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Proyecto de Acuerdo 600 de 2008 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
10/09/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Bogotá D

Bogotá D.C., Septiembre 10 de 2008

Doctora

MARTHA LUCIA CIPAGAUTA CORREA

Secretaria General

Concejo de Bogotá D.C.

Ciudad

REFERENCIA:

Proyecto de Acuerdo N°. 600 de 2008

Señora Secretaria,

En ejercicio de las facultades de iniciativa normativa otorgadas por el Decreto Ley 1421 de 1993, cordialmente presento a usted el Proyecto de Acuerdo No. De 2008, "POR MEDIO DEL CUAL SE DECLARA COMO ACTIVIDAD DE INTERES CULTURAL LA CAMINATA DE LA SOLIDARIDAD Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES".

Sin otro particular y agradeciendo el trámite que la mesa directiva de la Comisión se sirva dar a la presente iniciativa.

Cordialmente,

GERMAN A. GARCÍA ZACIPA

CONCEJAL DE BOGOTÁ

BANCADA LIBERAL

1. OBJETO DEL PROYECTO DE ACUERDO

La presente iniciativa tiene como objetivo principal, el reconocimiento de la caminata de la solidaridad, cuya versión número 30 se cumplió este año, como parte del patrimonio cultural inmaterial de la ciudad.

2. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La fundación Solidaridad por Colombia nace en 1975 como una forma de dar respuesta a problemáticas de la niñez, la juventud y la familia colombiana, fomentando a la vez, valores éticos y morales.

Durante sus más de 30 años de trayectoria, esta organización ha logrado consolidar una línea de cuatro programas sociales como lo son: Formación en valores, conformado por el Programa Jóvenes Solidarios, las Becas Diana Turbay y el Programa Padres Solidarios. Adicionalmente, cuentan con un Hogar Infantil, atención en Salud y Nutrición y el componente de Ayuda Humanitaria que incluye atención a damnificados en desastres y ayudas Especiales.

Los resultados de tan ardua labor son realmente contundentes, una muestra del alto impacto social de esta iniciativa. Hasta el año 2006, esta organización a través del Programa Jóvenes Solidarios ha brindado 23.128 auxilios anuales y 250 jóvenes de diferentes regiones podrán graduarse como bachilleres. Mediante estas líneas de trabajo, esta entidad vinculada al Sistema Nacional de Bienestar Familiar, ha logrado atender a miles de niños desamparados y sus familias con el objetivo de conformar una red de apoyo. Hoy en día en el barrio Patio Bonito de Bogotá, 120 niños entre 4 y 5 años de bajos recursos económicos, hijos en su mayoría de recicladores de basura y vendedores ambulantes de Corabastos, ingresan al Hogar Infantil donde tienen sus necesidades básicas cubiertas.

Fomentar sentimientos y actitudes de solidaridad humana; propender por la paz y la concordia entre los colombianos; fortalecer y proteger la familia como base fundamental de la sociedad y promover la salud y el bienestar de la niñez en Colombia; estimular las actividades tendientes a realizar programas de desarrollo social, programas de salud y de seguridad social, en coordinación con Entidades oficiales, privadas o internacionales y llevar a cabo acciones de ayuda que permitan el mejoramiento de la calidad de vida de damnificados por desastres, son los objetivos principales de esta entidad. Gran parte de ellos se han visto materializados en los resultaos de sus programas de desarrollo social.

La tradicional "Caminata de la Solidaridad" es una de las actividades más importantes, realizadas anualmente por esta entidad el último domingo del mes de agosto. Doña Nydia es la mayor promotora de esta actividad que, aparte de convocar en un multitudinario desfile a actores, reinas de belleza y miles de personas, tiene también como objetivos fomentar este sentimiento en la sociedad colombiana y canalizar las donaciones y aportes, en dinero o especie, de millones de personas que deciden aportar a esta noble obra social. La empresa privada Colombiana, los medios de comunicación, algunas entidades gubernamentales, las fuerzas armadas y de socorro junto con fundaciones apoyan esta iniciativa social con 28 años de trayectoria, que se ha convertido en uno de los mayores símbolos de esta organización.1

Rescatar actividades como ésta, celebradas cada año, con el apoyo de la Administración Distrital y Nacional, que fomentan actitudes de solidaridad en los Colombianos es uno de los propósitos que persigue esta administración y uno de los compromisos fundamentales que ha tenido este concejo capitalino desde hace ya varios periodos, razón por la cual este proyecto de acuerdo cobra mayor importancia, más aún cuando se trata de colaborar con esta iniciativa que año a año contribuye con el mejoramiento de la calidad de vida de los colombianos más necesitados y con brindar oportunidades de crecimiento personal, económico y social para todos los ciudadanos.

Es por ello, que con este reconocimiento la Administración Distrital se une a esta noble causa emprendida por la Señora Quintero, apoyando y promoviendo acciones de cultura ciudadana que llevan implícitos valores tan importantes como el ver al otro como propio y no como extraño, para ayudarlo cuando más lo necesite.

3. MARCO JURIDICO

*CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA

Articulo 7. El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la nación colombiana.

Articulo 8. Es obligación del Estado y de las personas, proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación.

Articulo 70. El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas del proceso de creación de la identidad nacional.

La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad.

El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las que conviven en el país.

El Estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la Nación.

Articulo 71. La búsqueda del conocimiento y la expresión artística son libres. Los planes de Desarrollo Económico y Social incluirán el fomento a las ciencias y en general a la cultura. El Estado creara incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y las demás manifestaciones culturales y ofrecerá estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades.

Articulo 313 Numeral 9. Corresponde a los Concejos: "Dictar las normas necesarias para el control para la preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural del Municipio.

*LEY 397 DE 1997

Articulo 4. Definición cultural de la Nación

El patrimonio cultural de la Nación esta constituido por los bienes y valores culturales que son expresión de la nacionalidad colombiana tales como la tradición, las costumbres y los hábitos, así como el conjunto de los bienes inmateriales y materiales, muebles e inmuebles, que poseen un especial interés histórico, artístico, estético, plástico, arquitectónico, urbano, arqueológico, ambiental, ecológico, lingüístico, sonoro, musical, audiovisual, fílmico, científico, testimonial, documental, literario, bibliográfico, museológico, antropológico y las manifestaciones, los productos y las representaciones de la cultura popular.

*ATRIBUCIONES DEL CONCEJO DE BOGOTA

*DECRETO 1421/93 ARTÍCULO 12: ATRIBUCIONES

Corresponde al Concejo Distrital de conformidad con la Constitución y la Ley:

Numeral13. Regular la preservación y defensa del patrimonio cultural

4. IMPACTO FISCAL

Esta iniciativa no compromete recursos de la Administración, ya que no se trata de un programa o de otro tipo de iniciativa que comprometa gasto, más bien se trata de un proyecto que implica solamente unas acciones afirmativas por parte de la administración Distrital a través de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, de tal forma que se logre el propósito de la norma, adicionalmente los gastos de difusión de la misma se encuentran dentro de los contemplados misionalmente en las entidades pertinentes.

Adicionalmente, es preciso señalar que el Plan de Desarrollo "BOGOTA POSITIVA" 2008-2012, dentro del objetivo estructurante Ciudad de Derechos, en el articulo 12 Bogota viva, señala: Ampliar las oportunidades y mejorar las capacidades para que todos accedan, participen, se apropien y realicen prácticas artísticas, patrimoniales, culturales, recreativas y deportivas, atendiendo criterios de inclusión, identidad, autonomía proximidad y diversidad.

Así mismo dentro de este programa, encontramos el proyecto denominado Patrimonios y Memorias, en donde se hace una afirmación de apoyo a no menos de 100 iniciativas para la identificación, salvaguarda, valoración y divulgación del patrimonio cultural inmaterial de la ciudad, razón de más para el apoyo a ésta iniciativa.

A mediano plazo en el Plan Plurianual, este programa cuenta con una asignación a cuatro (4) años de $304.975 millones de pesos.

Cordialmente,

GERMAN A. GARCÍA ZACIPA

CONCEJAL DE BOGOTÁ

BANCADA LIBERAL

PROYECTO DE ACUERDO NÚMERO ___ DEL AÑO 2008

"POR MEDIO DEL CUAL SE DECLARA COMO ACTIVIDAD DE INTERES CULTURAL LA CAMINATA DE LA SOLIDARIDAD Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.,

En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 13 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993,

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO: Reconocer como una actividad de interés cultural la "Caminata de la Solidaridad" que se realiza en la Capital de la República el último domingo del mes de agosto de cada año, como una forma de expresión artística y cultural, en la cual se integran diversas culturas y personajes de la vida nacional, en una actividad que propicia la solidaridad con los más necesitados del país.

ARTÍCULO SEGUNDO: La Administración Distrital, por intermedio de la Secretaría Distrital de Cultura y Turismo, de conformidad con las disponibilidades presupuestales vigentes, podrá promover la participación activa de los diversos grupos culturales, étnicos, sociales y artísticos que integran esta actividad, con el fin de promover su celebración y la participación en ella.

ARTÍCULO TERCERO: El presente acuerdo rige a partir de su publicación.

Dado en Bogotá, a los _____ días del mes de __________ de 2008

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

HIPOLITO MORENO GUTIERREZ

MARTHA LUCIA CIPAGAUTA

Presidente

Secretaria General

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor de Bogotá D.C.

NOTA DE PIE DE PÁGINA

1 Tomado y adaptado de: http://www.somosmas.org/193/