RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Acuerdo Local 3 de 2009 Junta Administradora Local de Fontibon

Fecha de Expedición:
09/09/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/09/2009
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4277 de septiembre de 2009
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO LOCAL 003 DE 2009

(Septiembre 9)

Sancionado por el Decreto Local 10 de 2009

"Por medio del cual se efectúa una modificación en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversion del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón para la vigencia fiscal de 2009".

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE FONTIBÓN

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que confiere el Articulo 69 Numeral 1 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el Articulo 33 del Decreto Ley 1139 del 29 de diciembre de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que según el Articulo 33 del Decreto 1139 de 2000, - Traslados Presupuestales: "El Alcalde Local presentara a la JAL correspondiente, proyectos de acuerdo sobre traslados presupuestales que modifiquen las cuantías aprobadas por la JAL. Estos traslados que afectan la apropiación de los programas, requieren concepto previo y favorable del CONFIS cuando la cuantía sea igual o superior a 200 salarios mínimos legales mensuales; los inferiores a dicho monto no requerirán concepto del CONFIS, pero si concepto previo de la Secretaria de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto".

Que dentro del presupuesto de la vigencia 2009 existen saldos de proyectos que no fueron formulados debido a que el total de los componentes de cada proyecto están viabilizados y otros están en proceso de viabilización.

Por lo anterior es necesario aprovechar estos recursos sobrantes de cada proyecto y ser trasladados para otros proyectos que se encuentran desfinanciados tales como el proyecto 3.3.1.13.06.49.628 Garantizar el Funcionamiento de la Administración Local ; el proyecto 3.3.1.13.01.14.593 Desarrollar Procesos de Inclusión Social a familias con menores trabajadores y alternativas para el desarrollo integral de jóvenes y el proyecto 3.3.1.13.01.14.591 Construcción y Dotación de jardines Infantiles en la Localidad de Fontibón, estos proyectos cuentan con los respectivos avales de la UEL de Integración Social y Alcaldía Local.

Que la UEL de Educación mediante oficio UEL-106145 envía aval para traslado de recursos del proyecto 581-09 Apoyo al aprendizaje en tiempo extraescolar y Fortalecimiento de Fontibón Bilingüe para estudiante de la localidad por $246.566.000 el cual cuenta con el CDP 585 del 20 de agosto de 2009. Y el proyecto 327-09 Mejoramiento y Construcción de Colegios distritales de la localidad por $21.684.080 el cual cuenta con el CDP 586 del 20 de agosto de 2009.

Que la UEL de Salud mediante oficio 102 envía aval para traslado de recursos del proyecto 323-09 Dotación y/o Infraestructura que permita optimizar la atención y calidad del servicio en salud por $110.000.000, el cual cuenta con el CDP 587 del 20 de agosto de 2009

Que la UEL de IDRD mediante oficio 1014000 envía aval para traslado de recursos del proyecto 588 Deporte y recreación para la población de Fontibón por $87.153.952, el cual cuenta con el CDP 600 del 20 de agosto de 2009.

Que la UEL de GOBIERNO mediante oficio 20094410276243 envía aval para traslado de recursos del proyecto 608-09 Fortalecimiento del Comité Local de emergencias por $16.678.708, el cual cuenta con los CDP 598 y 599 del 20 de agosto de 2009, mediante oficio 20094410298683 envía aval para traslado de recursos del proyecto 597 "Mejoramiento de barrios con mano de obra comunitaria por $247.971.138 pero únicamente se trasladaran $235.316.699 recursos aprobados por el Confis, y que cuentan con el CDP 589 del 20 de agosto de 2009, y oficio 20094410299333 envía aval para traslado de recursos del proyecto 619 Construcción, adecuación y/o dotación de salones comunales y casa de la participación por $124.329.015. Cuenta con el CDP 591 del 20 de agosto de 2009.

Que la UEL de Integración Social mediante oficio SAL-54646 envía aval para traslado de recursos del proyecto 325-09 Garantizar la permanencia y funcionamiento de comedores comunitarios, e implementar procesos de agricultura urbana en la localidad de Fontibón por $ 42.653.311 el cual cuenta con el CDP 593 del 20 de agosto de 2009.

