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ACUERDO LOCAL 012 DE 2009 (Junio 24) "Por medio del cual se actualiza el Comité Local de Tunjuelito para la atención integral de la población desplazada por la violencia" LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE TUNJUELITO En uso de sus atribuciones Legales y Constitucionales en el articulo 75 y 76 del Decreto 1421 de 1993 CONSIDERANDO: Que la Ley 387 del 19 de julio de 1997, Decreto 2569 de 2000 y el Acuerdo 02 de 1998, adoptan medidas para la prevención del desplazamiento forzado, la atención, protección, consolidación y la estabilización socio – económica de los desplazados internos por la violencia en la República de Colombia. Que el artículo 7º de la Ley en mención, establece que el Gobierno Nacional promoverá la creación de los Comités Locales para la Atención Integral de la población en Situación de Desplazamiento por la Violencia. Que el concejo Distrital mediante Acuerdo 2 de 1998, dicto normas para la Atención Integral de los desplazados por la violencia y ordenó al Alcalde Mayor su reglamentación. Que el Alcalde Mayor mediante Decreto 624 del 13 de julio de 1998 reglamentó el funcionamiento del Concejo Distrital para la Atención Integral de la Población Desplazada por la Violencia. Que es obligación del Alcalde Local de Tunjuelito dar cumplimiento a lo ordenado por la Ley 387 de 1997 y el Acuerdo 2 de 1998. Que actualmente la Localidad de Tunjuelito, registra población desplazada por la violencia proveniente de otros departamentos, así como de los diferentes municipios de la circunscripción departamental. Que hoy en Colombia estamos ubicados entre los países de mayor índice de desplazamiento en el mundo con más de tres millones de compatriotas internos y más de 370 mil en el exterior, lo cual a generado un problema de atención nacional que cada día se agudiza mas en nuestras ciudades llevando a la miseria, la indiferencia, el aislamiento y sobre todo a la masificación de más ciudadanos en las ciudades debido a la amenaza constante en las provincias por parte de los actores al margen de la ley que día a día llevan a engrosar las cadenas de miseria sin ninguna respuesta por parte estado, el cual parece hoy en día brindarle más garantías a los victimarios que a las victimas.. Que se ha venido trabajando desde la alcaldía local y con algunas ONGS en un diagnostico donde nos muestran el marco situacional poblacional en condición de desplazamiento en Tunjuelito con un panorama muy disiente con relación a la situación de salud, calidad de vida, residencia, topología familiar, riesgos psicosociales, niñez en condición de desplazamiento, grado escolar, salud sexual y reproductiva, unidades de trabajo informal, sistema general de seguridad social en salud, (anexo documento) el cual amerita llevarnos a organizar a dicha población como una respuesta a sus grandes necesidades que allí se plantean En merito de lo anterior, ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO: agréguese los siguientes numerales al artículo primero del Decreto Local 001 de 2007. 14. Un representante de la Cruz Roja Colombiana. 15. Un representante de la Defensa Civil Colombiana. 16. El presidente de la Comisión de Gobierno de la Junta Administradora Local. ARTÍCULO SEGUNDO: agréguese el presente artículo al Decreto Local 001 de 2007. La Administración Local convocará en un periodo no mayor de noventa días para la conformación de dicho comité, de no hacerlo la Junta Administradora Local realizará dicha convocatoria. ARTÍCULO TERCERO: agréguese el presente artículo al Decreto Local 001 de 2007. El presente acuerdo rige a partir de su fecha de la fecha de su sanción y publicación COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en la Ciudad Bogotá D. C., a los veinticuatro (24) días del mes junio (VI) de dos mil nueve (2009). MARIO SOLANO PUENTES Presidente JAL RAFAEL A. CALDERÓN NÚÑEZ Secretario JAL DIANA MARCELA MARTÍNEZ GIRALDO Alcaldesa Local de Tunjuelito Sancionado en la Ciudad Bogotá D. C., a los 13 días del mes noviembre de del año 2009. NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4325 de noviembre 23 de 2009 |