RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto 55 de 1998 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--//1998
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 55 DE 1998

(enero 19)

por el cual se reglamenta la prima técnica del Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C.

El Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C.,

en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 4 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993,

Ver el art. 5, Acuerdo Distrital 30 de 1996

DECRETA:

Artículo Único.- La prima técnica que se reconocerá y pagará al Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá se somete al régimen vigente para los Secretarios de Despacho y los Directores de Departamento Administrativo y al mismo porcentaje sobre la asignación fijada por el Concejo Distrital en los Acuerdos correspondientes.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Santa FE de Bogotá, D.C., a 19 de enero de 1998.

El Alcalde Mayor, ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO.