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Decreto 56 de 2010 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
03/02/2010
Fecha de Entrada en Vigencia:
04/02/2010
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4370 de febrero 4 de 2010
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 056 DE 2010

(Febrero 03)

Por el cual se modifican los decretos 124 del 18 de abril de 2008 por el que se homologan y nivelan salarialmente los cargos de la planta administrativa, adscrita al Sector Educativo del Distrito Capital y financiada con recursos del Sistema General de Participaciones y 331 del 6 de Octubre de 2008, por el que se modifica la planta administrativa de la Secretaria de Educación del Distrito"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.

En ejercicio de las atribuciones conferidas por los numerales 3° y 9° del artículo 315 de la Constitución Política, el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley 715 de 2001, los numerales 1° y 3° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y la Resolución 2171 de 2006 expedida por del Ministerio de Educación Nacional, y,

CONSIDERANDO:

Que como consecuencia de los procesos de incorporación realizados, en virtud de lo establecido en la Ley 60 de 1993, el Decreto Distrital 608 de 1996, la Ley 715 del 2001, Resolución No 2225 del 02 de julio del 2004, y con la emisión del Concepto No. 1607 del 9 de diciembre de 2004, expedido por el Consejo de Estado, y que fue solicitado por el Ministerio de Educación Nacional, la Directiva Ministerial N° 10 del 30 de junio de 2005 y la Resolución N° 2171 de mayo de 2006, proferida por el Ministerio de Educación Nacional, la Alcaldía Mayor del Distrito de Bogotá, profirió el Decreto 124 del 18 de Abril de 2008 por medio del cual se homologan y nivelan salarialmente los cargos de la planta administrativa, adscrita al Sector Educativo del Distrito Capital y financiada con recursos del Sistema General de Participaciones.

Que la Secretaría de Educación del Distrito profiere la Resolución N° 1200 del 18 de abril de 2008 por medio de la cual se incorporan a los funcionarios que ocupan los cargos .en la planta de personal administrativo, adscritos al sector educativo del Distrito Capital de Bogotá y financiado con recursos del Sistema General de Participaciones, conforme la homologación y nivelación salarial ordenada mediante Decreto 124 del 18 de abril de 2008.

Que el proceso de homologación y nivelación salarial se realizó con base en el estudio técnico de homologación de la planta de personal administrativo del Distrito Capital presentado por la Secretaría de Educación del Distrito y aprobado por el Ministerio de Educación Nacional mediante concepto técnico N° 2007EE49607 del 14 de noviembre del 2007, suscrito por la Dirección de Descentralización del MEN.

Que el mencionado estudio técnico fue ajustado con base en las funciones desempeñadas por los funcionarios administrativos adscritos al sector educativo y financiado con recursos del Sistema General de Participaciones, con base en las certificaciones expedidas por los rectores de las respectivas instituciones educativas.

El ajuste del mencionado estudio, fue aprobado por la Dirección de Descentralización del Ministerio de Educación Nacional mediante oficio N° 2009EE5216 de 19 de febrero de 2009.

Que estas modificaciones al estudio, conllevan la realización de los trámites indicados por el Ministerio de Educación Nacional para llevar a cabo el proceso de homologación y nivelación salarial, esto es expidiendo un nuevo Decreto de Homologación General de Cargos que recoja los ajustes realizados y la Resolución mediante la cual se incorpore a los funcionarios detallando el cargo al cual ha sido homologado definitivamente y el grado salarial, así como realizar el acto de posesión sin solución de continuidad.

Que en consecuencia estas modificaciones se realizaron sin solución de continuidad en la homologación y nivelación salarial de los funcionarios que son objeto de las mismas, a partir de la publicación del Decreto 124 de 2008 y la Resolución N° 1200 de 2008.

Que mediante Decreto 331 del 6 de Octubre de 2008, se modifica la planta administrativa de la Secretaría de Educación del Distrito, y en él se recoge la planta de personal administrativo adscrita al sector educativo financiada con recursos del Sistema General de Participaciones resultante de la homologación y nivelación salarial ordenada mediante Decreto 124 del 18 de abril de 2008.

Que la Secretaría de Educación del Distrito, adelantó los trámites necesarios respecto de los ajustes realizados a la homologación y nivelación salarial de los funcionarios administrativos adscritos.

Que mediante oficio N° 2251 del 7 de septiembre de 2009, la Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital expidió concepto técnico favorable para la modificación a la homologación y nivelación salarial de la planta de personal administrativo de la Secretaría de Educación Distrital, financiada con recursos del Sistema General de Participaciones - SGP.

Que mediante oficio N° 0127 del 26 de enero de 2010, la Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital expidió concepto técnico favorable para la modificación a la homologación y nivelación salarial de algunos cargos de la planta de personal administrativo de la Secretaría de Educación Distrital, financiada con recursos del Sistema General de Participaciones - SGP.

Que el trámite adelantado para proferir el decreto que recoge los ajustes realizados a la homologación y nivelación salarial se encontraba suspendido, en virtud del oficio 2009EE953076 del 17/11/09 emitido por la Dirección Distrital de Presupuesto con base en la Ley 996 de 2005.

