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Acuerdo 11 de 2009 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP

Fecha de Expedición:
16/04/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/06/2009
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4231 de junio 26 de 2009
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 11 DE 2009

(Abril 16)

Derogado por el art. 2, Acuerdo 006 de 2018

Por el cual se actualiza el Código de Buen Gobierno de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - ESP

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ - ESP,

en ejercicio de las facultades contenidas en el literal k) del artículo 9º de los estatutos de la empresa y,

CONSIDERANDO

Ver Acuerdo 006 de 2019

Que es función de la Junta Directiva adoptar las modificaciones al Código del Buen Gobierno, así como asegurar el efectivo cumplimiento de las normas de Buen Gobierno establecidas en los Estatutos.

Que el presente Código de Buen Gobierno tiene la vocación de ser la expresión de las buenas prácticas y valores que deben regir la conducta de la EAAB-ESP y de todas las personas involucradas en sus actividades, con el objetivo de alcanzar un mejor clima y generar confianza en sus relaciones profesionales y comerciales.

Que la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá-ESP y sus trabajadores como Profesionales del Agua presentaron el "Plan General Estratégico 2008-2012 con P.I.E FIRME EN LA GESTIÓN" como principal guía del hacer empresarial para la prestación efectiva del servicio de acueducto y alcantarillado, estableciendo las directrices y acciones estratégicas que deben tener en cuenta todos los trabajadores y directivos para cumplir con la visión, misión y objetivos de la Empresa; así como su articulación y participación en el Plan de Desarrollo Bogotá Positiva, con sus objetivos estructurales: (I) Ciudad de Derechos; (II) Derecho a la Ciudad; (III) Ciudad Global; (IV) Participación; (V) Descentralización; (VI) Gestión Pública eficiente y transparente.

Que la Administración dentro del proceso de planeación estratégica realiza el monitoreo mensual de resultados a nivel de indicadores estratégicos establecidos y una revisión estratégica cada año.

Que este Plan opta por estrategias que garanticen la cobertura total de los servicios como requisito para la equidad, por la eficiencia social sobre la eficiencia económica, por una cultura de servicio al ciudadano, por la mayor participación de la comunidad en la gestión social y en el control de la Empresa.

Que la Convención Colectiva de Trabajo 2008-2011 entre la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ? ESP y el Sindicato de Trabajadores y Empleados de Servicios Públicos Autónomas e Institutos Descentralizados de Colombia "Sintraemsdes Subdirectiva Bogotá" establece las relaciones laborales y que las mismas se regulan por los acuerdos contenidos en las actas de negociación de la Convención Colectiva de Trabajo según consta en el acta final de negociación suscrita entre las partes el 3 de julio de 2008.

Que de la negociación de la Convención Colectiva se destacó el modelo de negociación en el que la Empresa y los trabajadores "TRABAJANDO POR UNA BOGOTÁ POSITIVA" y a partir de la confianza mutua que han venido construyendo, utilizando el diálogo y la concertación, creando una nueva cultura de negociación en la EAAB-ESP para el manejo y la solución de conflictos dentro de un ambiente de respeto y entendimiento, que permite a los usuarios como dueños naturales tener una Empresa Pública que defiende y defenderá el patrimonio público, fortalecida desde el punto de vista político, económico y social, así como la Democracia Participativa

Que mediante Resolución No. 275 de 2001, la Superintendencia de Valores estableció para las personas jurídicas interesadas en que los valores que emitan puedan ser adquiridos por los Fondos de Pensiones, la obligación de adoptar medidas específicas respecto de su gobierno, conducta e información, con el fin de asegurar los derechos de los inversionistas, la adecuada administración de sus asuntos y el conocimiento público de su gestión.

Que la Empresa se encuentra interesada en continuar emitiendo títulos con destino a inversionistas como los Fondos de Pensiones, entre otros, y que es la Junta Directiva la competente para asegurar el cumplimiento de lo previsto por la Superintendencia de Valores, y se hace necesario adoptar el Código de Buen Gobierno de la Empresa.

Que la Empresa suscribió la Declaración de Compromiso en Responsabilidad Social y Gobierno Corporativo con el Distrito Capital en su calidad de propietario único el 29 de enero de 2009 y contó con el concepto previo favorable de la Junta Directiva según Acuerdo No. 1 de 2009.

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO: Adóptese el siguiente Código de Buen Gobierno de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - ESP:

TABLA DE CONTENIDO

INTRODUCCIÓN 5

DEFINICIONES 7

TÍTULO I 8

IDENTIFICACIÓN DE LA EMPRESA 8

1. RAZÓN SOCIAL 8

2. NATURALEZA JURÍDICA 8

3. BREVE RESEÑA HISTÓRICA DE LA EMPRESA 9

4. DOMICILIO SOCIAL 12

5. DURACIÓN 13

6. DISOLUCIÓN DE LA EMPRESA 13

7. OBJETO PRINCIPAL 13

8. CONFORMACIÓN PATRIMONIAL 15

9. LA EMPRESA EN LA ORGANIZACIÓN DEL DISTRITO 16

10. MODELO DE GESTIÓN EMPRESARIAL 18

11. SERVICIOS PARA LOS CIUDADANOS 22

12. PARTICIPACIÓN DE LOS USUARIOS EN LA GESTIÓN 24

TÍTULO II 25

MARCO DE ACTUACIÓN 25

CAPÍTULO I: MARCO DE REFERENCIA CORPORATIVO 25

1. VISIÓN - MISIÓN - VALORES CORPORATIVOS 25

2. OBJETIVOS ESTRATÉGICOS 27

3. MAPA ESTRATÉGICO 30

4. POLÍTICAS CORPORATIVAS 31

5. MONITOREO ESTRATÉGICO 32

6. DECLARACION CONJUNTA DE COMPROMISO EN RESPONSABILIDAD SOCIAL Y GOBIERNO CORPORATIVO 33

CAPITULO II: SERVICIOS 33

1. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO PLUVIAL Y SANITARIO 33

2. ASPECTOS GENERALES DEL SECTOR DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO 35

TÍTULO III 37

DE LA EMPRESA Y SU GOBIERNO 37

CAPÍTULO I: ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN 37

1. JUNTA DIRECTIVA 37

1.1. Elección 37

1.2 Reuniones 38

1.3. Funciones 38

1.4. Remuneración 40

2. GERENTE GENERAL 40

2.1 Nombramiento 40

2.2. Funciones 40

2.3. Remuneración 42

TÍTULO IV 42

DE LA CONDUCTA DE LA ADMINISTRACIÓN 42

CAPÍTULO I: DEL CONTROL 42

1. DEL CONTROL INTERNO 42

1.1 Sistema de Control Interno 42

1.2 Oficina de Control Interno 43

1.3 Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano (MECI) 44

2. DEL CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO 45

3. EVALUACIÓN Y EL CONTROL DE LA ACTIVIDAD DE LOS MIEMBROS DE JUNTA DIRECTIVA Y EJECUTIVOS 46

4. AUDITORÍAS EXTERNAS 47

4.1. Auditoría externa de los estados financieros 47

4.2. Auditoría externa especializada por parte de los inversionistas 48

CAPÍTULO II: DE LA GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO 49

1. PRINCIPIOS DE LA GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO 49

2. NORMAS DE LA GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO 50

3. FORTALECIMIENTO DEL TALENTO HUMANO 50

3.1. Selección y Promoción de Personal 50

3.2. Programas de Capacitación y de Bienestar 51

4. COMITÉS CONVENCIONALES 51

4.1 Comité de Desarrollo Humano y Empresarial 52

4.2 Comité de Vivienda 53

4.3 Comité de Bienestar Social 53

4.4 Comité de Servicio Médico y Odontológico 54

4.5 Comité Paritario de Salud Ocupacional 54

TÍTULO V 55

TRATAMIENTO EQUITATIVO DE LOS INVERSIONISTAS 55

TÍTULO VI 55

CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN 55

1. RÉGIMEN APLICABLE 55

2. PRINCIPIOS RECTORES DE LA CONTRATACIÓN 55

3. CRITERIOS DE SELECCIÓN DE LOS PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS 56

4. SISTEMA DE GESTIÓN DE CALIDAD 57

5. MODELO DE PROVEEDURÍA ESTRATÉGICA 57

6. SISTEMA DE AVALÚO DE INFRAESTRUCTURA 58

7. ADMINISTRACIÓN PÁGINA WEB 58

8. REGISTRO DE PROPONENTES 58

TITULO VII 59

DE LOS RIESGOS 59

1. POLÍTICAS EN MATERIA DE RIESGOS 59

2. IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS 60

3. COBERTURA DE RIESGOS 61

4. OBLIGACIÓN DE REVELAR LOS RIESGOS 61

5. CALIFICACIÓN DE RIESGOS 61

TÍTULO VIII 62

CONFLICTOS DE INTERÉS 62

1. DEFINICIÓN GENERAL DE CONFLICTOS DE INTERÉS 62

2. PREVISIONES EN MATERIA DE CONFLICTOS DE INTERÉS 62

3. RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS 64

TÍTULO IX 65

DE LA INFORMACIÓN 65

1. CANALES DE INFORMACIÓN 65

2. POLÍTICAS EN MATERIA DE INFORMACIÓN 65

TÍTULO X 66

DIVULGACIÓN Y CONSULTA DE LOS MECANISMOS DE GOBIERNO DE LA EMPRESA 66

1. OFICINA DE ATENCIÓN AL INVERSIONISTA 66

2. PROCEDIMIENTO QUE LOS INVERSIONISTAS DEBEN OBSERVAR PARA PRESENTAR SUS SOLICITUDES Y RECLAMAONES 67

INTRODUCCIÓN

La EAAB-ESP, con el fin de asegurar el respeto a los derechos de sus inversionistas, garantizar una adecuada administración de sus asuntos y desarrollar una gestión transparente y de conocimiento público, pone a disposición del Mercado Público de Valores, de sus trabajadores y de la comunidad en general, el presente Código de Buen Gobierno.

Este documento, recoge normas, mecanismos, directrices, instrumentos y disposiciones voluntarias de autorregulación de las distintas instancias de administración y gestión de la Empresa para generar confianza en los públicos externo e interno, y refleja nuestro compromiso hacia el logro de una gestión caracterizada por la transparencia, la eficiencia y la clara orientación hacia el cumplimiento de los fines sociales del Estado; entendiendo que los Códigos de Buen Gobierno, cada vez más aplicados en empresas de servicios públicos domiciliarios, son un punto de referencia para indicar que los objetivos sociales de la prestación de servicios públicos, no van en contravía de los objetivos empresariales de la misma.

Por ello, el objetivo final de este Código consiste en generar confianza para todos aquellos que tienen algún interés en que se garantice la transparencia, la claridad y la autonomía en la gestión de la organización, a través de las cuales se preserve la existencia de ésta, debido a su manejo íntegro, ético, coordinado y estructurado, con respeto hacia sus grupos de interés, con alta vocación por la responsabilidad social, respetando, al mismo tiempo, los objetivos de eficiencia y rentabilidad empresarial hacia los que debe tender en desarrollo de su objeto social.

En relación con su ámbito de aplicación, el Código de Buen Gobierno de la EAAB - ESP regirá las actuaciones de los órganos de dirección, administración y gestión de la Empresa, del Gerente, la Junta Directiva, los directivos, los trabajadores, proveedores, acreedores, clientes y las demás personas vinculadas con los asuntos regulados por el presente Código de Buen Gobierno. De manera que se garantice el cumplimiento de las orientaciones fundamentales en él contenidas, referentes al fortalecimiento de nuestro compromiso ético con el público, de nuestra función ambiental dedicada a la gestión integral del agua y de nuestra responsabilidad social en la búsqueda de una Bogotá más humana e incluyente.

Este documento, permanecerá disponible en la Secretaría General de la EAAB -ESP, ubicada en la Av. Calle 24 No. 37-15 Piso 6, para ser consultado por los inversionistas y el público en general, en los términos y condiciones que reglamenta la Ley y él mismo; así, como en la página web de la EAAB-ESP.

DEFINICIONES

Para los efectos del presente Código se establecen las siguientes definiciones de las palabras y expresiones utilizadas:

Inversionistas:

De acuerdo con el parágrafo primero del artículo 40 de los Estatutos, son Inversionistas todas aquellas personas naturales o jurídicas que hayan adquirido títulos emitidos por la Empresa en el mercado público de valores.

Oficina de Atención al Inversionista

Para todos los casos señalados en este código, la dependencia responsable de atención al inversionista es la Dirección de Operación Económica de la Gerencia Financiera.

Secreto Empresarial

Para efectos del presente código se entienden las disposiciones reguladas por las normas nacionales y los tratados internacionales sobre la materia.

Conflicto de Interés

Situación en virtud de la cual una persona, en razón de su actividad, se encuentra en una posición en donde podría aprovechar para sí o para un tercero las decisiones que tome frente a distintas alternativas de conducta.

Zonas de servicio

Para fortalecer la responsabilidad integral por el servicio en los aspectos que están más cercanos a la ciudadanía, en el nuevo modelo empresarial se introdujo el concepto de zonas operativas.

Modelo Estándar de Control Interno ?MECI

Es el modelo establecido por el Estado para sus entidades mediante el Decreto No. 1599 de 2005. Proporciona una estructura para el control ala estrategia, a la gestión y a la evaluación, con el propósito de mejorar el desempeño institucional mediante el fortalecimiento del control y de los procesos de evaluación que deben llevar a cabo las Oficinas de Control Interno, Unidades de Auditoría Interna o quien haga sus veces.

Código de Buen Gobierno

Disposiciones voluntarias de autorregulación de quienes ejercen el gobierno de la Entidades, que a manera de compromiso ético buscan garantizar una gestión eficiente, íntegra y transparente en la administración pública.

TÍTULO I

IDENTIFICACIÓN DE LA EMPRESA

1. RAZÓN SOCIAL

La Empresa se denomina e identifica como "EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA- E.S.P." La Empresa podrá identificarse para todos los efectos, con la sigla EAAB-ESP.

2. NATURALEZA JURÍDICA

La EAAB-ESP fue constituida originalmente como un establecimiento público del orden Distrital mediante Acuerdo 105 de 1955, expedido por el Consejo Administrativo del Distrito Especial de Bogotá.

En cumplimiento del artículo 164 del Decreto-Ley 1421 de julio de 1993, Estatuto Orgánico de Bogotá D.C., y del artículo 17 de la Ley 142 de 1994, la naturaleza jurídica de la EAAB-ESP fue modificada mediante el Acuerdo Distrital No. 6 de julio 25 de 1995, en el cual se definió la naturaleza jurídica de la misma como Empresa Industrial y Comercial del Distrito, prestadora de servicios públicos domiciliarios, dotada de personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente.

