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Acuerdo Local 31 de 2009 Junta Administradora Local de Ciudad Bolivar

Fecha de Expedición:
15/12/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/01/2010
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4347 de diciembre 28 de 2009
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO LOCAL 031 DE 2009

(Diciembre 15)

Liquidado por el Decreto Local 008 de 2009

Por medio del cual se expide el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiónes del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2010.

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE CIUDAD BOLIVAR

En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 1139 del 29 de diciembre de 2000 y el Decreto Ley 1421 de 1993 y

CONSIDERANDO:

*Que de conformidad con el Decreto No. 1139 del 29 de diciembre de 2000, Art. 13, le corresponde al Alcalde Local preparar anualmente el anteproyecto de Presupuesto de ingresos y Gastos de inversión del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, de acuerdo con el Plan de Desarrollo Local y lineamientos del Gobierno Distrital.

*Que de conformidad con el Decreto No. 1139 del 29 de diciembre de 2000, Art. 16, le corresponde al Alcalde Local presentar a la Junta Administradora Local a nivel de programas el proyecto de Presupuesto de ingresos y Gastos de inversión del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para su estudio y aprobación.

*Que mediante oficio No. 2009EE680125, del 6 octubre de 2009, la Secretaría de Hacienda Distrital comunicó a la Alcaldía Local la cuota preliminar de transferencia de la Administración Central para el anteproyecto de Presupuesto 2010 por un valor de libre asignación de (cuarenta y dos mil doscientos noventa y cinco millones cuatrocientos cincuenta y ocho mil pesos m/cte) $ 42.295.458.000, recursos provenientes de la sobretasa a la gasolina por un valor de (tres mil ciento noventa millones ochocientos noventa y cinco mil pesos m/cte) $ 3.190.895.000, para un total de (cuarenta y cinco mil seiscientos ochenta y siete millones quinientos cincuenta y tres mil pesos m/cte) $ 45.687.553.000.

*Que se proyectan ingresos propios del Fondo de Desarrollo Local para la vigencia 2.010 por (cuarenta y seis millones doscientos mil pesos) $46.200.000, y como recursos de capital (ciento cincuenta y cinco millones de pesos m/cte) $155.000.000.00.

*Que por lo anterior expuesto se proyecta un monto total de apropiación para la inversión directa, por valor de (cuarenta y cinco mil seiscientos ochenta y siete millones quinientos cincuenta y tres mil pesos m/cte) $45.687.553.000.00).

*Que se proyectan obligaciones por pagar en un Costo equivalente a (cuarenta y siete mil millones quinientos cuarenta y nueve mil quinientos noventa y ocho pesos m/cte) $47.549.598.000.00

*Que en consideración de la apropiación de inversión y las obligaciones por pagar, el valor total del presupuesto para la inversión de la vigencia fiscal del 2010 asciende a la suma de (noventa y tres mil doscientos treinta y siete millones ciento cincuenta y un mil pesos m/cte) $93.237.151.000.00.

*Que el presente proyecto de acuerdo se acompaña de un anexo informativo, que contiene el detalle de composición del Presupuesto hasta nivel de proyectos, para facilitar el estudio y aprobación del proyecto de Presupuesto.

*Que mediante Circular No. 05 de 2009, la Dirección Distrital de Presupuesto, emite los lineamientos y guía para la elaboración del Presupuesto de los FDL vigencia 2010.

*Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal (CONFIS), en su reunión No. 13 del 25 noviembre de 2009, emitió concepto favorable al Anteproyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia fiscal de 2010.

*Por lo anteriormente expuesto la Junta Administradora Local de Ciudad Bolívar:

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Fíjense los cómputos del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la Vigencia fiscal comprendida entre el 1º. De enero y el 31 de diciembre de 2010, en la cuantía de (noventa y tres mil doscientos treinta y siete millones ciento cincuenta y un mil pesos m/cte) ($93.237.151.000.00), según el siguiente detalle:

CODIGO

NOMBRE

PRESUPUESTO DEFINITIVO

1

DISPONIBILIDAD INICIAL

47.549.598.000,00

2

INGRESOS

45.687.553.000,00

2.1

INGRESOS CORRIENTES

46.200.000,00

2.1.2

NO TRIBUTARIOS

46.200.000,00

2.1.2.03

Multas

35.000.000,00

2.1.2.04

Rentas Contractuales

6.000.000,00

2.1.2.04.02

Arrendamientos

6.000.000,00

2.1.2.99

Otros Ingresos No Tributarios

5.200.000,00

2.2

TRANSFERENCIAS

45.486.353.000,00

2.2.4

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

45.486.353.000,00

2.2.4.05

Participación Ingresos Corrientes del Distrito

45.486.353.000,00

2.2.4.05.01

Vigencia

45.486.353.000,00

2.2.4.05.02

Vigencia Anterior

0,00

2.4

RECURSOS DE CAPITAL

155.000.000,00

2.4.1

Recursos del Balance

5.000.000,00

2.4.1.03

Venta de Activos Fijos

5.000.000,00

2.4.3

Rendimientos por operaciones financieras

150.000.000,00

2.4.3.02

Rendimientos provenientes de Recursos de Libre Destinación

150.000.000,00

TOTAL INGRESOS + DISP INICIAL

93.237.151.000,00

ARTÍCULO SEGUNDO.- Fíjense los cómputos del Presupuesto Anual de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º. De enero y el 31 de diciembre de 2010, en la cuantía de (noventa y tres mil doscientos treinta y siete millones ciento cincuenta y un mil pesos m/cte) ($93.237.151.000.00), según el siguiente detalle:

