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DECRETO LOCAL 015 DE 2007
(Diciembre 20)
Por medio del cual se liquida el Acuerdo Local 8 de 2007, por el cual se aprueba el Presupuesto de la Localidad de Chapinero para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2008.
LA ALCALDESA LOCAL DE CHAPINERO
En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto 1139 de 2000, y
CONSIDERANDO:
1. Que mediante Acuerdo Local No 003 del 5 de Septiembre de 2004 se adoptó el Plan de Desarrollo Económico y Social y de Obras Públicas para la localidad de CHAPINERO 2005 - 2008 "BOGOTA SIN INDIFERENCIA: Equidad: una realidad con participación social".
2. Que con oficio No. 2007EE238900 de fecha 4 de Octubre de 2007, el Secretario de Hacienda certificó el monto de la cuota preliminar - Transferencia de la Administración Central asignada para inversión al Fondo de Desarrollo Local en la suma de $ 7.589.625.876, para la vigencia 2008.
3. Que para la proyección de ingresos se tuvo en cuenta el comportamiento del recaudo en los rubros de multas y otros ingresos tributarios en los tres últimos años.
4. Que mediante oficio radicado con el No. 13455 de fecha 28 de Noviembre de 2007, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, en su reunión No. 15 del 26 de Noviembre de 2007 emitió concepto favorable al Anteproyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal del año 2008, por la suma de $15.852.823.002,85.
5. Que mediante oficio No. 920 de Diciembre 1 de 2007, radicado con el No. 597 de Diciembre 1 de 2007, la Alcaldesa Local de Chapinero radicó en la Junta Administradora Local de Chapinero el Proyecto de Acuerdo correspondiente al Anteproyecto de Presupuesto para la vigencia fiscal 2008, para su estudio y aprobación.
6. Que mediante oficio No. 087 de Diciembre 20 de 2007, radicado con el No. 14387 de Diciembre 20 de 2007, la Junta Administradora Local de Chapinero radicó en esta Corporación el Acuerdo Local 8 de 2007 de diciembre 15 de 2007, mediante el cual aprueba y expide el Presupuesto para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2008.
En mérito de lo expuesto, la Alcaldesa Local de Chapinero
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión de la Localidad de Chapinero para la vigencia fiscal del periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del 2008, en la suma de Quince Mil Ochocientos Cincuenta y Dos Millones Ochocientos Veintitrés Mil Dos Pesos con 85/100 ($15.852.823.002,85), como se detalla a continuación:
CODIGO |
CONCEPTO |
VALOR |
1 |
DISPONIBILIDAD INICIAL |
8.181.197.126,85 |
2 |
INGRESOS |
7.671.625.876,00 |
2.1 |
INGRESOS CORRIENTES |
70.000.000,00 |
2.1.2 |
NO TRIBUTARIOS |
70.000.000,00 |
2.1.2.03 |
Multas |
65.000.000,00 |
2.1.2.99 |
Otros Ingresos no tributarios |
5.000.000,00 |
2.2 |
TRANSFERENCIAS |
7.589.625.876,00 |
2.2.4 |
ADMINISTRACION CENTRAL |
7.589.625.876,00 |
2.2.4.05 |
Participación Ingresos Corrientes del Distrito |
7.589.625.876,00 |
2.2.4.05.01 |
Vigencia |
7.589.625.876,00 |
2.4 |
RECURSOS DE CAPITAL |
12.000.000,00 |
2.4.1 |
RECURSOS DE BALANCE |
12.000.000,00 |
2.4.1.03 |
Venta de activos fijos |
12.000.000,00 |
|
TOTAL INGRESOS MAS DISPONIBILIDAD INICIAL |
15.852.823.002,85 |
3 |
GASTOS |
15.852.823.002,85 |
3.3 |
INVERSION |
15.852.823.002,85 |
3.3.1. |
DIRECTA |
7.671.625.876,00 |
3.3.1.12 |
BOGOTA Sin Indiferencia, un compromiso social contra la pobreza y la exclusión. |
7.671.625.876,00 |
3.3.1.12.01 |
EJE SOCIAL |
2.947.852.400,00 |
3.3.1.12.01.01 |
Bogotá sin hambre |
1.501.910.000,00 |
3.3.1.12.01.01.0462 |
Apoyo y fortalecimiento a los programas de nutrición y alimentación en la Localidad. |
1.501.910.000,00 |
3.3.1.12.01.02 |
Más y mejor educación para todos y todas |
200.000.000,00 |
3.3.1.12.01.02.0441 |
Adecuación, ampliación, dotación y mejoramiento de los Centros de Educación Distrital de la Localidad. |
200.000.000,00 |
3.3.1.12.01.03 |
Salud para la vida digna |
