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Acuerdo Local 3 de 2008 Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe

Fecha de Expedición:
15/12/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
31/12/2008
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4128 de diciembre 31 de 2008
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO LOCAL 03 DE 2008

(Diciembre 15)

Aclarado por el Acuerdo Local 01 de 2009

Por medio del cual se aprueba el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos, y de Gastos e Inversiones del Fondo De Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de Enero y el 31 de diciembre de 2009

La JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE,

en uso de sus facultades legales en especial las conferidas por el artículo 69 del Decreto 1421/93 y,

CONSIDERANDO:

1) Que según Decreto –Ley 1421 de 1993, art. 69 y Decreto No. 1139 de 2000, art, 18, le corresponde a la Junta Administradora local de Rafael Uribe Uribe, adoptar y expedir el presupuesto anual del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe.

2) Que mediante Acuerdo Local No 002 del 17 de Septiembre de 2008 se adoptó el Plan de Desarrollo Económico y Social y de Obras Públicas 2009 - 2012 para la localidad de RAFAEL URIBE URIBE "TERRITORIO DE DERECHOS"

3) Que con oficio No. 2008EE238900 de fecha 4 de Octubre de 2008, el Secretario de Hacienda certificó el monto de la cuota preliminar - Transferencia de la Administración Central asignada para inversión al Fondo de Desarrollo Local en la suma de $ 32.634.986.000, para la vigencia 2009.

4) Que para la proyección de ingresos se tuvo en cuenta el comportamiento del recaudo en los rubros de multas y otros ingresos tributarios en los tres últimos años

5) Que el CONFIS Distrital mediante comunicado 2008-3020 de fecha Noviembre 28 de 2008, con referencia 1-2008-48981, 1-2008-47733 y 1-200846673 emitió concepto favorable al proyecto de presupuesto para la vigencia del 2009.

6) Que este acuerdo, se presenta a nivel de programas, que es la forma como la JAL lo estudia y lo aprueba

7) Que el presente Acuerdo integra un anexo, el cual contempla los royectos de inversión para la vigencia del 2009.

8) Que en merito de lo expuesto, la Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe

ACUERDA:

ARTICULO PRIMERO: Fijar los cómputos del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos del Fondo De Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º. De enero y el 31 de diciembre de 2009 en la cantidad de $ 61.583.090.000 (SESENTA Y UN MIL QUINIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES NOVENTA MIL PESOS), según el siguiente detalle:

CÓDIGO

CONCEPTO

VALOR

1.

DISPONIBILIDAD INICIAL

28.793.103.628

2.

INGRESOS

32.789.986.000

2.1.

INGRESOS CORRIENTES

55.000.000

2.1.2.

NO TRIBUTARIOS

55.000.000

2.1.2.03.

Multas

40.000.000

2.1.2.99.

Otros Ingresos No Tributarios

15.000.000

2.2.

TRANSFERENCIAS

32.634.986.000

2.2.4.

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

32.634.986.000

2.2.4.05.

Participación Ingresos Corrientes del Distrito

32.634.986.000

2.2.4.05.01.

Vigencia

29.951.828.000

2.2.4.05.02.

Vigencia Anterior

3.215.158.000

2.4.

RECURSOS DE CAPITAL

100.000.000

2.4.3.02.

Otros Rendimientos por Operaciones Financieras

100.000.000

 

TOTAL INGRESOS

61.583.090.000

ARTICULO SEGUNDO: Fijar los cómputos del Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Fondo De Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º. De enero y el 31 de diciembre de 2009 en la cantidad de $ 61.583.090.000 (SESENTA Y UN MIL QUINIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES NOVENTA MIL PESOS) , según el siguiente detalle:

CÓDIGO

CONCEPTO

VALOR

3.

GASTOS

61.583.090.000

3.3.

INVERSION

35.564.311.000

3.3.1.

DIRECTA

35.564.311.000

3.3.1.13.

Plan de desarrollo "Bogota positiva: para vivir mejor"

35.564.311.000

3.3.1.1301.

CIUDAD DE DERECHOS

15.247.179.000

3.3.1.13.01.01.

Bogotá sana

823.088.000

3.3.1.13.01.03.

Fortalecimiento y provisión de los servicios de salud

417.216.000

3.3.1.13.01.04.

Bogota bien alimentada

3.525.497.000

3.3.1.13.01.06.

Educación de calidad y pertinencia para vivir mejor

652.316.000

3.3.1.13.01.07.

Acceso y permanencia a la educación para todas y todos

752.936.000

3.3.1.13.01.08.

Mejoramiento de la infraestructura y dotación de colegios

1.498.795.000

3.3.1.13.01.09.

Derecho a un techo

940.304.000

3.3.1.13.01.11.

Construcción de paz y reconciliación

604.584.000

3.3.1.13.01.12.

Bogota viva

2.329.593.000

3.3.1.13.01.13.

Igualdad de oportunidades y de derechos para la inclusión de la población en condición de discapacidad.

940.304.000

3.3.1.13.01.14

Toda la vida integralmente protegidos

2.122.144.000

3.3.1.13.01.15.

Bogota respeta la diversidad

140.402.000

3.3.1.13.01.16.

Bogota positiva con las mujeres y la equidad de genero

500.000.000

3.3.1.13.02.

DERECHO A LA CIUDAD

12.583.224.000

3.3.1.13.02.17.

Mejoremos el barrio

6.948.637.000

3.3.1.13.02.20.

Ambiente vital

1.042.174.000

3.3.1.13.02.25.

Espacio publico para la inclusión

1.657.701.000

3.3.1.13.02.29.

Bogota segura y humana

826.647.000

3.3.1.13.02.30.

Amor por Bogota

147.797.000

3.3.1.13.02.31.

Bogota responsable ante el riesgo y las emergencias

1.960.268.000

3.31.13.03.

CIUDAD GLOBAL

2.007.013.000

3.3.1.13.03.33.

Fomento para el desarrollo económico

2.007.013.000

3.3.1.13.04.

PARTICIPACION

2.800.000.000

3.3.1.13.04.37.

Ahora decidimos juntos

476.250.000

3.3.1.13.04.38

Organizaciones y redes sociales

1.847.500.000

3.3.1.13.04.39.

Control social al alcance de todas y todos

476.250.000

3.3.1.13.05.

GESTION PUBLICA EFECTIVA Y TRANSPARENTE

2.926.895.000

3.3.1.13.05.45.

Comunicación al servicio de todas y todos

585.379.000

3.3.1.13.05.49.

Desarrollo institucional integral

2.341.516.000

3.3.6.

OBLIGACIONES POR PAGAR

26.018.779.000

4.

DISPONIBILIDAD FINAL

 35.564.311.000

 

TOTAL GASTOS (+) DISPONIBILIDAD FINAL

61.583.090.000

ARTICULO TERCERO: El presente Acuerdo Local rige desde de la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del 1o. de enero de 2009

CARLOS SALAMANCA BAUTISTA

Presidente

Junta Administradora Local

JAIRO GOMEZ RAMOS

Vicepresidente

Junta Administradora Local

NUBIA EDITH FORERO B.

Secretaria

Junta Administradora Local

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

El presente Acuerdo Local es sancionado por la Alcaldesa Local de Rafael Uribe Uribe a los 20 días del mes de diciembre de dos mil ocho (2008).

MARTHA JANNETH BOLIVAR GUZMAN

Alcaldesa Local de Rafael Uribe Uribe

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4128 de diciembre 31 de 2008