Que el señor FERNANDO GÓMEZ QUIROGA, funcionario administrativo de la Secretaría de Educación, instauro la acción de tutela No 2009-00273, con el objeto de hacer efectiva la homologación y nivelación salarial referida.

Que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca-Sección Tercera-Subsección A, magistrado ponente Juan Carlos Garzón Martínez, el 26 de noviembre de 2009, profirió el fallo de segunda instancia dentro de la mencionada acción y en su parte resolutiva se dispuso:

"Primero: Confirmar el numeral 10 de la parte resolutiva del fallo proferido por el Juzgado Treinta y Cuatro Administrativo de Bogotá, de fecha 5 de octubre de 2009, en cuanto concedió el amparo solicitado y ordenó al Secretario de Educación Distrital, surtir los trámites necesarios y proceder a hacer efectiva la homologación de cargo y nivelación salarial a que tiene derecho el Señor Fernando Gómez Quiroga".

"Segundo: Adicionar el fallo de primera instancia, en el sentido de:

1.- Conminar al Alcalde Mayor de Bogotá D.C, para que el proceso de corrección de la homologación del accionante culmine en el término perentorio de un (1) mes contado a partir de la notificación del presente fallo; con tal propósito, el Alcalde Mayor de Bogotá D.C. deberá instar a los respectivos Secretarios General y de Hacienda Distrital, para que emitan los conceptos favorables faltantes, sin más dilaciones.

2.- Como consecuencia de la homologación y nivelación salarial efectuada, la Secretaria de Educación Distrital aplicará el efecto retroactivo que proceda a favor del accionante, conforme a la normatividad vigente y según lo señalado específicamente por la Directiva Ministerial N° 10 del 30 de Junio de 2005 del Ministerio de Educación Nacional".

Teniendo en cuenta la obligatoriedad que implica el cumplimiento del fallo judicial proferido, se procede a expedir el decreto que conlleva la homologación y nivelación salarial del accionante señor FERNANDO GÓMEZ QUIROGA, quien se encuentra nombrado en el cargo de auxiliar administrativo 407 grado 20, y deberá ser nivelado al cargo de auxiliar administrativo 407 grado 27.

Que mediante oficio N° 2010EE6593 del 15 de enero de 2010, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda emitió la certificación de viabilidad presupuestal para la modificación de la planta de personal de la Secretaría de Educación del Distrito, resultante del ajuste realizado a favor del Señor Fernando Gómez Quiroga.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO: Homologar y nivelar salarialmente al señor Fernando Gómez Quiroga, de la planta administrativa de la Secretaría de Educación del Distrito, financiado con recursos del Sistema General de Participaciones, con los símiles de la Planta de cargos del Nivel Central, sin que con ello se realice modificación de la estructura de la planta de cargos de la Secretaría de Educación:

DENOMINACIÓN

CÓDIGO

GRADO

DENOMINACIÓN

CÓDIGO

GRADO

NIVEL ASISTENCIAL

 

 

 

 

 

 

 

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

20

1

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

27

1

La planta de cargos administrativos de la Secretaría de Educación del Distrito, financiada con recursos del Sistema General de Participaciones-SGP quedará conformada así:

DENOMINACIÓN

CÓDIGO

GRADO

No.

NIVEL PROFESIONAL

46

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

222

24

1

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

18

43

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

7

2

NIVEL TÉCNICO

24

TÉCNICO OPERATIVO

314

19

23

TÉCNICO OPERATIVO

314

7

1

NIVEL ASISTENCIAL

1.520

SECRETARIO EJECUTIVO

425

27

14

SECRETARIO

440

27

18

SECRETARIO

440

24

254

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

27

528

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

24

376

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

20

223

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

17

2

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

14

99

CONDUCTOR

480

27

1

CONDUCTOR

480

20

1

CONDUCTOR

480

14

4

TOTAL CARGOS

1.590

ARTÍCULO SEGUNDO: La nivelación salarial ordenada mediante el presente Decreto, estará a cargo de la Secretaría de Educación del Distrito como organismo del Sector central con autonomía administrativa y financiera, con sujeción a lo dispuesto en el artículo 3° de la Resolución 2171 de 2006 del Ministerio de Educación Nacional y las demás disposiciones vigentes sobre la materia.

ARTÍCULO TERCERO: La Secretaría de Educación del Distrito mediante acto administrativo realizará la nivelación salarial del funcionario administrativo especificando el grado salarial al cual es definitivamente nivelado y la asignación respectiva, acto que será notificado personalmente al interesado.

ARTÍCULO CUARTO: Los gastos que ocasione el cumplimiento del presente Decreto se imputarán con cargo al presupuesto del Sistema General de Participaciones-SGP, de conformidad con las normas nacionales atinentes a la materia, entre ellas las leyes 812 de 2003, 998 de 2005, 1110 de 2006 y 1151 de 2007 y 1260 de 2008.

ARTICULO QUINTO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias y modifica en lo pertinente los Decretos Distritales 124 y 331 del 2008.

PUBLÍQUESE y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D. C., a los 3 días de febrero de 2010

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor

CARLOS JOSE HERRERA JARAMILLO

Secretario de Educación Distrital

JUAN RICARDO ORTEGA LOPEZ

Secretario de Hacienda Distrital

SANDRA LILIANA BAUTISTA LOPEZ

Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital