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DECRETO LOCAL 011 DE 2004
DECRETO LOCAL 011 DE 2004
(Diciembre 13)
Por el cual se liquida el Presupuesto General de Ingresos, Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz para la vigencia fiscal del primero (1) de enero al treinta y uno (31) de diciembre del dos mil cinco (2.005).
EL ALCALDE LOCAL DE SUMAPAZ
En ejercicio de las atribuciones constitucionales emanadas del articulo 324 de la Constitución Nacional y legales en especial las conferidas en el decreto ley 1421 de julio de 1.993 artículos 69 y 89, ley 617 del 2.000, en concordancia con la ley 152 plan de desarrollo, ley 179 de presupuesto, decretos reglamentarios 360 y 714 de 1.996 y decreto 1139 del 2.000.
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el artículo 21 del decreto 1139 del 2.000, le corresponde al Alcalde Local de Sumapaz, expedir el decreto de liquidación del presupuesto el cual tendrá el detalle de gastos para el año fiscal respectivo hasta nivel de proyecto.
Que según oficio emanado de la Secretaria de Hacienda No 2004EE115544 de noviembre 4 del 2.004 certifico la cuota preliminar de transferencia de gastos para inversión de la localidad para la vigencia fiscal del 2.005 en DOCE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS ($12.595.898.735.00) MTE.
Que según lo proyectado como ingresos por recurso de vigencia anterior seria la suma de ONCE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS DOS PESOS ($11.350.848.802.00) MTE.
Que según lo proyectado por ingresos propios y lo certificado por la Secretaria de Hacienda como ingresos de la vigencia y reconocimientos de vigencias anteriores el estimativo del presupuesto asciende a la suma de VEINTITRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS MILLONES CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS CON 00/100 ($23.952.047.537.00) MTE.
Que el Alcalde Local, mediante decreto No del de diciembre, expidió el presupuesto General de Ingresos, Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo local para la vigencia fiscal del primero (1) de enero al treinta y uno (31) de diciembre del dos mil cinco (2.005) por la suma de VEINTITRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS MILLONES CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS CON 00/100 ($23.952.047.537.00) MTE.
En virtud de lo anterior.
DECRETA
ARTICULO PRIMERO.- Liquídese como Presupuesto General de Ingresos, Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal del primero (1) de enero al treinta y uno (31) de diciembre del dos mil cinco (2.005) el presentado por la Alcaldía Local a la Junta Administradora Local de Sumapaz por la cuantía de VEINTITRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS MILLONES CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS CON 00/100 ($23.952.047.537.00) MTE. De conformidad con el siguiente detalle.
1 |
DISPONIBILIDAD INICIAL |
0.00 |
2 |
INGRESOS |
23.952.047.537.00 |
2.1 |
INGRESOS CORRIENTES |
5.300.000.00 |
2.1.2 |
NO TRIBUTARIOS |
5.300.000.00 |
2.1.2.99 |
Otros Ingresos No Tributarios |
5.300.000,00 |
2.2 |
TRANSFERENCIAS |
23.946.747.537.00 |
2.2.4 |
ADMINISTRACION CENTRAL |
23.946.747.537.00 |
2.2.4.05 |
Partic. Ingresos Corrientes del Distrito |
23.946.747.537.00 |
2.2.4.05.01 |
Vigencia |
12.595.898.735.00 |
2.2.4.05.02 |
Vigencia Anterior |
11.350.848.802.00 |
|
TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL |
23.952.047.537.00 |
ARTICULO SEGUNDO.- Aprópiese como presupuesto General de Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal del primero (1) de enero al treinta y uno (31) de diciembre del dos mil cinco (2.005) del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz, el presentado por la Alcaldía Local de Sumapaz a la Junta Administradora Local en la cuantía de VEINTITRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS MILLONES CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS CON 00/100 ($23.952.047.537.00) MTE. De conformidad con el siguiente detalle.