En cuanto al régimen aplicable, la Ley 142 de 1994 establece que las empresas de servicios públicos se rigen por regla general por las normas del derecho privado. De forma especial, la Ley 489 de 1998 establece que las empresas industriales y comerciales desarrollan actividades de naturaleza industrial o comercial y de gestión económica conforme a las reglas del Derecho Privado, salvo las excepciones que consagra la ley. Según esta última ley, dichas empresas están dotadas con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera y capital independiente, constituido totalmente con bienes o fondos públicos, los productos de ellos, o el rendimiento de tasas que perciban por las funciones o servicios al igual que contribuciones de destinación especial en los casos autorizados por la Constitución.

Así mismo la Ley 689 del 28 de agosto de 2001, modificó el artículo 31 de la ley 142 de 1994, referente al régimen de contratación. La Ley definió que los contratos que celebren las entidades estatales que presten los servicios públicos no estarán sujetos a las disposiciones del estatuto general de contratación de la administración pública, salvo en los aspectos en los cuales la misma ley dispuso otra cosa.

Es importante indicar que como resultado del programa de modernización de la EAAB- ESP, se dividió el área de cobertura de la Empresa en cinco zonas de servicio, considerando criterios técnicos que permiten optimizar la prestación de los servicios.

Al hacer la división de la ciudad en las zonas, se buscó que la responsabilidad sea más manejable y que exista un conocimiento más cercano de las necesidades de los ciudadanos; donde, cada zona se encarga de la operación y mantenimiento de las redes locales de acueducto y alcantarillado en un área determinada de la ciudad, así como de solucionar los reclamos operativos y comerciales que le sean encomendados, posibilitando así una atención más integral y eficiente al cliente.

3. BREVE RESEÑA HISTÓRICA DE LA EMPRESA

Durante los primeros años desde su fundación hasta mediados del siglo XIX, Bogotá pasa de un abastecimiento mediante pilas públicas a la prestación privada de los servicios luego de lo cual la prestación se revierte al sector público hasta nuestros días.

En 1955 se creó un ente con carácter de establecimiento público autónomo de propiedad del Distrito Capital dedicado al suministro de agua y al manejo de las aguas servidas y lluvias, la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá. Dado el acelerado crecimiento de la ciudad, la Empresa ha recurrido periódicamente a realizar proyectos de expansión tanto del abastecimiento como de la distribución, dinámica que se resume a continuación.

Entre los años 1966 y 1971 se adelantaron los estudios de planeación técnica y financiera del proyecto Chingaza, las obras se iniciaron el 1972 y culminaron en 1985, garantizando el suministro de agua potable para la capital hasta el año 2020. Este sistema cuenta con la Planta de Tratamiento Wiesner ubicada en cercanías del municipio de La Calera con capacidad de 14 m3 por segundo. Previendo los problemas de inestabilidad geológica de los túneles y la vulnerabilidad potencial que esta representaba para el abastecimiento de la ciudad se realiza la construcción del Embalse de San Rafael como almacenamiento de contingencia con capacidad de atender la ciudad durante 90 días.

En el año 1985 se gestó el Proyecto Bogotá IV que correspondía a la expansión de cobertura en los barrios ubicados al sur oriente y sur occidente de la ciudad y tener en cuenta futuros desarrollos de Bogotá. La ejecución de Bogotá IV redundó en el mejoramiento de las condiciones de vida y por lo tanto de la salud, de los habitantes marginales de la ciudad, garantizando abastecimiento de agua potable hasta San Rafael y su estación de bombeo.

Hacia 1991 la Empresa de Acueducto diseñó el proyecto Bogotá V encaminado a continuar los procesos de ampliación de los servicios de acueducto y alcantarillado. En razón del aumento de la capacidad de suministro, así como del crecimiento de la población, la cobertura del servicio de alcantarillado se fue rezagando hasta llegar a niveles del 85%, por tal motivo el proyecto Bogotá V se centro en el diseño del Plan Maestro de Alcantarillado cuyos frentes fueron: adecuación hidráulica del río Bogotá, sistemas troncales de alcantarillado (Torca, Tintal, Fucha, Jaboque y Salitre); interceptor del río Bogotá, estaciones de bombeo de aguas residuales, segunda etapa del Plan Maestro de Acueducto y modernización de la Empresa.

Desafortunadamente los problemas financieros e institucionales del acueducto hicieron imposible comenzar la ejecución de las obras del proyecto Bogotá V, situación que llevó a la Empresa a realizar una reestructuración institucional, basada en una estrategia para asegurar autonomía administrativa y presupuestal. La Empresa formuló un documento denominado plan de desempeño en el cual se planteaba la reestructuración con una vigencia de 9 años, aprovechando esta situación se diseñó un nuevo proyecto llamado Santa Fe I, que reemplazó al proyecto Bogotá V y cuya ejecución se planeó para el periodo comprendido entre 1994-2000.

A partir de la expedición de la ley 142/94, el proyecto Santa Fe I se pudo emprender y se vinculó en la mejora de la eficiencia operacional, con una mayor autonomía y responsabilidad y con la reducción de la interferencia política en su gestión.

A partir del 2002 el Acueducto comienza un período de transformación empresarial. Se implantó un modelo de negocios denominado "Gestión Estratégica de Activos" mediante el cual se renovaron las antiguas estructuras administrativas con que se venían manejando la entidad. En el proceso de mejoramiento continuo, se dividió a la ciudad en cinco zonas de servicio; con el propósito de atender eficientemente al público, asegurando de esta manera la medición de los resultados obtenidos y el control del cumplimiento de los objetivos.

Para el año 2004, la Empresa rediseñó una nueva factura que incluyó de manera clara los cargos que generan cobros y descuentos. Así cada suscriptor conoce con exactitud cuánto paga por cada uno de los servicios. Con ello, se benefició a más de 1.450,000 familias usuarias del servicio de acueducto y alcantarillado con un descuento del 47.5% en el cargo fijo, lo cual representó una reducción promedio por suscriptor del 9.1% en su factura.

Se adjudicó la construcción del embalse y presa de regulación de caudal Cantarrana, que permitirá el manejo adecuado de las aguas que circulan por el río Tunjuelo y evitará las inundaciones del sector de Tunjuelito, San Benito y Bosa Occidental. Además se terminó la construcción de la central hidroeléctrica de Santa Ana, como acción que permitirá optimizar los costos operativos de energía.

Se firmó una nueva convención colectiva de trabajo a través de una estrategia de negociación diferente, fortaleciendo las relaciones laborales entre la organización sindical y la administración y mejorando el clima organizacional. Se liquidó la prestación del servicio médico directo por parte de la Empresa, estando hoy todos sus trabajadores afiliados a una E.P.S, escogida por ellos mismos.

Se lograron beneficios económicos importantes para la Empresa y los usuarios con la reducción de los costos laborales en la convención colectiva de trabajo vigente, al disminuir el valor del cálculo actuarial y la contratación del nuevo personal bajo un nuevo régimen laboral ya que devengarán en promedio 16,6 salarios, siendo 15 salarios lo mínimo determinado por la ley y 21.5 lo que existía para trabajadores recientes antes de firmar la convención 2004-2007.

En relación con la calidad del agua, se ha cumplido a satisfacción con la normatividad vigente y tiene certificado el proceso con la norma ISO 9000 del ICONTEC. Asimismo, mantienen la calificación AA+ por parte de las firmas calificadoras de riesgo, lo cual posiciona a la Empresa en el mercado financiero para sus operaciones crediticias y le permite tener un menor costo de intereses.

En nuestro trabajo ambiental, se han cuidado más de cuarenta mil hectáreas en Chingaza, cinco mil hectáreas en los cerros de la capital, 200 quebradas, 4 ríos y 13 humedales.

Se organizó un Laboratorio de Aguas, acreditado por la Superintendencia de Industria y Comercio, que realiza análisis científicos de todo tipo de agua: cruda, potable, subterránea, superficial, lluvia, residual doméstica y residual industrial. Asimismo, se ha construido la planta de lodos El Dorado, única en Colombia que cuenta con métodos especializados para tratar los lodos generados en los procesos de potabilización del agua y la Planta Wiesner, que abastece al 80% de los bogotanos e inició un proceso de automatización que sólo tienen el 30% de estas plantas en el mundo.

En octubre de 2006, se efectuó la primera operación de Titularización mediante la subasta de títulos Acueducto de Bogotá realizada en la Bolsa de Valores de Colombia. La operación fue calificada AAA por BRC Investors Services y se cerró por $250.000 millones, los cuales fueron destinados en su totalidad al prepago de obligaciones financieras y la Empresa optimizó el perfil del portafolio de deuda al mejorarlo en estructura de monedas del 63% al 82% en pesos, al doblar la duración del portafolio de 4 a 9 años.

Gracias a las medidas adoptadas por la Administración Distrital y el Concejo de Bogotá, los altos índices de eficiencia del Acueducto y el plan de ajuste de la Empresa para reducir gastos sin poner en riesgo el plan de inversiones, se logró que los bogotanos disfruten desde enero de 2006 de una rebaja en las tarifas de los servicios de acueducto y alcantarillado del 13% en promedio para los estratos 1, 2, 3 y 4.

Todo este camino recorrido nos permite destacar que a diciembre de 2008, la gestión de la Empresa logró mantener la cobertura legal de acueducto alrededor del 100% (alcanzada en diciembre de 2003), y ampliar la cobertura residencial y legal de alcantarillado sanitario a 99.11% y la cobertura pluvial a 97.81%. Así, en cuanto a nivel de cobertura de agua y alcantarillado, Bogotá se ubica al mismo nivel de países desarrollados como Suiza y Reino Unido.

Además la Empresa se destacó en los siguientes eventos:

* 120 años de Experiencia

* Premio ANDESCO 2008 a la Responsabilidad Social Empresarial

* Mención especial por el trabajo ambiental.

* Acreditación para el Laboratorio de Aguas

* Plan General Estratégico 2008-2012 con P.I.E. Firme en la gestión

De esta forma y gracias al empeño diario de nuestros funcionarios, avanzamos en nuestra función ambiental dedicada a la gestión integral del agua y nuestra responsabilidad social en la búsqueda de una Bogotá Positiva, para vivir mejor.

4. DOMICILIO SOCIAL

El domicilio principal de la Empresa es la ciudad de Bogotá D.C., pero por disposición de la Junta Directiva, la Empresa podrá establecer oficinas, agencias o unidades operativas en cualquier parte del país.

5. DURACIÓN

El término de duración de la Empresa es indefinido, pero podrá suprimirse o liquidarse en los casos y mediante los procedimientos establecidos en la ley.

6. DISOLUCIÓN DE LA EMPRESA

El artículo 5º de los estatutos de la Empresa establece que la EAAB-ESP podrá suprimirse o liquidarse, en los casos y mediante los procedimientos establecidos en la ley. De otra parte, de conformidad con el numeral 9 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993, el Concejo Distrital tiene la capacidad para crear, suprimir o fusionar establecimientos públicos y empresas industriales y comerciales del orden distrital, tal como es el caso de la EAAB-ESP.

7. OBJETO PRINCIPAL

La Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá  ESP, integra todos los procesos y/o actividades que se requieren para prestar adecuadamente los servicios públicos domiciliarios de Acueducto (Agua potable) y de Alcantarillado (Sanitario y Pluvial), en el área de jurisdicción del Distrito Capital de Bogotá, y en cualquier lugar del ámbito nacional o internacional, los cuales se definen así:

(i) Servicio público domiciliario de acueducto o de agua potable, es aquel mediante el cual se efectúa la distribución de agua apta para el consumo humano, incluida su conexión y medición, junto con sus actividades complementarias, y

(ii) Servicio público domiciliario de alcantarillado sanitario y pluvial, el cual consiste en la recolección de residuos principalmente líquidos, por medio de tuberías y conductos, con sus actividades complementarias como el transporte, tratamiento, aprovechamiento y disposición final de tales residuos.

En cumplimiento de su objeto social, la Empresa desarrollará las siguientes actividades principales:

1. Sembrar, captar, almacenar, tratar, conducir y distribuir agua potable.

2. Recibir, conducir, tratar y disponer las aguas servidas, en los términos y condiciones fijadas por las normas para estos servicios.

3. Recoger, conducir, regular y manejar las aguas lluvias y aguas superficiales que conforman el drenaje pluvial y el sistema hídrico dentro de su área de actividad.

4. Realizar la construcción, instalación y mantenimiento de la infraestructura necesaria para prestar los servicios públicos domiciliarios a su cargo.

5. Solicitar las concesiones de aguas y los permisos de vertimientos que requiera y colaborar con las autoridades competentes en la conservación y reposición del recurso hídrico.

6. Fijar las tarifas de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, con base en las fórmulas que defina periódicamente la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico -CRA-

7. Adoptar el Reglamento de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado y celebrar con los usuarios el contrato de prestación de dichos servicios.

8. Adquirir, enajenar, dar o tomar en arrendamiento y gravar bienes muebles e inmuebles necesarios para su actuación; constituir servidumbres y promover la expropiación de predios.

9. Fijar, liquidar, facturar y recaudar las tasas o tarifas por la prestación de aquellos servicios diferentes a los domiciliarios de acueducto y alcantarillado y establecer el precio y forma de pago de los bienes y obras accesorias a éstos, ciñéndose a la ley y a las decisiones de las autoridades competentes.

10. Percibir, otorgar y administrar subsidios, con arreglo a las leyes vigentes que regulan esta materia.

11. Asociarse, aportar o suscribir acciones en sociedades que tengan por objeto la prestación de los mismos servicios o la realización de actividades conexas o complementarias. Así mismo, podrá asociarse, consorciarse y formar uniones temporales con otras entidades públicas o privadas para desarrollar tales actividades.

12. Promover la investigación y el desarrollo de tecnologías en los campos relacionados con la Empresa; explotar y divulgar los resultados y avances que obtenga la Empresa, según las reglas pertinentes.

13. Celebrar convenios de cooperación técnica con entidades nacionales y extranjeras en desarrollo de su objeto.

14. Contratar empréstitos y realizar operaciones financieras encaminadas a obtener recursos para atender las obligaciones a su cargo.

15. Administrar los predios adquiridos con miras a conservar las zonas de protección y preservación ambiental, con el fin de que cumplan su cometido, evitando que sean invadidos o usados fraudulentamente para otros fines.

16. Expedir los demás actos, celebrar los contratos y realizar las operaciones necesarias para el cumplimiento de su objeto social.

17. En general, cumplir las demás funciones o actividades que, por razón de su objeto, le señalen la Ley, los Acuerdos del Concejo Distrital y las decisiones de la Junta Directiva.