93.700.000,00 |
3.3.1.12.01.03.0440 |
Apoyar acciones integrales en salud para mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de la Localidad. |
93.700.000,00 |
3.3.1.12.01.04 |
Restablecimiento de derechos e inclusión social |
352.000.000,00 |
3.3.1.12.01.04.0458 |
Realizar programas de atención a la población vulnerable de la Localidad |
352.000.000,00 |
3.3.1.12.01.05 |
Cero tolerancia con el maltrato, la mendicidad y la explotación infantil |
80.000.000,00 |
3.3.1.12.01.05.0349 |
Prevención del intento de maltrato y abuso sexual de niños y niñas, adolescentes y población en general |
80.000.000,00 |
3.3.1.12.01.06 |
Bogotá con igualdad de oportunidades para las mujeres |
105.442.400,00 |
3.3.1.12.01.06.607 |
Formación para la generación de ingresos a mujeres de la Localidad de Chapinero |
105.442.400.00 |
3.3.1.12.01.08 |
Escuela Ciudad y Ciudad Escuela: La ciudad como escenario de formación y aprendizaje |
154.000.000,00 |
3.3.1.12.01.08.0813 |
Apoyar programas y acciones orientadas a generar una cultura racional, productiva y sana de aprovechamiento |
62.0000.000.00 |
3.3.1.12.01.09 |
Cultura para la inclusión social |
275.800.000,00 |
3.3.1.12.01.09.0724 |
Implementar políticas, programas y acciones culturales en la localidad |
245.800.000.00 |
3.3.1.12.01.09.0801 |
Celebraciones tradicionales de Chapinero |
30.000.000.00 |
3.3.1.12.01.10 |
Recreación y deporte para todos y todas |
185.000.000,00 |
3.3.1.12.01.10.0725 |
Desarrollar actividades recreativas y deportivas en la Localidad |
185.000.000.00 |
3.3.1.12.02 |
EJE URBANO REGIONAL |
2.802.900.000,00 |
3.3.1.12.02.11 |
Hábitat desde los barrios y las UPZ |
2.531.200.000,00 |
3.3.1.12.01.11.0375 |
Diseño, construcción, renovación, mantenimiento, adecuación de accesos barriales y malla secundaria en los barrios de la Localidad |
1.811.200.000.00 |
3.3.1.12.01.11.0727 |
Estudios, diseños y mantenimiento de parques y escenarios locales |
720.000.000.00 |
3.3.1.12.02.13 |
Sostenibilidad urbano-rural |
271.700.000,00 |
3.3.1.12.01.13.0442 |
Apoyar acciones para mejorar la calidad del medio ambiente de la Localidad |
243.700.000.00 |
3.3.1.12.01.13.0795 |
Control integral del arbolado urbano |
28.000.000.00 |
3.3.1.12.03 |
EJE DE RECONCILIACION |
576.240.000,00 |
3.3.1.12.03.16 |
Gestión pacífica de conflictos |
226.240.000,00 |
3.3.1.12.03.16.0750 |
Apoyar acciones para la promoción de la no violencia y resolución pacífica de conflictos |
226.240.000.00 |
3.3.1.12.03.20 |
Atención integral de violencia, delincuencia y órden público |
350.000.000,00 |
3.3.1.12.03.20.0745 |
Apoyar acciones para mejorar la seguridad en la entidad |
350.000.000.00 |
3.3.1.12.04 |
OBJETIVO GESTIÓN PÚBLICA HUMANA |
1.344.633.476,00 |
3.3.1.12.04.30 |
Administración moderna y humana |
1.233.233.476,00 |
3.3.1.12.04.30.0306 |
Reconocimiento de honorarios y seguros de ediles |
357.117.569.00 |
3.3.1.12.04.30.0461 |
Fortalecimiento a la capacidad operativa de la Administración Local |
484.900.000.00 |
3.3.1.12.04.30.0513 |
Adquisición, reposición, operación y mantenimiento del parque automotor |
199.265.907.00 |
3.3.1.12.04.30.0516 |
Apoyo, mejoramiento y fortalecimiento a la descentralización de la gestión local |
191.950.000.00 |
3.3.1.12.04.31 |
Localidades modernas y eficaces |
111.400.000,00 |
3.3.1.12.04.31.0514 |
Fortalecimiento de la interacción y participación de la comunidad |
34.000.000.00 |
3.3.1.12.04.31.0515 |
Sistemas de información y comunicación |
77.400.000.000 |
3.3.6 |
OBLIGACIONES POR PAGAR |
8.181.197.126,85 |
ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente Decreto Local rige desde de la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del 1o. de enero de 2008.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
ANGÉLICA LOZANO CORREA
Alcaldesa Local de Chapinero
NOTA. Publicado en el Registro Distrital 3901 de Diciembre 27 de 2007
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