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DECRETO 390 DE 2009 (Agosto 14) "Por el cual se efectúa una modificación en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2009" EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 17 del Decreto 714 de 1996, artículo 24 del Acuerdo 340 de 2008, y CONSIDERANDO: Que mediante el Acuerdo No. 340 del 19 de diciembre de 2008 se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2009, el cual fue liquidado según Decreto No. 466 del 26 de diciembre de 2008. Que el Municipio de Morón - Argentina y la Alcaldía Mayor de Bogotá - Secretaría Distrital de Planeación, suscribieron el Convenio de Cooperación No. 044/09, firmado el 28 de enero de 2009. Que el objetivo del Convenio es intercambiar conocimientos y experiencias para elaborar y ejecutar un proyecto que permita institucionalizar el monitoreo de la transversalidad de género en el diseño y aplicación de políticas públicas. Que los recursos objeto del Convenio serán ejecutados con cargo al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría Distrital de Planeación, en el proyecto 0445 "Coordinación y seguimiento a la política pública distrital de mujer y género". Que la Secretaría Distrital de Hacienda - Tesorería Distrital recibió y efectuó el respectivo trámite de monetización de los dineros los cuales fueron depositados en la cuenta corriente No. 31-492544-95 del Banco Colombia, por valor de cuarenta millones trescientos noventa y siete mil quinientos sesenta y tres pesos ($40.397.563). Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto 714 de 1996 y el artículo 24 del Acuerdo 340 de 2008, los recursos de asistencia o cooperación internacional de carácter no reembolsables, y/o donaciones hacen parte del presupuesto de rentas del Presupuesto Anual del Distrito Capital y se incorporan al mismo como donaciones de capital, mediante Decreto del Gobierno Distrital, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor. Que por lo anteriormente expuesto es necesario incorporar al Presupuesto Anual del Distrito Capital el valor correspondiente al primer desembolso del convenio. En virtud de lo anterior, DECRETA: ARTÍCULO 1º- Adicionar el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fiscal de 2009, en la suma de cuarenta millones trescientos noventa y siete mil quinientos sesenta y tres pesos ($40.397.563) moneda corriente según el siguiente detalle: ADMINISTRACIÓN CENTRAL
ARTÍCULO 2º- Adicionar el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fiscal de 2009, en la suma de cuarenta millones trescientos noventa y siete mil quinientos sesenta y tres pesos ($40.397.563) moneda corriente según el siguiente detalle:
ARTÍCULO 3°- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los catorce (14) días del mes de agosto de 2009 EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. SAMUEL MORENO ROJAS EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA, JUAN RICARDO ORTEGA LÓPEZ |