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Decreto 90 de 2009 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
02/03/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/03/2009
Medio de Publicación:
N.P.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 090 DE 2009

(Marzo 02)

Derogado por el Decreto Distrital 14 de 2011

"Por el cual se determina la integración de la Junta Directiva del Fondo de Vigilancia y Seguridad - FVS"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.,

En ejercicio de sus atribuciones legales y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 del Decreto Ley 1421 de 1993,

DECRETA:

ARTÍCULO 1°. Los miembros de la Junta Directiva del Fondo de Vigilancia y Seguridad - FVS, serán:

a. El Alcalde Mayor o su delegado (a) que será el (la) Secretario (a) Distrital de Gobierno.

b. El Comandante de la Policía Metropolitana de Bogotá.

c. El (la) Director (a) de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Hacienda.

d. El (la) Director (a) Jurídico (a) Distrital de la Secretaría General o su delegado.

e. La doctora Martha Liliana Soto Iguarán, Asesora de la Secretaría Privada.

f. El (la) Subsecretario (a) de Convivencia y Seguridad de la Secretaría Distrital de Gobierno.

Parágrafo. El (la) Gerente (a) del Fondo de Vigilancia y Seguridad asistirá a las sesiones de la Junta Directiva con voz pero sin voto y actuará como secretario (a) de la misma.

ARTÍCULO 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto Distrital 174 de 2007.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los 2 días del mes de Marzo de 2009

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor