concepto favorable del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal-CONFIS.

2. Que es función de la Junta Administradora Local de Usme como Corporación distribuir y apropiar las partidas globales que del presupuesto anual del Distrito Capital de Bogotá se asignen a las localidades teniendo en cuenta sus necesidades, de acuerdo con las características sociales de sus habitantes y a realizar la gestión de los asuntos, propios de su territorio con el cumplimiento de normas, como es el previo concepto del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal-CONFIS en la aprobación del presupuesto.

3. Que mediante oficio No. SH-100-2000EE13777 referencia: Transferencia Administración Central Vigencia 2001, radicado en la Alcaldía el 30 de agosto de 2000, bajo el número interno 5135, el Secretario de Hacienda comunicó a la Localidad la transferencia de la Administración Central asignada para inversión al Fondo de Desarrollo Local de Usme para la elaboración del anteproyecto del presupuesto para el año 2001 en la cuantía de SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA PESOS MONEDA CORRIENTE ($7.244.496.640.oo).

4. Que la Localidad cuenta con recursos propios provenientes de la imposición de multas y otros ingresos no tributarios, por los cuales se estima que ingrese para la vigencia del año 2001 la suma de CINCO MILLONES DE PESOS MONEDA CORRIENTE ($5.000.000.oo).

5. Que dicho valor debe utilizarse par financiar proyectos que se encuentren incluidos en el Plan de Desarrollo Local, en busca de la satisfacción de Necesidades Básicas Insatisfechas de la Localidad.

6. Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal-CONFIS, en reunión número 14 de fecha 15 de noviembre de 2000, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 Literal f) del Decreto 714 de 1996, conceptuó favorablemente a nivel de programas el anteproyecto de presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Usme, para la vigencia fiscal del año 2001 por valor de SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MlLLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA PESOS MONEDA CORRIENTE ($7.244.496.640.oo).

7. Que de acuerdo con el concepto del CONFIS, así como lo establecido en el artículo 88 de la Ley 617 de 2000, se ajustó la distribución del presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Usme para la vigencia del 2001.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Fíjense los cómputos del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Usme, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2001 en la cuantía de SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA PESOS MONEDA CORRIENTE ($7.244.496.640.oo), según el siguiente detalle:

MPUTACIÓN

CONCEPTO

VALOR PRESUPUESTAL

2. I

NGRESOS

7.249.496.640.00

2.1.

INGRESOS CORRIENTES

5.000.000.00

2.1.2.

INGRESOS NO TRIBUTARIOS

5.000.000.00

2.1.2.03.

Multas

1.000.000.00

2.1.2.99.05.

Otros Ingresos no Tributarios

4.000.000.00

2.2.

TRANSFERENCIAS

95.000.000.00

2.2.4.

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

7.244.496.640.00

2.2.4.20.

Participación Ingresos Corrientes del Distrito

7.244.496.640.00

2.2.4.20.01.

Secretaría de Hacienda

7.244.496.640.00

TOTAL

 

7.244.496.640.00

ARTÍCULO SEGUNDO.- Fíjense los cómputos del Presupuesto Anual de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Usme, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2001 en la cuantía de SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA PESOS MONEDA CORRIENTE ($7.244.496.640.oo), según el siguiente detalle:

RUBRO CUENTA

TOTAL PRESUPUESTAL

 

3.3.

INVERSIÓN

7.249.496.640

3.3.1.

DIRECTA

7.149.496.640

3.3.1.10.

USME Y SU GENTE GESTIONANDO Y FORJANDO SU FUTURO EN EL PRESENTE

7.149.496.640

3.3.01.10.01.

DESMARGINALIZACIÓN

4.150.253.691

3.3.01.10.01.01.

Ampliación y mejoramiento de la infraestructura vial y de servicios públicos

3.260.253.691

3.3.01.10.01.01.30015.

COFINANCIACIÓN CONSTRUCCIÓN REDES LOCALES DE ACUEDUCTO ZONAS PORTAL DE USME, COMUNA ALFONSO LÓPEZ, COMUNA ANTONIO JOSÉ DE SUCRE Y BARRIOS ALTOS DE LA LOCALIDAD DE USME

1.379.893.051

3.3.01.10.01.01.50804.

COFINANCIACIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN ACUEDUCTOS RURALES

500.000.000

3.3.01.10.01.01.11001.

COFINANCIACIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN DE REDES DE ALCANTARILLADO DE AGUAS SERVIDAS DE LA LOCALIDAD DE USME

300.000.000

3.3.01.10.01.01.60107.

CONSTRUCCIÓN Y TERMINACIÓN DE VÍAS LOCALES PROMOCIÓN DE LA GESTIÓN COMUNITARIA E INSTITUCIONAL A TRAVÉS DE LA COFINANCIACIÓN DEL PROGRAMA OBRAS CON SALDO PEDAGÓGICO

875.360.640

3.3.01.10.01.03.

