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Decreto Local 001 de 2001 Alcaldía Local de Sumapaz

Fecha de Expedición:
09/02/2001
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/02/2001
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 2329 del 13 de febrero de 2001.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Decreto Local Número 001

DECRETO LOCAL 001 DE 2001

(Febrero 9)

Por medio del cual se conforma el Consejo de Planeación Local de la localidad 20 de Sumapaz

EL ALCALDE LOCAL DE SUMAPAZ,

en ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias y en especial las conferidas por el decreto 1421 de 1.993 y artículo 5 del acuerdo 13 de 2000 emanado del Concejo de Bogotá y,

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política en su artículo segundo establece como uno de los fines del Estado facilitar la participación de todos en las decisiones que los afecten y en la vida económica, política, administrativa y cultural.

Que el artículo 318 de la Constitución asegura la participación ciudadana en el manejo de asuntos públicos de carácter local.

Que la ley 152 de 1.994 ley orgánica del plan de desarrollo consagra la participación ciudadana durante el proceso de discusión de los planes de desarrollo.

Que el Decreto Distrital 1421 de 1.993 promueve la organización de los habitantes y comunidades que sirven de mecanismo de representación de las distintas instancias de participación, concertación y vigilancia de la gestión Distrital y en cumplimiento del acuerdo 13 de 2.000 emanado del Concejo de Bogotá

Que con base en el acuerdo antes citado se realizó todo el procedimiento correspondiente para la conformación e integración del Consejo Local de Planeación.

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- El Consejo Local de Planeación de la Localidad 20 de Sumapaz quedará conformado e integrado de la siguiente manera:

SECTOR

DELEGADO

ASOCIACIÓN DE JUNTAS DE ACCION COMUNAL - ASOJUNTAS

ALFREDO DIAZ

ASOCIACIONES DE PADRES DE FAMILIA

IVAN ORTIZ

ORGANIZACIONES JUVENILES

FILIBERTO BAQUERO

RECTORES DE ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS

LUIS ALFONSO RIVERA

ORGANIZACIONES DE COMERCIANTES

GERMAN MORALES REY

GERENTES DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD PUBLICA- EPS HOSPITAL DE NAZARETH

GILBERTO RODRÍGUEZ DAZA

ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES

MILENY HILARION RIOS

ORGANIZACIONES AMBIENTALES- ASOCIACION CAMPESINA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DEL SUMAPAZ

MANUELVICENTE DELGADO

ASOCIACIONES DE PADRES DE FAMILIA

IVAN ORTIZ

ORGANIZACIONES JUVENILES

FILIBERTO BAQUERO

ORGANIZACIONES CAMPESINAS- SINDICATO AGRÍCOLA DE TRABAJADORES DE SAN JUAN DE SUMAPAZ

LUIS GERARDO GONZALEZ

ARTÍCULO SEGUNDO.- Procédase a la instalación correspondiente

ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Expedido en la Alcaldía Local de Sumapaz a los nueve (9) días del mes de febrero del año 2001.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

LUIS HERNANDO BEJARANO

Alcalde Local de Sumapaz

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 2329 de febrero 13 de 2001