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DIRECTIVA 007 DE 1998 (Junio 25)
Con el propósito de garantizar el estricto cumplimiento a los principios que rigen el sistema presupuestal y ejercer un mejor control administrativo, es conveniente reiterar que los Proyectos de Acto Administrativo que tengan efectos de carácter presupuestal y financiero, deberán ser revisados y avalados previamente por parte de la Secretaría de Hacienda, como parte del procedimiento legal establecido, a fin de que posteriormente sean tramitados por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor. Los proyectos que afecten el recaudo de ingresos del Distrito, o que impliquen aumento en los gastos del presupuesto del año en curso o futuros (por ejemplo: modificación a las plantas de personal), deberán ser enviados oportunamente junto con su exposición de motivos y la justificación económica respectiva, por parte de la entidad interesada a la Secretaría de Hacienda para su correspondiente análisis, evaluación y recomendaciones. Esta Directiva se hace extensiva no solo a los Decretos o proyectos de Acuerdo que se tramiten ante el Concejo Distrital, sino a las resoluciones expedidas por las Juntas Directivas o Representantes Legales de las entidades. ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO. Alcalde Mayor
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