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Decreto 245 de 2009 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
18/06/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
19/06/2009
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4227 de junio 19 de 2009
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 245 DE 2009

DECRETO 245 DE 2009

(Junio 18)

"Por el cual se efectúa una modificación en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2009"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL

en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 17 del Decreto 714 de 1996, artículo 24 del Acuerdo 340 de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Acuerdo No. 340 del 19 de diciembre de 2008, se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2009, el cual fue liquidado según Decreto No. 466 del 26 de diciembre de 2008.

Que la Delegación de la Comisión Europea para Colombia y Ecuador y la Alcaldia Mayor de Bogotá - Secretaría Distrital de Gobierno, suscribieron el 23 de junio de 2006 el contrato de subvención No. CRIS/2006/123-076.

Que la subvención del convenio tiene como acción el Plan piloto intersectorial para la definición de un programa de acción que contribuya a decantar un proceso civilista de reinserción enmarcado en los principios de verdad, justicia y reparación en la ciudad de Bogotá, D.C.

Que la Secretaría Distrital de Hacienda - Tesorería Distrital recibió y efectuó el trámite de monetización de los dineros y estos fueron depositados en la cuenta de ahorros del Banco Colpatria No. 012-229998-8, correspondiendo a recursos por ejecutar e intereses el valor de veintiún millones seiscientos sesenta y un mil doscientos cuarenta y dos pesos.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto 714 de 1996 y el artículo 24 del Acuerdo 340 de 2008, los recursos de asistencia o cooperación internacional de carácter no reembolsables, y/o donaciones hacen parte del presupuesto de rentas del Presupuesto Anual del Distrito Capital y se incorporan al mismo como donaciones de capital, mediante Decreto del Gobierno Distrital, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor.

Que por lo anteriormente expuesto es necesario incorporar al Presupuesto Anual del Distrito Capital el saldo de los recursos por ejecutar más los intereses generados por la donación.

En virtud de lo anterior,

DECRETA:

ARTÍCULO 1º. Adicionar el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fiscal de 2009, en la suma veintiún millones seiscientos sesenta y un mil doscientos cuarenta y dos pesos ($21.661.242) moneda corriente según el siguiente detalle:

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

2

INGRESOS

2 4

RECURSOS DE CAPITAL

21.661.242

2 4 6

Donaciones

21.661.242

TOTAL RENTAS E INGRESOS

21.661.242

TOTAL ADICIÓN RENTAS E INGRESOS

21.661.242

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

110 SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO

ARTÍCULO 2°. Adicionar el Presupuesto Anual de Gestos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fiscal de 2009, en la suma de veintiún millones seiscientos sesenta y un mil doscientos cuarenta y dos pesos ($21.661.242) moneda corriente según el siguiente detalle:

3 3

INVERSIÓN

21.661.242

3 3 1

DIRECTA

21.661.242

3 3 1 13

Bogotá positiva: para vivir mejor

21.661.242

3 3 1 13 01

CIUDAD DE DERECHOS

21.661.242

3 3 1 13 01 11

Construcción de paz y reconciliación

21.661.242

3 3 1 13 01 11 0595

Programa de atención al proceso de desmovilización y reintegración en Bogotá, D.C.

21.661.242

TOTAL GASTOS E INVERSIONES

21.661.242

TOTAL ADICIÓN GASTOS E INVERSIONES

21.661.242

ARTÍCULO 3°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 18 días del mes de Junio de 2009

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

SAMUEL MORENO ROJAS

EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA,

JUAN RICARDO ORTEGA LÓPEZ