Ampliación y mejoramiento del espacio público y la infraestructura recreativa y deportiva

797.000.000

3.3.01.10.01.03.60090.

MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA CULTURAL Y COMUNITARIA

630.000.000

3.3.01.10.01.03.60088.

TERMINACIÓN CANCHAS E INFRAESTRUCTURA RECREATIVA Y DEPORTIVA

167.000.000

3.3.01.10.01.05.

Promoción de la gestión comunitaria institucional

93.000.000

3.3.01.10.01.05.10005.

COFINANCIACIÓN APOYO PROYECTOS PRODUCTIVOS Y DE GENERACIÓN DE EMPLEO

93.000.000

3.3.01.10.02.

INTERACCIÓN SOCIAL

550.000.000

3.3.01.10.02.07.

Mejoramiento de la calidad de la educación

300.000.000

3.3.01.10.02.08.

Mejoramiento de la calidad y cobertura en la prestación de los servicios de salud.

100.000.000

3.3.01.10.02.09

Mejoramiento de la calidad y aumento de la cobertura de servicios a grupos vulnerables

150.000.000

3.3.01.10.02.09.60216.

DESARROLLO DE ACCIONES PARA LA ATENCIÓN Y EL APOYO A GRUPOS VULNERABLES (TERCERA EDAD, NIÑOS EN ALTO RIESGO, MUJERES).

150.000.000

3.3.1.10.03.

CIUDAD A ESCALA HUMANA

150.000.000

3.3.1.10.03.13.

Control y mitigación del impacto ambiental

150.000.000

3.3.1.10.03.13.50028.

REFORZAR LA UNIDAD LOCAL DE ASISTENCIA TÉCNICA «ULATA».

150.000.000

3.3.1.10.06.

SEGURIDAD Y CONVIVENCIA

350.000.000

3.3.1.10.06.23.

Promoción de la solidaridad y compromiso para la convivencia ciudadana

100.000.000

3.3.1.10.06.23.60328.

IMPLEMENTACIÓN DE LA SEGUNDA FASE DEL PLAN INTEGRAL ESTRATÉGICOS DE SEGURIDAD «PIES»

100.000.000

3.3.1.10.06.24.

Fomento al buen uso del tiempo libre y el espacio público

200.000.000

3.3.1.10.06.24.60094.

EJECUCIÓN PLAN DE DESARROLLO DEPORTIVO

100.000.000

3.3.1.10.06.24.60095.

EJECUCIÓN PLAN DE DESARROLLO CULTURAL

100.000.000

3.3.1.10.06.25.

Prevención de riesgos y atención de emergencias

50.000.000

3.3.1.10.06.25.60217.

COFINANCIACIÓN PROYECTOS DE MITIGACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL Y LA REDUCCIÓN DE RIESGOS EN LA LOCALIDAD DE USME

50.000.000

3.3.1.10.07.

EFICIENCIA INSTITUCIONAL

1.949.242.949

3.3.1.10.07.26.

Fortalecimiento de la descentralización

1.300.000.000

3.3.1.10.07.26.60102.

CANCELACIÓN HONORARIOS Y SEGUROS DE VIDA EDILES

500.000.000

3.3.1.10.07.26.60106.

MANTENIMIENTO Y OPERACIÓN PARQUE AUTOMOTOR ADMINISTRACIÓN LOCAL

800.000.000

3.3.1.10.07.27.

Modernización y fortalecimiento de la gestión pública

549.242.949

3.3.1.10.07.27.60105.

FORTALECIMIENTO DE LAS ÁREAS DE GESTIÓN LOCAL

396.242.949

3.3.1.10.07.27.60220.

DOTACIÓN ADMINISTRACIÓN LOCAL

53.000.000

3.3.1.10.07.27.60302.

FORTALECIMIENTO DE LAS RELACIONES ENTRE EL GOBERNANTE, LAS INSTITUCIONES Y LA COMUNIDAD

100.000.000

3.3.1.10.07.29.

Participación Ciudadana

100.000.000

3.3.1.10.07.29.60108.

FORTALECIMIENTO A LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y COMUNITARIA

100.000.000

3.3.4.

PASIVOS EXIGIBLES

100.000.000

ARTÍCULO TERCERO.- La Junta Administradora Local a iniciativa del Alcalde sesionará en el primer bimestre del año 2001 con el propósito de estructurar un plan de armonización presupuestal para concertar con la administración y la comunidad, en concordancia con el nuevo programa del Gobierno Distrital el cual contiene prioridades que son de obligatorio cumplimiento.

ARTÍCULO CUARTO.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su sanción y publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los quince (15) días del mes de diciembre del año dos mil (2000).

LUIS ALFONSO VELANDIA PALOMARES

Presidente JAL de Usme

LUZ STELLA CANO SUÁREZ

Secretaria JAL de Usme

SANCIONA

NELSON CRUZ DUARTE

Alcalde Local de Usme

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 2296 de diciembre 22 de 2000.