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Acuerdo Local 9 de 2008 Junta Administradora Local de San Cristobal

Fecha de Expedición:
15/12/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/12/2008
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4125 de diciembre 26 de 2008
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO LOCAL 09 DE 2008

(Diciembre 15)

Liquidado por el Decreto Local 20 de 2008

Por el cual se expide y adopta el presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal para la vigencia Fiscal del año 2.009.

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DEL SAN CRISTÓBAL

en uso de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas por el Art. 62 del Decreto 1421 de 1993 y.

CONSIDERANDO:

Que según artículo 16 del decreto 1139 de Diciembre 29 de 2000, el alcalde local presentara a la Junta administradora local, dentro de los tres (3) primeros días de las sesiones ordinarias del mes de Diciembre a nivel de programas el proyecto de acuerdo para su estudio y aprobación.

Que la participación de los ingresos corrientes del Distrito según oficio de la Secretaria de Hacienda, comunica que la cuantía preliminar a la transferencia de la Administración Central asignada para la inversión del Fondo de desarrollo Local de San Cristóbal asciende a la suma de CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS DIEZ MIL PESOS ATE. ($43.431.310.000,00).

Que según estimación presupuestal se espera percibir ingresos corrientes por valor de VEINTICINCO MILLONES DE PESOS ($25.000.000,00).

Que se espera tener un saldo por comprometer de los recursos de la vigencia 2008 por valor de UN MIL DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS ($1.200.000.000.00) los cuales se destinaran para el programa mejoremos el barrio.

Que según el artículo 10 y 11 del Acuerdo 13 de 2000, se debe presentar el anteproyecto de presupuesto al Consejo Local de Planeacion para sus respectivas recomendaciones.

Que mediante oficio de referencia 2008-30208 de noviembre 28 del 2008 el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS emitió concepto favorable al anteproyecto de presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal para la vigencia fiscal del 2.009.

Que en virtud de lo anterior

 Ver le Acuerdo Local 17 de 2009

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar el presupuesto anual de Ingresos en una asignación por valor de OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS DIEZ MIL PESOS ($83.689.310.000,00). Como se relacionan a continuación:

CONCEPTO

PRESUPUESTO

 

1

DISPONIBILIDAD INICIAL

40.200.000.000,00

2

INGRESOS

43.489.310.000,00

2 1

INGRESOS CORRIENTES

25.000.000,00

2 1 2

NO TRIBUTARIOS

25.000.000,00

2 1 2 03

Multas

15.000.000,00

2 1 2 99

Otros Ingresos No Tributarios

10.000.000,00

2 2

TRANSFERENCIAS

43.431.310.000,00

2 2 4

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

43.431.310.000,00

2 2 4 05

Participación Ingresos Corrientes del Distrito

43.431.310.000,00

2 2 4 05 01

Vigencia

38.983.417.000,00

2 2 4 05 02

Vigencia Anterior

4.447.893.000,00

2 4

RECURSOS DE CAPITAL

33.000.000,00

2 4 1

RECURSOS DE BALANCE

33.000.000,00

2 4 1 03

Venta de Activos Fijos

33.000.000,00

 

TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL

83.689.310.000,00

ARTÍCULO SEGUNDO: Aprobar el presupuesto anual de Gastos e inversión del fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal por valor de OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS DIEZ MIL PESOS ($83.689.310.000,00). Como se relacionan a continuación:

3

GASTOS

83.689.310.000,00

3,3

INVERSIÓN

83.689.310.000,00

3.3.1

DIRECTA

46.018.310.000,00

3.3.1.13

Plan de desarrollo "Bogotá positiva: para vivir mejor"

46.018.310.000,00

3.3.1.13.01

CIUDAD DE DERECHOS

26.780.248.664.00

3.3.1.13.01.01

Bogotá sana

3.000.000.000,00

3.3.1.13.01.04

Bogotá bien alimentada

8.400.000.000,00

3.3.1.13.01.05

Alternativas productivas para la generación de ingresos para poblaciones vulnerables

651.248.664,00

3.3.1.13.01.06

Educación de calidad y pertinencia para vivir mejor

1.300.000.000.00

3.3.1.13.01.08

Mejoramiento de la infraestructura y dotación de colegios

2.529.000.000.00

3.3.1.13.01.09

Derecho a un techo

600.000.000,00

3.3.1.13.01.10

En Bogotá se vive un mejor ambiente

930.000.000,00

3.3.1.13.01.11

Construcción de paz y reconciliación

1.450.000.000.00

3.3.1.13.01.12

Bogotá viva

2.250.000.000,00

3.3.1.13.01.13

Igualdad de oportunidades y de derechos para la inclusión de la población en condición de discapacidad

700.000.000,00

3.3.1.13.01.14

Toda la vida integralmente protegidos

3.750.000.000,00

3.3.1.13.01.15

Bogotá respeta la diversidad

350.000.000,00

3.3.1.13.01.16

Bogotá positiva con las mujeres y la equidad de género

870.000.000,00

3.3.1.13.02

DERECHO A LA CIUDAD

13.594.236.617,00

3.3.1.13.02.17

Mejoremos el barrio

8.494.236.617,00

3.3.1.13.02.25

Espacio público para la inclusión

1.500.000.000,00

3.3.1.13.02.26

Espacio público como lugar de conciliación de derechos

1.450.000.000.00

3.3.1.13.02.27

Bogotá espacio de vida

1.350.000.000,00

3.3.1.13.02.31

Bogotá responsable ante el riesgo y las emergencias

800.000.000,00

3.3.1.13.03

CIUDAD GLOBAL

1.510.820.778,00

3.3.1.13.03.32

Región Capital

250.000.000,00

3.3.1.13.03.33

Fomento para el desarrollo económico

600.000.000,00

3.3.1.13.03.34

Bogotá sociedad del conocimiento

50.000.000,00

3.3.1.13.03.35

Bogotá competitiva e internacional

610.820.778,00

3.3.1.13.04

PARTICIPACIÓN

915.017.232,00

3.3.1.13.04.37

Ahora decidimos juntos

340.000.000,00

3.3.1.13.04.38

Organizaciones y redes sociales

575.017.232,00

3.3.1.13.06

GESTIÓN PUBLICA EFECTIVA Y TRANSPARENTE

3.217.986.709,00

3.3.1.13.06.43

Servicios más cerca del ciudadano

1.832.700.000.00

3.3.1.13.06.44

Ciudad digital

50.000.000,00

3.3.1.13.06.48

Gestión documental integral

60.000.000.00

3.3.1.13.06.49

Desarrollo institucional integral

1.275.286.709.00

3.3.6

OBLIGACIONES POR PAGAR

37.671.000.000,00

4

DISPONIBILIDAD FINAL

 0.00

 

TOTAL INVERSIÓN MAS DISPONIBILIDAD FINAL

83.689.310.000,00

ARTÍCULO TERCERO: El presente Acuerdo Local, rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá. D.C., a los quince (15) días del mes de diciembre de dos mil ocho (2008).

JOSÉ ARMANDO RUIZ CALDERÓN

Presidente JAL

WILLIAM ROBERTO HERRERA HERNÁNDEZ

Alcalde Local de San Cristóbal

NOTA. Publicado en el Registro Distrital 4125 de diciembre 26 de 2008