8. CONFORMACIÓN PATRIMONIAL

Hacen parte del patrimonio de la Empresa todos los derechos y obligaciones que obtenga y contraiga, en especial los siguientes:

a. Los ingresos provenientes de las tarifas y de los derechos adicionales o complementarios que perciba la Empresa por la prestación del servicio principal y de los conexos.

b. Las tasas, contribuciones, privilegios, concesiones, garantías y exenciones decretados, o que se decreten a su favor.

c. Todos los bienes, derechos y transferencias que el Distrito Capital, o cualquier otra entidad pública o privada le otorguen, aporten o asignen a cualquier título.

d. Los recursos que reciba para subsidiar la prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado a los usuarios de menores ingresos.

e. Todos los demás bienes y derechos que la Empresa haya adquirido o adquiera a cualquier título.

9. LA EMPRESA EN LA ORGANIZACIÓN DEL DISTRITO

La reciente reforma administrativa distrital, sancionada como el Acuerdo 257 de 2006 (noviembre 30): "Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá D.C. y se expiden otras normas", permitió reorganizar la administración de Bogotá al agrupar varias entidades del distrito en nuevas secretarías. Ese es el caso de la nueva Secretaría de Hábitat, a la que está vinculada la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá.

En este Acuerdo (artículo 114), se estableció que el Sector Hábitat está integrado por la Secretaría Distrital del Hábitat, cabeza del Sector, y por las siguientes:

a. Entidades Adscritas:

Establecimiento público: Caja de Vivienda Popular.

Unidad Administrativa Especial: Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos.

b. Entidades Vinculadas:

Empresa Industrial y Comercial: Empresa de Renovación Urbana - ERU

Empresa Industrial y Comercial: Metrovivienda.

Empresa de Servicios Públicos: Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - EAAB -ESP

c. Entidades con vinculación especial:

Empresa de Servicios Públicos: Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S.A.-ETB-ESP.

Empresa de Servicios Públicos: Empresa de Energía de Bogotá S.A. - EEB - ESP.

Igualmente, se determinó, (artículo 115), la naturaleza, objeto y funciones básicas de la Secretaría Distrital del Hábitat, como un organismo del Sector Central con autonomía administrativa y financiera y que tiene por objeto formular las políticas de gestión del territorio urbano y rural; estableciéndose como sus atribuciones generales, entre otras, las siguientes:

· Elaborar la política de gestión integral del sector hábitat en articulación con las Secretarías de Planeación y del Ambiente, y de conformidad con el Plan de Ordenamiento Territorial - POT y el Plan de Desarrollo Distrital.

· Formular las políticas y planes de promoción y gestión de proyectos de renovación urbana, el mejoramiento integral de los asentamientos, los reasentamientos humanos en condiciones dignas, el mejoramiento de vivienda, la producción de vivienda nueva de interés social y la titulación de predios en asentamientos de vivienda de interés social.

· Promover la oferta del suelo urbanizado y el apoyo y asistencia técnicas, así como el acceso a materiales de construcción a bajo costo.

· Gestionar y ejecutar directamente o a través de las entidades adscritas y vinculadas las operaciones estructurantes definidas en el Plan de Ordenamiento Territorial - POT y demás actuaciones urbanísticas que competan al sector hábitat.

· Formular la política y diseñar los instrumentos para la financiación del hábitat, en planes de renovación urbana, mejoramiento integral de los asentamientos, los subsidios a la demanda y la titulación de predios en asentamientos de vivienda de interés social.

· Orientar, promover y coordinar las políticas y acciones para la prestación eficiente, bajo adecuados estándares de calidad y cobertura de los servicios públicos domiciliarios, en concordancia con el Plan de Ordenamiento Territorial, el Plan de Desarrollo y el Plan de Gestión Ambiental y velar por su cumplimiento.

· Diseñar la política de subsidios y contribuciones en la prestación de los servicios públicos, con base en los recursos del Sistema General de Participaciones y otros recursos de financiación definidos en la Ley 142 de 1994, sus reglamentaciones y demás normas concordantes.

· Coordinar las gestiones de las entidades distritales ante las autoridades de regulación, control y vigilancia de los servicios públicos domiciliarios.

· Promover programas y proyectos para el fortalecimiento del control social de la prestación de los servicios públicos domiciliarios, evaluar los sistemas de atención a los usuarios y orientar las acciones para la mejor atención a las peticiones, quejas y reclamos.

· Participar en la elaboración y en la ejecución del Plan de Ordenamiento Territorial, en la articulación del Distrito Capital con el ámbito regional para la formulación de las políticas y planes de desarrollo conjunto, y en las políticas y planes de Desarrollo urbano del Distrito Capital.

· Definir coordinadamente con la Secretaría Distrital de Ambiente, la política de gestión estratégica, del ciclo del agua, la cual incluye la oferta y demanda de este recurso para la ciudad como bien público y derecho fundamental a la vida.

10. MODELO DE GESTIÓN EMPRESARIAL

Acogiendo la perentoriedad de una gestión eficiente y sostenible dictada por la Ley 142, la Empresa inició en 1996 una transformación empresarial que finalmente se concretó en el periodo 2001-2003. La transformación empresarial de la EAAB ESP se basó en la implantación de un nuevo modelo de negocios denominado "Gestión estratégica de activos", mediante el cual se renovó la antigua estructura administrativa de la entidad adoptándose una nueva estructura más plana y funcional. El siguiente gráfico, presenta el modelo de gestión en mención.

En el proceso de mejoramiento continuo, se dividió la ciudad en cinco zonas de servicio. La nueva estructura organizacional derivada de este modelo asegura una mayor funcionalidad y una mejor interrelación entre las áreas estratégicas de la Empresa y al mismo tiempo establece claras relaciones con las áreas de apoyo a los mismos. Las siguientes son las actividades zonales:

a) Gestión Comercial: Atención al cliente, Gestión de usuarios, Gestión de acometidas y medidores, Gestión de facturación, Gestión de cartera.

b) Acueducto: Operación de redes secundarias, mantenimiento correctivo, mantenimiento preventivo.

c) Alcantarillado: Operación de redes secundarias, mantenimiento correctivo, mantenimiento preventivo

d) Extensión de Redes: Ejecución de obras, financiamiento de obras.

En este sentido la Empresa mantendrá todos aquellos procesos estratégicos y misionales que permitan mantener el control y el conocimiento de la organización.

Se crea una Gerencia Corporativa del Sistema Maestro, encargada de la operación y mantenimiento de los tres grandes sistemas de infraestructura que soportan el servicio abastecimiento, red matriz acueducto de acueducto y recolección de aguas lluvias y servidas.

En este nuevo modelo empresarial, ya reconocido nacional e internacionalmente, actúan como soporte de operación y servicio, las Gerencias de Gestión Humana, Planeación y Control, Financiera, Tecnología y Jurídica, cada una como unidad de negocio con un rol definido dentro de la Empresa. Promoviendo la eficiencia y el control en cada actividad facilitan un mejor servicio a los ciudadanos.

Este nuevo esquema está soportado por la más moderna tecnología con el sistema de información integrado Empresarial SIE-SAP/R3 sobre el cual se maneja el 95% de los procesos empresariales, asegurando de esta manera, la medición de los resultados obtenidos y el control del cumplimiento de los objetivos, al mejor estilo de control de eficiencia de las grandes empresas del mundo.

Los siguientes, son los organigramas de la EAAB-ESP, el primero de ellos corresponde a las gerencias de zonas y el segundo al organigrama general:

ESTRUCTURA ORGANIZACIÓN DE ZONAS

El anterior organigrama permite identificar la escala jerárquica de la Empresa, la cual se ha organizado en diferentes niveles de autoridad, así:

· Junta Directiva

· Gerencia General

· Secretaría General y Gerencias de Área.

· Gerencias de Zona

· Direcciones

· Divisiones

La representación legal de la Empresa es ejercida y delegada por el Gerente General al Secretario General y a cada uno de los Gerentes de área en lo que se relacione directamente con los asuntos respectivos. Ésta representación legal, delegada por Resolución de Gerencia, faculta para celebrar o ejecutar dentro de las normas respectivas todos los actos o contratos comprendidos dentro del objeto de la EAAB-ESP y sus respectivas áreas.

La remuneración de los ejecutivos de la Empresa se establece por la Junta Directiva, teniendo en cuenta las reglas fijadas por el Gobierno Nacional de conformidad con la Ley 4ª de 1992. Las funciones de la Junta Directiva y del Gerente General se encuentran descritas en el Título III del presente Código de Buen Gobierno.

Las funciones de las Gerencias de Área, del Secretario General, Directores y Jefes de División, así como los requisitos para el ejercicio del cargo se describen en los manuales de funciones de la Empresa. Actualmente, la Empresa adelanta un proceso de ajuste institucional para la normalización de la planta y la actualización de las funciones y procedimientos.

11. SERVICIOS PARA LOS CIUDADANOS

Paralelo a su desarrollo tecnológico y al aumento de las coberturas en los servicios de acueducto y alcantarillado, el Acueducto de Bogotá también ha evolucionado en su relación con los usuarios. Atrás quedaron las largas filas y la falta de información, que se han superado gracias a múltiples espacios que se han abierto a los usuarios:

Puntos de atención

El Acueducto cuenta con cuatro Puntos de Atención propios, ubicados en los sectores de Centro Nariño, Teusaquillo, Suba y El Tunal. Adicionalmente, la Empresa presta atención a usuarios en 20 puntos más, en los cuales se presta atención presencial de reclamos, solicitudes, consultas y trámites, como son:

· CADES: Centros de atención especializado en trámites, reclamos y recaudo de todos los servicios públicos distritales.

· RAPICADES:Centros de atención especializada en el recaudo de todos los servicios públicos distritales (Pago de facturas de Acueducto, ETB, Codensa y Gas Natural)

· SUPERCADES: Centros especializados en trámites, reclamos y recaudo tanto de los servicios públicos distritales como algunos nacionales.

· CEP ó PER: Centros especializados de pago propios de las entidades financieras cuya función es el recaudo tanto de servicios públicos como privados.

Igualmente, se tiene a disposición de los usuarios los Acuapuntos; este canal, tiene como objetivo primordial atender y recepcionar en forma eficiente y efectiva todas las peticiones, quejas, reclamos y solicitudes verbales presentadas. Finalmente, la labor de los puntos de atención se complementa con las Gerencias de Servicio y Atención al Cliente de las cinco zonas en que se encuentra dividida la Empresa.

Call Center

Esta línea telefónica 116, conocida como Acualínea, es un servicio del Acueducto de Bogotá de atención personalizada a los usuarios las 24 horas del día durante los 365 días del año. A través de esta línea se pueden resolver inquietudes, peticiones, quejas y reclamos mediante el sistema de audio-respuesta o a través de nuestros 94 agentes que brindan información sobre diferentes temas del área operativa, comercial y demás generalidades de la Empresa.

Los servicios atendidos a través de la línea son: Reclamos Operación y Mantenimiento Acueducto, Reclamos Operación y Mantenimiento Alcantarillado, Atención Comercial, Consulta de Factura, Información de daños en las redes y cortes del servicio, Orientación al usuario e información (Puntos de pago, trámites, etc.). La Acualínea 116 no atiende refinanciaciones e independizaciones del servicio. Éstas son atendidas directamente en los puntos de atención

Atención por Escrito (Peticiones, Quejas y Reclamos)

Existen tres puntos de atención para radicar las peticiones, quejas y reclamos, los cuales están ubicados en Teusaquillo, El Tunal y Suba.

Atención por Vía Internet

Los usuarios se comunican directamente a través de un moderno portal de Internet, en donde se reciben quejas, reclamos y solicitudes. Además se les garantiza una respuesta oportuna y de calidad.

La Defensoría del Usuario

La Defensoría del Usuario, es un Grupo de Trabajo que colabora en la optimización de las relaciones Usuario - Empresa. Esta figura representa la perspectiva de los Usuarios en las instancias de toma de decisión de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - ESP.

El Defensor del Usuario, facilita a los usuarios una nueva instancia de formulación de sus reclamaciones e inquietudes una vez haya surtido la llamada vía gubernativa o sea las actuaciones de la EAAB-ESP y Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, SSPD, en relación con su caso. Igualmente, desde la Empresa, analiza los casos, los sistematiza y propone a la Empresa los correctivos y mejoras necesarias, para optimizar procesos y tomar las medidas que en el marco de la Ley y la normatividad vigente permitan mejorar las relaciones con los usuarios.

También ejerce como facilitador de las relaciones entre las áreas de la Empresa involucradas en las mejoras planteadas en la solución de casos y conflictos y actúa en otras instancias como la SSPD, la Cámara de Comercio, en el CIPER (Comité Interempresarial de Servicios Públicos) y en los Comités de Desarrollo y Control Social de los Servicios Públicos Domiciliarios como mediador y facilitador en la solución de conflictos y en el intercambio y aprendizaje de las prácticas desarrolladas por otras Empresas en la misma dirección.

12. PARTICIPACIÓN DE LOS USUARIOS EN LA GESTIÓN

La EAAB-ESP desarrolla todos sus programas de participación comunitaria a través de la Dirección de Gestión Comunitaria, enfocándose principalmente en la normalización de los servicios básicos de acueducto y alcantarillado, como parte fundamental para la protección del ambiente y el entorno. En estos programas se brindan oportunidades para que la comunidad organizada participe en la ejecución de los programas y proyectos de normalización de los servicios de acueducto y alcantarillado, dando prioridad a aquellas que presenten mayor eficiencia en la organización de participación, recolección de recursos propios y definición de prioridades de intervención.

El Programa de Obras con Participación Comunitaria promovido, coordinado y apoyado por la Empresa constituye un reconocimiento al esfuerzo de la comunidad gestora de su propio mejoramiento, asumiendo los correspondientes costos y responsabilidades. La gestión desarrollada ha contribuido con el incremento de la cobertura de los servicios en zonas por fuera de las posibilidades técnicas de la Empresa mediante el aprovechamiento de fuentes propias.

Como garantía de la participación de los usuarios en la gestión, el Alcalde Mayor elige tres (3) miembros de Junta Directiva entre los vocales de control registrados ante la Alcaldía por los Comités de Desarrollo y Control Social de los Servicios Públicos Domiciliarios.

TÍTULO II

MARCO DE ACTUACIÓN

CAPÍTULO I: MARCO DE REFERENCIA CORPORATIVO

1. VISIÓN - MISIÓN - VALORES CORPORATIVOS

Visión

Empresa de todos, con agua para siempre

Misión

Somos una empresa pública, comprometida con nuestros usuarios y la sociedad, dedicada a la gestión integral del agua con responsabilidad social empresarial.

Valores Corporativos

*Vocación de servicio.

*Transparencia.

*Respeto.

*Responsabilidad.

*Excelencia en la gestión.

Empresa de todos?

Porque todos tenemos derecho al acceso al agua potable, recolección y disposición de las aguas servidas y lluvias, esenciales para la vida, la salud y la protección de personas y bienes de las inundaciones.

Porque por su naturaleza pública es patrimonio de todos los bogotanos.

