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Decreto Local 4 de 2005 Alcaldía Local de Usme

Fecha de Expedición:
15/12/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/01/2006
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3454 de diciembre 16 de 2005
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 004 DE 2005

(Diciembre 15)

Por el cual se liquida el presupuesto de rentas e ingresos y gastos de inversión para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero al 31 de diciembre del año 2.006 según Acuerdo Local Número 005 del 2005.

LA ALCALDESA LOCAL DE USME

En uso de sus atribuciones legales y,

CONSIDERANDO :

Que la Junta Administradora Local, mediante Acuerdo Local número 005/2005 expide el presupuesto de Rentas e ingresos y de Gastos e inversión de la localidad de USME para la vigencia fiscal del 1 de Enero al 31 de diciembre del año 2.006.

Que mediante oficio 2005EE240722 del 05 de octubre 2005 la Secretaría de Hacienda Distrital comunicó a la Alcaldía Local la cuota preliminar de transferencia de la Administración Central para el anteproyecto de Presupuesto 2006 por un valor de $14.335.980.579 incluida la sobretasa de gasolina por un valor de $1.400.974.915; el reaforo del 2004 por valor de $998.178.792 incluida la sobretasa de gasolina por un valor de $131.684.891 y el reaforo del 2005 por valor de $377.141.571 incluida la sobretasa de gasolina por un valor de $35.885.603 para un total de transferencia de $15.711.300.942.

Que la oficina de presupuesto del Fondo de Desarrollo Local proyectó la disponibilidad inicial en un valor $12.115.721.607 y los ingresos propios del Fondo de Desarrollo Local para la vigencia 2.006 en $26.200.000 y unas rentas por venta de activos por un valor de $25.000.000.

Que debido a que existen obligaciones por pagar se presupuesta un valor de $12.115.721.607.

Que según circular N. 26 de 2005 emitido por el doctor Héctor Zambrano Rodríguez Secretaria de Hacienda (E) en el numeral 1 inciso 4 se debe incluir el estimativo de los excedentes financieros a 31 de diciembre del 2005 que arrojan un valor de $958.216.778.82 los cuales se distribuirán de acuerdo a la comunicación del CONFIS No. 2-2005-30009 del 29 de Noviembre del 2005 $480.000.000 para financiar inversiones estratégicas de la administración Distrital para vendedores ambulantes y $478.216.778.82 para financiar las inversiones orientadas a fortalecer la seguridad de la localidad.

Que la oficina de presupuesto calculó los excedentes financieros teniendo en cuenta el promedio de ejecución de las tres ultimas vigencias para establecer un 4.44% de inversión no ejecutada en el 2005 por valor de $641.773.673.51 más el valor de saldos por liberación de contratos de vigencias anteriores por valor de $316.443.105.31 para un total de excedentes financieros de $958.216.778.82.

Que mediante oficio 2-2005-30009 el CONFIS comunica a la Alcaldía Local que en reunión N. 15 del 26 de noviembre de 2005, ha emitido concepto favorable al Anteproyecto de Presupuesto por un valor de $28.836.439.327.82.

Que dicho valor debe utilizar para financiar proyectos concordantes con el plan de desarrollo local con el fin de mejorar el nivel de vida de la población.

En mérito de lo anteriormente expuesto y con base en las facultades que le otorga la ley,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO. Fíjense los cómputos del presupuesto de Rentas e Ingresos para la vigencia Fiscal del 1 de Enero al 31 de diciembre de 2006 en la cantidad de VEINTE Y OCHO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS VEINTE Y SIETE PESOS CON OCHENTA Y DOS CENTAVOS MONEDA LEGAL ($28.836.439.327.82) de acuerdo al siguiente detalle:

ARTICULO SEGUNDO. Fíjense los cómputos del presupuesto de Gastos e Inversión para la vigencia Fiscal del 1 de Enero al 31 de diciembre de 2006 en la cantidad de VEINTE Y OCHO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS VEINTE Y SIETE PESOS CON OCHENTA Y DOS CENTAVOS MONEDA LEGAL ($28.836.439.327.82) de acuerdo al siguiente detalle:

ARTICULO TERCERO: El presente Decreto rige a partir del 1ro de Enero del año 2.006

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE.

Dado en Bogotá, a los quince (15) días del mes de diciembre de dos mil cinco (2.005)

FLOR ÁNGELA COBOS HERNÁNDEZ

Alcaldesa Local de Usme

NOTA. Publicado en el Registro Distrital 3454 de Diciembre 16 de 2005

Los detalles referidos pueden ser consultados haciendo clic aquí