3 |
GASTOS |
23.952.047.537.00 |
3,3 |
INVERSION |
12.601.198.535.00 |
3.3.1 |
DIRECTA |
12.601.198.535.00 |
3.3.1.12 |
SUMAPAZ Sin indiferencia, Un compromiso Social contra la Pobreza y la Exclusión |
12.601.198.535.00 |
3.3.1.12.01 |
EJE SOCIAL |
3.662.000.000,00 |
3.3.1.12.01.01 |
Bogota sin hambre |
581.000.000,00 |
3.3.1.12.01.01.0101 |
Fortalecimiento del programa alimentario y nutricional para niñez, juventud, adulto mayor y madres cabeza de familia en condiciones de vulnerabilidad. |
581.000.000,00 |
3.3.1.12.01.02 |
Mas y mejor educación para todos y todas |
616.000.000,00 |
3.3.1.12.01.02.0102 |
Promoción del acceso a la educación y procesos pedagógicos para el mejoramiento de la calidad educativa. |
180.000.000,00 |
3.3.1.12.01.02.0103 |
Mejoramiento, adecuación y dotación de infraestructura escolar en la localidad |
436.000.000,00 |
3.3.1.12.01.03 |
Salud para la vida Digna |
1.080.000.000,00 |
3.3.1.12.01.03.0104 |
Construcción, mantenimiento y dotación de infraestructura hospitalaria y de acueductos y alcantarillados veredales para mejorar las condiciones de salubridad en la población del Sumapaz. |
640.000.000,00 |
3.3.1.12.01.03.0105 |
Promoción de ambientes saludables a escolares, familias campesinas y trabajadores agrícolas |
220.000.000,00 |
3.3.1.12.01.03.0106 |
Atención integral a población en condiciones de vulnerabilidad social con énfasis en adulto mayor, discapacitados y buen trato familiar. |
220.000.000,00 |
3.3.1.12.01.08 |
Escuela ciudad y ciudad escuela: La ciudad como escenario de formación y aprendizaje |
110.000.000,00 |
3.3.1.12.01.08.0107 |
Realización de eventos fuera del aula escolar para fortalecer los procesos pedagógicos. |
110.000.000,00 |
3.3.1.12.01.09 |
Cultura para la inclusión social |
515.000.000,00 |
3.3.1.12.01.09.0108 |
Conformación, consolidación y operación del sistema cultural con identidad local. |
515.000.000,00 |
3.3.1.12.01.10 |
Recreación y deporte para todos y todas |
760.000.000,00 |
3.3.1.12.01.07.0109 |
Fomento y realización de actividades recreativas y deportivas para la integración de la población sumapaceña. |
200.000.000,00 |
3.3.1.12.01.07.0110 |
Construcción, adecuación, mantenimiento y dotación de la infraestructura recreativa y deportiva, activa y pasiva. |
560.000.000,00 |
3.3.1.12.02 |
EJE URBANO REGIONAL |
5.689.958.988,00 |
3.3.1.12.02.11 |
Hábitat desde los barrios y las unidades de planeación zonal – UPZ |
4.584.958.988,00 |
3.3.1.12.02.11.0111 |
Construcción, mantenimiento y adecuación de vías y caminos veredales. |
3.474.958.988,00 |
3.3.1.12.02.11.0003 |
Adecuación, mantenimiento, remodelación y dotación de los salones comunales de la localidad. |
480.000.000,00 |
3.3.1.12.02.11.0112 |
Fortalecimiento y equipamiento de los servicios básicos y comunitarios. |
605.000.000,00 |
3.3.1.12.02.11.0113 |
Desarrollo de acciones para el mejoramiento de vivienda y el hábitat rural. |
25.000.000,00 |
3.3.1.12.02.13 |
Sostenibilidad urbana – rural |
855.000.000,00 |
3.3.1.12.02.13.0114 |
Estudios de factibilidad y construcción de medios alternativos de transporte en terrenos de alta pendiente |
255.000.000,00 |
3.3.1.12.02.13.0115 |
Asistencia técnica agropecuaria y gestión rural ambiental |
600.000.000,00 |
3.3.1.12.02.15 |
Bogota productiva |
250.000.000,00 |
3.3.1.12.02.15.0116 |
Fortalecimiento al apoyo en la creación de empresas asociativas y de comercialización en la localidad, creación de las agrored y plataformas para la seguridad alimentaria |
250.000.000,00 |
3.3.1.12.03 |
EJE DE RECONCILIACION |
297.000.000,00 |
3.3.1.12.03.17 |
Derechos humanos para todos y todas |
76.000.000,00 |
3.3.1.12.03.17.0001 |
Campaña y capacitación en convivencia ciudadana y cumplimiento de normas con agrado |
76.000.000,00 |
3.3.1.12.03.24 |
Participación para la decisión |
221.000.000,00 |
3.3.1.12.03.24.0117 |
Cualificación de los procesos de interacción social entre las organizaciones sociales de la Localidad |
221.000.000,00 |
3.3.1.12.04 |
OBJETIVO GESTION PUBLICA HUMANA |
2.952.239.747,00 |
3.3.1.12.04.30 |
Administración moderna y humana |
1.975.000.000,00 |
3.3.1.12.04.30.0041 |
Adquisición, reposición, operación y mantenimiento del parque automotor |
1.450.000.000,00 |
3.3.1.12.04.30.0032 |
Fortalecimiento, apoyo y mejoramiento a la capacidad operativa de la administración local y el centro de servicios de Santa Rosa. |
525.000.000,00 |
3.3.1.12.04.31 |
Localidades modernas y eficaces |
826.000.000,00 |
3.3.1.12.04.30.0034 |
Reconocimiento de honorarios y seguros de los ediles |
285.000.000,00 |
3.3.1.12.04.31.0118 |
Adquisición, titulación y saneamiento predial |
90.000.000,00 |
3.3.1.12.04.31.0119 |
Cofinanciacion para la construcción de la sede administrativa local |
451.000.000,00 |
3.3.1.12.04.32 |
Sistema distrital de servicio a la ciudadanía |
151.239.747,00 |
3.3.1.12.04.32.0120 |
Fortalecimiento de la interacción y participación de la comunidad |
151.239.747,00 |
3.3.6 |
OBLIGACIONES POR PAGAR |
11.350.848.802.00 |
3.3.6.01 |
Reservas Presupuestales |
8.780.074.564.00 |
3.3.6.03 |
Pasivos exigibles |
2.570.774.238.00 |
4 |
DISPONIBILIDAD FINAL |
0.00 |
|
TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL |
23.952.047.537.00 |
ARTICULO TERCERO.- El presente Decreto Local rige a partir de su sanción y publicación y sus efectos fiscales surten a partir del primero (1) de enero del 2.005.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los trece (13) días del mes de diciembre de 2004.
MARIO UPEGUI HURTADO
Alcalde Local de Sumapaz
NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3240 de Diciembre 16 de 2004
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