CODIGO

NOMBRE

PRESUPUESTO DEFINITIVO

3

GASTOS

93.237.151.000,00

3,3

INVERSIÓN

45.687.553.000,00

3.3.1

DIRECTA

45.687.553.000,00

3.3.1.13

Plan de desarrollo "Bogotá positiva: para vivir mejor"

45.687.553.000,00

3.3.1.13.01

CIUDAD DE DERECHOS

20.203.635.000,00

3.3.1.13.01.01

Bogotá sana

1.410.000.000,00

3.3.1.13.01.04

Bogotá bien alimentada

4.550.000.000,00

3.3.1.13.01.05

Alternativas productivas para la generación de ingresos para poblaciones vulnerables

700.000.000,00

3.3.1.13.01.06

Educación de calidad y pertinencia para vivir mejor

4.350.000.000,00

3.3.1.13.01.08

Mejoramiento de la infraestructura y dotación de colegios

800.000.000,00

3.3.1.13.01.09

Derecho a un techo

850.000.000,00

3.3.1.13.01.10

En Bogotá se vive un mejor ambiente

400.000.000,00

3.3.1.13.01.11

Construcción de paz y reconciliación

400.000.000,00

3.3.1.13.01.12

Bogotá viva

2.880.000.000,00

3.3.1.13.01.13

Igualdad de oportunidades y de derechos para la inclusión de la población en condición de discapacidad

583.635.000,00

3.3.1.13.01.14

Toda la vida integralmente protegidos

3.030.000.000,00

3.3.1.13.01.15

Bogotá respeta la diversidad

50.000.000,00

3.3.1.13.01.16

Bogotá positiva con las mujeres y la equidad de género

100.000.000,00

3.3.1.13.02

DERECHO A LA CIUDAD

15.639.693.000,00

3.3.1.13.02.17

Mejoremos el barrio

5.659.693.000,00

3.3.1.13.02.19

Alianzas por el hábitat

200.000.000,00

3.3.1.13.02.20

Ambiente vital

1.350.000.000,00

3.3.1.13.02.21

Bogotá rural

1.980.000.000,00

3.3.1.13.02.25

Espacio público para la inclusión

1.300.000.000,00

3.3.1.13.02.27

Bogotá espacio de vida

3.500.000.000,00

3.3.1.13.02.29

Bogotá segura y humana

700.000.000,00

3.3.1.13.02.30

Amor por Bogotá

250.000.000,00

3.3.1.13.02.31

Bogotá responsable ante el riesgo y las emergencias

800.000.000,00

3.3.1.13.03

CIUDAD GLOBAL

3.030.000.000,00

3.3.1.13.03.33

Fomento para el desarrollo económico

2.800.000.000,00

3.3.1.13.03.34

Bogotá sociedad del conocimiento

150.000.000,00

3.3.1.13.03.35

Bogotá competitiva e internacional

80.000.000,00

3.3.1.13.04

PARTICIPACION

3.780.000.000,00

3.3.1.13.04.37

Ahora decidimos juntos

855.000.000,00

3.3.1.13.04.38

Organizaciones y redes sociales

2.900.000.000,00

3.3.1.13.04.39

Control social al alcance de todas y todos

25.000.000,00

3.3.1.13.06

GESTION PUBLICA EFECTIVA Y TRANSPARENTE

3.034.225.000,00

3.3.1.13.06.49

Desarrollo institucional integral

3.034.225.000,00

3.3.6

OBLIGACIONES POR PAGAR

47.549.598.000,00

4

DISPONIBILIDAD FINAL

TOTAL GASTOS + DISP FINAL

93.237.151.000,00

ARTICULO TERCERO.- El presente Acuerdo Local rige a partir del 1 de enero de 2010.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., a los quince (15) días del mes de Diciembre del año 2009.

JOSÉ LORENZO TORRES FARFAN

Presidente

NANCY VIVIANA ROA GÓMEZ

Vicepresidente

JOHN SILVER ZAMBRANO SOSA

Segundo Vicepresidente

El presente Acuerdo Local es sancionado a los dieciocho (18) días del mes de diciembre de dos mil nueve (2009), por el señor Alcalde Local.

EDGAR ORLANDO HERRERA PRIETO

Alcalde Local de Ciudad Bolívar

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4347 de diciembre 28 de 2009.