Porque sus trabajadores deben ser una comunidad que comparte y contribuye a los objetivos corporativos.

Empresa con agua para siempre?

Porque para garantizar el continuo suministro de agua potable, empresa y bogotanos, debemos cuidar nuestras cuencas y embalses y adquirir un mayor compromiso en la protección de nuestros ecosistemas y de la biodiversidad.

Porque para preservarla debemos devolver a los ríos y quebradas el agua que usamos en los hogares e industrias, libre de contaminantes.

Somos una empresa pública, comprometida con nuestros usuarios y la sociedad, dedicada a la gestión integral del agua con responsabilidad social empresarial.

Esta es nuestra verdadera razón de ser, empresa pública que reinvierte sus ganancias en mejores condiciones de vida para sus usuarios y que protege el agua y el medio ambiente desde sus fuentes hasta su retorno al río Bogotá.

Los valores corporativos consideran los siguientes comportamientos:

+ Vocación de servicio.

· Damos respuesta a las necesidades de nuestros usuarios y colaboradores de forma oportuna, amable y efectiva.

· Generamos satisfacción a nuestros usuarios cuando agregamos valor a nuestro trabajo.

+ Transparencia.

· Hacemos uso adecuado y óptimo de los recursos.

· Comunicamos de forma veraz y completa las actuaciones de la Empresa.

· Construimos confianza a través de relaciones claras y abiertas.

+ Respeto.

· Escuchamos a todos con atención y valoramos sus aportes.

· Cumplimos integral y cabalmente con la normatividad.

· Cuidamos y preservamos el medio ambiente.

+ Responsabilidad.

· Cumplimos oportunamente nuestro compromiso de cobertura, continuidad y calidad del servicio.

· Impactamos positivamente en nuestro entorno.

· Promovemos la participación comunitaria y llegamos a la población más vulnerable.

· Damos siempre lo mejor de nosotros y asumimos las consecuencias de nuestros actos.

+ Excelencia en la gestión.

· Somos mejores todos los días, trabajamos en equipo y aplicamos el mejoramiento continuo, comparándonos con los mejores y adoptando las mejores prácticas.

· Medimos los procesos y mejoramos la gestión con indicadores objetivos.

· Cumplimos las metas para satisfacción de nuestros usuarios.

2. OBJETIVOS ESTRATÉGICOS

Posterior al estudio de aquellos aspectos claves cuyas mejoras facilitarían el alcance de los retos que en la actualidad se plantea la Empresa, se hace necesario estructurar los objetivos estratégicos que dirijan tales cambios. Se definieron (5) grandes objetivos estratégicos, cuyo cumplimiento se plantea a medio plazo (3-5 años):

· Objetivo 1: Ser reconocidos como una empresa amable y justa, generadora de calidad de vida.

Este objetivo busca que los ciudadanos quieran, defiendan y se sientan orgullosos de ser usuarios de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá-ESP. Su logro será producto del desarrollo de acciones propias, enmarcadas dentro de la participación ciudadana, la responsabilidad social, la promoción de los resultados alcanzados y la ejecución de las acciones que garantizan la cobertura, continuidad y calidad de los servicios de acueducto, alcantarillado, sanitario y pluvial.

Se ha avanzado en la imagen institucional favorable de la Empresa, indicador de percepción ciudadana del proyecto Bogotá Como Vamos, el cual pasó de 48% en 2000 a 90% en 2008, sin embargo al final de la presente administración se espera lograr un 95%, de tal manera que refleje el posicionamiento de la EAAB-ESP como empresa vital en el desarrollo social y económico de la ciudad.

· Objetivo 2: Ser líderes en responsabilidad y gestión ambiental.

Este objetivo busca que los ciudadanos quieran, defiendan y se sientan orgullosos de ser usuarios de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá-ESP.

Su logro será producto del desarrollo de acciones propias, enmarcadas dentro de la participación ciudadana, la responsabilidad social, la promoción de los resultados alcanzados y la ejecución de las acciones que garantizan la cobertura, continuidad y calidad de los servicios de acueducto, alcantarillado, sanitario y pluvial.

Se ha avanzado en la imagen institucional favorable de la Empresa, indicador de percepción ciudadana del proyecto Bogotá Como Vamos, el cual pasó de 48% en 2000 a 90% en 2008, sin embargo al final de la presenta administración se espera lograr un 95%, de tal manera que refleje el posicionamiento de la EAAB-ESP como empresa vital en el desarrollo social y económico de la ciudad.

· Objetivo 3: Crecer en el mercado y aumentar la rentabilidad de la empresa con responsabilidad social.

La Empresa cumplirá su función social de cubrimiento oportuno de los servicios con un crecimiento controlado de sus costos y gastos, sin poner en peligro su sostenibilidad y suficiencia financiera en el largo plazo.

La Empresa se proyectará al mercado regional para posicionarse y generar confianza en la prestación de sus servicios.

En este campo de los nuevos negocios se adelantarán evaluaciones de oportunidades de negocio para las operaciones de acueducto y alcantarillado, servicios técnicos, sistemas de información, etc.

No obstante el énfasis regional, se tendrán en cuenta las oportunidades de negocio que surjan a nivel nacional e internacional.

· Objetivo 4: Fortalecer el modelo de gestión basado en procesos sencillos, útiles, ágiles e innovadores.

Lograr cultura de planeación y control de gestión es indispensable para la sobrevivencia y crecimiento de nuestra Empresa, con la aplicación de las mejores prácticas empresariales para construir una empresa eficiente y proactiva.

Si bien debemos lograr excelencia en todos nuestros procesos, es de vital importancia fortalecer la gestión integral de inversiones (gestión predial, contratación y compras, ejecución e interventoría de proyectos) y la gestión comercial.

A nivel organizacional, a pesar de los avances en el proceso de modernización, aún se requieren esfuerzos para eliminar el fraccionamiento de procesos y lograr una gestión compartida de la Visión y Misión del Acueducto. Así mismo, se hace necesario fortalecer nuestro sistema de indicadores para realizar un monitoreo permanente de la gestión corporativa por áreas, de tal forma que los tableros de control se conviertan en verdaderos instrumentos de apoyo a la toma de decisiones.

Con el modelo de gestión que se aplica en el Acueducto, soportado en los sistemas de control interno, gestión de calidad público, salud ocupacional y seguridad industrial, sistema integral de gestión medio ambiental se consolidará una Empresa eficiente, moderna, competitiva y ajustada a las realidades de los ciudadanos.

· Objetivo 5: Desarrollar y mantener un equipo humano comprometido y competente.

El Acueducto se propone contar con el equipo humano de mayor competencia en el mercado para operar su cadena de valor, en cumplimiento de sus procesos institucionales, de tal forma que la capacidad de crear e innovar se constituya en una verdadera ventaja competitiva aplicable, en procura del mejoramiento de los procesos internos de la Empresa. Así mismo velará por el mantenimiento de un ambiente de trabajo gratificante, que permita el desarrollo del recurso humano, a través del establecimiento de políticas de bienestar y capacitación orientadas a promover el cambio cultural y organizacional que viene afrontando la Empresa.

Consolidar el ajuste institucional a través de la integración de los funcionarios con los procesos internos lo cual contribuirá a tener una Empresa con objetivos totalmente compartidos, apropiados por sus trabajadores y que logrará el cumplimiento de las políticas institucionales.

3. MAPA ESTRATÉGICO

4. POLÍTICAS CORPORATIVAS

* Política de Imagen Institucional

La EAAB-ESP informará a la comunidad los efectos y beneficios que sus inversiones y actividades tienen para la ciudad, motivando su apropiación y disfrute.

Todo el equipo humano de la Empresa manejará un diálogo amable y positivo haciendo visible su vocación de servicio, sentido de pertenencia y proyectando una imagen institucional favorable.

* Política de Gestión Integral de Riesgos

La EAAB-ESP implementará un sistema de administración de riesgos en toda la cadena de la gestión integral del agua, para optimizar la eficacia y eficiencia operativa en beneficio de la comunidad y cumpliendo con la normatividad aplicable en materia de riesgos.

* Política de Responsabilidad Social Empresarial

Las actuaciones del Acueducto de Bogotá, con todos sus grupos de interés, están enmarcadas en principios de participación, equidad, inclusión social y responsabilidad ambiental.

* Política de Desarrollo del Talento Humano

Buscamos alcanzar los fines organizacionales con la participación de todo el personal de la Empresa, creando un ambiente empresarial amable y productivo, basado en un proceso cuidadoso desde la selección hasta el retiro del personal, el desarrollo de las competencias laborales claves y programas de bienestar que incluyan al trabajador y su familia para hacer del trabajo una fuente de desarrollo humano y profesional.

* Política de sostenibilidad financiera

La Empresa cumplirá su función social con transparencia en el manejo de los recursos públicos, de forma que el desarrollo de sus actividades se realice con calidad y costos competitivos, sin poner en peligro la suficiencia financiera y desarrollo a largo plazo de la Empresa.

La rentabilidad, dentro de los límites del bienestar social, será nuestra motivación principal en las operaciones de nuevos negocios.

* Política de Calidad

En el Acueducto de Bogotá, comprometidos con la satisfacción de nuestros usuarios y la mejora continua de nuestros procesos, aplicamos las mejores prácticas en la gestión integral del agua.

5. MONITOREO ESTRATÉGICO

La metodología para el monitoreo del Plan General Estratégico, se basa en Indicadores de Gestión. La disciplina del monitoreo es la que asegura que una organización sea proactiva ante su entorno y que el análisis estratégico se vuelva cultura. La planeación estratégica no es estática, exige de un permanente monitoreo de los factores externos e internos que influyen sobre la organización.

Como práctica administrativa, toda la planeación a nivel estratégico tiene como mecanismo de seguimiento y control el "Tablero de Control Corporativo", herramienta que a través del seguimiento mensual de los indicadores y metas definidos para las estrategias, apoya la implementación del Plan General Estratégico y una oportuna toma de decisiones. Las metas de cada indicador se formulan teniendo en cuenta el proceso de planificación anual de la Empresa y en algunos casos, los mejores criterios disponibles al interior de la Empresa.

Los beneficios que se han encontrado con esta práctica son:

· Permite alinear la acción empresarial en los diferentes niveles de planeación en la Empresa.

· Permite la formulación de un conjunto de indicadores que miden articuladamente la gestión empresarial, integrando la estrategia con la acción empresarial.

· Fortalece el trabajo en equipo a nivel de planeación y control.

· Facilita la comunicación de resultados en la Empresa, ya que es un canal único de información.

· Fortalece el aprendizaje organizacional, porque permite tener acceso a la información histórica en la evolución de la implementación de las estrategias, para tomar acciones de mejora y proyectar nuevos resultados.

6. DECLARACIÓN CONJUNTA DE COMPROMISO EN RESPONSABILIDAD SOCIAL Y GOBIERNO CORPORATIVO

En el anexo uno (1) se presenta la declaración conjunta suscrita entre el Distrito Capital en su calidad de propietario único y la EAAB ? ESP. Uno de los compromisos asumidos es el de emitir el Informe de Responsabilidad Social y Gobierno Corporativo, con el objeto de que los ciudadanos, acreedores, trabajadores, las firmas calificadoras y la sociedad en general puedan emitir un juicio sobre el desempeño y las prácticas donde la Empresa presta el servicio, se emitirá anualmente un informe de cumplimiento de los diez principios del Pacto Mundial de la ONU. En este documento también se compilará la información sobre las estructuras y prácticas de Gobierno Corporativo. Como mínimo contendrá la siguiente información:

i) Estructura de administración de la Empresa.

ii) Operaciones vinculadas.

iii) Sistemas de control del riesgo.

iv) La Comunicación de Progreso

v) Plan Institucional del Gestión Ambiental (PIGA)

vi) Seguimiento de las recomendaciones

CAPÍTULO II: SERVICIOS

1. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO PLUVIAL Y SANITARIO

La EAAB-ESP suministra el agua potable para el consumo humano y para diferentes usos residenciales e industriales en Bogotá y algunos municipios aledaños, y tiene bajo su responsabilidad la disposición de las aguas servidas y las aguas lluvias en el Distrito Capital.

De los 13 municipios aledaños a Bogotá, 10 son atendidos por la EAAB-ESP. De ellos, los municipios de Soacha y Gachancipá forman parte de los ciclos de facturación de la Empresa. El abastecimiento de Chía, Cajicá y Sopó está a cargo de la Empresa a través de venta de agua en bloque mientras la distribución y cobro se realiza por parte de las empresas de servicios públicos locales. Para los municipios de La Calera, Funza, Madrid, Mosquera y Soacha la Empresa incrementará su cobertura paulatinamente. Actualmente la Empresa suministra cerca de 0.5 m³/s de agua tratada para abastecer la demanda de los municipios circunvecinos conectados.

Las condiciones actuales de la prestación del servicio de acueducto, comprenden un sistema con componentes y métodos operacionales cuya función es la captación y conducción de agua cruda, tratamiento (potabilización), almacenamiento y distribución de agua potable; por otra parte, el servicio de alcantarillado sanitario y pluvial está conformado por la infraestructura que permite la recolección, conducción y disposición final de las aguas residuales y/o de las aguas lluvias de la ciudad de Bogotá. Estos son:

Servicio público domiciliario de acueducto o de agua potable: es aquel mediante el cual se efectúa la distribución de agua apta para el consumo humano, incluida su conexión y medición, junto con sus actividades complementarias, y en la EAAB-ESP tiene el siguiente orden de actividades:

· Captación de Agua Cruda: esta actividad consiste en todo el proceso de tomar el agua de fuentes naturales superficiales (embalses, ríos y quebradas) mediante infraestructura especial (bocatomas) el recurso necesario para satisfacer las demandas de los clientes, para este caso Bogotá y su área de influencia.

· Conducción de agua Cruda (Aducción). El agua cruda que ha sido tomada o captada de fuentes naturales es conducida a través de túneles o bombeada desde las mismas fuentes con el fin de que sea tratada y purificada haciéndola apta para el consumo humano.

· Tratamiento de agua cruda: Esta actividad consiste en el proceso de tratar agua cruda y mediante la utilización de procesos físicos y químicos, convertir el agua cruda natural en agua potable apta para el consumo humano con los mejores estándares de calidad nacionales e internacionales.

· Conducción de agua potable: Esta actividad se basa en el proceso de conducir el agua potable que sale de las plantas de tratamiento hasta los puntos de almacenamiento (tanques de almacenamiento y compensación) donde se manejan los aspectos técnicos necesarios que permiten la adecuada distribución del servicio de agua potable.

· Distribución de Agua Potable: Es la etapa final del proceso de prestación del servicio de agua potable y consiste en conducir el agua tratada desde los tanques de almacenamiento y a través de las redes matrices, secundarias y locales, poder llegar con el agua potable a cada uno de los hogares.

Servicio público domiciliario de alcantarillado (Sanitario y Pluvial): el cual consiste en la recolección de residuos principalmente líquidos, por medio de tuberías y conductos, con sus actividades complementarias como el transporte, aprovechamiento y disposición final de tales residuos, y en la EAAB-ESP tiene el siguiente orden de actividades:

· Recolección de Aguas Servidas y Lluvias: El proceso que se requiere para evacuar las aguas residuales producidas en los hogares y en las industrias y conducirlas a través de las redes locales de alcantarillado sanitario e interceptores (tuberías más grandes) a los puntos de disposición final o a la planta de tratamiento de aguas residuales. Por otra parte, la actividad de recolección de aguas lluvias consiste en la evacuación de las aguas lluvias a través de los sumideros, las redes locales, los colectores y los canales con el objetivo de conducirlas a puntos de disposición en ríos o cuerpos de agua, hay que tener en cuenta que este servicio reduce el riesgo por inundación en la población mediante el control de creciente de los ríos y quebradas.

· Tratamiento de Aguas Residuales: Esta actividad la realiza actualmente la EAAB-ESP a través de la PTAR Salitre, a través de un convenio con la Secretaría Distrital de Ambiente (antes DAMA), la cual consiste en tratar las aguas residuales mediante procesos físico-químicos con el objetivo de evacuarlas a los cuerpos de agua sólo hasta que cumplan parámetros de calidad.

· Disposición final de aguas servidas y aguas lluvias: Esta actividad consiste simplemente en el proceso de evacuar las aguas residuales tratadas de la planta de tratamiento y las aguas lluvias hacia los cuerpos de agua (ríos, quebradas y humedales).

2. ASPECTOS GENERALES DEL SECTOR DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO

El Decreto 2152 de 1992 y la Ley 142 de 1994, ley de servicios públicos domiciliarios, permiten una definición más precisa del sector, pues señalan que la competencia y la responsabilidad política en la prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado recae sobre los municipios. Corresponde también a los municipios, con cargo a sus presupuestos, el otorgar subsidios a los usuarios de menores ingresos y apoyar con inversiones a las entidades que presten los servicios en su jurisdicción.

A partir de la expedición de la ley de servicios públicos domiciliarios, se estableció un marco legal y regulatorio que desarrolló los mecanismos para garantizar incrementos en la cantidad y calidad de servicios, promover la libre competencia, asegurar el acceso de los servicios a los usuarios y subsidiar a los sectores de menores ingresos. El esquema institucional vigente plantea:

· Planeación sectorial y formulación de políticas macro a cargo del Ministerio de Desarrollo Económico.

· Regulación de monopolios, tarifas y reglamentación secundaria a cargo de la Comisión Reguladora de Agua Potable y Saneamiento Básico-CRA.

· Control y vigilancia de las empresas prestadoras de servicios públicos a cargo de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, la cual entró en funcionamiento en 1995.

· Definición de la metodología para el cálculo de los costos de referencia, tarifas por parte de las empresas, indicadores para los Planes de Gestión y Resultados, y estudios de viabilidad empresarial a cargo de la Comisión Reguladora de Agua Potable y Saneamiento Básico.

En 1998 se emprende la tarea de transformación empresarial de los entes prestadores de servicios públicos y se definen los siguientes objetivos estratégicos:

· El abastecimiento pleno y eficiente de la demanda de agua potable, de tal forma que se puedan atender en condiciones de calidad y confiabilidad a los usuarios y a los sectores.

· El uso racional de los servicios y la gestión de los proyectos sostenibles, con el objetivo de realizar una planificación y regulación sectorial que conduzcan a la racionalización del consumo, aprovechamiento de infraestructura existente, utilización de nuevas tecnologías, y la implantación de sistemas de operación y administración que respondan a las expectativas de los usuarios.

· La conservación y mejoramiento de la calidad ambiental con el ánimo de disminuir los índices de morbimortalidad de la población, con políticas orientadas a garantizar los servicios de recolección, transporte y disposición de residuos sólidos.

· El mejoramiento en la calidad de vida mediante el abastecimiento de agua con la calidad requerida y el tratamiento de las aguas residuales y desechos tóxicos.

· Modernización y transformación institucional del sector con base en la planificación y consolidación del sistema de regulación, control y vigilancia.

· La investigación y desarrollo científico y tecnológico, en todas las áreas relacionadas con la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento básico que contribuya al óptimo uso de los recursos naturales y económicos.

TÍTULO III

DE LA EMPRESA Y SU GOBIERNO

CAPÍTULO I: ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN

1. JUNTA DIRECTIVA

1.1. Elección

De conformidad con el Acuerdo 13 de 2004 (diciembre 9) "Por el cual se reforman los Estatutos de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ? ESP", la Junta Directiva de la Empresa estará compuesta por nueve (9) miembros, así:

· El Alcalde Mayor de Bogotá o su delegado, quien la preside;

· Ocho (8) miembros designados libremente por el Alcalde Mayor de Bogotá D.C., donde se incluirán tres (3) Vocales de Control registrados ante la Alcaldía por los Comités de Desarrollo y Control Social de los Servicios Públicos Domiciliarios y un representante del sector laboral del Distrito Capital, quien no podrá ser trabajador activo o jubilado de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ? ESP.

En la designación de los miembros de la Junta, el Alcalde Mayor evalúa las condiciones de sus candidatos y escoge libremente a quienes considera desempeñarán con eficacia y eficiencia las tareas encomendadas. Aún cuando los miembros de la Junta Directiva ejercen funciones públicas, no adquieren por ese sólo hecho la calidad de empleados públicos. Vale la pena resaltar que el Gerente General de la Empresa asiste a las sesiones de la Junta Directiva con voz pero sin voto.

1.2 Reuniones

La Junta Directiva de la EAAB-ESP se reúne de manera ordinaria cuando menos una vez por mes, en la sede del domicilio principal o en el lugar que sea convocada por su Presidente y puede sesionar válidamente con la presencia de cinco (5) de sus miembros. Las decisiones se toman con el voto favorable de la mayoría de los presentes, y se denominan Acuerdos. En caso de empates en las decisiones de la Junta Directiva, decide el voto del Alcalde Mayor o su Delegado.

1.3. Funciones

Las funciones de la Junta Directiva son las siguientes:

a. Adoptar las políticas y planes de desarrollo general de la Empresa, con fundamento en el plan de desarrollo económico y social de Bogotá D.C., y el estatuto de ordenamiento físico de la ciudad.

b. Expedir los Estatutos de la Empresa y darse su propio reglamento, así como hacer las reformas que estime conveniente.

c. Determinar la estructura interna y la planta de personal de la Empresa.

d. Evaluar el proyecto de presupuesto de ingresos y gastos de la Empresa y las modificaciones del mismo, y recomendar al CONFIS su aprobación, de conformidad con las disposiciones vigentes.

e. Evaluar el desempeño de la Empresa con fundamento en informes emitidos oportunamente por el Gerente General, por los órganos competentes de control y auditoría externa y aquellos que sean solicitados por la Junta para un efectivo seguimiento de la gestión.

f. Dictar las políticas para el castigo de cartera de dudoso o difícil recaudo, sin renunciar a las acciones legales a que hubiere lugar.

g. Fijar las tarifas de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, con base en las fórmulas que defina periódicamente la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico -CRA-

h. Adoptar el reglamento de los servicios públicos domiciliarios, con base en el cual se celebrará con los usuarios el contrato de condiciones uniformes para la prestación de dichos servicios.

i. Autorizar la participación de la Empresa en otras sociedades que desarrollen actividades similares, conexas o complementarias con su objeto, cumpliendo las formalidades legales para este tipo de actos.

j. Aprobar o improbar, previo concepto de la auditoría externa, los estados financieros; determinar el superávit del ejercicio y decretar las reservas necesarias para atender las obligaciones legales, futuras y contingentes y aquellas destinadas a la buena marcha de la Empresa.

k. Asegurar el efectivo cumplimiento de las normas de buen gobierno establecidas en el presente Código de Buen Gobierno. En desarrollo de esta atribución, la Junta Directiva deberá adoptar el Código de Buen Gobierno, de acuerdo con los estatutos de la Empresa y las disposiciones aplicables a los emisores de valores, y desarrollar los mecanismos relacionados con el buen gobierno de la Empresa, la conducta de los administradores y funcionarios, y la información que deba suministrar la entidad como emisora de valores.

l. Delegar en el Gerente General el ejercicio de algunas de sus funciones, conforme a la ley.

m. Ejercer las demás funciones que por su naturaleza o por disposición legal le correspondan.

Por otra parte, de conformidad con el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital de Bogotá (Decretos 714 de 1996 y 1138 de 2000), corresponde al Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital.

Los Estatutos determinan en su artículo 18 las prohibiciones e incompatibilidades aplicables a los miembros de la Junta Directiva, las cuales se describen dentro del aparte de este Código relacionado con conflictos de interés.

1.4. Remuneración

De conformidad con el artículo 8º de los Estatutos de la Empresa, los miembros de la Junta Directiva tienen derecho a percibir honorarios por su asistencia a las sesiones, en las condiciones establecidas por la Constitución y la Ley. Según el artículo 19 de la Ley 4ª de 1992, no constituye asignación que provenga del Tesoro Público, los honorarios percibidos por los miembros de la Junta Directiva, en razón de su asistencia a las mismas, siempre y cuando no se trate de más de dos juntas.

2. GERENTE GENERAL

2.1. Nombramiento

La administración y representación legal de la Empresa está a cargo del Gerente General, quien es agente del Alcalde Mayor. De acuerdo con los Estatutos, el Gerente General deberá poseer la formación profesional y la experiencia directiva que garanticen la gestión empresarial de la entidad.

2.2. Funciones

El Gerente tiene a su cargo, además de las funciones que la ley o la Junta Directiva le señale, las siguientes:

a. Ejercer la administración y representación legal de la Empresa y garantizar la aplicación de las políticas necesarias para su normal funcionamiento.

b. Formular las políticas, planes y programas para la atención y prestación de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado con el fin de dar cumplimiento a la misión de la Entidad.

c. Formular las política para desarrollar los planes y programas relacionado con el talento humano y gestionar los recursos financieros técnicos para garantizar la prestación eficiente de los servicios de acueducto y alcantarillado a los habitantes de Bogotá, D.C.

d. Coordinar el desarrollo de las políticas generales de la Empresa adoptadas por la Junta Directiva y garantizar su cumplimiento.

e. Establecer las pautas para la elaboración, desarrollo y actualización anual del Plan Estratégico de la Empresa y orientar las actividades hacia el cumplimiento del mismo, en concordancia con el Plan General de Desarrollo Económico y Social y de Obras Públicas del Distrito Capital.

f. Dirigir y orientar el manejo de las relaciones con las entidades gubernamentales del orden Distrital, regional y nacional; con los organismos internacionales; con las entidades de derecho privado y comunidad en general, para el logro de la misión de la Empresa.

g. Coordinar el proceso de adjudicación y ejecución de los contratos requeridos por la Empresa para el cumplimiento de los objetivos estratégicos de la misma.

h. Establecer mecanismos que permitan incrementar la productividad de la Empresa, buscando la racionalización del gasto, la motivación y el compromiso personal.

i. Adoptar los controles contables, administrativos, de gestión y financieros, así como los mecanismos especiales de verificación que garanticen eficiencia, eficacia, celeridad y oportunidad en el ejercicio de las funciones y en la prestación de los servicios.

j. Garantizar que aplicabilidad del Código Único Disciplinario y la implementación y desarrollo del Modelo Estándar de Control Interno de la Empresa para su conocimiento, aprobación e implementación.

k. Coordinar con la secretaria General los proyectos, informes, actos administrativos que deban ser presentados ante la Junta Directiva de la Empresa para su conocimiento, aprobación e implementación.

l. Coordinar las políticas que en materia de medio ambiente sean dictadas por el ente competente para la conservación y mantenimiento del recurso hídrico.

m. Dictar las políticas que sean necesarias para mitigar o evitar los diferentes tipos de riesgo que se puedan presentar en la Empresa.

n. Definir las políticas financieras, administrativas y técnicas de la Empresa, con el fin de garantizar el suministro del recurso hídrico, la prestación eficiente de los servicios de acueducto y alcantarillado a los habitantes del Distrito Capital.

o. Las demás que le sean asignadas por la Junta Directiva de la Empresa y las que estén contempladas en los Estatutos de la Entidad.

Los Estatutos determinan en su artículo 18 las prohibiciones e incompatibilidades aplicables al Gerente, las cuales se describen dentro del aparte de este Código relacionado con conflictos de interés.

2.3. Remuneración

La remuneración del Gerente se establece por la Junta Directiva, teniendo en cuenta los parámetros establecidos por el Gobierno Nacional en materia de asignación salarial, de conformidad con la Ley 4ª de 1992.

TÍTULO IV

DE LA CONDUCTA DE LA ADMINISTRACIÓN

CAPÍTULO I: DEL CONTROL

1. DEL CONTROL INTERNO

Según las Leyes 87 de 1993 y 142 de 1994, el control interno, entendido como el conjunto de actividades de planeación y ejecución de la Empresa, se encuentra en cabeza de la Administración de la misma, y su cumplimiento es vigilado por la misma Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. En razón de la naturaleza de la Empresa, no tiene dentro de sus órganos la Revisoría Fiscal.

1.1 Sistema de Control Interno

El Control Interno de la Empresa es un Sistema integrado por componentes y elementos orientado a garantizar el cumplimiento de su misión y objetivos institucionales, con el fin de procurar que todas las actividades, operaciones y actuaciones, así como la administración de la información y los recursos, se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y legales vigentes dentro de las políticas trazadas por la Alta Gerencia. El control interno entendido como sistema es la Organización funcionando con todos sus elementos integrantes, bajo la orientación de las personas que dirigen, ejecutan y controlan la gestión.

· Responsabilidad del Sistema de Control Interno

· Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno

Con la Resolución No. 193 de 1994, se implanta el Sistema de Control Interno en la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá-ESP y se crea el Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno; con la Resolución No. 1574 de 1998 se reestructura el Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno y se establece su reglamento. Este Comité se encarga de establecer las directrices generales para el fortalecimiento del Sistema de Control Interno, facilitar la comunicación sobre esta materia entre las diferentes dependencias de la Empresa y proponer las políticas generales para la evaluación del Sistema de Control Interno.

Está integrado por el Gerente General o su delegado, el Secretario General quien actúa como Secretario Técnico, los Gerentes de Áreas, los Asesores de la Gerencia y el Director de la Unidad de Control Interno y Gestión.

1.2 Oficina de Control Interno

La Oficina Asesora de Control Interno es uno de los componentes del Sistema de Control Interno, de nivel gerencial o directivo, encargada de medir y evaluar de manera independiente la eficiencia, eficacia y economía de los demás controles, asesorando a la dirección en la continuidad del proceso administrativo, la reevaluación de los planes establecidos y en la introducción de los correctivos necesarios para el cumplimiento de las metas u objetivos previstos. (Art.9º.Ley 87 de 1993).

