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Directiva 10 de 2008 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
20/10/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DIRECTIVA 010 DE 2008

(Octubre 20)

PARA:

SECRETARIOS DE DESPACHO, DIRECTORES DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, GERENTES O DIRECTORES DE UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, GERENTES, PRESIDENTES Y DIRECTORES DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO CAPITAL, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, SOCIEDADES PÚBLICAS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS MIXTAS, ALCALDES LOCALES Y RECTOR DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO.

DE:

ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.

ASUNTO:

POLÍTICA DE DESCENTRALIZACIÓN Y DESCONCENTRACIÓN TERRITORIAL DE BOGOTÁ D.C.

Como es de su conocimiento, y con el fin de cambiar el modelo de ciudad, adaptándolo a la realidad territorial y permitir así una mayor participación de la ciudadanía en los asuntos públicos, en el Plan de Desarrollo Económico, Social Ambiental y de Obras Públicas "Bogotá Positiva: Para Vivir Mejor" la Administración Distrital elevó a la categoría de objetivo estructurante el tema de descentralización.

Se busca así básicamente, desarrollar el mandato Constitucional de profundizar la democracia participativa y representativa y mejorar la prestación de los servicios locales.

A este respecto, la Constitución Política de 1991 prevé una forma de descentralización territorial propia de la Ciudad, con división territorial, autoridades propias, esquemas administrativos, competencias claramente definidas y recursos para desarrollar dichas competencias.

Es por esto que el Plan de Desarrollo de la ciudad, establece acciones en tres escenarios a saber:

El primero consiste en adelantar una propuesta de reforma del capítulo de descentralización territorial del Estatuto Orgánico de Bogotá, orientada a desarrollar aspectos como la personería jurídica y la autonomía administrativa de las localidades y la precisión de las funciones de los Alcaldes (as) Locales y de las Juntas Administradoras Locales, como primeras autoridades en el territorio.

El segundo escenario incluye la presentación de Proyectos de Acuerdo ante el Concejo de Bogotá, en temas tales como la distribución de competencias entre el nivel central y local, el incremento de recursos para las localidades acorde con la definición de sus competencias y la división territorial.

Por su parte, el tercer escenario comprende las acciones que se enmarcan dentro de las facultades propias del Alcalde Mayor, y consiste en la puesta en marcha de un esquema de gestión distrital con desconcentración administrativa y enfoque territorial, así como en las acciones de apoyo a la gestión de las localidades.

En este sentido, la Secretaría Distrital de Gobierno elaboró un documento que contiene la Política de Descentralización Territorial que desarrolla los tres escenarios referidos, y una vez presentado a consideración del Consejo de Gobierno en sesión de agosto 25 de 2008, se aprobaron los lineamientos generales y se definió que se avanzara en la elaboración y precisión de los diversos instrumentos allí contemplados.

En este orden de ideas, es necesario que los Secretarios de Despacho, Directores de Entidades y Organismos distritales y Alcaldes y Alcaldesas Locales, adelanten, bajo la coordinación de la Secretaría Distrital de Gobierno, las labores de revisión y elaboración de una política concertada de descentralización, haciendo especial énfasis en los siguientes aspectos:

1. Comisión Intersectorial de Gestión y Desarrollo Local del Distrito Capital:

Esta comisión fue creada mediante el Decreto Distrital 546 de 2007 y ha comenzado a sesionar desde hace aproximadamente tres meses.

Esta instancia tiene por objeto coordinar la acción del Distrito en las localidades, buscando la complementariedad y territorialización de las políticas distritales, y se enmarcan dentro de sus funciones la articulación de acciones y estrategias para la implementación de las políticas distritales en lo local y la construcción de mecanismos e instrumentos para atender con eficiencia y eficacia la dinámica local, desde los Sectores Central y Descentralizado del Distrito Capital.

En este sentido, y por constituir precisamente el espacio de coordinación para la discusión interna de la política y la formulación de las estrategias correspondientes, se solicita a cada uno de Ustedes que dispongan lo necesario para otorgar la importancia debida y el respaldo suficiente a dicha Comisión, para el cumplimiento de sus funciones.

Así, la Comisión debe elaborar los documentos que serán presentados al Consejo de Gobierno en materia de descentralización. A este respecto es importante recordar que desde la segunda semana de agosto la Secretaría Distrital de Gobierno remitió a cada Secretario del Sector, el documento de la política de descentralización.

Por lo anterior, es de vital importancia contar, a la mayor brevedad posible, con el pronunciamiento oficial de cada Secretario cabeza de sector y de los Alcaldes(as) Locales, con el fin de avanzar en el ajuste final de la citada política.

2. Consulta ciudadana

Se ha decidido adelantar un proceso amplio de consulta con la ciudadanía a través del Consejo Consultivo de Descentralización y Desconcentración. Con el fin de hacer operativo el funcionamiento de este Consejo, creado mediante el Decreto Distrital 623 de 2007, las Secretarías Distritales de Gobierno y General prepararán el Decreto de modificación de su composición.

Es prioritario iniciar de inmediato el proceso de consulta con la ciudadanía, en el marco del Consejo Consultivo, con el fin de obtener los consensos que sean posibles hacia finales del 2008.

La Secretaría Distrital de Gobierno, con el apoyo de la Comisión Intersectorial de Gestión y Desarrollo Local, deberá proponer la metodología al Consejo y garantizar el soporte requerido para su adecuada ejecución.

3. Elaboración del proyecto de reforma al Capítulo de descentralización del Estatuto Orgánico de Bogotá

La Secretaría Distrital de Gobierno presentará a consideración de las Entidades y Organismos distritales y del Consejo Consultivo de Descentralización, el proyecto de ley correspondiente, para su discusión y concertación, antes de finalizar el presente año.

4. Proyectos de Acuerdo

La Secretaría Distrital de Gobierno coordinará, con la Comisión Intersectorial de Gestión y Desarrollo Local, la elaboración de los estudios requeridos para formular los proyectos de acuerdo sobre distribución de competencias y recursos, organización de la descentralización territorial y división territorial de la ciudad.

Las entidades distritales deberán prestar su apoyo para la realización de estos estudios y la elaboración de los proyectos de acuerdo respectivos, para lo cual asignarán el personal y recursos que sean necesarios, en particular, los estudios y proyectos sobre división territorial deberán contar con especial compromiso de las Secretarías Distritales de Gobierno, Hacienda, General, y Planeación.

5. Decretos Distritales sobre gestión distrital con enfoque territorial

Las Secretarías Distritales de Gobierno, Planeación y Hacienda, prepararán de forma coordinada, para la firma del Alcalde Mayor, a más tardar el 31 de octubre, un proyecto de Decreto sobre enfoque territorial de la gestión distrital en el cual se desarrollen, entre otros, los siguientes aspectos:

*Elaboración de Planes de Acción del Distrito Capital para cada una de las localidades en los cuales se presenten los objetivos y metas de resultados a alcanzar en cada una de ellas.

*Elaboración del presupuesto Distrital 2009 con un anexo para cada localidad, en el cual se precisen las metas anuales y las acciones y proyectos de inversión a ejecutar en cada localidad.

*Reforma de los Consejos Locales de Gobierno, para especializarlos en la formulación y seguimiento de los planes y presupuestos distritales por localidades.

*Precisión del papel de los Alcaldes Locales y de las Juntas Administradoras Locales, en la formulación y seguimiento a los planes de acción distrital en su territorio.

*Elaboración de una estrategia distrital de desconcentración.

6. Definición de las acciones de corto plazo

La Comisión Intersectorial de Gestión y Desarrollo Local del Distrito Capital, definirá las acciones que contribuyan a avanzar en la descentralización en el marco de las normas vigentes, mediante decisiones del Alcalde Mayor de Bogotá D.C.

Finalmente, les solicito dar a conocer el contenido de la presente Directiva al interior de cada una de las Entidades a su cargo, y especialmente a los diferentes servidores públicos relacionados con su cumplimiento.

Cordialmente,

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor