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Directiva 7 de 1998 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
25/06/1998
Fecha de Entrada en Vigencia:
25/06/1998
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

(CÓDIGO CJA19171998) PROCEDIMIENTO GENERAL DE CONTRATACIÓN DE LOCALIDADES

DIRECTIVA 007 DE 1998

(Junio 25)

DE:

ALCALDÍA MAYOR

PARA:

SECRETARIOS DE DESPACHO, DIRECTORES DE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO, VEEDOR DISTRITAL, GERENTES O DIRECTORES DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS DEL ORDEN DISTRITAL

ASUNTO:

TRÁMITE DE ACTOS ADMINISTRATIVOS DE CARÁCTER PRESUPUESTAL Y FINANCIERO

Con el propósito de garantizar el estricto cumplimiento a los principios que rigen el sistema presupuestal y ejercer un mejor control administrativo, es conveniente reiterar que los Proyectos de Acto Administrativo que tengan efectos de carácter presupuestal y financiero, deberán ser revisados y avalados previamente por parte de la Secretaría de Hacienda, como parte del procedimiento legal establecido, a fin de que posteriormente sean tramitados por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor.

Los proyectos que afecten el recaudo de ingresos del Distrito, o que impliquen aumento en los gastos del presupuesto del año en curso o futuros (por ejemplo: modificación a las plantas de personal), deberán ser enviados oportunamente junto con su exposición de motivos y la justificación económica respectiva, por parte de la entidad interesada a la Secretaría de Hacienda para su correspondiente análisis, evaluación y recomendaciones.

Esta Directiva se hace extensiva no solo a los Decretos o proyectos de Acuerdo que se tramiten ante el Concejo Distrital, sino a las resoluciones expedidas por las Juntas Directivas o Representantes Legales de las entidades.

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO.

Alcalde Mayor