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Acuerdo 5 de 2008 Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E - Hospital La Victoria III Nivel Empresa Social del Estado ESE

Fecha de Expedición:
29/02/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/02/2008
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

“POR EL CUAL SE MODIFICA LA ESTRUCTURA ORGANICA DE LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL LA VICTORIA III NIVEL”

ACUERDO 005 DE 2008

(Febrero 29)

"por el cual se modifica la Estructura Orgánica de la Empresa Social del Estado Hospital la Victoria III Nivel"

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL LA VICTORIA III NIVEL

En uso de sus facultades legales y estatutarias Y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004 y el Decreto Ley 785 del 2005, y

CONSIDERANDO

Que mediante Acuerdo No. 002 del 5 de Febrero de 2002 se modificó la estructura organizacional de la Empresa Social del Estado Hospital La Victoria.

Que mediante Directiva Conjunta No. 002 de 2007 suscrita por el Alcalde Mayor y el Personero de Bogotá, se impartieron algunas directrices para implementación y mejoramiento en materia de Control Interno Disciplinario, estableciendo como fecha límite el 31 de Mayo de 2007 para ejecutar las acciones tendientes a cumplir con lo establecido en dicha directiva.

Que mediante comunicado del Departamento del Servicio Civil de Bogotá DIR – 0214 del 13 de Febrero de 2008, la Directora del Departamento del Servicio Civil de Bogotá D.C. emitió concepto técnico favorable respecto a la modificación de la estructura organizacional de la Empresa Social del Estado Hospital La Victoria

Que se cuenta con la disponibilidad presupuestal de conformidad con la Certificación expedida por el Subgerente Administrativo y Financiero.

En mérito de lo expuesto.

A C U E R D A:

ARTÍCULO 1º.- Modificar la estructura organizacional de la Empresa Social del Estado Hospital La Victoria establecida en el artículo primero del Acuerdo No. 002 de 2002, incluyendo la Oficina de Control Interno Disciplinario, la cual quedará así:

Gerencia

1.1

Oficina Gestión Pública y Autocontrol

1.2

Oficina de Control Interno Disciplinario

1.3

Oficina Asesora de Planeación

1.3

Oficina Asesora Jurídica

1.4

Subgerencia Administrativa y Financiera

1.5

Subgerencia de Servicios de Salud

ARTÍCULO 2º.- Incluir un artículo adicional en el Acuerdo No. 002 del 5 de Febrero de 2002 con las funciones de la Oficina de Control Disciplinario, así:

OFICINA DE CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO:

1. Dirigir la aplicación del régimen disciplinario de acuerdo a los procesos, Constitución Política y normas legales vigentes en la Empresa Social del Estado Hospital La Victoria III Nivel.

2. Instruir y fallar en primera instancia las investigaciones disciplinarias que se adelantan contra los servidores de la Entidad, por conductas que conlleven incumplimiento de deberes, extralimitación en el ejercicio de las funciones y derechos, prohibiciones y violación del régimen de inhabilidades, incompatibilidades, impedimentos y conflicto de intereses. La segunda instancia será de competencia del Gerente del Hospital.

3. Asesorar a la Gerencia en la política correspondiente al seguimiento y evaluación de la conducta ética y adecuado ejercicio de las funciones por parte de los servidores.

4. Ejercer la vigilancia judicial o visitas especiales a los despachos o unidades de fiscalía, tendientes a verificar y establecer que las investigaciones y procesos penales se adelanten conforme a los principios constitucionales y legales.

5. Proyectar para la firma de la Gerencia los actos administrativos por medio de los cuales se ejecutan las sanciones disciplinarias impuestas a los servidores de la entidad.

6. Recibir las quejas que presentan los ciudadanos, por irregularidades cometidas por los servidores de la entidad en la prestación del servicio, que ameriten investigación disciplinaria

7. Dirigir el trámite y solución de asuntos de carácter disciplinario que se presenten en desarrollo de las actividades encomendadas al Hospital.

8. Elaborar el plan operativo anual del área de su competencia, con base en las políticas y objetivos generales del Hospital y presentarlo a consideración del Gerente.

9. Recopilar, clasificar y codificar las normas legales, los conceptos, la doctrina y la jurisprudencia, relativas a las actividades de la Oficina de Control Interno Disciplinario y velar por su actualización y difusión.

10. Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

ARTÍCULO 3º.- Modificar las denominaciones de dos oficinas en cumplimiento del Decreto 785 de 2005, las cuales quedarán así:

DENOMINACION

Acuerdo de Junta Directiva Hospital La Victoria 002 de 2002

DENOMINACION Decreto 785/05

Oficina de Desarrollo Institucional

Oficina Asesora de Planeación

Oficina Jurídica

Oficina Asesora Jurídica

ARTICULO 4º.- VIGENCIA: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, modifica en lo pertinente el Acuerdo 002 de 2002 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLASE.

Dado en la Ciudad de Bogotá a los 5 días del mes de Febrero del año 2008

IVAN JAVIER GOMEZ MANCERA

Presidente Junta Directiva