La Oficina Asesora de Control Interno, tiene como roles:

* Asesorar y acompañar a las dependencias en la definición y establecimiento de mecanismos de control interno en los procesos y procedimientos, para contribuir en el mejoramiento de la gestión empresarial y protección de los recursos.

* Evaluar y hacer seguimiento a los procesos estratégicos y operativos adoptados por la Empresa.

* Realizar seguimiento al plan de mejoramiento Institucional.

* Divulgar la cultura del control Interno

* Servir de enlace y coordinación con los Entes Externos de Control y Vigilancia

* Evaluar el Sistema de Administración de Riesgos.

La Oficina Asesora de Control Interno, está conformada por un equipo profesional interdisciplinario, competente y comprometido, que asesora, acompaña, coordina y evalúa el sistema de control interno, los procesos administrativos, financieros, legales, operativos y estratégicos de la Empresa, mediante la aplicación de técnicas y procedimientos de auditoría|, con el fin de proponer a la gerencia acciones de mejoramiento continuo.

Entre las acciones estratégicas del trabajo de la Oficina de Control Interno, está realizar la evaluación del Sistema de Control Interno y efectuar Auditoría Interna a través de los diferentes tipos de control como: Control contable y financiero, de legalidad, de gestión y resultados, de sistemas de información, entre otros, mediante la aplicación de mecanismos de verificación y evaluación soportados en Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas y en sistemas que impliquen mejores prácticas.

1.3 Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano (MECI)

El MECI es una herramienta gerencial establecida por el Gobierno Nacional, que estructura el Sistema de Control Interno en Subsistemas, Componentes y Elementos, proporcionando, bajo un enfoque sistémico, control a la estrategia, a la gestión y a la evaluación facilitando a la Alta Gerencia el fortalecimiento del Sistema del Control Interno.

Con base en el Decreto 1599 de mayo de 2005 y la Circular 03 del 27 de septiembre de 2005 del Consejo Asesor del Gobierno Nacional en Materia de Control Interno de las Entidades del Orden Nacional y Territorial, la Empresa adopta el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano (MECI)

El 6 de Junio de 2006 se adopta el MECI en la EAAB, a través de la Resolución 0390 y a partir de este momento se da inició a la implementación del modelo, dando cumplimiento a los requerimientos legales vigentes.

En búsqueda del fortalecimiento institucional, la EAAB-ESP establece un Sistema Integrado de Gestión, mediante Resolución 0806 de 2008, con el fin de generar sinergia empresarial, optimizar los procesos, reducir esfuerzos y mejorar la eficiencia, eficacia y efectividad en la gestión. De acuerdo con la delegación hecha por el Gerente General, a través de la Resolución 0987 de 2008, la Gerencia Corporativa de Planeamiento y Control representa el Sistema Integrado de Gestión, el cual está compuesto por el Sistema de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional, el Sistema de Gestión Ambiental, el Sistema de Gestión de la Calidad y el MECI.

En el mes de diciembre de 2008 se finalizó el proyecto de implementación del MECI, cumpliendo con los productos mínimos requeridos por el Concejo Asesor del Gobierno Nacional en materia de Control Interno. En concordancia con el principio del mejoramiento continuo, para la presente vigencia la Empresa emprenderá un plan de optimización, a través del cual se busca la sostenibilidad del MECI.

2. DEL CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO

La Constitución Política de 1991 fortaleció el Estado Social de Derecho, circunstancia que compelió al Estado a procurar medidas normativas y procedimentales que permitieran regular el comportamiento de los servidores públicos. Es así como en el año 1995 se expidió la Ley 200 de julio 28 de 1995, Código Disciplinario Único en el cual se establecieron una serie de normas que exigen a los servidores públicos un determinado comportamiento en el ejercicio de sus funciones, que garantice los fines del Estado.

La Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - ESP en cumplimiento de la citada disposición, mediante Acuerdo de Junta N° 016 del 12 de Septiembre de 1996, creó la Unidad de Control Interno Disciplinario encargada de conocer y fallar los procesos disciplinarios que se adelantarán contra sus servidores.

No obstante lo anterior y para suplir deficiencias en la eficacia de la norma, surgió la necesidad de expedir un nuevo Estatuto Disciplinario Único que se emitió con la Ley 734 de febrero 5 del 2002. En esta nueva normatividad se destaca la inclusión de un mayor número de faltas gravísimas y la severidad de las sanciones que van desde la destitución hasta las inhabilidades para el ejercicio de cargos públicos de 10 a 20 años, e incluso permanentes cuando la falta afecte el patrimonio económico del Estado.

La Unidad de Control Interno Disciplinario de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá-ESP, ejerce sus funciones no solo para sancionar las conductas que afecten o pongan en peligro la buena marcha de la administración pública, que es un imperativo legal, sino que además ha concentrado sus objetivos estratégicos en procurar acciones que tienden a la prevención de la falta con programas de capacitación y divulgación del Código Disciplinario Único a todos los trabajadores de la Empresa, con conversatorios y a través de la página Web creada para tal efecto, todo con el propósito de defender el interés público y garantizar el cumplimiento de los fines y objetivos del Estado.

3. EVALUACIÓN Y EL CONTROL DE LA ACTIVIDAD DE LOS MIEMBROS DE JUNTA DIRECTIVA Y EJECUTIVOS

La EAAB-ESP para dar cumplimiento con la gestión pública encomendada, con honestidad, eficiencia y moralidad en beneficio de la ciudad, tiene los siguientes mecanismos para la evaluación y control de la actividad de los miembros de Junta Directiva y ejecutivos y en general de todos sus funcionarios:

a) La Empresa se rige por un Código Disciplinario Único, Ley 734 del 5 de febrero de 2002 y el Estatuto Anticorrupción Ley 190 del 6 de junio de 1995.

b) Adicionalmente a las establecidas en la Ley, en los Estatutos de la Empresa se establecen las prohibiciones e incompatibilidades de los miembros de Junta.

c) La Contraloría Distrital ejerce el control fiscal de la Empresa, la Procuraduría General se encarga a su vez de la defensa de los intereses de la Nación y de la sociedad promoviendo el cumplimiento de las leyes y demás normas jurídicas; además le compete la vigilancia de la conducta oficial de quienes desempeñan las funciones públicas.

d) La Personería Distrital establece responsabilidades por la gestión de los servidores públicos, adelantando procesos disciplinarios o promoviendo investigaciones de otras entidades.

e) Mediante organismos como la Superintendencia de Servicios Públicos se ejerce el control, la inspección y la vigilancia de la entidad.

4. AUDITORÍAS EXTERNAS

4.1. Auditoría externa de los estados financieros

Los Estatutos establecen la obligación de contratar una auditoría externa especializada de los estados financieros, con la función de presentar anualmente o cuando la Junta Directiva lo exija, informes sobre la opinión de los estados financieros y los procesos de control interno.

Se realizó la auditoría de los Estados Financieros de la EAAB-ESP con corte a 31 de diciembre de 2008 y confirmó que los mismos fueron fielmente tomados de los libros de la Empresa y que presentan razonablemente la situación financiera de la misma, de conformidad con los principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia. Los dictámenes se mantendrán a disposición en la página web.

La selección y contratación de la persona natural o jurídica especializada que se encarga de esta auditoría externa se realiza a través de un procedimiento de contratación que garantice la selección objetiva. La Junta Directiva establecerá el marco con base en el cual se elaboraran los criterios de selección, sin que ello implique participación en el proceso de contratación.

Con el fin de reducir el conflicto de interés de la firma de auditoría que sea contratada, no podrá prestar otro tipo de servicios en la Empresa y en lo posible ejercerá la misma actividad en las filiales y en las empresas que hagan parte del grupo empresarial por un periodo de tiempo no mayor de cinco (5) años.

4.2. Auditoría externa especializada por parte de los inversionistas

De conformidad con el artículo 37 de los Estatutos, habrá lugar al nombramiento de un auditor externo por parte de los inversionistas cuando se generen cambios significativos en los indicadores de gestión o cuando se presenten modificaciones en la reglamentación y el régimen tarifario por parte de las entidades competentes.

Esta auditoría deberá ser contratada por cuenta y responsabilidad de los inversionistas, de acuerdo con las siguientes reglas:

a. Cuando se presente uno de los eventos que permiten la contratación de la auditoría externa, los inversionistas deberán elevar la solicitud ante la Empresa a través de la Oficina de Atención al Inversionista.

b. La solicitud deberá provenir del representante legal de los tenedores de bonos de cualquiera de las emisiones en circulación de la EAAB-ESP, debidamente autorizado por la asamblea respectiva. Cuando se trate de emisiones de títulos en las cuales no se haya previsto la representación de tenedores, la solicitud deberá provenir de un inversionista o grupo de inversionistas que tenga la calidad de tenedor de al menos un diez por ciento (10%) del total de la emisión correspondiente.

c. Si la Empresa no se pronuncia sobre la solicitud dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, se entenderá aceptada la solicitud. En todo caso, el pronunciamiento negativo de la Empresa deberá estar adecuadamente justificado.

d. La Empresa no autorizará la realización de más de dos (2) auditorías externas de esta clase en un año calendario.

e. Los auditores externos deberán ser firmas de reconocida reputación y trayectoria en la auditoria de servicios públicos domiciliarios. Dicha calidad deberá acreditarse ante la Empresa conjuntamente con la solicitud correspondiente.

f. Las auditorías deberán versar sobre asuntos específicos y no podrán adelantarse sobre secretos empresariales, ni comerciales, ni respecto de materias cobijadas por la legislación sobre derechos de propiedad industrial. Toda la información que se suministre a la auditoría externa en desarrollo de su trabajo debe ser tratada como confidencial y no podrá ser utilizada para otro fin, ni entregada a terceros.

g. Los informes de la auditoría externa especializada deberán ser dados a conocer a la EAAB-ESP, quien tendrá la oportunidad de pronunciarse previamente a su formalización y/o divulgación sobre los mismos y presentar a los inversionistas las aclaraciones a que hubiere lugar.

h. Los papeles de trabajo del auditor externo están sujetos a reserva y deberán conservarse por un tiempo no inferior a cinco años, contados a partir de la fecha de su elaboración.

i. Los funcionarios de la Empresa deberán colaborar con el auditor externo en la relación de sus labores.

CAPÍTULO II: DE LA GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO

1. PRINCIPIOS DE LA GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO

* Mérito: Principio según el cual la promoción e ingreso a los cargos de la EAAB-ESP estará determinado por la demostración de las calidades académicas, la experiencia y de las capacidades requeridas para el desempeño del cargo.

* Transparencia en la gestión del procedimiento de selección, garantizando auditoría permanente de las etapas.

* Publicidad: Difusión efectiva de las convocatorias en condiciones que permitan ser conocidas por la totalidad de los candidatos potenciales.

* Garantía de imparcialidad de los órganos encargados de gestionar y llevar a cabo los procedimientos de selección y, en especial, de cada uno de los miembros responsables de ejecutarlos.

* Confiabilidad y validez de los instrumentos utilizados para verificar los requisitos exigidos para el cargo.

* Libre concurrencia e igualdad. Todos los trabajadores oficiales de la EAAB-ESP y los ciudadanos que acrediten los requisitos determinados en las convocatorias podrán participar en los concurso cuando haya lugar a ellos, sin discriminación de ninguna índole.

2. NORMAS DE LA GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO

La EAAB-ESP para efectos de la vinculación y administración de personal se rige por el Código Sustantivo del Trabajo y reglamentarios, la Convención Colectiva respecto a los trabajadores oficiales, y con las normas de empleo público respecto a los empleados de libre nombramiento y remoción.

De igual manera, la Empresa cuenta con un Reglamento Interno de Trabajo el cual fue aprobado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social mediante la resolución No. 001926 de 1996. En el año 2006 se insertó el Capitulo XXI que incluye el tema de Acoso Laboral, el cual fue aprobado por el Ministerio de Protección Social Dirección Territorial Bogotá y Cundinamarca mediante Auto No. 1463 del 1 de septiembre de 2006.

3. FORTALECIMIENTO DEL TALENTO HUMANO

3.1. Selección y Promoción de Personal

El éxito de una eficaz administración de personal en cualquier organización está, sin duda, en la capacidad de los administradores para actualizar, modernizar y precisar aquellas acciones y escenarios que, por un lado, garantizan el acertado cumplimiento de los objetivos institucionales y, por otro, generan crecimiento personal y profesional de cada uno de sus servidores.

Desde esta perspectiva, en la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP, la selección de personal está orientada a promocionar a sus trabajadores y a vincular nuevos funcionarios, facilitándoles iniciar o proseguir su proceso de desarrollo dentro de la misma. Es un procedimiento de vital importancia que, basado en el principio del mérito, busca crear en sus servidores un sentido de pertenencia y compromiso, alta motivación y desarrollo individual, de tal forma que contribuya a un buen desempeño laboral y garantice el logro de objetivos y metas claves, para la construcción de nuevos horizontes con impacto social.

Es fundamental seleccionar trabajadores idóneos y competentes con el perfil adecuado para cada cargo, teniendo en cuenta el actual grado de desarrollo de la Empresa y la proyección de la persona en el tiempo y dentro de la Organización.

Con el propósito de que todos los trabajadores de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP y quienes aspiren a ingresar a ella, tengan claridad sobre las normas, reglas y mecanismos de selección para el ingreso y promoción de trabajadores oficiales por contrato a término indefinido, se establece un procedimiento y unos parámetros técnicos para determinar si los aspirantes a un cargo poseen los conocimientos y competencias (aptitudes, actitudes, habilidades) que garanticen el desempeño exitoso de las funciones y responsabilidades del puesto de trabajo al cual aspiran y, en consecuencia, logren un adecuado servicio al usuario.

3.2. Programas de Capacitación y de Bienestar

El Plan General Estratégico 2004-2008 de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ? ESP, ha señalado dentro de sus acciones, la necesidad de contar con el equipo humano de mayor competencia en el mercado para operar su cadena de valor, en cumplimiento de sus procesos institucionales. Así mismo, velará por el mantenimiento de un ambiente de trabajo gratificante, que permita el desarrollo del recurso humano a través de políticas de bienestar y capacitación orientadas a promover el cambio cultural y organizacional de la Empresa.

El programa de capacitación se diseña con base en el estudio de necesidades y se enfoca en el mejoramiento de las competencias, entendidas como el conjunto de conocimientos, habilidades, actitudes y aptitudes que se requieren para desempeñar exitosamente un cargo. El programa como política busca la socialización interna de los conocimientos de los trabajadores de tal forma que la Empresa está diseñando estrategias para promover que los funcionarios se conviertan en multiplicadores del conocimiento misional.