Que la Alcaldía Local por ser de su competencia emite avales de favorabilidad para trasladar los recursos de los proyectos 533-09 Capacitación, fortalecimiento y apoyo a la creación de microempresas por $180.000.000; del proyecto 595-09 Apoyar el plan de igualdad de oportunidades por $40.000.000, proyecto 600-09 desarrollo de procesos integrales para la recuperación y preservación ambiental de la localidad por $13.646.080 el proyecto 617-09 fortalecimiento de la participación ciudadana, la comunicación y la gestión social local por $40.000.000, Los cuales cuentan con los CDP 588, 594, 595, 596 y 597 del 20 de agosto de 2009.

Que el CONFIS mediante el oficio Ref 1-2009-35672, firmado por la doctora María Camila Uribe Sánchez, emite concepto favorable para este traslado presupuestal.

Ver el Acuerdo Local 01 de 2009

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Efectuase un Contracrédito en el Presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón en la Vigencia Fiscal de 2009, según el siguiente detalle:

IMPUTACIÓN PPTAL.

CONCEPTO

VALOR

3

GASTOS

1.158.027.845,00

3.3

INVERSIÓN

1.158.027.845,00

3.3.1

DIRECTA

1.158.027.845,00

3.3.1.13

Plan de desarrollo "Bogota positiva: para vivir mejor"

1.158.027.845,00

3.3.1.13.01

CIUDAD DE DERECHOS

728.057.343,00

3.3.1.13.01.03

Fortalecimiento y provisión de los servicios en salud

110.000.000,00

3.3.1.13.01.04

Bogotá bien alimentada

42.653.311,00

3.3.1.13.01.05

Alternativas productivas para la generación de ingresos para poblaciones vulnerables

180.000.000,00

3.3.1.13.01.06

Educación de calidad y pertinencia para vivir mejor

246.566.000,00

3.3.1.13.01.08

Mejoramiento de la infraestructura y dotación de colegios

21.684.080,00

3.3.1.13.01.12

Bogotá viva

87.153.952,00

3.3.1.13.01.16

Bogotá positiva con las mujeres y la equidad de género

40.000.000,00

3.3.1.13.02

DERECHO A LA CIUDAD

265.641.487,00

3.3.1.13.02.17

Mejoremos el barrio

235.316.699,00

3.3.1.13.02.20

Ambiente vital

13.646.080,00

3.3.1.13.02.31

Bogotá responsable ante el riesgo y las emergencias

16.678.708,00

3.3.1.13.04

PARTICIPACIÓN

164.329.015,00

3.3.1.13.04.37

Ahora decidimos juntos

164.329.015,00

 

TOTAL CONTRACREDITO

1.158.027.845,00

ARTÌCULO SEGUNDO.- Efectúese un Crédito en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local Fontibón en la Vigencia Fiscal 2009, según el siguiente detalle;

IMPUTACIÓN PPTAL.

CONCEPTO

VALOR

3

GASTOS

1.158.027.845,00

3.3

INVERSIÓN

1.158.027.845,00

3.3.1

DIRECTA

1.158.027.845,00

3.3.1.13

Plan de desarrollo "Bogota positiva: para vivir mejor"

1.158.027.845,00

3.3.1.13.01

CIUDAD DE DERECHOS

638.066.873,00

3.3.1.13.01.14

Toda la vida integralmente protegidos

638.066.873,00

3.3.1.13.06

GESTION PUBLICA EFECTIVA Y TRANSPARENTE

519.960.972,00

3.3.1.13.06.49

Desarrollo institucional integral

519.960.972,00

 

TOTAL CRÉDITO

1.158.027.845,00

ARTÌCULO TERCERO.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogota, D.C., a los nueve días del mes de septiembre de dos mil nueve.

GINA ALEXANDRA ERAZO GRAJALES

Presidente JAL Fontibón

YURANI ALEJANDRA DÍAZ SUÁREZ

Secretaria General JAL

La Alcaldesa Local de Fontibón sanciona el presente Acuerdo mediante el Decreto local No. 10 a los 9 días del mes de septiembre de 2009.

BETTY MARÍA AFANADOR GARCÍA

Alcaldesa Local de Fontibón

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4277 de septiembre 10 de 2009.