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Acuerdo Local 15 de 2004 Junta Administradora Local de Puente Aranda

Fecha de Expedición:
15/12/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/01/2005
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3247 de diciembre 27 de 2004
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO LOCAL 015 DE 2004

(Diciembre 15)

Liquidado por el Decreto Local 22 de 2004

Por el cual se aprueba el presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º. de Enero y el 31 de Diciembre del año 2005.

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE PUENTE ARANDA

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia artículo 324 y las atribuciones emanadas del Decreto Ley 1421 de 1993 artículo 69 numeral 4º y artículo 89, en concordancia con la Ley 152 del Plan de Desarrollo, Ley 179 de Presupuesto Decretos Distritales 714 1139 y demás Decretos Reglamentarios.

CONSIDERANDO:

Que es función de la Junta Administradora Local distribuir y apropiar las partidas globales que en el Presupuesto Anual del Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá se asigna a las localidades, teniendo en cuenta las Necesidades Básicas Insatisfechas.

Que mediante comunicación enviada por la Secretaria de Hacienda mediante oficio 2-2004-24950 de Noviembre 04, comunico los índices para asignación de recursos de los fondos de desarrollo local e informó que la Transferencia para la localidad en la vigencia 2005 es de $11.387.203.524.00

Que la localidad cuenta con recursos propios provenientes de la imposición de multas rentas contractuales y otros ingresos no tributarios por un valor que se estima para el 2004 en $84.080.000.00.

Que de la vigencia anterior quedaron recursos sin transferir por valor de $10.715.201.268.00 quedando un total de $22.166.484.792.00 como inversión.

Que el valor a ejecutar como inversión directa en la vigencia 2005 es de $11.451.283.524.00.

Que el valor total del presupuesto incluyendo obligaciones por pagar asciende a $22.166.484.792.00

Que dicho valor debe utilizarse para financiar proyectos concordantes con el Plan de Desarrollo Local con el fin de mejorar el nivel de vida de la población.

Que en merito de lo anteriormente expuesto

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO: Fíjense los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos para la vigencia fiscal del 1º de Enero al 31 de Diciembre de 2005 en la cantidad de VEINTI DOS MIL CIENTO SESENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS MCTE ($22.166.484.792.oo) de acuerdo al siguiente detalle:

CÓDIGO

NOMBRE

VALORES

1

DISPONIBILIDAD INICIAL

0.00

2

INGRESOS

22.166.484.792,00

2 1

INGRESOS CORRIENTES

22.166.484.792,00

2 1 2

NO TRIBUTARIOS

54.080.000,00

2 1 2 03

Multas

20.000.000,00

2 1 2 04

Rentas Contractuales

19.080.000,00

2 1 2 04 02

Arrendamientos

19.080.000,00

2 1 2 99

Otros Ingresos No Tributarios

15.000.000,00

CÓDIGO

NOMBRE

PRESUPUESTO

2 2

TRANSFERENCIAS

22.102.404.792,00

2 2 4

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

22.102.404.792,00

2 4 05

Participación Ingresos Corrientes del Distrito

22.102.404.792,00

2 4 05 01

Vigencia

11.387.203.524,00

2 4 05 02

Vigencia Anterior

10.715.201.268,00

2 4

RECURSOS DE CAPITAL

10.000.000,00

2 4 1

Recursos del Balance

10.000.000,00

2 4 1 03

Venta de Activos Fijos

10.000.000,00

2 4 3

Rendimientos por operaciones financieras

0,00

2 4 3 02

Otros Rendimientos por Operaciones Financieras

 

2 4 5

Excedentes Financieros

0,00

2 4 9

Otros recursos de capital

0,00

ARTÍCULO SEGUNDO: Fíjense los cómputos del Presupuesto de Gastos e Inversión para la vigencia fiscal del 1º de Enero al 31 de Diciembre de 2005 en la cantidad de VEINTI DOS MIL CIENTO SESENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS MCTE ($22.166.484.792.oo) de acuerdo al siguiente detalle:

3

GASTOS

22.166.484.792,00

3 3

INVERSIÓN

22.166.484.792,00

3 3 1

DIRECTA

11.451.283.524,00

3 3 1 12

BOGOTÁ Sin indiferencia, Un compromiso Social contra la Pobreza y la Exclusión

11.451.283.524,00

3 3 1 12 01

EJE SOCIAL

4.590.000.000.00

3 3 1 12 01 01

Bogotá sin hambre

760.000.000,00

3 3 1 12 01 02

Más y mejor educación para todos y todas

950.000.000.00

3 3 1 12 01 03

Salud para la vida digna

1.050.000.000.00

3 3 1 12 01 04

Restablecimiento de derechos e inclusión social

980.000.000.00

3 3 1 12 01 09

Cultura par la inclusión social

400.000.000.00

3 3 1 12 01 10

Recreación y deporte para todos y todas

450.000.000,00

3 3 1 12 02

EJE URBANO REGIONAL

4.111.026.819.20

3 3 1 12 02 11

Hábitat desde los barrios y las unidades de planeación zonal - UPZ

3.051.026.819.20

3 3 1 15 02 13

Sostenibilidad urbano-rural

300.000.000.00

3 1 1 12 02 15

Bogotá productiva

760.000.000.00

3 3 1 12 03

EJE DE RECONCILIACIÓN

415.256.704.80

3 3 1 12 03 20

Atención integral de violencia, delincuencia y orden público

239.169.396.00

3 3 1 12 03 22

Bogotá, menos vulnerable ante eventos críticos.

100.000.000.00

3 3 1 12 03 24

Participación para la decisión

76.087.308.80

3 3 1 12 03 27

Obras con Participación Ciudadana

850.000.000.00

3 3 1 12 04

OBJETIVO GETION PUBICA Y HUMANA

1.485.000.000.00

3 3 1 12 04 30

Administración moderna y humana

760.000.000,00

3 3 1 12 04 31

Localidades modernas y eficaces

444.000.000.00

3 3 1 12 04 35

Sistema Distrtital de Información

100.000.000,00

3 3 1 12 04 36

Comunicación para la solidaridad

80.000.000,00

3 3 1 12 04 37

Bogotá transparente y efectiva

101.803.784,80

3 3 6

OBLIGACIONES POR PAGAR

10.715.201.268,00

3 3 6 01

Reservas Presupuéstales

9.965.201.268.00

3 3 6 03

Pasivos Exigibles

750.000.000.00

4

DISPONIBILIDAD FINAL

0.00

ARTÍCULO TERCERO: El presente Acuerdo Local rige a partir del 01 de Enero de 2005

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Santa Fe de Bogotá D.C., a los 15 días del mes de diciembre de dos mil cuatro (2004)

LUIS FERNANDO BETANCOURTH

Presidente JAL

CESAR CARDENAS

SECRETARIO

El Alcalde Local sanciona el presente Acuerdo a los 23 días del mes de diciembre en Bogota.

EDGAR ALFONSO BALLEN ALDANA

Alcalde Local

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3247 de Diciembre 27 de 2004