Respecto a los estímulos o beneficios laborales de los trabajadores y sus familias, la EAAB-ESP a través de la Gerencia Corporativa de Gestión Humana desarrolla programas culturales, recreativos, deportivos, educativos y de vivienda, los cuales comprenden actividades que se dirigen a desarrollar habilidades artísticas y deportivas.

4. COMITÉS CONVENCIONALES

La Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá-ESP tiene definido dentro de su esquema de administración y gestión la conformación de comités especializados por temáticas que se relacionan directamente con la administración del personal, a través de los cuales, se convoca la participación de representantes del Sindicato y funcionarios de la Administración, con el fin de analizar y proponer alternativas que mejoren y coadyuven a la mejor calidad de vida de los trabajadores y a trazar las estrategias y actividades que ayuden al cumplimiento de las metas y objetivos de la Gerencia Corporativa de Gestión Humana.

Lo anterior, atiende a la Convención Colectiva de Trabajo, en la que se acordó entre la EAAB-ESP y el Sindicato de Trabajadores SINTRAEMSDES SUBDIRECTIVA BOGOTA, la unificación temática de comités, acordando la organización global de cinco (5) únicos comités, a través de los cuales se estudian y deciden los siguientes temas:

4.1 Comité de Desarrollo Humano y Empresarial

Reglamentado por la Resolución No. 774 del 2005, a través del cual se fusionaron los comités de relaciones industriales, personal, educación y cultura. Es un comité decisorio en relación con lo de su competencia, de origen convencional y gerencial y está integrado por seis integrantes así: tres (3) delegados de la Empresa designados por la Gerencia General y tres (3) delegados del Sindicato, designados por su Junta Directiva.

Tiene como función principal estudiar, conceptuar y decidir sobre temas de planta de personal, selección, funciones, procesos, procedimientos, capacitación, cultura, auxilios educativos, adjudicación de becas y demás temas que correspondan al Comité en lo de su competencia.

Este Comité ha tenido gran importancia en el desarrollo de los temas convencionales y en la definición de aspectos laborales de impacto para la gestión de la organización, entre los cuales se destacan: el estudio y ajuste de la estructura organizacional, la normalización de la planta de personal, la revisión y actualización de los manuales de funciones, el levantamiento y documentación de procesos y procedimientos, la actualización del manual de selección de personal, la revisión y complemento del reglamento interno de trabajo, estudio de los temas de capacitación, unificación del reglamento de auxilios educativos, aprobación y adjudicación de los auxilios educativos y becas y el diseño y desarrollo de los concursos de ascenso.

Es necesario resaltar el desarrollo del proceso de selección y promoción de trabajadores, considerando que la Empresa no aplicaba concursos de ascenso desde hace siete (7) años, generando un ambiente de confianza y cumplimiento frente a los compromisos convencionales.

Lo adelantado por el Comité se ha desarrollado en el marco de la implementación del Proyecto de Ajuste Institucional iniciado a finales del año 2005 y que ha permitido a la Empresa actualizar y adaptar su gestión empresarial a los cambios y desarrollos tecnológicos que en materia de acueducto y alcantarillado ha demandado la ciudad, orientando la labor de los trabajadores hacia la cultura del servicio al usuario.

4.2 Comité de Vivienda

Reglamentado por la Resolución No. 247 del 2003, está integrado por seis integrantes así: tres (3) delegados de la Empresa designados por la Gerencia General y tres (3) delegados del Sindicato, designados por su Junta Directiva. Tiene como función principal la adjudicación de préstamos para vivienda a trabajadores con vinculación a término indefinido y pensionados.

Como logro fundamental se destaca la actualización del reglamento de vivienda en octubre de 2008 señalando como misión administrar eficientemente los recursos disponibles y otorgar préstamos para vivienda de conformidad con los parámetros del reglamento establecido para tal fin, fundamentado en la sostenibilidad y mayor cobertura de los trabajadores para mejorar la calidad de vida del trabajador de la EAAB-ESP y su familia.

4.3 Comité de Bienestar Social

Reglamentado por la Resolución No. 619 del 2006, está integrado por seis integrantes así: tres (3) delegados de la Empresa designados por la Gerencia General, uno de los cuales será el Gerente de Gestión Humana o quien haga sus veces y tres (3) delegados de los trabajadores designados por la Junta Directiva del Sindicato. Tiene como función principal proponer y desarrollar las políticas en materia de bienestar social, cultura, deporte, recreación y nutrición de los trabajadores y pensionados de la Empresa, con el objeto de elevar la calidad de vida de todos los trabajadores, su nivel motivacional, el sentido de pertenencia y su desarrollo personal dentro de la Empresa.

De igual manera y con el fin de dar participación a los trabajadores de la Empresa se crearon dos subcomités: el Subcomité de Deportes y Recreación y el Subcomité de Arte y Cultura, conformado cada uno por cinco (5) miembros elegidos por votación directa de los trabajadores para un periodo de dos (2) años, los cuales deberán desarrollar sus actividades en concordancia con las políticas de bienestar social establecidas.

4.4 Comité de Servicio Médico y Odontológico

Reglamentado por la Resolución No. 247 del 2003, está integrado por un representante de la parte administrativa EAS del servicio médico y odontológico, por un integrante de la parte asistencial EAS del servicio médico y odontológico, y por un representante de los usuarios del servicio médico y odontológico de la EAAB-ESP, de conformidad con lo establecido en el artículo I de la Resolución 506 de 1887 expedida por el Ministerio de Salud. Tiene como función principal atender las reclamaciones que presenten los afiliados y beneficiarios en relación con la ocurrencia de hechos de naturaleza asistencial que presuntamente afecten al usuario respecto de la adecuada prestación de los servicios de salud.

Con el fin de reglamentar las relaciones entre las Empresas Prestadoras de Servicios, la Administración y los Trabajadores, el Comité definió y concertó el Manual de Servicio Médico y Odontológico en el 2006, dando a los usuarios una herramienta clara para la definición sobre el acceso a dichos servicios.

Otro apoyo fundamental por parte de este Comité, es su colaboración frente a los procesos de negociación y adjudicación de los Planes Adicionales de Salud, que permiten prestar un mejor servicio a los trabajadores.

4.5 Comité Paritario de Salud Ocupacional

La Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá-ESP en cumplimiento de la Resolución 2013 de 1986 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y el Ministerio de Salud y del Decreto 1295 de 1994 del Ministerio de Gobierno, ha conformado el Comité Paritario de Salud Ocupacional (COPASO), dicho Comité fue inscrito ante el Ministerio de la Protección Social para la vigencia 2006-2008.

Está constituido tanto por representantes de la Administración, como de los Trabajadores; cuatro principales y cuatro suplentes, para ambas partes. Dicho comité es un organismo de promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de Salud Ocupacional dentro de la Empresa y sesiona mensualmente el último miércoles de cada mes.

Como logro fundamental se destaca la definición y elaboración del Manual de Dotación y Elementos de Protección Personal, con la participación de los trabajadores, de conformidad con sus cargos y ocupaciones.

TÍTULO V

TRATAMIENTO EQUITATIVO DE LOS INVERSIONISTAS

El artículo 40 de los Estatutos establece que los Inversionistas de igual clase tendrán siempre los mismos derechos definidos en las emisiones correspondientes, sin perjuicio de los derechos que les asisten a recibir información veraz y oportuna sobre la situación y los riesgos de la Empresa.

En cada una de las emisiones de deuda la Empresa incluirá de manera clara y expresa las características de la emisión, los derechos que corresponden a los tenedores de los títulos y los mecanismos de representación legal de los mismos, cuando a ello hubiere lugar.

TÍTULO VI

CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN

1. RÉGIMEN APLICABLE

Teniendo en cuenta el carácter público de la EAAB- ESP, las competencias, los procedimientos y las responsabilidades relacionados con la adquisición de bienes y servicios y la administración de los bienes de la Empresa, su contratación se rige y tiene como marco de referencia lo establecido en la Resolución 1016 del 28 de Diciembre de 2005 actualizada mediante la Resolución 0088 del 01 de Febrero de 2007, por medio de la cual se adopta el Manual de Contratación de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - ESP y por los lineamientos enunciados en la Ley 142 de 1994, los Códigos Civil y de Comercio y las normas que las modifiquen, así como por las disposiciones expedidas por la CRA y demás normas especiales que le sean aplicables por la naturaleza de su actividad.

2. PRINCIPIOS RECTORES DE LA CONTRATACIÓN

La contratación de la EAAB-ESP estará orientada por los principios de transparencia, igualdad, moralidad, eficacia, celeridad, economía, libre concurrencia, imparcialidad, objetividad, experiencia y publicidad en la búsqueda del mejor desarrollo de su objeto social.

3. CRITERIOS DE SELECCIÓN DE LOS PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS

Teniendo en cuenta el carácter público de la EAAB-ESP, las competencias, los procedimientos y las responsabilidades relacionadas con la adquisición de bienes y servicios y la administración de los bienes de la Empresa, se tiene como marco de referencia los lineamientos enunciados en el Manual de Contratación de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ? ESP (Resolución No. 1016 del 28 de diciembre de 2005, actualizada con la Resolución No. 0088 del 1 de febrero de 2007), con los parámetros enunciados de forma general a continuación:

§ Objeto

§ Marco legal

§ Campos de aplicación

§ Principios Rectores

§ Competencia

§ Funcionarios habilitados para contratar

§ Inhabilidades, incompatibilidades e impedimentos

§ Programación anual de contratación

§ Contratos de urgencia

§ Fuentes de información de oferentes

§ Modalidades de selección del proveedor

§ Invitación privada para presentación de ofertas

§ Invitación pública para ofertar

§ Términos de referencia

§ Negociación

§ Adjudicación

§ Forma de los contratos

§ Iniciación de la ejecución del contrato

§ Multas de apremio

§ Cláusula penal pecuniaria

§ Interpretación, modificación y terminación unilaterales, caducidad y sometimiento a leyes nacionales

§ Liquidación de los contratos

§ Responsabilidad de los administradores

§ Acción de repetición

§ Facultad de interpretación

§ Régimen legal ambiental

§ Régimen de transición

§ Derogatorias y vigencias

4. SISTEMA DE GESTIÓN DE CALIDAD

El sistema está estructurado a partir del flujo operacional de las actividades que se desarrollan desde la necesidad de contratar la ejecución de los proyectos que envía las diferentes áreas de origen hasta el perfeccionamiento del contrato.

El sistema de calidad es el resultado de la integración coordinada y coherente de los procesos, con el personal, los procedimientos y los recursos necesarios para ofrecer un servicio que satisfaga las necesidades y expectativas del cliente, asegurando la estandarización de los registros y el manejo adecuado de los trámites, conservando la objetividad, oportunidad, igualdad y transparencia.

Los procesos del sistema de calidad que dirigen todas las acciones desarrolladas en el sistema de calidad se clasifican de acuerdo con su secuencia e incidencia en el servicio.

Los Procesos del Negocio que se encuentran certificados y están asociados directamente al ciclo de actividades secuenciales del servicio desde la identificación de las necesidades del cliente, hasta el perfeccionamiento del Contrato son:

· Gestión atención a partes interesadas

· Planificación de compras

· Programación de compras

· Preparación proceso de contratación

· Invitación abierta

· Evaluación aceptación y contrato

· Perfeccionamiento del contrato

· Gestión maestro materiales

· Administración de la pagina web

· Gestión apoyo legal a contratos

· Revisión de presupuestos

· Registro de proponentes

· Control de registros precontractuales

5. MODELO DE PROVEEDURÍA ESTRATÉGICA

El Modelo de Proveeduría tiene como propósito la agrupación de funciones gerenciales, que apoyan el ciclo completo del flujo de material o servicio, desde la planificación, compra y control interno de los materiales o servicios hasta el consumo interno.

Las metas definidas son la adquisición de los mejores bienes y servicios al precio adecuado, con el mejor proveedor y con la cantidad y calidad requeridas.

6. SISTEMA DE AVALÚO DE INFRAESTRUCTURA

El Sistema de Avalúo de infraestructura (SAI) es un desarrollo en SAP R/3, cuyo objetivo general es servir como herramienta para determinar el valor de las obras de infraestructura y mantenimiento para la prestación del servicio de acueducto y alcantarillado, con base en dos actividades principales: la gestión de una base de precios donde se hace captura, almacenamiento, análisis estadístico de precios y consulta de dichos precios y la utilización de dicha base para la generación de estimativos de valor monetario o avalúo de obras.

El SAI es empleado por las diferentes áreas, pero está centralizado y administrado por la Dirección de Contratación y Compras.

7. ADMINISTRACIÓN PÁGINA WEB

La Administración de la página web tiene como objetivo dar cumplimiento al principio de publicidad que contempla el Manual de Contratación vigente, actividad que enmarca el interés y esfuerzo del Acueducto de Bogotá por garantizar entre otros, los principios de transparencia, buena fe, publicidad, economía y democratización de los procesos en procura de un mejor servicio hacia los usuarios y el Estado en general.

8. REGISTRO DE PROPONENTES

El registro de proponentes tiene como finalidad verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos en la página web de la Empresa para la inscripción al mismo, el cual se constituye en un requisito fundamental para la presentación de las ofertas de conformidad con el Manual de Contratación del Acueducto de Bogotá vigente.

TÍTULO VII

DE LOS RIESGOS

1. POLÍTICAS EN MATERIA DE RIESGOS

La política de información que ha establecido la EAAB-ESP en relación con los inversionistas y el mercado tiene como propósito mantenerlos adecuadamente informados acerca de:

· El entorno

· El desempeño financiero de la compañía

· Variaciones significativas que se presenten en el patrimonio.

· Identificación de los riesgos a los que la EAAB-ESP pueda estar expuesta en su operación.

· Presentación de los hallazgos relevantes del auditor o de algún otro órgano de control que pongan en riesgo el reembolso de la inversión.

Para los efectos antes mencionados, EAAB-ESP pondrá a disposición de los inversionistas la siguiente información:

· Marco regulatorio

· Informe Anual de Resultados con corte a diciembre el cual incluirá las notas a los estados financieros y los informes de Auditoría.

· Información referente al cumplimiento de las reglas de gobierno corporativo

· Documentos donde se presentan los hallazgos relevantes del auditor y otros órganos de control que pueden poner en riesgo el reembolso de la inversión.

En las fechas previstas en los Estatutos para la presentación de los estados financieros a consideración de la Junta Directiva, junto con el respectivo informe de Gerencia, se incluirá un informe sobre los niveles de exposición a los riesgos y sobre las políticas y estrategias que con respecto a los mismos establezca la EAAB-ESP.

2. IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS

La EAAB-ESP se encuentra sometida a la ocurrencia de unos riesgos por la naturaleza de su actividad o de su entorno, los cuales se resumen a continuación:

· Riesgo Regulatorio: Las tarifas por venta de servicios son reguladas por la CRA. La metodología tarifaria y el marco regulatorio, expedido en junio de 2004, aplicará para un período de cinco años.

· Riesgo Ambiental: Los nuevos desarrollos de la normatividad ambiental en lo pertinente a tasas por uso de agua y tasas retributivas generan cargas adicionales al sector, incorporadas en la estructura tarifaria. Respecto a la porción de pago por tasa de uso a la CAR, la Empresa tiene provisionados los conceptos en los estados financieros e incorpora el pago de dichos costos en sus proyecciones financieras.

· Riesgo Macroeconómico: Las condiciones macroeconómicas y las políticas que la determinan inciden en el desempeño de la Empresa. Las operaciones de manejo de deuda y de cobertura natural con el portafolio activo han mejorado el perfil de la deuda durante los últimos años, lo que hace que este riesgo sea controlable. De otra parte, los ingresos por venta de servicios son indexados con el IPC.

· Riesgo Emisor y de Mercado: La EAAB ? ESP, administra un portafolio activo, el cual se encuentra constituido por títulos del mercado local en pesos, bajo los parámetros del Decreto 1525 de 2008. Para su control, se creó el Comité de Riesgos Financieros mediante las Resoluciones 687 de agosto 10 de 2007 y 562 de Julio de 2008.

· Riesgos por eventos naturales ó catastróficos: Por la naturaleza del servicio y su extensión, la infraestructura está expuesta a daños por eventos naturales y catastróficos. Para tal fin, la Empresa ha efectuado inversiones que mitigan la vulnerabilidad y en todo caso cuenta con pólizas que cubren los activos y el lucro cesante.

· Riesgo portafolio de deuda: Valor en Riesgo del Portafolio de Deuda (VaR): A través de ésta herramienta la Empresa realiza el análisis de VaR individual y agregado de los créditos vigentes, siguiendo los lineamientos y metodología de riesgo del grupo de cobertura de riesgo de la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

3. COBERTURA DE RIESGOS

Para el control a las exposiciones al riesgo de la EAAB-ESP y con el objetivo de disminuir el impacto financiero, la Empresa tiene contratados seguros para amparar pérdida de activos, pérdidas patrimoniales y de personas, lucro cesante y ha venido efectuando operaciones de cobertura de riesgos financieros entre otros. Estos mecanismos son diseñados a la medida de las necesidades de la Empresa y contratados bajo esquemas que buscan la mejor relación técnico económico.

4. OBLIGACIÓN DE REVELAR LOS RIESGOS

Dentro de las notas incorporadas al balance general se divulgan de manera amplia y precisa las posibles contingencias y riesgos a los cuales se puede ver sometida la Empresa. Este mismo tema es informado a la Junta Directiva y a las Superintendencias de Servicios Públicos y de Valores.

Adicionalmente, en los informes emitidos por la agencia calificadora de riesgos se revelan las posibles contingencias, riesgos jurídicos, financieros y de operación a los cuales la EAAB-ESP se ve abocada. Esta información es de carácter público y su divulgación es autorizada por la Empresa. En los informes de las diferentes auditorías externas y del control interno de la Empresa se consignarán los posibles riesgos que se puedan presentar en la gestión de la EAAB-ESP.

5. CALIFICACIÓN DE RIESGOS

La calificación de la capacidad de pago a que hace referencia el Decreto 610 del 5 de abril del 2002, está contratada con la firma BRC Investor Services S.A. y la calificación asignada es AA+ PP (Doble A Más Perspectiva Positiva).

La Empresa tiene vigente un contrato con Duff and Phelps de Colombia S.A., Sociedad Calificadora de Valores, para la calificación de del riesgo crediticio de sus emisiones de deuda en el mercado público de valores.

Actualmente se encuentran vigentes dos calificaciones:

· Para la emisión de bonos con vencimientos en el año 2009, la cual fue asignada la calificación de AAA.

· Para las III, IV y V emisiones de Bonos por $270,000,000,000 con vencimientos entre los años 2012 a 2014, las cuales tienen una calificación AAA.

Las dos calificaciones vigentes pueden consultarse en la página web www.dcrcolombia.com.co. Las emisiones de deuda pública interna de la Empresa se encuentran depositadas en el Depósito Centralizado de Valores S.A. ? DECEVAL ? el cual presta el servicio de conexión en línea y registro de los valores correspondientes. Como un mecanismo especial de protección de la seguridad de las transacciones, la Empresa se obliga a realizar todas sus emisiones en forma desmaterializada.

TÍTULO VIII

CONFLICTOS DE INTERÉS

Los principios éticos son parte del comportamiento moral, de la cultura, de las virtudes, de la actitud y de la conducta de las personas en general. La EAAB- ESP considera que el comportamiento ético es la base fundamental para el ejercicio de su misión y cuyo último beneficiario es la ciudadanía en general.

La actuación ética de los funcionarios de la Empresa, se asegura respetando un conjunto de valores y principios que a lo largo del proceso de transformación (Modernización), en el cual se encuentra la Empresa, se han redefinido dándoles un mayor acercamiento al sentir y al vivir de la Empresa.

1. DEFINICIÓN GENERAL DE CONFLICTOS DE INTERÉS

En desarrollo del parágrafo segundo del artículo 18 de los Estatutos de la Empresa, y para los efectos del presente Código, se entiende por conflicto de interés la situación en virtud de la cual una persona, en razón de su actividad, se encuentra en una posición en donde podría aprovechar para sí o para un tercero las decisiones que tome frente a distintas alternativas de conducta.

2. PREVISIONES EN MATERIA DE CONFLICTOS DE INTERÉS

Además de las prohibiciones e incompatibilidades contenidas en otras normas, los miembros de la Junta Directiva y el Gerente a título personal no podrán:

a) Aceptar, sin permiso del Gobierno cargos, invitaciones o cualquier clase de prebendas provenientes de entidades o gobiernos extranjeros.

b) Solicitar o recibir directamente o por interpuesta persona, gratificaciones, dádivas o recompensas como retribución por actos inherentes a su cargo.

c) Los miembros de la Junta Directiva durante el ejercicio de sus funciones y dentro del año siguiente a su retiro no podrán prestar sus servicios profesionales en la EAAB-ESP y los gerentes o directores dentro del período últimamente señalado, en las que hagan parte del sector al que esta entidad pertenece.

d) Suscribir con la Empresa contrato alguno, ni gestionar negocios propios o ajenos durante el ejercicio de sus funciones o dentro del año siguiente a su retiro, salvo cuando contra ellos, su cónyuge o hijos menores, se entablen acciones por el cobro de multas o tasas. Tampoco podrá intervenir, por cualquier motivo y en cualquier tiempo, en negocios que hubieren conocido o adelantado durante el desempeño de sus funciones y por razón de su cargo.

e) Adicionalmente, los miembros de Junta Directiva no podrán intervenir en la selección, adjudicación, celebración, ejecución y liquidación de los contratos de la Empresa. No quedan cobijados por las prohibiciones e incompatibilidades de que trata la presente prohibición aquellos miembros que hagan uso de los bienes o servicios que la respectiva entidad ofrezca al público bajo las condiciones comunes a todos los que los soliciten.

f) Vale la pena señalar que los delegados de organizaciones privadas en la Junta Directiva no pueden ostentar cargos de dirección de empresas privadas que desarrollen actividades similares a las de la Empresa y en todo caso deberán declararse impedidos cuando ocurran conflictos de interés. (Ley 489 de 1998 Art. 89).

g) Los particulares no podrán ser miembros de más de dos juntas de establecimientos públicos y de empresas industriales y comerciales del Estado.

h) El Gerente General no podrá designar para empleos en la Empresa a su cónyuge o compañero o compañera permanente, ni a los cónyuges o compañeros o compañeras permanentes de los miembros de la Junta, o se hallaren con los mismos dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil.

i) Los miembros de Junta Directiva, el Gerente general, el Secretario General y los Gerentes de Área, están en la obligación de declararse impedidos para actuar o participar en la toma de decisiones que versen sobre temas que les generen un conflicto de interés. En tales casos, el Alcalde Mayor o el Gerente General deberán designar un funcionario ad-hoc para que adelante la actuación o participe en la decisión correspondiente.

Adicionalmente, los Estatutos consagran dos previsiones especiales en materia de conflictos de interés:

· Los servidores públicos que negocien las convenciones colectivas en representación de la Empresa, no podrán beneficiarse de sus estipulaciones.

· Quienes participen directamente en la toma de decisión del proceso de emisión de bonos no podrán adquirirlos ni en la emisión original ni en el mercado secundario. Esta restricción se aplica a los servidores públicos de la Empresa que hayan participado en el proceso de emisión y colocación de los títulos en el mercado de valores.

3. RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

Los miembros de la Junta Directiva, el Gerente General, el Secretario General y los Gerentes de Área, están en la obligación de revelar cualquier situación en la que pueda generarse conflicto de interés y declararse impedidos para actuar o participar en las decisiones que versen sobre dichas situaciones.

En tales casos, el funcionario competente designará un funcionario ad-hoc para que adelante la actuación o participe en la decisión correspondiente. Cuando el conflicto de interés recaiga sobre un miembro de la Junta Directiva o el Gerente General, la designación del funcionario ad-hoc corresponderá al Alcalde Mayor de Bogotá; en los demás casos, la designación del funcionario ad-hoc corresponderá al Gerente General.

TÍTULO IX

DE LA INFORMACIÓN

1. CANALES DE INFORMACIÓN

Con el fin de asegurar que los inversionistas y el mercado en general, tendrán acceso oportuno a la información antes mencionada, además del reporte que de ella se haga a la Superintendencia de Valores, la información se encontrará a disposición de los inversionistas y del mercado en la Oficina de Atención al Inversionista y mediante su inclusión en la página web de la Empresa.

2. POLÍTICAS EN MATERIA DE INFORMACIÓN

En cumplimiento de los principios constitucionales de publicidad y transparencia en la información y en la actuación de la administración pública, la Empresa asume el compromiso de revelar a los Inversionistas y al mercado público de valores toda la información necesaria para que éstos puedan adoptar sus decisiones de inversión de manera razonada.

Así mismo, la Empresa se obliga a informar y mantener actualizada la información relacionada con los siguientes aspectos:

a. Reformas estatutarias

b. Aspectos esenciales de la Empresa, incluyendo su estado financiero y contable, las operaciones sobre sus títulos emitidos en el mercado público de valores, las oportunidades y los problemas que corresponden a la evolución de su actividad, lo relacionado con su organización y con el desarrollo de la misma y sus proyectos empresariales.

La información a que se refiere el inciso anterior incluirá, entre otros temas, los flujos de caja proyectados, las garantías que haya constituido en su propio beneficio o de terceros, su clase, estado y desempeño, y el valor del mercado de las mismas, y la información relevante sobre su manejo de riesgos, y sobre sus políticas de administración e inversiones. Adicionalmente, se detallará el estado de endeudamiento bancario y los principales acreedores.

c. Condiciones personales y profesionales de los miembros de la Junta Directiva y de los órganos de control interno, del representante legal y sus ejecutivos.

d. La estructura, el funcionamiento, y los mecanismos de recolección y suministro de su información, y sobre los procedimientos empleados por el área del control interno. Esta información también se deberá suministrar de manera oportuna y exacta al mercado.

e. Clase de auditorías externas que se realizan a la Empresa, así como la frecuencia de las mismas, la metodología que utilizan y sus resultados.

La información a que hace referencia este capítulo se pondrá a disposición de los inversionistas en la Oficina de Atención al Inversionista con una periodicidad al menos trimestral y, en todo caso, con anterioridad a la colocación de nuevas emisiones en el mercado público de valores. La información pertinente también estará disponible en la página web de la Empresa.

TÍTULO X

DIVULGACIÓN Y CONSULTA DE LOS MECANISMOS DE GOBIERNO DE LA EMPRESA

1. OFICINA DE ATENCIÓN AL INVERSIONISTA

La Empresa contará con una Oficina de Atención al Inversionista con las siguientes funciones:

(i) Elaborar, actualizar y difundir el programa que contenga los derechos y obligaciones de los inversionistas, así como los mecanismos que permitan la adecuada atención de sus intereses.

(ii) Atender en forma permanente y personalizada dentro del horario previamente definido, todos los asuntos relacionados con el cumplimiento del Código del Buen Gobierno.

(iii) Planear, dirigir y coordinar la elaboración, actualización y presentación del programa de derechos y obligaciones de los inversionistas de títulos de deuda pública que emita la Empresa, para garantizar una adecuada atención de sus intereses.

(iv) Atender personalmente, en forma oportuna y pormenorizada a los inversionistas o sus delegados en todos los aspectos contemplados en el Código del Buen Gobierno, resolver sus inquietudes y tramitar ante las instancias superiores sus requerimientos en cuanto a nuevas actividades.

La EAAB-ESP para suministrar una información ágil y oportuna coloca a disposición su página web www.acueducto.com.co. Igualmente la información se suministrará a los inversionistas a través de diferentes mecanismos tales como prensa, correo ó informes personalizados.

La puesta en vigencia del presente Código de Buen Gobierno y sus modificaciones se anunciarán en un periódico de amplia circulación nacional. La Oficina de Atención al Inversionista expedirá copia del mismo a los inversionistas, previo el pago de los derechos correspondientes.

2. PROCEDIMIENTO QUE LOS INVERSIONISTAS DEBEN OBSERVAR PARA PRESENTAR SUS SOLICITUDES Y RECLAMACIONES

El horario de atención de la Oficina de Atención al Inversionista será de 9:00 a.m. a 12:00 m y de 2:00 p.m. a 4:00 p.m. de martes a jueves.

Las solicitudes deberán efectuarlas mediante correo electrónico ó mediante comunicación escrita dirigida al Gerente Corporativo Financiero, o quien haga sus veces, procederá a resolver dicha solicitud dentro de un término máximo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha de recibida la solicitud correspondiente en la Oficina de Radicación. Este término podrá ser prorrogado hasta por diez (10) días hábiles adicionales cuando la clase y cantidad de la información así lo justifiquen.

En caso que el inversionista no quedare satisfecho con la respuesta, deberá proceder a solicitar su reclamación ante la Gerencia General, quien tendrá un plazo equivalente al anterior para atenderla.

Las quejas y reclamos serán atendidas por la Oficina de Atención al Inversionista en forma gratuita.

ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Código de Buen Gobierno deberá estar a disposición de los inversionistas, los trabajadores y el público en general en la página www.acueducto.com.co.

ARTÍCULO TERCERO: Este Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Acuerdo 05 del 12 de abril de 2007.

Dado en Bogotá, D.C. a los dieciséis (16) días del mes de abril de dos mil nueve (2009).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

YURI CHILLÁN REYES

Presidente

JUAN CARLOS POSADA

Secretario

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4231 de junio 26 de 2009.