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RESOLUCIÓN SDH-000136 DE 2009 (Abril 22) "Por la cual se modifica la Resolución SDH-000386 del 30 de diciembre de 2008 que establece los lugares, plazos y descuentos para la presentación de las declaraciones tributarias y el pago de los impuestos administrados por la Dirección Distrital de Impuestos" EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA DEL DISTRITO CAPITAL DE BOGOTÁ En uso de sus facultades que le confieren los artículos 16 y 130 del Decreto Distrital 807 de 1993 y demás disposiciones legales, y CONSIDERANDO: Que el parágrafo del artículo segundo de la Resolución SDH-000386 del 30 de diciembre de 2008, establece la obligación a cargo de los contribuyentes y/o agentes retenedores calificados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales como grandes contribuyentes de presentar y pagar en forma electrónica la correspondiente declaración de industria y comercio y/o retención por industria y comercio. Que para implementar la presentación y pago electrónico de la declaración del impuesto de industria y comercio de los grandes contribuyentes, es necesario desarrollar una herramienta tecnológica que disponga de los elementos técnicos que brinden todos los dispositivos de seguridad informática para el cumplimiento de su obligación tributaria y que faciliten la misma de una manera oportuna confiable. Que la Secretaría Distrital de Hacienda se encuentra realizando ajustes de carácter técnico en el sistema de declaración electrónica para el impuesto de industria y comercio con el fin de optimizar y ofrecer un servicio seguro que garantice los principios contemplados en la Ley 527 de 1999. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1°. Suspender la vigencia del parágrafo del artículo segundo de la Resolución SDH-000386 del 30 de diciembre de 2008, en lo referente a la forma de presentación de las declaraciones del impuesto de industria y comercio y retenciones de los contribuyentes y/o agentes retenedores calificados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales como grandes contribuyentes. ARTÍCULO 2°. Los contribuyentes y/o agentes retenedores calificados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales como grandes contribuyentes deberán declarar y pagar el impuesto de industria y comercio y/o retenciones por industria y comercio por cada bimestre del año 2009, en los formularios adoptados mediante las Resoluciones DDI-0292897 y DDI-292898 del 31 de diciembre de 2008, proferidas por la Dirección Distrital de Impuestos. ARTÍCULO 3°. Los contribuyentes mencionados en el artículo anterior, para la vigencia 2009, deberán declarar y pagar el impuesto de industria y comercio y/o retenciones por industria y comercio, dentro de los plazos indicados en el artículo segundo de la Resolución SDH-000386 de 2008, salvo el primer periodo correspondiente al bimestre enero-febrero de 2009, para el cual se amplia el plazo hasta el 30 de abril de 2009. ARTÍCULO 4°. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de su publicación. PUBLIQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los 22 días del mes de Abril de 2009 JUAN RICARDO ORTEGA LÓPEZ Secretario Distrital de Hacienda |